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Full text of "Noticias historicas"

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Digitized  by  the  Internet  Archive 

in  2011  with  funding  from 

University  of  Toronto 


http://www.archive.org/details/noticiashistoric06mons 


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MONASTERIOS 


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D.  FR&NGISGO  MONSALVATJE  Y  FOSSAS. 


Tomo  VI. 


IMPRENTA  Y  LIBRERÍA  DE  JUAN  B0NE1\ 
Calle  Mayor,  núm.  3.  ^ 


ES   PROPIEDAD. 


Gl  la  chanta  lucniciía  be  iuí:>  vabzc:>^ 


©n  fluTuí^. 


-iC^S^- 


kí  verdadera  historia  de  esta  comarca 
no  principia  hasta  los  comienzos  de 
la  Reconqinsta.  Con  anterioridad  d  esta  épo- 
ca, son  raros  los  vestigios  que  las  diversas 
razas  y  pueblos  que  en  la  misma  han  debido 
sentar  su  huella,  nos  han  dejado  de  sn  paso 
y  de  sti  dominación.  Y  si  en  los  albores  déla 
Reconquista  principia  su  historia,  tenemos 
que  ir  á  beber  en  las  fuentes  que  nos  lega- 
ron las  casas  religiosas  de  esta  comarca, 
que  se  levantaron  á  impulsos  de  una  verda- 
dera fe  cristiana,  haciendo  brotar  gérmenes 
nuevos  de  vida  y  bellezas  nuevas,  confirman- 
do la  opinión  de  tm  moderno  historiador  que 
dice  que  del  altar  nacen  como  mejor  y  de  'su 
primera  fuente^  toda  civilización  y  todo  ar- 
te. 

A  historiar,  pues,  como  hemos  hecho  has- 
ta el  presente,  las  obras  de  arte  que  brota- 


8  NOTK'IAS  HlSTí'iKlCAS. 


ron  (i  iijipiilsos  del  auioy  d  la  pxüria  y  á  la 
religión  en  el  condado  de  Besalú,  es  el  Ira- 
bajo  qne  nos  Jienios  impuesto,  y  con  inuclio 
más  cariño  por  hallarse  arruinadas  las  más. 
y  las  pocas  que  subsisten,  con  excepción  del 
monasterio  de  Santa  María  de  Ripoll,  en  el 
más  cojJipleto  abandono.  Siguien.ío  su  ¡iis- 
toria  formaremos  un  Cartularioj  del  Condado 
de  Besalú,  puesto  que  publicaremos  en  los 
apéndices  todos  los  documentos  que  nos  Jian 
dado  luz  para  escribir  las  monografías  de 
las  casas  religiosas  enclavadas  en  los  esta- 
dos de  la  Casa  condal  de  Besalú. 

En  verdad  me  aniíuan  d  proseguir  este  la- 
borioso trabajo,  digno  de  mejor  pluma  que 
la  mía,  los  ruegos  de  al  gimo  s  anu'gos, 
amantes  entusiastas  como  yo  de  nuestra  que- 
rida Cataluña,  y  los  elogios  qiw  se  me  Juin 
tributado  por  mis  ideas  religiosas.  «De  los 
objetos  primordiales  d  que  dedica  V.  sus 
trabajos,  me  escribe  un  reputado  escritor 
eclesidstico,  casi  siempre  institutos  religio- 
sos, y  del  cariño  no  exaj erado,  sino  justo, 
con  que  los  trata,  al  mismo  tiempo  que  de 
mil  piadosas  expresiones  que  naturalmente 
brotan  de  su  pluma,  aparecen  la  ortodoxia 
de  sus  ideas  y  los  católicos  sentiuu'entos  de 
su  corazón:  de  lo  que  debo  decirle  lo  que  de 
la  Magdalena  dijo  Cristo  S.X.  :  optiinaiu  si- 
l)i  partem  (de^-it  María,  ([ua*'  non  auíVretuí*  al)  ae. 
Por  otro  lado,  el  modo  tan  natural  como  en 
laza  V.  la  liistoria  de  estos  ol)jetos  con  la  de 
los  pueblos  de  nuestra  querida  montaña  ge- 
rundense,  nniestra  el  acouirado  amor  de    \\ 


(  AMl'KíJDoN. 


d  esta  tierra.  Así  los  escritores  sirven  á  Dios 
y  á  la  patria;  así  adelítnta  la  historia.» 

Nuestro  pequeño  tvalxijo  será  como  una 
modesta  siempreviva  á  la  meinoria  de  los 
antiguos  jnonasterios  del  condado  de  Besa- 
lú,  un  reciwrdo  á  sus  ilustres  finuiadores  y 
íina  página  unís  para  la  historia  de  la  pa- 
tria. 


2— VI. 


I      I      I      I      I      I      I      I      I      I      I      I      '      .1      J      .1      .1      .'. 


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í     í     í     í     í     í     í     í     í     í     í     í     í     í     í     í     í     í 


Ifti^^tiífclO; 


PEDRO  DE  CAMPRODON, 


'O^/Za^^^iD  >^^tI^6^^ck^5^^\5vO- 


(^AEÍTUDO   I. 


El  monasterio. — Su  ruina. — Informe  de  la  Academia 
de  Bellas  Artes  de  Barcelona  para  su  conserva- 
ción.— Su  estado  actual. 

I. 

Estos  ^  Fabio,  ;  a  y  dolor  \  que  ves  ahora 
Campo  de  soledad,  mustio  collado, 
^^  Fueron  un  tiempo  Itálica  famosa. 

Caro. 


^^.......      Vi":'^ 

^^liHi  i    ilii^l^As  ruinas  tienen  alo-o  de  orrande  y 

^  de  sublime,  v  muchas  veces  ha- 

blan  más  al  corazón,  dan  lecciones 

f^^  más  elocuentes,  que  esos  soberbios 

'"^  palacios  que  admiramos. 

El  pasado  es  siempre  digmo  de  estu- 
dio por  las  enseñanzas  que  encierra. 
Si  cada  piedra  tiene   su  historia,  ¿.  cómo  no  la 
tendrán   estos  monumentos    que  nos  legaron  la 
piedad  de  nuestros  antepasados  ?  Y  si  hay  algu- 


V2  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

nos  di«^"iiüs  de  conservación  y  recuerdo  para  la 
liistoria  y  para  el  arte,  uno  de  ellos  es  el  monas- 
terio de  San  Pedro  de  Camprodón. 

Lástima  causa  hoy  al  visitar  sus  ruinas  para 
los  que,  despojándose  de  preocupaciones  y  con  la 
historia  en  la  mano,  han  estudiado  con  detención 
y  sin  apasionamientos  la  Edad-Media;  la  historia 
de  esos  monumentos,  que  es  la  historia  de  la  na- 
ciente nacionalidad  catalana  en  los  albores  de  la 
Reconquista. 

Y  para  los  aficionados  al  arte^  \  qué  ancho  cam- 
po no  se  ofrece  á  su  crítica  y  á  su  investigación  ! 

Como  observa  muy  bien  Górres,  si  estudiamos 
sin  prevención  tan  poético  período,  no  con  odio 
injustificado  sino  con  fe  y  amor,  rompiendo  la 
puerta  de  bronce  que  de  él  nos  aisla,  y  á  la  luz 
de  una  lámpara  mortecina,  ya  por  el  transcurso  de 
los  sigdos,  volvemos  á  ver  lo  que  produjeron  los 
tiempos  pasados,  veremos  el  arte,  que  había  per- 
manecido oscurecido  desde  los  primeros  siglos 
del  cristianismo  hasta  los  comienzos  de  dicha 
época,  por  la  falta  de  cultura  de  la  sociedad  su- 
mida en  la  barbarie  y  contagiada  de  groseros  vi- 
cios, principia  á  dar  señales  de  vida  y  á  rehacer- 
se de  su  postración  en  el  primer  tercio  del  si- 
glo X,  siendo  las  instituciones  monásticas  el  ele- 
mento vital  del  arte,  de  la  civilización  y  del  pro- 
greso en  aquellos  siglos. 

Las  casas  religiosas  fueron  durante  la  época 
feudal  un  amparo  para  muchos  desventurados, 
cuvos  señores  habían  colocado  sobre  toda  idea  de 
justicia  la  idea  de  la  fuerza.  En  sus  muros  era 
donde  se  estrellaban  muchas  veces  las  pasiones  y 
el  orgullo  de  los  poderosos.  Fueron   santos  asilos 


('.\MIM¡()I>(')N.  K3 


(lo  s{il)or  y  (le  vii'tud,  y  sus  nrcliivos  ]i;ni  sido  los 
(|U(*  iins  lililí  smiiiiiistrado  iii:'is  dalos  para  la  his- 
toria do  la  })atria. 

¿Quó  tiene,  piu^s,  d(*  extraño  ([ue  uno  se  (exta- 
síe comtemplaudo  sus  ruiíuis  y  resueite  eii  su 
mente  á  los  cenobitas  ([ue  un  día  moraron  en  es- 
tas soledades  V 

¿  Tendrá  razón  el  autor  de  Las  delicias  del 
claustro  al  decir  que  si  esas  piedras  están  desti- 
nadas á  ser  barridas,  otras  se  levantarán  en  otros 
campos  para  dar  asilo  en  los  tiempos  venideros  ¡i 
unos  nuevos  solitarios  ? 

Creemos  que  sí;  puesto  que,  después  del  rudo 
combate  que  durante  nuestro  siglo  lian  tenido 
que  sostener  las  ordenes  monásticas,  atacadas  du- 
ramente por  quienes,  pretendiendo  desconocer 
su  ilustre  historia,  las  han  presentado  á  los  ojos 
del  pueblo  como  enemigas  de  sus  legítimos  dere- 
chos y  de  la  civilización,  ha  sonado  para  ellas  la 
hora  de  su  rehabilitación,  haciendo  justicia  á  los 
beneficios  que  les  deben  la  sociedad,  el  arte,  la 
ciencia  y  la  civilización,  i  Enemigas  de  la  cien- 
cia las  órdenes  religiosas,  cuando  han  producido 
en  todos  tiempos  los  sabios  más  ilustres  y  los 
más  heroicos  defensores  de  la  f e  !  ¿  Qué  siglo 
puede  presentar  tan  célebre  triunvirato  de  hom- 
bres de  genio  tan  elevado  como  Alberto  el  Gran- 
de, Roger  Bacón  y  Tomás  de  Aquino^  represen- 
tantes ilustres  de  las  órdenes  religiosas  domini- 
cana y  franciscana  en  la  Edad-Media?  Y  concre- 
tándonos á  nuestra  época  contemporánea,  ¿no  han 
honrado  el  glorioso  traje  de  frailes  predicadores 
el  gran  orador  religioso  de  este  siglo,  el  Bayardo 
de  la  tribuna  sagrada,  el  elocuente  Lacordaire, 


14  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 

escribiendo  una  de  las  más  1)ellas  pág'inas  de  la 
moderna  literatura  francesa,  con  sus  célebres 
conferencias  de  Ntra.  Sra.  de  París  ?  ¿  No  las  ha 
enaltecido  el  moderno  orador  y  g'ran  escritor  de 
Francia,  el  Padre  Didón?  Y  últimamente,  ¿no  las 
ha  ilustrado  el  Padre  Montsabré^  capuchino,  con 
sus  conferencias  de  Cuaresma  sobre  el  matrimo- 
nio, que  le  han  merecido  los  más  calurosos  elo- 
gios del  Sr.  Arzobispo  de  París,  que  ha  bendeci- 
do el  libro  en  que  las  ha  recopilado,  como  había 
bendecido  su  palabra  ? 

¿,Xo  es  esto  un  síntoma  de  su  rehabilitación  ? 

Esperemos  y  confiemos. 

II. 

Las  ruinas  del  monasterio  de  San  Pedro  de 
Camprodón  se  levantan  aún  con  toda  la  majes- 
tad de  su  glorioso  pasado  al  N.  E.  de  la  villa,  en 
el  pequeño  y  tranquilo  valle  llamado  antigua- 
mente Land árense  (1),  á  pesar  de  tanto  abando- 
no y  desidia  tanta  del  pueblo  que  un  día  sus  aba- 
des gobernaron  con  paternal  cariño  y  que  en 
días  aciagos  abandonaron  con  el  corazón  lleno  de 
tristezas  y  con  los  ojos  arrasados  por  el  llanto. 
i  Pena  nos  causa  el  consignarlo  !  Lo  que  respetó 


(I)  La  villa  (le  Camprodón  so  halla  edificada  en  mi  jie- 
queño  y  Iieriiioso  valle,  cerrado  al  N.  j)or  una  eslribacióii 
de  los  Pirineos,  continuación  occidental  del  (!anií;ó,  en  cuyo 
nudo  (  Costahona  )  divídense  los  montes  de  Traííurá  y  Caba- 
llera hacia  el  ().;  en  sentido  contrario  los  de  Molió  y  San 
Antonio,  y  unas  ondulaciones  salidas  de  estos  ramales  cu- 
bren liiíeramente  la  parle  S,  de  la  comarca.  Fertilizan  su 
suelo  los  ríos  Ter  y  Uiutort.  Pertenece  al  obispado  y  provin- 
cia de  (lerona.  y  se  baila  situada  á  los  í2."  22'  latitud  N.  y  á 
los  0."  ;■)*  lonííitud  E.  del  meridiano  de  Madrid.  Se  halla  á 
una  altura  de  922  metros  sobre  el  nivel  del  mar. 


('A.Ml'l{()l)()N.  I'"' 


h\  |)i(iii<^ta  y  ol  furor  revolucionario,  no  sui)i(U'on 
conservar  los  hijos  de  ('aniprodiui.  Ni  su  claustro 
fuf»  profanado,  ni  la  t(M  incendiaria  causó  su  rui- 
na. Al  abandonar  el  Abad  y  monjes  el  nionastíU'io, 
á  raíz  de  la  profanaciíin  ó  incíuidio  del  c(d(d)rado 
monasterio  de  Santa  María  de  RipoU,  en  el  año 
1835,  y  refug'iarsc  en  tierra  más  hospitalaria  (jut; 
su  misma  patria,  (|uedó  el  monasterio  bajo  el  am- 
paro y  salvaguardia  do  los  hijos  de  Camprodón; 
y  el  templo  levantado  en  el  siglo  X  por  la  piedad 
del  conde  Wifredo  de  Besahi,  que  había  resistido 
los  embates  de  nueve  siglos,  mostrándose  aún 
con  toda  la  pompa,  robustez  y  elegancia  de  si- 
glos que  fueron  tan  propicios  al  arte  y  á  la  reli- 
gión, sucumbió  en  pocos  años  al  faltarle  la  som- 
bra de  sus  religiosos  moradores.  Tan  pronto  co- 
mo hubieron  abandonado  el  monasterio  y  despo- 
jado éste  de  todas  las  imágenes  y  demás  objetos 
sagrados  del  culto,  hicieron  presa  de  él  varios 
vecinos  que  con  atrevida  mano  se  apoderaron  de 
sus  maderas,  tejas  y  piedras,  y,  para  colmo  de 
desdicha,  un  individuo  revestido  de  carácter  ofi- 
cial y  bajo  el  pretexto  de  algunos  trabajos  públi- 
cos, contribuyó  á  consumar  su  ruina,  llegando 
hasta  el  punto  de  arrancar  las  lápidas  sepulcra- 
les, profanar  las  tumbas  en  que  descansaban  los 
abades  y  monjes  del  monasterio,  haciendo  servir 
sus  losas  para  el  acueducto  que  se  construyó  pa- 
ra conducir  el  agua  á  la  fuente  de  la  plaza  de  la 
Constitución  de  dicha  villa.  Quizás  su  mano  de- 
moladora  hubiera  destrozado  más  y  más  á  no  pa- 
sar por  delante  del  monasterio  uno  de  sus  anti- 
guos moradores,  abrumado  por  el  peso  de  los 
años  y  de  muchas  tristezas.  Este  venerable  sacer- 


1()  NOTICIAS  HI.STÚUICAS. 


(lote  al  ver  tanta  ruina,  causada  por  aquel  á([nicn 
antes  había  con  mano  pródiga  favorecido,  excla- 
mó: 

«¿Es  posible  ¡  oh  Dios  mío  !  (|ue  en  este  mo- 
nasterio, en  donde  solamente  tenía  lug-ar  lo  (jue 
era  grande,  magníñco  y  bello,  hoy  ni  los  difun- 
tos pueden  siquiera  reposar  (1)?» 

La  ruina  se  consumó;  pero  comprendiendo  más 
tarde  la  villa  de  Camprodón  la  ricjueza  arqui- 
tectónica de  dicho  monumento  y  las  glorias  (|ue 
para  dicha  villa  representaba,  su  Ayuntamien- 
to y  mayores  contribuyentes  elevaron  una  ins- 
tancia al  Excmo.  Sr.  (Gobernador  civil  de  la  pro- 
vincia, pidiendo  se  declarasen  dignos  de  con- 
servación los  restos  del  monasterio.  Dicha  instan- 
cia pasó  á  informe  de  la  Comisión  provincial 
de  Moniinientos  Históricos  y  Artisticos  de  la 
provincia,  acordando  ésta  la  remisión  del  expe- 
diente á  la  Academia  de  Bellas  Artes  de  Bar- 
celona, para  que  emitiera  su  autorizado  parecer, 
la  {|ue  nombró  una  ^comisión  para  este  objeto  y 
cuyo  dictamen,  suscrito  por  los  señores  académi- 
cos arquitectos  D.  Elias  Rogent  y  D.  Francisco  de 
Paula  del  Villar,  fué  del  todo  favorable  á  la  con- 
servación  del   monasterio    (2),    cuyo   dictamen 


(1)  Kste  venerable  sacerdote  era  el  I)r.  I).  l-raiicisco  Aulí. 

(2)  Dice  así  el  (liclamen:  <•  Kl  odilicio  afecta  lioy  en  su 
planta  la  foi-ma  de  una  cruz  latina:  |)erü  opinanios  (jue  en 
su  primitiva  é|)Oca  alecto  la  cruz  lírietía;  y  lo  creemos  así, 
poríjue  el  aijarejo  de  su  construcción  en  el  extremo  interior 
de  su  brazo  mayor  ó  pie  data  de  una  época  menos  antií^ua 
(|ue  las  otras  tres  |)arles;  mientras  en  estas  se  observa  el  ar- 
co de  medio  j)unto  de  la  e|)oca  romano-bizantina,  en  el  pie 
de  la  iglet^ia  ya  se  vé  empleado  él  arco  apuntado  de  la  Kdad- 
media,  y  porcjue  es  indicio  de  baberse  i)rolorii;a(lo  uno  de 
los  brazos  de  la  primitiva  cruz  íírieiía  por  construcción  ado- 
sada: la  existencia,  indubitable  iii-imilÍNa.  de  la  gallarda  lo- 


('AMI'U()1)(')S  17 


npi'ohi)  por  uii;iiiiiiii(l;i(l  (licliii  Acadciiiia,  acordan- 
do (jiie  S(»,  i'(Mniti(M'a  copia  d(d  iiiisiiio  ;'i  la  Coilli- 
sióii  ¡provine  id  I  de  Motuiinciilos  /  listó  ricos  y 
Artísticos  (\(\  (ieruna,  (mi  ciiiii[)liinicuto  de  Ioíiik; 
había  sulicitado,  y  ([wo  el  expedienta,  con  los  di- 
bujos necesarios  i)ara  su  mayor  ilustración,  se 
mandase  á  la  Real  Acadcuiid  de  San  Feman- 
do. 

Dichas  g'cstiones-  no  dieron  ninonin  resultado 
positivo^  y  todavía  está  aguardando  que  una  ma- 
no amiga  y  cariñosa  lo  levante  de  su  postracicin 
y  ruina.  Estamos  seguros  que  le  tenderá  su  mano 
bienhechora  nuestro  venerable  Prelado^  amante 
como  el  que  más  de  nuestros  recuerdos  religiosos, 
con  el  auxilio,  que  no  ha  de  faltarle,  de  los  ver- 
daderos aiíiantes  de  nuestras  gloriosas  tradicio- 
nes; porque  si  desdichado  es  el  pueblo  que  tiene 
que  buscar  su  historia  entre  montones  de  ruinas, 


rre  campanario  que  está  apeada  por  el  crucero,  mientras 
(jue  sobre  la  puerta  actual  existe  la  espadaña  construida 
cuando  se  prolongó  el  expresado  brazo  de  la  cruz  griega  pa- 
ra construir  el  mayor  de  la  cruz  latina  actual.  Se  observa  el 
buen  acuerdo  con  que  obraron  los  constructores  de  la  se- 
gunda época  en  la  Edad  Media,  pues  la  puerta  primitiva  ro- 
mano-bizantina la  colocaron  trasladándola  de  su  originaria 
posesión  á  la  que  hoy  tiene.  Así  obtuvieron  aquellas  con- 
cienzudas gentes  un  razonable  ensanche  de  la  primitiva 
iglesia  de  San  Paladio  en  Camprodón,  respetando  en  cuanto 
era  posible  la  estructura  de  aquella  notabilísima  construc- 
ción, sin  dejar  por  eso  de  caracterizar  la  época  de  la  obra 
que  así  llevada  á  cabo  lo  fué  sin  manosear,  bastardeando  su 
iisonomia  propia.  Esta  lección  debiera  servir  en  el  día  para 
los  que  con  una  ligereza  y  orgullo  incalificables  dejan  gra- 
bada indeleblemente  la  soberbia  repugnante  de  la  época  so- 
bre monumentos  dignos  del  mayor  respeto.  » 

Después  de  algunos  conceptos  sobre  los  adosados  barro- 
cos, que  pueden  fácilmente  hacerse  desaparecer  de  la  igle- 
sia y  sobre  el  estado  en  que  se  encuentra,  prosigue  el  dic- 
tamen: <^Todo  el  monumento  de  que  se  trata,  que  es  histó- 
rico porque  su  construción  primitiva  data  se2;uramente  del 

3— VI. 


IH  NOTICIAS    HIST()RIC.\S  . 


mis  desdichado  aún  es  el  que  no  sabe  recoger  díd 
polvo  los  testimonios  de  su  pasado  poderío. 


IIT. 

La  iglesia  del  monasterio  de  San  Pedro,  con  su 
elegante  solidez,  no  parece  sino  que  se  levanta 
con  toda  la  majestad  de  su  glorioso  pasado  para 
protestar  de  su  abandono,  esperando,  inmutable 
como  las  esñnges  del  desierto,  la  vuelta  de  sus 
nuevos  moradores.  Á  simple  vista  se  ve  que  pre- 
sidió en  su  consti'ucción  el  vigor  y  esa  difícil  fa- 
cilidad que  informij  á  todas  las  construcciones 
benedictinas. 

«El  estatumen  constructivo,  dice  el  Sr.  Serra- 
llacli,  afecta  en  cuanto  á  su  disposición  en  plan- 


siíilo  X  ni  Xí,  y  arlístico  poríjiie  su  construcción  es  del  rorna- 
no-l)izanlino  más  caraclerizado,  se  halla  hoy  día  presentán- 
donos una  masa  que  con  su  actual  solidez  protesta  contra  el 
abandono  con  (jue  se  la  tiene,  y  demuestra  la  pujanza  de  la 
época  en  (jue  se  le  construyera  y  la  sabia  severidad  (jue  dio 
fisonomía  propia  á  todas  las  obras  de  la  orden  regular  de  Be- 
nedictinos, (jue  como  todas,  fue  en  aquellos  tiempos  el  ba- 
luarte dentro  del  cual  se  salvaron  y  robustecieron  las  arles 
y  las  ciencias.  Creemos  por  lo  dicho,  (|ue  V.  K.  puede  acon- 
sejar y  en  caso  necesario  e\ii;ir  con  toda  energía,  que  se  re- 
pare con  urgencia  aquel  importante  monumento,  á  ün  de- 
que  pueda  destinársele  al  culto  couio  medio  de  que  recobre 
su  antiguo  explendor,  y  contribuya  hacer  sentir  á  las  gen- 
tes esa  inexplicable  fruición  d(;  lo  belo,  especialmente  sien- 
do una  página  de  la  brillante  historia  de  lasgeneraciones  en 
un  país,  con  referencia  á  epo(;as  pasadas,  en  (jue  la  belleza, 
la  verdad,  la  bondad  y  la  creencia  religiosa  no  eran  pala- 
bras vanas  ó  medios  de  groseras  especulaciones.  •> 

Termina  el  dictamen  |)roponiondo  (jue  se  trasladen  á  la 
iglesia,  luego  de  reparacla,  las  reliíjuias  del  Santo  (¡ue  se 
veneran  hoy  en  la  iglesia  parro(|uial,  y  el  sarcófago-urna 
de  plata  y  cuantos  objetos,  muebles  y  documentos  del  mo- 
nasterio .se  hallen,  para  (|ue  sea  comi)leta  la  restauración  y 
conserN ación  de  tan  esclarecida  casa  religiosa. 


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CAMI'UÜÜÚN  21 


ta.  la  forma  (l(*  rvwA  latina,  si  ])i('ii  es  notorií»,  jxm* 
la  siiiiph^  siipiH^sioii  i[\\('  se   presenta    al   observa- 
dor, que  no  i\w  est;i  la  i)riniitiva    disposieiíHi    á 
juzg*ar  por  los  dos  diferentes  estilos  bien  distintos 
por  eierto  ([ue  se  notan  en  la  misma,  pues,  mi  (Mi- 
tras en  el  lado  menor  se  ve   campear  el  arco   de 
medio  punto,  earaeterjstico  de  la  construcci()n  ro- 
mano-bizantina, por  el  otro  lado  ó  pie  de   la   cruz 
se  vislumbra  el  arco  apuntado  (|ue  dio  sello  espe- 
cial á  los  constructores  do  la  Edad  Media,    siendo 
debida  indudablemente  esta  variacichi  en  el  siste- 
ma constructivo  empleado,  á  la  necesidad  sentida 
en  época  posterior  de  la  prolongación  de  uno  de 
los  brazos  de  la  primitiva  forma  de   cruz  griega, 
obrando  sus  constructores  muy  cuerdamente:  pues 
lograron  su  objetivo  sin  mutilar  el  conjunto  de  la 
construcción,  muy  al  contrario,   le  imprimieron 
su  modo  de  ser  v  sentir,    sin  ocultar  en  lo  más 
mínimo   sus   aspiraciones,    sino     manifestándolo 
con  toda  su  fantástica  imaginación.» 

«  La  intersección  de  sus  brazos  en  sentido  per- 
pendicular da  lugar  al  descubrimiento  del  cruce- 
ro, que  en  este  caso  sirve  de  apeo  á  la  torre  cam- 
panario de  sección  cuadrada^  en  cuyas  caras,  y  á 
modo  de  cuerpos  superpuestos,  se  hallan  practi- 
cados varios  ventanales  subdivididos  por  medio 
de  pilares  de  sección  rectangular,  rematando  su- 
periormente en  forma  piramidal.  Su  construcción 
es  esbelta,  de  acertada  proporcionalidad  y  de  co- 
rrectísimo estilo  de  la  arquitectura  dominante.» 

«Interiormente  hállase  empleada  la  sencilla, 
pero  bella  construcción  que  presidía  en  toda  esta 
clase  de  construcciones,  tanto  en  paramentos 
murales  como  en  las  arenaciones  y  bóvedas  que 


22  NOTICIA.S    HI.STÓRICA.S  . 

cual  las  de  esta  época  están  constituidas  por  la 
forma  en  cañón  seguido;  hay,  pues,  carencia  ab- 
soluta de  ornamentación  y  de  falso  oropel,  sobre- 
saliendo tan  solo  su  magniñcencia  por  el  acertado 
conocimiento  en  las  proporciones,  tanto  de  con- 
junto como  de  cada  una  de  sus  partes,  á  la  par 
que  por  la  simplicidad  de  sus  superficies,  eviden- 
ciando con  toda  claridad  que  la  grandiosidad  y  la 
belleza,  más  se  logran  por  la  acertada  combina- 
ción de  líneas  arquitectónicas,  que  no  con  el 
abuso  excesivo  en  la  ornamentación.» 

«Vense  también  vestigios  de  unos  claustros 
constituidos  por  una  serie  de  pilares  de  sección 
cuadrada,  coronados  por  medio  de  sencillos  ata- 
cos  receptores  de  arcos  semi-circulares.  Están 
constituidos  solamente  por  dos  alas  sirviendo  de 
paréntesis  entre  la  iglesia  y  las  habitaciones  de 
los  monjes  en  cuyos  lados  se  desarrollan,  sirvien- 
do actualmente  algunas  para  dar  cabida  al  Cura- 
párroco,  Hermanas  del  Sagrado  Corazón  y  Hospi- 
tal de  la  población.» 

«Nótanse  interior  y  exteriormente  vestigios  de 
construcciones  adosadas,  ó  bien  mutilaciones  de 
los  ya  existentes  de  épocas  mucho  más  recientes, 
pero  que  desgraciadamente  no  reúnen  condicio- 
nes nada  aceptables  y  el  sello  que  les  determina 
no  es  tampoco  del  mejor  gusto  artístico.» 

«El  conjunto  exterior  se  presenta  agradable, 
de  correcta  silueta  arquitectónica,  dominando 
por  su  altura  y  esbeltez  la  torre  ya  descrita,  y  á 
sus  pies  en  agrupación  esmerada  lo  que  hoy  son 
restos,  pero  que  ayer  fueron  elementos  de  vida  y 
explendor,  fuente  de  riqueza  y  manantial  inex- 
tinguible de  saber.  Su  estilo  es  el  dominante  en 


CAMl'lKJDON 


2:i 


los  si^'los  X  y  XI,  r()iii:iiin-])iz;iiii  ¡no  de  l;i  iiicjoi'a- 
('i(')ii  (le  severas  líneas,  pero  de  correí^to  dihiijo 
(MI  todas  sus  partes  iiiteo-raiites,  constituyendo 
un  conjunto  en  ({ue  se  ve  res})lande(!er  esa  gran- 
diosidad ([U(^  avalora  las  v(M'dad(M'as  obras  de 
arte.» 


(©APOTLfDO    II. 


Acta  de  consagración  de  la  iglesia  de  San  Pedro  de 
Camprodón.— Cede  dicha  Iglesia  el  Obispo  de  Ge- 
rona al  conde  "Wifredo  de  Besalú  para  fundar  un 
monasterio  bajo  la  regla  de  San  Benito. — El  con- 
de "Wifredo  y  su  madre  D.^  Ana  lo  dotan  con  pin- 
gües bienes —El  rey  de  Francia  Luis  el  Ultrama- 
rino lo  pone  bajo  su  protección  y  amparo. — Aba- 
ciologio. 


:o  era  un  lugar  yermo  y  desierto  el  va- 
lle de  Camprodón,  llamado  en  los  co- 
mienzos del  siglo  X  Laiidarense,  al 
^  ?  fundarse  el  monasterio  de  San  Pe- 
dro, en  la  confluencia  de  los  ríos  Ter  y 
Riutort. 
Y^  Dejando  aparte  la  opinión  de  Pujades 
sobre  los  orígenes  de  dicha  villa  (1),  y  la  de  Marca 
que  ya  ha  rechazado  la  crítica  histórica,   el  cual 


(1)  Me  ha  pasado,  dice,  por  la  fantasía  que,  atendiendo 
sólo  á  la  etimología,  puede  ser  muy  bien  Camprodón  funda- 
da porDrufilano  Rotundo. 


26  NOTICIAS    HlST()inCAS. 


lijaba  la  E)igos(i  do  los  romanos  en  diclia  villa, 
y  la  opiniíhi  do  otros  escritores  que  lian  creído  ver 
en  Camprod(3u  un  castro  (céltico  (1),  antiguos  re- 
cintos donde  se  defendían  nuestros  antepasados, 
asambleas  y  templos,  y  sobre  cuyas  ruinas  se  le- 
vantaron más  tarde  algunas  poblaciones,  trans- 
formándose otros  en  la  Edad  Media  en  castillos 
feudales  ("2);  lo  cierto  es  que  ya  a  principios  del 
siglo  X  estaba  habitada  toda  la  comarca  de  Cam- 
prodón.  En  efecto,  nos  lo  demuestra  de  un  modo 
indubitable  el  acta  de  consagración  de  la  iglesia 
de  San  Pedro,  de  fecha  27  de  Noviembre  del  año 
904,  iglesia  que  consagró  el  obispo  de  Gerona 
Serviis  Dei.  y  á  la  cual  cedió  el  derecho  de  pa- 
rroquialidad y  dotó  al  mismo  tiempo  con  pingües 
bienes,  sitos  en  Tabitlato,  Pugnaui  Frmicoriun 
( Puig  Franco),  Magriaiio  (Magriñá),  Frexa- 
neto  (Freixanet)  (3),  /^í?rr(7;7V?5(Valldelbach)  (4), 
Segorílias  (Segurias)  (5),  GraxanUirri  ( Crei- 


(I)  El  gaélico  Cami^  signitica  campamento  y  equivale  al 
castra  latino. 

,2)     .1.  Pella  y  Foriías.  Historia  del  Ampurdán,  pág.  100. 

(3;     Cabeza  hoy  de  dislrilo  municipal. 

(4!  ValUielhacíi  se  halla  agregado  al  dislrilo  municipal 
de  Capsech.  El  ohisj)©  de  (ierona  Odón,  á  20  de  Enero  del 
año  996  consagró  su  iglesia  dedicada  á  San  Félix  Mártir,  se- 
gún el  sabio  premonslralense  1).  .Jaime  (laresmar.  En  la  iUi- 
la  del  papa  Sergio  IV  ,  del  año  ION,  se  cila  el  alodio  de  Uag 
entre  las  po.sesiones  del  monasterio  de  Santa  María  de  Ui- 
poll.  cuyo  alodio  vemos  oira  vez  en  poder  del  monasterio 
de  (!;impro(lón.  según  la  llula  del  papa  benedicto,  del  año 
1017.  Dicho  liiiíar  luo  cuna  de  la  noble  familia  de  Desbach. 

(5)  En  la  actualidad  cabeza  de  Ayuntamiento.  En  el  acta 
de  consagración  de  la  iglesia  del  monasterio  de  San  Juan 
las  Abadesas  del  año  1150.  figura  ya  la  iglesia  de  San  Pedro 
de  Segurias  como  perteneciente  á  dicho  monasterio,  de  cu- 
yo teriitorio  vemos  (jue  fueron,  desde  esta  fecha  en  adelan- 
te, señores  jurisdiccionales  sus  abades  En  efecto,  con  fecha 
15  de  Marzo  del  año  1217,  el  abad  Arnaldo  de  ('.urzabell, 
concedió  á  los  habitantes  d^  dicha  \  illa,  á  la  que  llama  su- 


rAMPU()i)()N.  27 


xciiturri )  (1)  y  Paríitclla  (2\  MI  Simiario  (\\\r  íir- 
iii:i  la  inencionada  acta  á(\  (IímIíciicíoh  y  (jiie  dotí) 
tainbi('Mi  á  la  naciontíí  i<4*lesia,  no  es  rl  coikIc,  í1(» 
Barcelona  do  est(^  nombre,  como  ;iliriii:in  ;il;jiiiios 
escritores. 

Kn  vista  del  documento  de  quí^  dejamos  hecho 
mérito,  no  ])uede  ponerse  en  duda  (|ue  estaba  ya 
habitada  la  comarca  de  Camprod(')n  al  fundarse  el 
monasterio.  Su  apacible  y  tranquilo  valle,  tan  á 
prop()sito  para  el  retiro  de  los  que  se  apartaban 
del  despotismo  señorial  y  buscaban  muchos  de 
ellos,  hijos  del  infortunio^  el  consuelo  que  la  reli- 
gión les  ofrecía  en  los  monasterios,  fué  el  que 
escogió  el  conde  Wifredo  de  Besalii  para  fundar 
el  monasterio  de  San  Pedro,  siguiendo  la  piadosa 
costumbre  de  sus  ilustres  progenitores.  Para  lo- 
grar mejor  su  objeto,  pidió  al  obispo  de  Gerona 
Godmaro  la  cesión  ó  permuta  del  lugar  de  Cam- 
prodón,  en  el  cual  había  edificadas  algunas  casas 
con  una  pequeña  iglesia,  dedicada  á  Dios,  bajo  la 


ya,  y  que  había  edilicado  su  antecesor  Pedro  de  Soler,  las 
casas  y  demás  editicios  en  pleno  uso  y  derecho;  y,  á  24  de 
Julio  del  año  ISiS,  el  abad  Ramón  de  la  Bisbal,  cedió  al  rey 
D.  Jaime  I,  con  algunas  reservas,  cierto  territorio  del  tér- 
mino de  Segurias  para  ediíi(!ar  una  villa  que  se  llamó  La 
Ral,  en  la  que  residía  el  Veguer  (  Vicarhis  regii ). 

(I)  El  nombre  de  Creixenturri,  dice  Parasóls,  corrupción 
del  Crecenturri  latino,  que  se  lee  en  el  diploma  del  rey  de 
Francia  Luís  IV  el  Ultramarino,  del  año  933,  y  en  la  bula 
del  papa  Benedicto  VIII,  del  año  1017,  lo  tomó  del  lugar  de 
la  comarca,  Turris  Crecentiis,  torre  sepulcral  de  Crecente  ó 
Crescendo,  la  (jue.  convertida  en  castillo  en  el  siglo  VIII, 
fué  el  primer  edificio  que  se  levantó  en  el  territorio. 

Creixenturri  perteneció  antiguamente  al  condado  de  Besa- 
lú,  después  al  Vizcondado  de  Bas,  posteriormente  á  la  regia 
vicaria  ó  veguería  de  Camprodón,  y  en  la  actualidad  perte- 
nece al  partido  judicial  de  Puigcerdá,  formando  distrito 
municipal  con  Caballera,  Bolos  y  Freixanet. 

,2)     Apéndice  núm.  I. 

4— VI. 


28  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

advocación  del  Príncipe  de  los  Apóstoles,  para  po- 
der fundar  en  el  mismo  sitio  un  monasterio  de  la 
Orden  de  San  Benito.  Accedió  el  Obispo  de  Gero- 
na á  lo  solicitado  por  el  conde  Wifredo,  después 
de  consultar  con  su  cabildo,  clero  y  algunos  prin- 
cipales feligreses  de  su  iglesia,  cediendo  al  men- 
cionado Conde  la  iglesia  con  todos  sus  derechos; 
recibiendo  en  cambio  el  Obispo  de  Gerona  mil 
sueldos  y  algunos  alodios  que  poseía  aquél  en  Fi- 
gueras,  Besalú  y  Manumillo. 

Entre  los  autores  que  liemos  consultado,  hay 
discordancia  en  la  fecha  de  la  citada  donación  ó 
permuta.  Los  eruditos  escritores  de  La  España 
Sagrada  la  fijan  en  el  año  943,  otros  en  el  año 
950,  y  los  autores  de  la  Historia  de  Camprodón 
en  el  año  948,  porque  así  lo  indican,  dicen,  varios 
documentos  del  archivo  de  la  iglesia  parroquial. 

Dueño  Wifredo  de  la  iglesia  de  San  Pedro  y  de 
acuerdo  con  sus  hermanos  los  condes  Seniofredo 
y  Oliva  y  del  arcediano  Mirón,  que  más  tarde  fué 
obispo  de  Gerona  y  conde  de  Besalú,  dispuso,  se- 
gún Pujades,  la  obra  y  fábrica  del  monasterio, 
verdadera  obra  de  arte  digna  del  genio  benedic- 
tino, y  bajo  cuyo  amparo  debía  ñorecer  y  prospe- 
rar la  villa  de  Camprodón. 

Edificado  va  el  monasterio,  salieron  del  de  Ri- 
poli  los  monjes  que  debían  habitarlo,  los  cuales 
eligieron  por  abad  á  Jaufredo,  varón  perfectísimo 
é  ilustre,  y  que  fué  presentado  por  el  conde 
A\'ifredo  al  o])ispo  de  Gerona  para  que  lo  confir- 
mase y  l)endijese  conforme  los  sagrados  cánones 
establecen  y  ordenan.  Gozoso  el  Conde  de  su 
obra  que  con  tanto  empeño  y  religiosidad  había 
llevado  á  cabo,  dotóla  con  pingües  y  numerosos 


CAMPllOhÓN.  29 


bienes,  entre  los  cuales  se  eitaii  l:i  ¡^'lí'sin  de  San 
Cristóbal  de  Creixenturri,  el  bosc^ue  inmediato  al 
cementerio,  la  villa  de  la  Valldell)acli  y  otros  mu- 
chos bienes  que  radicaban  en  los  condados  de 
Besalií  y  Vallespir.  La  condesa  D."  Ava,  madre 
del  conde  WiíVedo,  quiso  igualmente  mostrarse 
generosa  con  el  naciente  monasterio,  al  cual  ce- 
dió los  dominios  alodiales  que  poseía  en  el  con- 
dado de  Besalú  y  en  el  valle  de  Conñent,  y  el 
abad  Jaufredo  hizo  también  donación  de  todos 
sus  bienes  al  monasterio  que  con  paternal  cariño 
dirigía. 

Á  fin  de  que  el  monasterio  no  pudiese  ser  per- 
turbado en  la  pacífica  posesión  de  sus  bienes,  pa- 
só el  conde  Wifredo  á  Francia,  y  logró  del  rey 
Luís  el  Ultramarino  un  preceptiim  regio,  de 
fecha  3  de  Febrero  del  año  953  (1),  en  el  cual 
consta  que  dicho  Conde,  de  acuerdo  con  Godmaro, 
obispo  de  Gerona,  y  en  virtud  de  cierta  permuta 
que  con  él  hizo,  fundó  este  monasterio  con  abad 
propio,  dotándole  con  las  posesiones  que  ya  he- 
mos mencionado,  y  á  cuyo  monasterio  acoge  el 
Rey  de  Francia  bajo  su  protección  y  amparo,  con- 
cediendo á  los  monjes  la  facultad  de  eligir  abad 


(i)  Los  autores  de  la  i7¿s¿ona  c?e  Camprodóti  fijan  el  año 
952,  por  constar  dicha  fecha  en  varios  documentos  de  su 
archivo  parroquial;  Marca  dice  que  esto  fué  en  951;  el  P. 
Roig  adelantó  la  fecha  tí  942;  pero  nosotros  seguimos  al 
P.  Villanueva  en  su  Viaje  literario  á  las  iglesias  de  España, 
quien  copió  dicha  escritura  de  un  traslado  antiguo  que  ha- 
lló en  el  monasterio  y  dice  que  lo  reduce  al  año  953,  «que 
corresponde  el  XVI  del  reinado  del  rey  de  Francia  Luís  el 
Ultramarino,  aunque  en  este  año  no  era  la  indicción  VI  si- 
no la  XI;  y  pudo  ser  que  el  que  tomó  del  original  la  copia 
que  yo  he  disfrutado  pusiese  Y  en  lugar  de  X.» 


30 


NOTICIAS  HISTÓRICAS. 


perpetuamente,  mientras  no  se  separasen   de  la 
regla  de  San  Benito  (1). 

Estas  son  las  fuentes  del  monasterio.  Con  su 
abaciologio  seguiremos  la  historia  de  tan  celebra- 
da casa  religiosa,  y  veremos  la  protección  y  las 
gracias  y  mercedes  con  que  fué  honrada  y  enal- 
tecida por  príncipes  y  prelados. 


(I)     Apéndice  núm.  II, 


Aíí"\ /íiA /-iiíN /-^^ /"^^ /í^\ /''^^  ^^N /^^ /^^ /'^PN  i''^\ /^N  (■'-^^ 

■HWWTTT  lllll...ll.,l...,ll.-.l       I1IWI...!.I I...^TWTWT*?r'.    ..     III. 1. 1       ....       ■  '  ,  !l.  f,  , ,  .'I  ll.  I , .    ,  I ,.    ! . .    I .   .  I ,  IITTT^WTW^WWWT^ 

.       "I|||l""l||l I|||l""l|||l I||I""M||I I|l I|l ||I"M||||I. 'lililí |||l iji ||ii"'i||| I||i""i|||i I||i" 


ABA©IODO©IO 

DE 

SAN  PEDRO  DE  CAIVIPRODÓN. 

Jaufredo. 

(94:3— 9o()) 

Jaufredo  fué  el  primer  a])ad  y  fundador  del 
monasterio,  según  se  desprende  del  privilegio 
que,  á  petición  del  conde  Wifredo  de  Besalú,  otor- 
gó en  el  año  953  el  rey  de  Francia  Liiís  el  Ultra- 
marino á  favor  de  dicha  casa  religiosa.  Gobernó 
la  casa  trece  años,  ediñcando  á  los  monjes  con  su 
ejemplo;  ausentándose  en  el  año  956  con  el  deseo 
de  visitar  los  Santos  Lugares,  como  era  costum- 
bre en  aquellos  tiempos^  no  sin  antes  encargar  á 
sus  queridos  monjes  que  viviesen  unidos  con  los 
lazos  de  paz  y  caridad  y  con  la  perfección  y  ob- 
servancia que  ordenaba  la  regla  de  San  Benito. 

Habiendo  pasado  seis  años  sin  que  los  monjes 
supiesen  de  él,  desconsolados  por  esta  pérdida  y 
por  la  del  conde  Wifredo^  amparó  y  sostén  del 
monasterio,  acudieron  al  conde  Seniofredo  de  Be- 
salú rogándole  que  les  nombrara  prelado. 

Expuso  Seniofredo  el  caso  al  obispo  de  Gerona, 
Arnulfo,  y  de  acuerdo  y  voluntad  de  los  monjes 
y  aclamación  de  todo  el  pueblo,  quedó  nombrado 


32  NOTICIAS   HISTÓRICAS. 

Teodorico. 

(962—966) 

Asistieron  á  su  elección  el  obispo  Arnulfo  de 
Gerona  y  los  tres  herinaiíos  condes  Seniofredo, 
Oliva  y  Mirón,  como  consta  del  acta  de  su  elec- 
ción de  fecha  29  de  Junio  del  año  962  (1). 

El  conde  Seniofredo  de  Besalú,  en  el  año  965, 
cedió  al  monasterio  el  señorío,  heredades,  casas 
y  tierras  de  todo  el  término  de  Camprodón,  Frei- 
xanet,  Arca  y  Ginestosa  y  todo  lo  que  le  pertene- 
cía entre  los  ríos  Ter  y  Tort  (2),  siguiendo  la  co- 
rriente del  Ter  desde  la  villa  de  Setcasas  hasta  el 
pueblo  de  Qualqiters,  que  son  dos  leguas,  y  el 
río  Tort  desde  la  villa  de  Molió  hasta  su  unión 
con  el  Ter,  y  todo  lo  que  había  adquirido  el  con- 
de por  cambio  con  Fredeburga,  abadesa  de  San 
Juan  del  valle  de  Ripoll  (3). 

Fué  Teodorico  varón  santo  y  temeroso  de  Dios, 
y,  según  dice  Pujades,  «ajeno  de  todo  vicio  y  pe- 
cado; elogios  y  alabanzas  por  cierto  que  le  ve- 
nían muy  al  justo,  pues  era  tal,  que  le  podríamos 
venerar  por  santo  si  por  otra  pluma  que  la  mía 
fuera  publicado.» 

No  es  este  el  Teodorico  que  varios  escritores 
dicen  que  asistió  en  el  año  977  á  la  tercera  dedi- 


(1)  Apéndice  núm.  III. 

(2)  Hiirá  seguramente  referencia  al  Uiutorl. 

(3)  Argaiz.  Im  Soledad  Laureada  por  San  lionito  y  sus  hijos, 
en  las  iijlesias  de  España,  tomo  II,  píig.  110.  El  P.  Argaiz,  al 
ocuparse  ilel  monasterio  de  ('amprodón,  dice  ()ue  lo  copia 
de  la  relación  (jue  le  mandó  el  V.  Fray  .laime  Vidal,  monje 
de  Ntra.  Sra.  de  Montserrat,  cuyos  datos  los  habla  sacado  de 
las  escrituras  de  su  archivo  por  orden  del  señor  abad  de 
Camprodón  Fr.  .losé  de  Magarola. 


CAMIMIODÓN.  '^^ 


Cíic-iíhi  (!(*'  li»  i^'lcsia  drl  iiioiiasici'io  de  Santa  Ma- 
ría do  Hipoll,  n¡  (d  ([uo  (MI  (d  ano  í)Kl  liizo  una 
clünaci()u  al  monastíM'io  de  San  Mi^aud  de  (*uxá, 
como  all)a(*(ni  d(d  conde  y  ohispo  Minhi,  pues  ya 
en  el  año  9()()  era  ai)ad  del  nioiiasterio, 

Aula. 

(96()— 9G9) 

La  existencia  de  este  Abad  no  nos  la  justifica 
ningnin  documento.  Los  autores  de  la  España 
Sagrada  nos  dicen  c[i\e  el  conde  Seniofredo  de 
Besahí.  en  atencichi  á  la  virtud  y  santidad  que 
brillaba  en  este  Abad  y  en  su  monasterio,  au- 
mentó considerablemente  las  donaciones  que  ya 
tenía  hechas.  Si  hacen  referencia  á  la  que  con  fe- 
cha 19  de  Mayo  del  año  965  hizo  á  favor  del  mo- 
nasterio de  todo  el  término  de  Camprodón  y  de  la 
villa  de  Llanas  (1),  no  pueden  ser  á  este  Abad,  á 
menos  que  ya  lo  fuese  en  el  año  citado,  en  cuyo 
caso  se  tiene  que  fijar  el  gobierno  de  su  antece- 
sor desde  el  año  962  al  965.  Las  donaciones  que 
dicen  los  historiadores  de  Camprodón  que  hizo  el 
conde  Seniofredo  á  Aula,  de  Palacio,  Molino  Vie- 
jo, el  bosque  Puliario,  con  cuanto  poseía  dentro  de 
la  parroquia  de  Montagut,  el  valle  de  Albet  y  el 
alodio  de  Pi  con  su  iglesia,  no  son  tampoco  hechas 
al  mencionado  Abad,  y  sí  las  que  en  sutestamen- 


(I)     Tristany.  Corona  Benedictina,  png.  320. 

El  pueblo  de  Llanas  forma  distrito  municipal  y  está  situa- 
do cerca  de  Camprodón,  y  su  iglesia  parroquial  es  un  bello 
ejemplar  de  estilo  roniánico.  Dicbo  templo  fué  consagrado 
el  día  10  de  Noviembre  del  año  Í168  por  el  obispo  de  Gero- 
na Guillermo  de  Peratallada. 


34  NÜTJCIAS    H18TÓKICAS. 

to.  otorg-ado  en  el  año  9G().  deja  al  mencionado 
cenobio  (1). 

Lo  continuamos  en  el  abaciolog'io,  á  pesar  do 
nuestras  reservas,  por  constar  su  existencia,  co- 
mo dicen  los  autores  de  la  España  Sagrada, 
de  las  escrituras  existentes  en  su  archivo  por 
ellos  examinado. 

Kn  el  año  9()(),  los  (ejecutores  testamentarios 
del  conde  de  Besalú  Seniofredo,  hicieron  una  do- 
naci(3n  á  este  monasterio,  lo  que  prueba  y  viene 
a  confirmar  (|ue  dicho  Conde  murió  en  el  mismo 
año  (|ue  otorg-(')  testamento  {'¿). 

Dodo   I. 

(970) 

Fué  electo  por  los  monjes  el  día  24  de  Febrero 
del  año  970.  con  el  consentimiento  del  conde  de 
Besalú  y  obispo  de  Gerona  Mirón  y  de  su  herma- 
no el  conde  de  Cerdaña  Oliva  Cabrcta,  cuyos 
condes  firman  la  escritura  (3). 


(1;  Dice  el  conde  ScnioCredo  on  su  testamento:  <' Kt  ad 
snncli  Petro  Apostólo  cnjus  cenobiuní  est  Campo  rotundo 
carta  facialis  de  ipsos  meos  alodes  qui  sunt  in  comilalu 
Bisulduncnse,  id  est.  palalio  Molino  vetere  en  Morrannano, 
et  ipso  hoscho  Puliario  (jui  milii  ad\cnit  de  iienerelrice 
mea,  et  (¡uantum  liaheo  inlra  fines  de  ipsa  parrocliia  de 
Monteacuto,  e\ce|)tus  valle  Canaria,  et  Prunarias,  et  in  No- 
binarius  vel  in  ejus  lerminiis  propter  remedium  amima' 
mea  et  i;en¡trice  mea.  VA  in  alio  loco,  in  valle  Albed,  in 
villa  lU'iíed.  (jui  milii  a(l\enit  de  Seniofredo  sacerdote,  ip- 
sum  meum  alodem  de  Pino  tolum  al)  inteLírum  cum  ij)sa 
Eciesia.» 

(2)  Historia  de  Laníjuedoc,  tomo  II,  pái;    2í)2. 

(3)  ApiMidice  IV.  Ks  curiosa  la  lecha  de  la  citada  escritu- 
ra, acerca  de  la  cual  dice  \  illanueva  en  su  Viaje  literario  d 
/as  if/lesias  de  España:  «\a\  escritura  de  esta  elección  se  halla 
oriííinal  en  este  monasterio,  y  auiujuealgo  rota  y  falta  en  el 
|)rincipio  y  el  fin,  la  (|uise  copiar  |)or  el  capricho  y  exlrava- 


CAMPUODON.  -i') 

Kl  (!()!i(l(>  (l(!  H(vs;ilii  y  ()])isp(j  de  (JííroiKi  Mirón, 
í'i  l()  do  Mciyo  del  año  1)70,  codií)  al  monasterio 
una  señoría  (mi  el  término  de  Montag'nt,  con  to- 
das sus  tierras,  casas,  huertos,  viñas,  bosques  y 
af2:uas  (1);  pero  allí  donde  demostró  su  liberalidad 
tan  erudito  y  piadoso  conde  y  prelado  fué  en  su 
testamento,  otorg-ado  á  VIH  de  las  calendas  de 
Marzo  del  año  XXV  del  reinado  de  Lotario,  rey 
de  Francia,  que  corresponde  al  979  de  la  Encar- 
nación, con  el  cual  hizo  importantes  y  valiosas 
donaciones  al  monasterio,  entre  ellas  de  la  iglesia 
de  San  Martín,  situada  en  el  valle  de  Viaña  (2). 


gancia  con  que  expresa  la  fecha,  que  si  no  la  declaro  ahora 
que  estoy  despacio,  trabajo  te  mando  para  que  puedas  lle- 
gar á  entenderla  En  eso  y  el  contexto  de  las  escrituras  son 
muy  nolahles  todas  las  en  que  tuvo  aleuna  parte  el  Conde  y 
Obispo  Miro,  el  cual  sin  duda  quiso  afectar  su  erudición,  y 
acaso  seríi  lo  mas  docto  de  aquel  tiempo.  Dice  pues  así  la 
fecha:  Exarata  est  igilur  hcec  adclamationis  scedula  elapsis  Do- 
minicce  Uumanationis  annis  ter  senis  quinquagenis,  ebdeque  de- 
nis,  ter  binisque,  indictione  teira^  die  bis  terne  kalendarum  mar- 
tiarum^  anuo  tetrapento  dipondio^  Leuthario  Francorum  Rege 
oblinente  regno.  Adivina  quien  te  dio.  Vamos  á  ver: 

Ter  senis  quinquagenis  es  18  veces  30  que  son 900 

Ebdeque  denis  es  7  veces  10 70 

Ter  binisque  es  2  veces  3 6 

Sale  el  año  de  la  Encarnación     976 

Indictione  tetra Indicción  IV 

Die  bislerna  kal.  mart.  es  á  6  de  las  calendas  de  marzo. 

Año  de  Leutario  tetrapento  es  4  veces  5 20 

Dipondio  es  dos 2 

Año  de  Leutario  22 
A  tales  pequeneces  obliga  la  manía  de  parecer  griego  de 
que  estuvo  poseído  aquel  Príncipe.  Que  después  que^  esta 
escritura  es  del  24  de  febrero,  del  año  de  Cristo  976,  del  Rey 
Lotario  22,  indicción  VI,  todos  los  cuales  datos  cuadran  á' 
maravilla  entre  si.>> 

(1)  Argaiz.  Soledad  Laureada,  tomo  lí,  pág.  110. 

(2)  Dice  así  el  conde  Mirón  en  su  testamento  y  con  refe- 
rencia á  este  monasterio:  <^Et  ad  cenobium  Sanctí  Petri  qui 
est  in  Camporotundo  donare  facialis  in  comitatu  bisullunen- 

5— VI. 


36  NOTICIAS   HISTÓRICAS. 


Los  autores  de  la  España  Sagyada  ponen  á 
continuación  de  Dodo  I  á 

Dodo   II. 

(988) 

Nuestra  modesta  opinión  es  que  Dodo  I  y  el 
nombrado  segundo  fueron  un  solo  abad,  á  quien 
sucedió  Odón  en  el  año  991. 

El  conde  de  Besalú  Oliva  Cabreta,  imitando  la 
protección  que  dispensaron  al  monasterio  sus  dos 
hermanos  Wifredo  v  Seniofredo  condes,  cedió  al 
mismo  la  villa  de  Miralles  con  todas  sus  juris- 
dicciones, diezmos  y  rentas,  con  algunas,  al- 
deas circunvecinas  llamadas  Presas,  Avellanadell 


se  ipsuní  meum  alodem  que  dicunt  oliva  qui  fuit  de  avane 
geiiilrice  mea  totum  ad  inlegruní  et  quantum  postea  il)i  ad- 
quisivi  et  in  valle  beiedo  ipsum  meum  alodem  qui  fuit  de 
vivane  bozadore  qui  mihi  advenit  per  dominum  meum  se- 
niofredo, et  in  jam  dicta  Valle  beiedo  alodem  meum  qui 
mihi  advenit  de  jenitrice  mea  excepto  quod  donavi  ad  Sáne- 
lo Xpoforo,  id  est  manso.  I.  qui  fuit  de  seniofredo  et  est  pro- 
pe  pariete  S.  Xpofori.  ('um  ipsa  curte  et  ipso  undegario  et 
tantum  de  ipsa  térra  ad  seminandum  ss  ii.  ad  juxta  mensu- 
ran! illius  loci  et  excepto  hoc  (juod  donavi  ad  delane  íidele 
meo  clerico  et  asexelto  sicut  in  illorum  resonat  scripturas. 
Et  in  valle  bianna  aloudem  meum  de  ipsas  presas  et  de  spa- 
rago  (juomodo  fuit  de  guarino.  Et  in  alio  loco  in  villa  que 
dicunt  Oloto  vel  in  suas  ajacentias  quantum  ibi  babeo  pro 
qualicumque  voce  cum  ipsas  eclesias  el  cuín  decimis  et  pri- 
miciis  et  oblaciones  lidelium  exceptus  i|)so  alode  tjui  fuit  de 
servodei  vel  uxori  sue,  et  in  valle  biannia  alodem  meum 
qui  fuit  de  petrone  archipresbitero  cum  ipsa  ecclesia  que 
vocant  S.  Martino  cum  decimis  et  primiciis  et  oblaciones  ti- 
delium,  et  in  termino  de  monte  acculo  ad  íjjsos  vilnres  ipso 
manso  qui  mibi  advenit  per  omicidio  (jue  fecit  EIdovinus, 
et  in  alia  que  dicunt  faga  vel  in  ejus  ajacentias  alodem 
meum  (¡ui  fuit  desesemundo  blanco  vel  de  mirone  filio  suo 
quomodo  retinebat  sesemundo  in  sua  |)olestate  diebus  xxx. 
antequam  de  boc  seculo  migiasset  donare  faciatis  propter 
remedium  anime  mee  et  mirone  (|ui  mihi  illum  dedit  totum 
al)  inteuro.» 


CAMPUODÓN.  37 


y  otras,  jurisdicción  que  veiidieroii  más  tarde 
sus  abades  al  Rey  do  Ara<>-ón  por  iioveuta  íauo- 
gas  de  trig'o  y  ciento  sesenta  de  cebada  al  año,  las 
que  percibía  aún  el  monasterio  en  el  año  1(375  de 
las  rentas  reales  que  la  corona  tenía  en  la  villa  y 
valle  de  Prats  de  Molió  (1). 

Hay  memorias  de  dicho  Abad  hasta  el  año  988 
por  una  sentencia  que  dio  el  conde  de  Besalú  Oli- 
va Cabveta  con  sus  jueces,  en  el  pleito  que  traía 
nuestro  Abad  con  el  monje  Durando,  procurador 
de  Seniofredo,  abad  del  monasterio  de  San  Loren- 
zo de  Bagá,  sobre  la  posesión  de  un  bosque,  el 
cual  se  mandó  partir  y  poseer  por  mitad  cada 
uno  de  los  litigantes  (2). 

Odón  I. 

(991) 

Se  cree  que  entró  en  la  abadía  en  el  año  991,  y 
de  él  dicen  todos  los  escritores  que  hemos  consul- 
tado, que  se  tienen  noticias  de  su  gobierno  has- 
ta el  año  1013,  siendo  inadmisible  esta  fecha  por 
haber  encontrado  ya  en  el  año  1006  la  existencia 
de  un  abad  llamado  Déla  ó  Delane  en  posesión 
de  este  monasterio. 

Los  condes  de  Besalú  continuaban  dispensando 
su  protección  á  su  querido  monasterio,  pues  los 
ejecutores  testamentarios  de  la  condesa  D/  Er- 
mengarda,  viuda  del  conde  Oliva  Cabreta,  con 
fecha  I.""  de  Enero  del  año  996,  dieron  posesión 
al  monasterio  de  San  Pedro  de  un  extenso  alodio 
situado  en  Paláu,  término  de  Montagut,  yquedi- 


(1)  Argaiz.  Soledad  Laureada,  tomo  II,  pág.  110. 

(2)  Apéndice  núm.  Y. 


38  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 

cha  Condesa  había  legado  en  sn   testamento  al 
monasterio  (1). 

No  son  hechas  á  este  monasterio  ni  á  su  abad 
Odón  las  donaciones  que  dicen  los  historiadores 
de  Camprodón  hizo  el  conde  de  Barcelona  Bo- 
rrell  lí,  en  su  testamento  fechado  en  el  año  991, 
de  los  alodios  de  Calles;  pues  habiendo  exami- 
nado el  testamento  de  dicho  Conde,  que  publica 
Marca,  apéndice  CXLI,  y  D.  Próspero  de  Bofarull, 
en  sus  Condes  de  Barcelona  vindicados,  no 
se  nombra  para  nada  en  el  mismo  á  nuestro  Abad, 
y  de  los  alodios  de  Calles  hace  donación  no  a  es- 
te monasterio  sino  al  de  San  Pedro  de  Galligáns, 
pues  dice:  Et  d  cenobio  santi  Petri  Gallican- 
tus  remaneat  ipse  alaudes  de  Calles  cnm  ip- 
sas  Ecclesias  et  décimas  et  primitiis  earnm. 

De  lo  expuesto  resulta  que  no  prueba  la  exis- 
tencia de  dicho  Abad  el  documento  mencionado; 
y  como  del  mismo  nos  dan  noticias  los  autores  de 
La  España  Sagrada  hasta  el  año  1013,  y  en 
el  año  1006  encontramos  como  abad  á  Delane,  no 
cabe  duda  que  hubo  dos  abades  de  este  mismo 
nombre,  á  menos  que  los  diligentes  autores  de 
\di  España  Sagrada  hubiesen  confundido  á  nues- 
tros Odones  con  Dodón.  Lo  cierto  es  que  en  el 
año  1006  estaba  al  frente  de  la  abadía 

Delane. 

(1006) 

La  existencia  de  este  Abad  había  pasado  inad- 
vertida por  todos  los  escritores  que  hasta  el  pre- 
sente se  habían  ocupado  del  monasterio  de  San 


(1)     Argaiz.  Soledad  Laureada ,  lomo  II,  pág.  110. 


CAMI'UODÓN.  39 


P(Mlrü  de  CamprodíHi.  Nos  í1:i  ;i  noiioeer  su  exis- 
tencia una  escritura  di)  fecha  ////.  idus  fcbnia- 
rii.  anuo.  X.  rei^iuintc  Rodhcvto  rege,  ({ue  es 
la  venta  de  unas  tierras  situadas  en  el  (condado 
de  Rüsellón  y  en  la  villa  Godove  vel  in  villa 
que  diciuit  Malliolas,  hecha  por  un  tal  Slefa- 
nits  á  dicho  Abad  y  á  su  monasterio  (1). 

Con  techa  VI  idus  fcbrnarii  del  mismo  año, 
Arnaldo  y  su  esposa  Elo  hicieron  también  dona- 
ción al  monasterio  de  San  Pedro  de  Camprodón 
de  varias  piezas  de  tierra,  situadas  en  el  mismo 
lugar  y  lindantes  con  las  de  compra  que  dejamos 
mencionadas,  cuya  donación  hacen  por  la  salva- 
ción de  sus  almas  y  para  que  San  Pedro  interce- 
diera por  el  perdón  de  sus  pecados  (2). 

Odón  II. 

(1013) 

Dicen  los  autores  d^\^ España  Sagrada  qne^ 
según  una  escritura  original  que  existía  en  su 
archivo,  en  el  año  1013  Berenguer  levita  dio  al 
monasterio  y  á  su  abad  Odón  los  alodios  y  seño- 
ríos de  la  villa  de  San  Cristóbal  de  Baget.  por  él 
comprada  al  conde  Guillermo,  que  lo  sería  de  Be- 
salú,  pues  aun  cuando  hasta  el  año  1020  no  su- 
cedió á  su  padre  Bernardo  Talla/erro  en  el  con- 
dado, éste  le  había  asociado  en  el  gobierno  de  sus 
estados  muchos  años  antes  de  su  muerte. 

Bonfilio. 

(1016—1022) 

En  el  año  1017  solicitó  Bonfilio  y  obtuvo   del 


(1;    Apéndice  núm.  Vi. 
(2)    Apéndice  núm.  Vil. 


40  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

papa  Benedicto  VIII  una  bula  confirmatoria  de  to- 
dos los  bienes,  privilegios  y  exenciones  del  mo- 
nasterio. Eran  muchos  y  valiosos  los  bienes  que 
poseía  el  monasterio  y  que  se  mencionan  en  di- 
cha bula,  entre  ellos  y  en  el  valle  de  Camprodón 
la  iglesia  de  Santa  María  con  sus  décimas,  pri- 
micias y  oblaciones  de  fieles;  la  parroquia  de  San 
Cristóbal  de  Creixenturri,  con  sus  cementerios;  va- 
rios alodios  en  Vilallonga,  Castella,  Bolos,  Baget, 
TortellA,  Argelaguer,  Montagut  (1),  Paláu,  Vila- 

íl)  Moiilngul  perlenece  al  (3arli(lo  judicial  de  Ulot,  y  de 
su  parroquia  se  tienen  ya  noticias  del  año  966,  en  que  el 
conde  de  Besalú  Senioí'redo  dejó  en  su  testamento  dicho 
alodio,  excepto  el  valle  Canaria,  Pi  uñarlas  y  ¡Sabinarios,  al 
monasterio  de  San  Pedro  de  ("ainprodón.  En  el  año  1004,  en 
los  juzgados  reunidos  en  Besalú,  el  obispo  de  Gerona  Otón 
reclamó  la  posesión  de  la  parroquia  de  San  Pedro  de  Mon- 
tagut al  conde  Bernardo  Tallaferro.  En  el  año  1019  fué  ce- 
dida dicha  iglesia  á  la  Canónica  Gerundense.  En  la  mencio- 
nada parroquia  está  enclavada  la  iglesia  de  San  Eudaldo  de 
7ow,  de  la  cual  podemos  dar  algunas  noticias,  entresaca- 
das de  un  curioso  manuscrito  titulado:  Comedia^  vida^  mar- 
tiri  1/  iniracics  del  inctt  //  gloriosissini  mártir  Sant  Eitdait 
venerat  en  una  capel/a  ij  esylesia  particular  al  niateix  Sant  de- 
dicada y  construida  dins  la  parrochia  de  Sant  Perede  Montagut 
del  ¡iisbat  de  Gerona,  escrit  per  Pere  Antoni  Corominas  preveré 
y  donier  de  la  doma  de  Cabirol  y  rector  de  dita  capella,  relliyat 
y  jet  de  nías  propias  mans  vuy  ais  20  de  Maix  del  any  1656. 

Empieza  el  curioso  libro  con  el  traslado  de  una  comedia 
de  San  Eudaldo.  que  le  mandó  para  (jue  pudiese  sacar  co- 
pia D.  Antonio  ViWirw,  prerere  de  la  vita  de  liipoll  á  7  Febrer 
í/c/ Í//7//  1633,  original  de  un  devoto  del  Santo,  hijo  de  la 
niencionada  vilhi,  (jue  la  e>cril)ió  en  el  año  anterior.  H.iy 
una  [iota  diciendo  que  dicha  comedia  fue  representada  en 
la  iglesia  ei  día  3  de  Octubre  del  año  1702. 

Sigue  el  prólogo  de  otra  comedia  de  San  Eudaldo,  escrita 
por  Francisco  Monsart,  maestro  de  gramática  de  la  villa  de 
(Jiot,  el  que,  según  nota  al  margen,  murió  sin  poderla  con- 
cluir. 

También  hay  copiados  el  oficio  del  Santo  y  varios  rezos 
en  lalin  y  la  copia  de  tres  bulas  pontificias  expedidas  á  fa- 
vor de  dicha  capilla.  La  piimera  es  del  papa  Clemente  VI, 
expedida  en  Aviñón  á  21  de  Febrero  del  año  1386,  año  IV  de 
su  pontificado,  con  la  (jue  concede  480  días  de  imiulgencia 
á  los  tieles  que  cojifesados  visiten  diclia  capilla   en   las   dos 


CAM1MU)I)(')N.  41 


(liMuiras,  RoiiKiñá,  Pont(')iis,  Paréis,  Viañu,  Vall- 
(leli)acli  y  varias  posesiones  en  los  condados  de 
HosellíMi,  \'alles|)ir,  Perelada,  (lerona,  Her^^'a, 
Cerdaña,  y  en  el  Conllent,  la  villa  de  i'i  con  su 
ig-lesia. 

Aumentí)  Benedi(;to  \'III  eon  dicha  bula  los 
privilegios  (|ue  ya  t(uiía  concedidos  al  monaste- 
rio, con  los  siguientes:  1."  Que  sus  monjes  pudie- 
sen recibir  las  sagradas  (jrdenes  de  todo  obispo; 
lo  mismo  debía  entenderse  con  los  Santos  Óleos. 
2."*  Que  ningún  obispo  podía  poner  en  entredi- 
cho iglesia  alguna  perteneciente  al  monasterio. 
3.*"  Que  sus  monjes  no  debían  asistir  al  sínodo 
ni  si  spontanec  vel  rogati.  4.''  Que  ninguna 
persona,  cualquiera  que  fuese  su  estado  y  su  ca- 
tegoría, podría  nombrar  abad  de  aquel  convento 
pues  debía  serlo  por  los  monjes,  según  regla;  y 
finalmente,  que  el  excomulgado  podía  participar 
de  la  comunión  eclesiástica  en  la  iglesia  de  dicho 
monasterio  (1). 

En  el  año  1022  rogó  nuestro  Abad  al  arzobispo 
de  Narbona,  Wifredo,  y  á  los  obispos  Oliva,  de 
Vicli,  y  Berenguer,  de  Elna,  que  pasasen  á  con- 
sagrar la  iglesia  de  San  Pablo  de  Pi,  en  el  Con- 


festividades del  Santo,  que  son  el  día  I  I  de  ^layo  y  el  día  de 
la  dedicación  de  dicha  capilla,  que  lo  es  el  3  (Ío  Octubre,  y 
otras  festividades.  Las  otras  dos  son  del  papa  Inocencio  X; 
la  1/  expedida  en  Roma  á  3  de  Septiembre  del  año  1653, 
creando  la  cofradía  de  San  Eudaldo,  y  la  2.^  del  mismo  Pa- 
pa de  fecha  5  del  mismo  mes  y  año  coíicediendo  altar  privi- 
legiado. 

En  la  iglesia  se  veneran  algunas  reliquias  de  dicho  Santo. 

Fué  también  Monlagut  Cíibeza  de  lílulo  condal,  pues 
hemos  encontrado  que  D.*  Jerónima  Folch  de  Cardona  de 
Lliell  y  de  Cabrera,  condesa  de  Monlagut  y  señora  de  Cas- 
tellfuliit.  vendió  una  tinca  con  fecha  10  de  Agosto  del  año 
1639  á  Monserrat  Pujol  de  Palomeras. — Archivo  de  casa  Fei- 
xas. 

(I)    Apéndice  núm.  VIII. 


42  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 

ñeiit,    cuya  consag-racióu  tuvo   lugar  con  fecha 
pridic  idus  octohvis  del  mencionado  año  (1). 
Bonñlio  murió  en  el  mismo  año  de  1022, 

Berenguer  I. 

(1096—1102) 

Una  laguna  se  encuentra  en  el  catálogo  de  los 
abades  de  Camprodón  desde  el  año  1022  al  1096, 
en  que  figura  al  frente  de  la  abadía  Berenguer, 
sin  duda  por  haber  pasado  inadvertido  por  los 
historiadores  que  tuvieron  á  mano  examinar  su 
archivo.  ¿Fué  causa  de  haber  vacado  la  abadía, 
después  de  la  muerte  de  Bonfilio,  ó  bien  la  rela- 
jación en  que  vivieron  en  aquella  época  algunas 
de  las  comunidades  religiosas  de  esta  comarca? 
Esto  último  es  lo  más  probable,  y  lo  viene  á  co- 
rroborar la  escritura  de  cesión  de  este  monasterio 
al  de  Moyssach,  hecha  por  el  conde  de  Besalú 
Bernardo  11.  En  efecto,  dicho  religioso  Conde, 
con  el  fin  de  consolidar  la  fundación  que  sus 
abuelos  protegieron  con  paternal  cariño,  sujetó  es- 
te monasterio,  así  como  los  de  Santa  María  de  Ar- 
les y  San  Pablo  de  V'allosa,  al  monasterio  de  Moys- 
sach y  a  su  abad  Hugo,  en  el  año  1078,  por  ha- 
berse desviado  de  su  regla  y  orden  los  monjes  de 
los  citados  monasterios  (2). 

«Ya  se  deja  entender,  dicen  los  historiadores 
de  Camprodón,  que  desde  luego  protestaron  los 
nuestros,  apelando  por  ante  al  Papa  de   tal  ane- 


(I)     Apéndice  mira.  IX. 
^2)     Apéndice  m'iin    X. 

El  moMiií^terio  de  Moyssacli,  de  la  reforma  de  Cluny,  esta- 
ba süuado  ei)  i;»  diócesis  de  Cahórs,  en  Francia. 


(■AM1'R()I)()N.  i;> 


xiíMi,  adiiciondo  los  pr¡vilo«^ios  con(;(3(liflos  ])()!•  el 
fniidador  W'ifrrdo  (•oníinnados  des[)ué.s  por  Heuc- 
diíito  \'I1I  y  el  ((iie  este  l^apa  les  había  otor^^-ado 
de  lio  depender  de  otro  que  de  la  Santa  Sede;  pe- 
ro todo  fué  inútil  y  ejecutóse  la  voluntad  del  do- 
nador.» 

«  Desde  entonces,  á  más  del  pago  de  un  censo 
anual  de  diez  sueldos,  moneda  de  cuaterno,  sig- 
no perenne  de  su  sujeciíui,  dos  de  nuestros  mon- 
jes (sede  vacante)  debían  pasar  áMoyssacli,  don- 
de con  estéril  voto,  según  se  desprende,  debían 
tomar  parte  en  la  elección  de  prelado  de  acuerdo 
con  los  de  aquella  casa  señora  de  la  nuestra.» 

«Hcclio  esto  y  aprobada  la  elección  por  el  abad 
de  Movssacli,  obtenía  el  nuevo  electo  los  honores 
de  prior  con  asiento  preferente  en  todos  los  actos 
conventuales,  aunque  sin  el  uso  de  báculo.  Veni- 
do acá,  recibía  el  testimonio  de  obediencia  de  los 
monjes,  sobre  los  que  ejercía  todos  los  derechos 
de  su  cargo,  aunque  con  apelación  siempre  á  los 
de  Moyssach.  Al  litigio,  pues,  que  por  esta  causa 
se  suscitaría,  deberá  atribuirse  la  falta  de  conti- 
nuidad en  la  sucesión  de  los  abades  hasta  1096 
en  que  Berenguer.  primero  de  los  de  Moyssach, 
fué  por  fin  reconocido  por  los  nuestros,  á  no  po- 
der otra  cosa.» 

Podríamos  atribuirlo  á  esta  causa  si  el  abacio- 
logio  continuase  hasta  el  año  1078,  en  que  el  con- 
de de  Besalú  Bernardo  IT  lo  sujetó  al  de  Moyssach; 
pero  mucha  más  laguna  hay  desde  el  año  1022.  en 
que  murió  Bonfilio  á  la  fecha  mencionada,  que  no 
hasta  el  año  1096  en  que  vemos  al  frente  de  la 
abadía  á  Berenguer. 

Dicho  Abad  mandó  reedificar  la  iglesia  de  San- 

6— VI. 


44  NOTICIAS    HISTÜRÍCAS. 

ta  Maria  de  Camprodóii  (1),  filiación  de  la  del  mo- 
nasterio desde  entonces  y  por  muchos  años  des- 
pués. 

Dos  bulas  de  esta  época,  confirmatorias  de  los 
privilegios  de  Cluny,  hemos  encontrado  que  ha- 
cen referencia  á  este  monasterio.  La  de  Urba- 
no II,  del  año  1088,  concede  al  Abad  de  Campro- 
dón  el  uso  de  mitra,  sandalias,  etc.  etc.,  en  las 
funciones  públicas  y  en  ciertas  festividades;  y  la 
del  papa  Pascual  II,  expedida  en  el  año  1100,  en 
la  que  declara  al  monasterio  de  Camprodón  con  el 
goce  de  los  privilegios  del  monasterio  Cluniacen- 
se  al  que  estaba  unido. 

Murió  Berenguer  en  el  año  1102,  según  los  his- 
toriadores de  Camprodón,  aunque  no  lo  hemos 
visto  confirmado  en  ninguno  de  los  autores  que 
hemos  consultado,  y  dicen  que  fué  electo  en  el 
mismo  año 

Berenguer  IT. 

(1102) 

¿No  fuera  probable  que  este  Abad  fuese  el  mis- 
mo Berenguer  I  ?  Hacemos  esta  observación  por- 
que ninguna  noticia  nos  dan  del  mismo  los  auto- 
res de  la  España  Sagrada,  y  más  porque  Vi- 
llanueva,  en  su  Viaje  literario  á  las  iglesias 
de  España,  pone  ya  en  el  año  1108,  como  a  su- 
cesor de  Berenguer,  á 


(1)  Algunos  escritores  dicen  (juo  tliclio  Abad  edilicó  la 
mencionada  iglesia,  dalo  infundado,  pues  ya  existia  en  el 
año  1012.  La  nombra  lambicn.  entro  las  |)Oses¡ones  del  mo- 
nasteiio,  el  p<i¡)a  Henodirlo  \ill  en  su  lUila  del  año  1017. 


CA.Ml'llOhÓN.  45 


Pedro  I. 

(1108—1112) 

como  Abad  (l(^  ('amprodíui,  (juÍími  tuvo  la  prelacia 
hasta  el  año  1 1 12. 
Sucedió  á  Pedro, 

Grregorio. 

(1118—1122) 

Á  este  Abad  debe  la  comarca  y  villa  de  Cam- 
prodóu  la  obteiicióu  de  mercado.  Acudi(3  Gref>*orio 
en  súplica  al  conde  de  Barcelona  Ram(3n  Beren- 
guer  el  Grande,  de  quien  obtuvo  un  privilegio, 
fechado' en  Barcelona  á  8  Diciembre  del  año  1118, 
en  virtud  del  cual,  atendida  la  súplica  del  Abad 
y  habitantes  de  la  villa,  les  concedía  permiso  pa- 
ra celebrar  mercado  cerca  del  monasterio,  seña- 
lando el  día,  que  debía  ser  el  lunes  de  cada  se- 
mana, y  prohibiendo  que  se  celebrase  otro  des- 
de Coll  d'  Aras  hasta  Portides  y  desde  Pendi- 
dicii  hasta  Campiun-niagnim  (1). 

Pedro   II. 

(1122—1130) 

Ninguna  noticia  hemos  podido  encontrar  que 
haga  referencia  á  este  Abad. 

Entre  los  regios  favorecedores  de  este  monaste- 
rio, debemos  citar  también  al  conde  de  Barcelona 
Eamón  Berenguer  III  el  Grande^  quien  en  su  tes- 
tamento, otorgado  en  el  año  1131,  le  hizo  dona- 
ción de  un  campiun  ipsiim  qiieni  tenet  Gui- 

{\)    Apéndice  núm.  XI. 


46  NOTICIAS   HISTÓRICAS. 


llerums  Ud  alar  di,  cuín  consilio  Riviptillen- 
sis  Abbatis  et  G Príoris  (1). 

Esteban. 

(1132) 

La  prelacia  de  este  Abad  fué  de  corta  duración, 
pues  ya  en  el  año  1139  íig-ura  como  abad  del  mo- 
nasterio de  Camprodón 

Vidal. 

(1139—1141) 

En  el  mes  de  Abril  del  año  1141,  el  conde  de 
Barcelona  Ramón  Berenguer,  hizo  una  donación 
á  este  Abad  y  á  su  monasterio  de  la  bailía  y  man- 
so de  Salellas,  y  otros  derechos  de  la  villa  de  Bo- 
los, según  una  escritura  que  existía  en  su  archi- 
vo. 

Berenguer  III. 

(1143) 

Villanueva,  en  su  Viaje  literario^  cita  á  di- 
cho Abad  en  discordancia  con  los  demás  escrito- 
res que  hemos  consultado,  los  que  dan  como 
sucesor  de  Vidal  á  Pedro  III.  Lo  continuamos 
en  el  abaciologio,  pues  Villanueva  tuvo  ocasión 
de  examinar  y  formó  su  catálogo  en  virtud  délas 
escrituras  existentes  en  el  archivo  del  monasterio. 

Fedro  III. 

(1143—1169) 

Todos  los  abacio logios  que  hemos  examinado 


(1)     Condes  vindicados.  Tomo  II.  páií.  179. 


(;AMruuij()N. 


47 


ponen  err()iicaineiit(^  el  afio  1107  conno  el  liltiino 
de  su  g-obioi'Ho;  poro  es  iudiidahle  que  existía  en 
el  año  1108,  pues  á  XV  de  las  calendas  de  Di- 
ciembre del  mencionado  año,  asistió  y  firmó  el 
acta  de  consagTaci(')n  de  la  iglesia  de  San  Valen- 
tín de  Salarsa  (1),  en  el  condado  de  Besalú  y  pa- 
rroquia de  San  Cristóbal  de  Baget.  Hizo  la  consa- 
gración Poncio  de  Munélls,  obispo  de  Tortosa  y 
abad  de  San  Juan  de  las  Abadesas,  el  que  fué  nom- 
brado obispo  de  esta  ciudad  en  el  año  1105:  pero 
no  por  esto  renunció  á  la  abadía,  que  conservó 
hasta  su  muerte,  acaecida  en  su  silla  episcopal  á 
26  de  Julio  del  año  1193. 

Lo  más  probable  es  que  el  abad  Pedro  viviese 
también  en  el  año  1109,  en  que  el  obispo  que  de- 
jamos mencionado  y  el  de  Gerona,  Guillermo, 
consagTaron  la  nueva  iglesia  del  monasterio  de 
Camprodón.  El  templo  reedificado  por  el  abad  Pe- 
dro III  es  el  que  hoy  día  admiramos,  y  cuya  pu- 
reza de  líneas  arquitectónicas  revela  la  pericia  de 
sus  sabios  constructores.  Sin  embargo,  en  el  ac- 
ta de  su  consagración,  que  tuvo  lugar  anuo 
MCLXVIIIL  ab  incarnatione  Doniini,  Mi- 
bus  Novembvis,  re gni  Ltidovici  jtinioris  Re- 
gis  Francoritín  anuo  XXXIl,  no  se  nombra  á 
dicho  Abad,  y  faltan,  en  el  traslado  que  nos  da 
Marca,  las  firmas  de  los  que  asistieron  á  su  con- 
sagración como  es  costumbre. 

Á  pesar  de  nuestras  reservas,  creemos  que  se 
hizo  la  dedicación  en  vida  de  dicho  Abad  y  que 
él  fué  el  que  rogó  á  los  obispos  de  Gerona  y  Tor- 
tosa que  pasasen  á  Camprodón  á  consagrar  el 
templo  que  con  tanto  cariño  y  amor  había  cons- 

(1)     Apéndice  núm.  XII. 


48  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 


traído.  En  la  mencionada  escritura  el  obispo  de 
(lerona  dota  al  monasterio  do  Cami)rodón  con  las 
iglesias  de  Santa  María,  fundada  junto  al  monas- 
terio; San  Crist()bal  de  Creixenturri,  San  Martín 
de  Solamar^  San  Nazario,  con  su  alodio,  San  Jai- 
me de  Polig'cr  (1),  San  Emeterio,  con  sus  décimas, 
primicias  y  oblaciones  de  ñeles,  y  San  Andrés  de 
Oliveda  (2). 

Bernardo   de  Segurioles. 

(1170—1187) 

Bernardo  naci(3  en  Creixenturri,  lug-ar  cerca  de 
Camprodón.  Un  autor  anónimo  dice  que  fué 
tres  veces  Abad  en  el  espacio  de  cuarenta  años  (3); 
pero   Villanueva,  en   su    Viaje  literario,   dice 


(1)  Hoy  Palnu  de  Montagut,  (jue  es  cabeza  de  dislrilo  imi- 
nici|);il,  vuliiarmeiite  San  Jaunuí  de  Llierca^  y  pertenece  al 
partido  judicial  de  Olot  El  alodio  de  Palatio  lo  legó  ya  á  di- 
cho monasterio  el  conde  de  Besalú  Seniofredo,  en  su  testa- 
mento oloigado  en  el  año  966,  y  confirmado  al  mismo  por  el 
papa  benedicto  VIH  con  su  bula  del  año  977.  El  castillo  de 
í'aláu,  cuyas  ruinas  aun  boy  exislen,  lo  Nemosen  poder  de 
la  Corona  á  mediados  del  siglo  XIV,  pueslo  que  el  rey  de 
Aragón  D.  Pedro  vendió  con  fecha  13  de  Noviembre  del  año 
1.366  al  barón  de  Santa  Pau  Hugo  H,  por  el  precio  de  seis 
mil  (juinientos  ocho  florines  de  oro.  tres  sueldos  y  tres  di- 
neros el  dominio  directo  del  castillo  de  Montpaláu,  en  la 
parroquia  de  Argelaguer,  reservándose  tan  solamente  el  po- 
der (juitar  el  dominio  feudal  y  directo. 

(2)  Apéndice  nú  m    Xllí. 

(3)  B.  Seguini,  (jui  ler  fuit  electus  ad  ecclesiam  Campiro- 
tundi  et  bis  inde  translalus  ad  ecclesiam  Exiensem,  et  re\it 
ecclesiam  ('ampirotundi  diversis  tempoiibus  per  XL  anuos. 
Ítem  vidit  (juidonem.  monacum  Moysiacensem,  Abbalem 
Campirolundi.  el  rexil  abbatiam  per  VIII  anuos.  Iten'i  vidil 
HolbtMium  de  Bastida,  et  Berengarium  Boconis,  et  Kolber- 
tum  minorem,  el  Berengarium  de  Massaneto  qui  erat  Abbas 
S.  Quirici;  post  (¡ueu)  B.  de  Amila\o  Abbas  S.  Papuli  fuit 
electus  al)  Abbale  Moysiacensi,  et  administravit  in  pace  per 
aiinum  el  amjtlius. 


CAM1'U()I>(')N.  4*J 


(HK^  no  lo  halla  ni  is    (pu»    dos    v(»ccs    en    las    es- 
crituras. 

S(*í>'riii  lili  (lociuiKMito,  locliado  011  Prades  (311  el 
mes  do  Octiibi*(^.  del  año  lis:^  ol  roy  do.  Arag-íhi 
D.  Alfonso  I  cedió  al  nioiiastorio,  con  la  voluntad 
de  su  Abad,  las  uiaiilicas  (')  fraguas  quo  el  domi- 
nio real  poseía  en  el  })uel)lo  de  l^i,  en  el  Conñent, 
con  más  los  derechos  de  baldío  (empríus)  en  el 
territorio  comprendido  desde  Collo  de  Menteto 
iisqiie  ad  fontoii  de  Teg,  et  iisqtie  adChev  de 
A  Y  cha,  ct  iisqííc  critceni  de  Pinii,  et  nsqiic  ad 
Gritni,  cuyos  baldíos  y  bosques  los  cedía  en  ple- 
na propiedad,  reservándose  solamente  los  que  ya 
había  cedido  (1). 

Guido   I. 

(1187-1195) 

Un  testigo  de  la  época,  citado  por  Villanueva, 
dice  que  este  Abad  gobernó  la  abadía  por  espacio 
de  ocho  años:  ítem  vidit  Giddonem  monacum 
Moysiacensem.  alhatem  Cainpirotundi,  et  re- 
xit  abbatíam  per  V  111  anuos. 

El  rev  D.  Alfonso  I  el  Casto  de  Arao'ón,  en  su 
testamento  otorgado  en  Perpifnin  en  el  año  1194, 
se  acordó  también  de  este  monasterio,  al  que  dejó 
150  sueldos  de  red  díte  (1). 

Villanueva  publica  un  cartel  ó  pregón,  referen- 
te á  este  monasterio,  que  cree  es  de  últimos  del 
siglo  XII.  Es  una  orden  para  evitar  la  insolencia 
y  codicia  de  los  que  acudían  al  monasterio,  don- 
de tasa  lo  que  se  les  ha  de  dar  y  señala  además 


íl)    Apéndice  núm.  XIV. 

(2)     Condes  vindicados.  Tomo  lí,  pág.  224. 


oO  NOTICIAS  HISTÚIUCAS. 

los  límites,  jurisdicciones  é  iiiinuiiidades  del  mo- 
nasterio en  los  días  de  mercado  y  fuera  de  ellos  (1). 

Bernardo   II. 

(iior)— 1-J09) 

Hijo  de  la  aldea  de  Creixenturri  y  sobrino  de 
Bernardo  I. 

En  el  mes  de  Febrero  del  año  1196,  el  rey  de 
Aragón  D.  Pedro  II.  dio  licencia  á  nuestro  Abad 
para  que  con  todo  el  vecindario  se  trasladase, 
con  motivo  de  las  guerras  y  para  estar  con  más 
seguridad,  in  loco  qiii  vocaUív  Podiiim  reli- 
qiiianun  (Puig  de  las  reliquias),  y  también  para 
construir  allí  una  fortaleza  en  su  defensa,  la  que 
fué  mas  tarde  castillo  de  San  Nicolás. 

Berenguer  IV. 

(1-209—1218) 

Berenguer  de  Rocáms  o  Roconis,  gobernó  la 
abadía  hasta  el  año  12*20,  en  que  le  sucedió 

Raimundo  I. 

( vm) 

Se  sabe  que  era  Abad  en  el  año  1220^  pero  se 
ignora  hasta  que  fecha  estuvo  al  frente  de  la  aba- 
día, aunque  hubo  de  ser  su  gobierno  de  corta  du- 
ración, pues  ya  en  el  año  1222  figura  como  abad 

Roberto. 

( 1222) 

Roberto  de  Bastida  era  abad  de  Camprodón  en 


(I)     Apoiulicc  núni.  XV. 


CAMPUUDÚN.  oj 


iú  año  122*i;  pero  so  ií^nioni  ol  íin  do  su  <^"obionio 
abaínal. 

Berenguer  V. 

(1-J2()) 

Sucedió  á  Bereugucv 

Pedro  IV. 

(  1 '227— 1-230) 

Durante  el  gobierno  de  este  Abad  quiso  el  mo- 
nasterio de  Camprodón  sacudir  la  tutela  de  la  ca- 
sa matriz  de  Moyssach.  Consta  esto  de  una  escri- 
tura de  disensión  entre  el  Abad  de  Moyssach  y  el 
de  este  monasterio,  en  la  cual  el  de  aquél  trata  al 
nuestro  de  querer  perturbar  con  persistencia  di- 
cha posesión,  y  enumera  las  demasías  y  conflic- 
tos que  con  su  conducta  perturbadora  había  oca- 
sionado al  monasterio  y  á  la  villa  (1). 

Berenguer  VI. 

( 1230—1236 ) 

Berenguer  de  Massanet  era  abad  del  monaste- 
rio de  San  Quirico  de  Colera  cuando  fué  elegido 
para  el  de  Camprodón.  Debió  hacerse  dicha 
elección  sin  el  consentimiento  del  Abad  de  Cluny, 
del  que,  como  ya  tenemos  manifestado,  dependía 
este  monasterio,  puesto  que  en  el  mismo  año  anu- 
ló su  elección.  «Pero  el  de  Massanet,  que  tuvo 
siempre  por  consejera  la  fortaleza,  nunca  la  pru- 
dencia y  la  templanza,  á  despecho  de  la  disposi- 


Apémlice  nú  ni.  X\  I. 
-VI. 


.)"J  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 


cióii  y  constitución  comunicada  por  sus  superio- 
res, continuo  aferrado  á  su  silla  abacial,  aterró  á 
los  monjes  no  conformes  y  atropellólo  todo,  según 
tenía  de  contumaz  é  inquieto.  El  vecindario  tam- 
bién se  dividió  en  dos  partidos.  Consternados  los 
monjes,  acudieron  en  sentida  súplica  á  los  de 
Moyssach;  y  si  bien  no  parece  lo  que  éstos  contes- 
taron, es  muy  probable  que  fueron  oídas  las  que- 
jas de  los  nuestros,  pues  vemos  que  en  1236  re- 
gía en  paz  nuestra  comarca  y  villa  un  tal  Ami- 
lavo,  que  ellos  eligieron  (1).» 

Amilavo. 

( l-2:i(i ) 

Debió  ser  nombrado  Amilavo  abad  de  Campro- 
dón  por  la  casa  matriz  de  Moyssach  ó  Cluny,  en 
lugar  de  Berenguer  de  Massanet.  Era  ya  Abad  de 
San  Populo,  cuando  lo  fué  de  este  monasterio, 
pues  el  autor  anónimo  nos  dice:  post  qiieui  B. 
de  Aiuilavo  Abbas  S.  Popiili  fecit  electus  ab 
Abbatc  Moysíacensi,  ct  adiiiiuistravit  i n  pa- 
ce per  anniuu  eí  aiupliits. 

Bernardo   III. 

( Después  de  1236) 

Dice  Villanucva  que  después  de  Amilavo  los 
monjes  eligieron  secretamente  y  sin  el  consenti- 
miento y  aprobación  de  la  casa  matriz  abad  del 
monasterio,  que  recayó  en  la  persona  de  Bernar- 
do Desl)acli  (2),  y  añade  el  P.  Galí  que  gobernó 


(1)  Historia  Je  ('amprodón,  páp;.  60. 

(2)  Bernardo  descendía  de  la  ilustre   familia  de  I)esl)acli, 
señores  jurisdiccionales  de  la  Nalldebach.  La  tradición  dice 


OAMPIIOÜÓN.  ^i'i 


011  piiz  (•(Ui\('nt(),  vilhi  y  (toiiiiirca.  l'll  iibad  l'cílro, 
(jue  poiKMi  los  liisioriadorcs  do  ( 'jiiiiprodiin  autos 
(lo  ost(í  Ahad,  oríHiiuos  lo  ooiirundou  con  su  su- 
cesor, así  oouio  uo  os  posihlo  ol  «^'obicruo  do  13cr- 
uanlo  Dosbach  cu  ol  afio  1:243  ni  ol  do  Curts  ou 
ri4S,  puosto  (juo  ya  on  (d  nño  1243  se  auul(3, 
á  petioión  do  la  (^asa  matriz  do  Moyssaoh,  la 
elección  de  dichos  abados. 

Fedro  V. 

(1239—1243) 

Pedro  de  Corts  fué  elegido  abad  como  su  ante- 
cesor por  los  monjes  del  monasterio;  pero  habien- 
do llegado  á  conocimiento  de  la  casa  matriz  de 
Moyssacli  estas  elecciones  que  atentaban  á  sus 
privilegios,  acudió  á  la  de  Cluny  en  queja  de  es- 
ta usurpación  de  atribuciones  y  ésta  al  Papa,  y 
por  sentencia  dada  en  el  año  1243  por  Maurino, 
abad  de  San  Pedro  de  Pamies,  en  calidad  de  eje- 
cutor apostólico,  declaró  nuevamente  sujeto  el 
monasterio  de  San  Pedro  de  Camprodón  al  de 
Moyssach,  y  anuló  las  elecciones  de  estos  dos  úl- 
timos Abades  (1). 

En  el  mismo  año  suena  ya  como  abad 

que  un  caballero  llamado  Hugo  Bach,  señor  de  Blanes,  LIo- 
ret  y  Tossa,  se  retiró  á  esta  montaña  con  sus  subditos  duran- 
te la  invasión  árabe,  en  donde  edificó  un  gran  castillo,  cuyo 
valle  tomó  su  apellido.  Dice  Pujades  que  el  obispo  de  Ge- 
rona D.  Francisco  Arévalo  de  Zuazo,  le  certificó  que  en  una 
de  sus  visitas  á  dicha  parroquia,  en  cumplimiento  de  su 
ministerio,  halló  escrito  de  mano  al  principio  de  un  an- 
tiguo misal  lo  siguiente:  «En  lo  temps  se  perdé  España,  ve- 
né en  aquesta  Valí  que  era  dita  de  Moyer,  un  caballer  de 
les  pars  marítimes  per  nom  Hugo  Bach,  y  poblá  de  sas  gens. 
y  bastí  lo  castell,  que  vuy  es,  y  susteni'nse  ell  y  los  seus 
fins  á  la  vinguda  deis  Francs  ab  Carlos  iMaynes,  y  per  co  es 
apellada  Valí  de  Bach.» 

(1)   Los  historiadores  del  Languedoc  traen,  procedente  del 


54  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 


Roberto   TI. 

^124:3) 

Fué  nombrado  dicho  Abad  por  la  casa  de  Moys- 
sacli,  y  á  quien  sucedió 

Bernardo  IV. 

(124()) 

Poco  tiempo  estuvo  al  frente  de  la  abadía,  pues 
en  el  año  1248  fígura  ya  como  abad, 

Pedro  VI. 

(1248) 

El  papa  Inocencio  IV  le  concedió  una  bula,  fe- 
chada en  Lyón  á  5  de  Julio  de  1248,  en  la  cual 
declaraba  que  el  Abad  y  monasterio  no  podían 
ser  compelidos  á  la  admisión  de  personas  y  pro- 
visión de  beneficios  eclesiásticos,  ni  aun  en  vir- 
tud de  letras  apostólicas,  si  en  ellas  no  se  derro- 
gase  especialmente  el  privilegio  de  la  citada  bula. 


archivo  del  monasterio  de  Moyssach,  la  siguiente   acta   que 
liace  referencia  á  este  monasterio: 
«  M.  Dei  gratia  abbas  Apamiensis,  a  sede  Apostólica  dele- 

galus,  dilectis  inChristo cellerario  & eleemosinario 

Arulensi,  salutem  in  Domino.  Cum  propler  concilium  nu- 
per  apud  Montempessulanum  celehratum,  quod  prolractum 
extitil  diulius  quam  crederetur,  nos  &  nostrum  consilium 
occupati  fuerimus  &  ultra  quam  sperassemus  detenti,  ad 
diem  quam  dilectis  noslris  priori,  conventui  &  celeris  fra- 
tribus  Campirotundi  assignaveramus  in  crastinum  octava- 
rum  festi  sancti  Michaelis,  apud  Campumrotundum,  mini- 
me  potuimus  convenire,  nec  eis  impedimentum  nostrum 
innotescere  tempestive.  Quare  cum  negotium  nobi*  com- 
missum,  quod  diutius  prorogatum  extitit,  cupiamus  sine  de- 
bito terminare,  qua  fungimur  vobis  aullioritate  manda- 
mus,  &.  Datum  Apamie,  in  crastino  festi  transancti  sánete 
Luce  evaníjeliste,  anno  MÍXXLII.» 


(.•AMPUOI)(')N.  55 


Gruido    11. 

(121Í)— r2r)5) 

Consta,  su  oxistciicia  desde,  el  iiíio  12  11)  al  \'27)7). 
Con  iecluí  22  de  Se])tienibrc  del  año  1219  (1), 
nuestro  abad  Guido  porriiutó  con  el  rey  I).  Jaime  I 
de  Aragón  la  abacial  villa  de  Caniprodíín,  ([ue  di- 
cho Rey  deseaba  elevar  il  de  realeng-o^  ñrmándo- 
se  el  convenio  de  traslación  bajo  las  condiciones 
sig'uientes:  La  villa  de  Camprodón  con  todos  sus 
términos,  castillo,  mercado  y  demás  derechos  in- 
herentes á  la  misma,  era  cedida  al  rey  Jaime  I, 
quien  á  su  vez  daba  al  Abad  por  vía  de  compen- 
sación otras  muchas  posesiones  situadas  en  el  va- 
lle de  Ribas,  Prats  v  Pi.  Que  ni  el  Rev  citado  ni 
SUS  sucesores  podían  dar,  vender,  permutar  ni 
enajenar  en  manera  alguna  los  derechos  sobre  la 
villa  de  Camprodón,  y  que  debía  además  tener 
bajo  su  real  protección  al  monasterio  con  todos 
sus  bienes,  incluso  los  que  el  Abad  se  había  re- 
servado en  la  misma  escritura  de  concesión,  como 
eran  las  iglesias  de  Santa  María  y  San  Nicolás  y 
ciertos  derechos  sobre  los  hornos  y  molinos  sitos 
dentro  de  los  términos  de  la  villa  (2). 

Acerca  de  las  atribuciones  que  en  virtud  de 
dicho  convenio  correspondían  al  Rey  y  al  Abad 
de  Camprodón,  hubo  varias  diferencias,  puesto 
que  el  Abad  no  había  cedido  al  Rey  la  villa  de 
Camprodón  por  entero,  las  cuales  fueron  dirimi- 
das con  una  sentencia  arbitral  de  los  obispos  de 


(1)  Los  historiadores  de  Camprodón  ponen  equivocada- 
mente el  año  de  1243. 

(2)  Apéndice  núm  XVII. 


o6  NOTICIAS    UISTÚUICAS. 

Vicli  y  Eliia,  la  (|iio,  aceptada  poi*  ambas  partes, 
fuá  firmada  á  8  de  las  calendas  de  Mayo  del  año 
\'27)\.  Dicha  sentencia  dice  en  resumen:  I.""  Que 
el  rev  1).  Jaime  I  debía  constituir  en  veíí:uería  v 
asig'uar  términos  á  la  villa  de  Camprodón,  según 
es  uso  en  las  demás  de  realengo  en  Cataluña. 
2.*"  Que  en  compensaci(3n  á  la  mitad  de  los  dere- 
chos de  jurisdicción  sobre  la  ¡villa  que  el  Abad  se 
adjudicaba,  debía  el  Rey  pagar  al  monasterio  un 
censo  anual  en  dinero  y  especie.  S.""  Que  el  Abad 
se  reservaba  el  derecho  sobre  la  notaría  ya  de 
antes  establecida,  como  también  sobre  los  molinos 
existentes  ó  que  en  adelante  se  establecieren  den- 
tro de  los  términos  de  su  antigua  pertenencia.  4.*" 
Que  en  la  cesión  antedicha  iba  comprendida  la  de 
los  derechos  abaciales  sobre  los  pueblos  de  Pi,  Ri- 
bas y  algunos  otros.  Y  5.°  Que  el  Abad  y  el  Rey 
compartirían  por  mitad  los  censos  de  las  casas  de 
la  villa,  excepción  hecha  de  unas  pocas  que  se- 
rían de  exclusiva  jurisdicción  del  monasterio. 

Hace  referencia  también  á  dicha  sentencia  el 
privilegio  concedido  á  la  villa  de  Camprodón,  con 
fecha  31  Julio  del  mismo  año.  para  celebrar  ferias 
por  espacio  de  8  días,  que  empezaban  á  contarse 
desde  la  vigilia  de  San  Juan  Bautista,  señalando 
los  límites  de  la  Veguería  de  Camprodón,  que  eran: 
de  Ribamala  hasta  Coll  d'  Aras;  de  Castellfullit 
hasta  Coll  de  Portóles;  de  Coll  de  Carrera  al  de  Fi- 
nestras;  de  Coll  de  Pera  al  de  Mont-sant,  y  de  Ba- 
tet  hasta  Malrem. 

Mateo   I. 

(1257— 1208) 

Kn  el  mismo  año  de  1208  fio-ura  va  como  a))a(i 


CA.MPRODON.  .)/ 


Guillermo   I. 

(  rjds— i-j7()) 

VilhiiiiKwa,  en  los  años  de  l'J7()  á  1277,  1)011(5 
un  abad  llamado  Pedro,  (pie  lo  sería  se^'iii'ameiite 
de  otro  monasterio,  por  eonstar  ([\\(\  áo^do  el  año 
V2i)H  á  127()  g'íjberiK)  la  abadía  (^luillcniío. 

Mateo  II. 

(1277—1278) 

Los  autores  de  la  España  Sagrada  tijaii  su 
gobierno,  seguramente  por  error  de  imprenta,  en 
el  año  1267,  puesto  que  á  su  antecesor  (ruillermo 
le  dan  de  gobierno  hasta  el  año  127().  Los  histo- 
riadores de  Camprodón  lo  fijan  en  los  años  1277 
y  1278. 

Gruillermo  II. 

(1278—1283) 

Á  favor  de  este  Abad,  según  los  autores  de  la 
España  Sagrada,  expidió  una  bula  el  papa  Ni- 
colás III,  confirmando  los  bienes,  fueros  y  privile- 
gios del  monasterio,  según  habían  hecho  sus  pre- 
decesores, y  sujetándole  inmediatamente  á  la  Si- 
lla apostólica. 

Pedro  VII. 

( 1283—1287 ) 

Sucedió  á  Pedro 

GrUillermo  III. 

(1287—1293) 

Gobernó  hasta  el  año  1293,  en  que  suena  como 
abad  del  monasterio 


58  NOTICIAS    IIISTÜHICAS. 

G-uillermo   IV. 

(1293—1300) 

De  dicho  Al)ad  se  tienen  noticias  hasta  el  año 
1300.  ñg'urando  ya  en  el  año  1302  como  abad 

Raimundo  II. 

(1302) 

Estuvo  muy  poco  tiempo  al  frente  de  la  abadía, 
pues  en  el  año  siguiente  suena  ya  como  abad 

G-uillermo  V. 

(1303—1311) 

Los  autores  de  la  España  Sagrada  nos  dan 
noticia  de  este  abad  en  el  año  1303,  y  Villanueva 
en  el  año  1311,  por  lo  que  ponemos  el  gobierno 
del  mismo  desde  el  año  1303  al  1311. 

Le  sucedió 

Hugo   I. 

(1312) 

Todos  los  autores  fijan  el  año  1312  como  go- 
bierno de  dicho  Abad,  habiéndole  ya  sucedido  en 
el  siguiente 

Berenguer  VII. 

(1313) 

Sucedió  á  Berenguer 

Hugo   n. 

(  1315) 

Eu  el  año  sio-uiente  suena  va  como  abad 


CA.Ml'lfOKON.  ')[) 


Raimundo   III. 

Pujados  llama  ii  iiiK^stro  Al)a(l  prinK^'o  do  este 
ii()iii))i'e,  ig-noraiido  la  existencia  án  Raimundo  I 
que  gol)ernü  en  \'2'2{)  y  de  Raimundo  II  en   VM)'2. 

Arnaldo. 

(]:^'J  1—13-23) 

Figura  como  abad  en  el  año  siguiente 

Raimundo  IV. 

(13-24) 

Sucedió  á  Raimundo 

G-isperto. 

(13-24—1325) 

Jazperto  le  llama  Villanueva.  Fué  el  último  de 
los  abades  elegidos  por  la  casa  matriz  de  Moys- 
sacli,  pues  los  monjes  del  monasterio  de  Campro- 
dón  no  quisieron  admitirle,  deseosos  de  recon- 
quistar su  independencia,  los  que  eligieron  por 
abad  á 

Raimundo  V. 

(1325—1348) 

Raimundo  de  Guixar  gobernó  el  monasterio 
hasta  el  año  134S,  según  Pujados,  y  fué  el  prime- 
ro de  los  electos  por  los  monjes  del  monasterio 
desde  su  unión  con  el  de  Moyssacli,  quien  sostu- 
vo con  tesón   la  independencia  del  monasterio, 

S— VI. 


()0  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 


con  referencia  á  la  elección  de  abad,  pues  no  re- 
cobró desde  este  momento  su  independencia  pri- 
mitiva, como  asef^'uran  varios  escritores,  por  las 
pruebas  que  presentaremos  en  el  curso  de  nues- 
tro abaciologio.  La  resistencia  de  los  monjes  y  la 
firmeza  y  energía  en  secundar  las  iniciativas  del 
abad  Raimundo  de  Guixar,  pararon  en  una  con- 
cordia con  la  casa  matriz,  en  virtud  de  la  cual 
los  monjes  de  Camprodón  podían  elegir  abad  con- 
forme a  la  regla  y  voluntad  del  fundador,  cuya 
elección  debía  confirmar  la  casa  matriz  de  Moys- 
sach,  y  que  en  reconocimiento  pagase  el  monas- 
terio de  Camprodón  trescientos  reales  de  censo, 
lo  que  se  verificó  algunos  años;  pero  temiendo  los 
de  Moyssach  que  los  monjes  quisiesen  recabar 
hi  totiun  su  independencia,  obligaron  al  Abad, 
en  el  año  1325,  que  si  quería  la  confirmación  pu- 
siese á  censo  seis  mil  reales,  que  rentasen  cada 
año  los  trescientos,  y  que  se  fundase  en  lugar  se- 
guro, en  Francia  y  á  diez  leguas  del  monasterio 
de  Moyssach  (1),  á  cuya  petición  consintió  Rai- 
mundo. 

A  trece  de  las  calendas  de  Septiembre  del  año 
1333,  nuestro  Abad  cedió  al  rey  D.  Alfonso  el 
Benigno^  la  mitad  de  la  jurisdicción  civil  y  cri- 
minal de  la  villa  de  Camprodón  que  le  pertenecía, 
recibiendo  en  compensación  cuatrocientos  suel- 
dos barceloneses,  pagaderos  á  1."  de  Mayo  de  ca- 
da año,  cuyo  pago  quedaba  afianzado  con  la  mi- 
tad de  los  derechos  llamados  de  Lesda,  que  co- 
braba el  Rey  en  estos  pueblos,  reservándose  sola- 
mente el  dominio   de  unas  pocas  casas  situadas 


(I)     Ariíaiz.  Soledad  Laureada,  lomo  lí,  pág.  III 


CAMPUüDÓN.  Gi 


alrcMledüi*  del  inüiiastcrií),  como  recuerdo  de  su 
antig'uo  señorío. 

Á  solicitud  do  (Helio  Abad  yjiabitantes  de  Cam- 
prodóu,  el  rey  1).  Pedro  IV,  seg'iiu  privileg-io 
otorg-ado  eu  Tarrag-oua  con  fecha  27  Marzo  del 
año  1338,  revocó  la  ag'regaci(3n  á  la  de  Besah'i  de 
la  mayor  parte  de  la  vicaría  de  Camprod(3n,  de- 
jando en  su  valor  la  sentencia  arbitral  de  los 
obispos  de  V'ich  y  Elna  que  ya  hemos  menciona- 
do. En  su  consecuencia,  con  fecha  27  Abril  del 
mismo  año,  el  comisionado  regio  D.  Bernardo  de 
Petra  reintegró  al  veguer  y  oficiales  en  la  pose- 
sión y  jurisdicción  sobre  los  pueblos  contenidos 
dentro  de  los  antiguos  límites  de  la  veguería,  y 
en  privilegio  concedido  en  el  mismo  año  dio  per- 
miso para  que  los  habitantes  de  Camprodón  pu- 
diesen proveerse  de  trigo  de  Besalú. 

Bernardo  V. 

(1348-1361) 

Bernardo  de  Folcrá  fué  elegido  abad  en  Di- 
ciembre del  año  1348.  Dice  Pujades  «que  gobernó 
muy  mal  y  vivió  no  muy  bien,  pues  en  su  tiem- 
po hubo  muchos  escándalos  nacidos  de  parcia- 
lidades y  bandos  sustentados  por  él;  fué  amigo  de 
frecuentar  palacios,  residir  en  la  corte,  y  poco 
en  su  monasterio,  de  lo  cual  se  originaron  entre 
vasallos  y  monjes  grandes  males  y  destrucciones 
de  patrimonios»;  mas  los  autores  de  la  Historia 
de  Camprodón  dicen  que  nada  se  ha  encontrado 
en  los  papeles  que  se  refieren  á  este  Abad,  y  que 
existen  en  su  archivo,  que  pueda  valerle  la  cru- 
da crítica  que  de  él  hace  Pujades. 


62  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

Bernardo  cedió  á  los  padres  carmelitas  calzados 
local  para  fundar  iiii  convento,  bajo  las  siguien- 
tes condiciones: 

1."  Los  frailes  del  Carmen,  en  número  de  seis, 
debían  asistir  á  las  funciones  religiosas  que  en 
las  principales  festividades  celebrara  el  monaste- 
rio. 

2.''  Que  en  el  convento  del  Carmen  no  podían 
bendecirse  los  ramos  y  candelas,  pues  debía  reci- 
birlos del  monasterio. 

3.''  Debía  también  dar  cada  año  en  calidad  de 
censo  20  libras  de  cera  al  Abad,  y 

4.''  Que  debía  el  convento  entregar  la  tercera 
parte  de  las  mandas  funerarias  y  demás. 

El  mencionado  convento  fué  fundado  en  el  año 
1352  con  independencia  de  los  Ordinarios  por  la 
gracia  del  papa  Clemente  VI,  bajo  el  título  de  la 
Purísima  Concepción.  La  reina  D.""  María,  regen- 
te de  D.  Alfonso,  á  petición  del  Prior  y  vecinos  de 
la  villa  de  Camprodón,  puso  el  convento  bajo  su 
protección  y  amparo,  y  renovó  los  privilegios  que 
en  los  años  1352  y  1358  había  otorgado  el  rey 
D.  Pedro.  El  papa  Benedicto  XIII  concedió  diez 
años  de  indulgencia  á  los  que  hicieran  limosna 
para  la  fábrica  del  convento. 

Asistió  Bernardo  al  concilio  Tarraconense  que 
mandó  convocar  el  arzobispo  de  Tarragona  Fr.  San- 
cho López  de  Ayerbe,  al  que  asistieron  también 
los  abades  de  San  Pedro  de  Rodas,  Besalú,  San 
Felíu  de  Guixols,  Bañólas,  Amer,  (talligáns^  Vila- 
bertrán,  Santa  María  de  Rosas,  San  Miguel  de  Plu- 
via, y  los  priores  de  Castelló,  Cruilles,  Viaña, 
Ridaura  y  Lledó. 

Murió  dicho  Abad  el  día  14  de  Septiembre  del 
año  13G1. 


CAMIMIODÓN.  63 


Francisco  I. 

( 13GI  ) 

Francisco  (le  Uliiui  filó  electo  eu  ol  año  1301. 
En  el  de  1303  suena  ya  como  abad 

Bernardo  VI. 

(1363) 

En  el  mismo  año  de  1303  figura  ya  como  abad 

Francisco   II. 

(1363—1371) 

En  el  año  1369  obtuvo  una  Bula  del  papa  Urba- 
no V  para  que  los  monjes  pudiesen  pasar  a  estu- 
diar á  xlviñón,  bula  que  se  hallaba  en  el  archivo 
del  monasterio. 

Pedro  VIII. 

(1372—1379) 

Concedió  dicho  Abad  permiso  á  los  frailes  del 
Carmen  para  asistir  con  cruz  alta  á  la  procesión 
del  Corpus  y  regresar  de  la  misma  manera  á  su 
convento.  Asimismo,  por  sentencia  arbitral,  hizo 
que  fuese  terminada  una  cuestión  que  sobre  las 
mandas  religiosas  dejadas  al  convento  habían 
movido  los  abades. 

Gruillermo  VI. 

(1379) 

Gobernó  poco  tiempo  la  abadía,  pues  ya  en  el 
siguiente  año  suena  como  abad 


64  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 

Pedro  IX. 

(  1380 ) 

Con  fecha  19  de  Mayo  de  1380,  el  rey  D.  Pe- 
dro IV  aprobó  y  confirmó  el  convenio  hecho  entre 
el  Abad  del  monasterio  y  el  rey  D.  Alfonso  III  el 
Benigno. 

Jaime  I. 

(1382) 

Le  sucedió 

Pedro  X. 

(1384—1391) 

Se  tienen  noticias  de  este  Abad  hasta  el  año  1391 . 

Gruillermo  VII. 

(1392) 

En  dicho  año  de  1392^  según  las  actas  de  visita 
y  de  k)s  capítulos  generales  de  Cluny,  el  número 
reglamentario  de  monjes  era  el  de  14  y  el  Abad. 
En  el  acta  del  capítulo  del  mencionado  año  se  ve 
que  imperaba  en  el  monasterio  la  más  completa 
observancia  de  la  regla,  y  que  dicho  Abad  lo  re- 
gentaba bien,  tanto  en  lo  espiritual  como  en  lo 
temporal.  Dice  así  el  párrafo  que  hace  referencia 
á  este  monasterio:  «  Ahbatia  de  Campo  rotun- 
do in  Catalonia,  Gertindensis  dioecesis,  im- 
niediate  subdita  ahh atice  Moissiacensis  («ic), 
est  in  bono  statii,  et  siint  ib  i  qnatuordecim 
mo ñachi  cuní  abbatc;  qui  bene  serviiint  Deo 


CAM1MK)1)(')N.  6'*) 


dic  (ic  noctc,  ci  di  chis  doiiiniis  rfhhas,  ho)ítis 
et  auliquits,  baic  n\L(il  spin'tudlilcv  et  tcuipo- 
ralitcv.  Tanici!  dixit  vi  si  t  atar  i  hits  qiiot  non 
dcbcbaiit  ipsiifn  visitare,  quid  (íbhas  Mois- 
siaceiisis  ipsnni  visiUdxid  et  facicbdl  ipsiim 
visitare  et  iioii  erat  din  qnod  fnerat  ad  ca- 
pitulnm  sunni.  Dictns  doinnns  abbas  de  sno 
bono  re  í"  i  mine  est  coínniendandti 


s.  » 

En  el  siguiente  año  de  su  gobierno  suena  ya 
como  abad  del  monasterio 

F»edro   XI. 

(1393—1397) 

Sucedió  al  abad  Pedro 

Jaime  II. 

(1397—1400) 

Se  tienen  noticias  de  este  Abad  hasta  el  año 
1400. 

Pedro  XII. 

(1406—1413) 

El  rey  D.  Martín  el  Humano,  en  el  año  1405, 
confirmó  y  de  nuevo  aprobó  el  convenio  celebra- 
do entre  el  rey  D.  Alfonso  111  y  el  abad  del  monas- 
terio Raimundo  V. 

Jaime  III. 

(1415—1419) 

Pujades  fija  ya  su  existencia  en  el  año  1415,  y 
de  él  nos  da  noticias  Villanueva  hasta  el  año 
1419. 


66  NOTICIAS    1I1ST()U1CAS. 

Berenguer  VIH. 

( 142-2— 1425  ) 

Murió  dicho  Abad  en  el  año  1425. 

Pedro  xm. 

(  1425—14(33 ) 

Pedro  de  Canadell  fué  electo  abad  el  día  19  de 
Septiembre  del  año  1425. 

Bajo  su  gobierno  abacial  tuvo  lugar  la  subleva- 
ción de  los  siervos  ó  payeses  de  rouensa,  acau- 
dillados por  el  intrépido  \'erntallat,  los  que  bien 
pronto  fueron  dueños  de  toda  esta  comarca.  Para 
ver  de  apaciguar  la  rebelión,  que  contribuía  á 
agravar  la  situación  del  Principado,  la  Diputación 
general  de  Cataluña  escribió  á  nuestro  Abad,  con 
fecha  2  de  Julio  del  año  14G2,  rogándole  que  per- 
suadiese á  los  remen sas  de  que  les  tenía  más 
cuenta  ñrmar  la  nueva  concordia  con  sus  señores, 
pues  con  ella  quedaba  definitivamente  dirimida  la 
cuestión,  en  tanto  que  de  otro  modo  los  malos 
lisos  quebaban  suspensos  y  no  abolidos,  y  ellos 
en  la  obligación  de  satisfacer  lo  que  faltaba  pagar 
de  los  cien  mil  ñorines  prometidos  al  rey  1).  Al- 
fonso (1). 

No  debió  hacer  gran  caso  Verntallat  de  estas 
negociaciones,  pues,  como  contestación  á  tales 
consejos,  recibió  la  Diputación  una  carta  de  dicho 
caudillo,  dentro  de  un  pliego  remitido  por  el  Prior 
de  Casserras.  Decía  en  ella  \'erntallat  que  no  po- 
día aceptar  la  concordia  prometida  y  que  no  se 


(1)     Apéndice  mim.  XVIII. 


CAMrRODÚN.  í)7 


Iki])Ííi  levantado  para  la  rcdcnciíin  de  los  remen- 
sas  ni  para  la  annlaeiini  de  otros  derechos,  sino 
para  rec^abar  del  Rey  de  Arag('>n  i[\u)  hiciera  á  to- 
dos justicia,  y  que  no  ({uería  abandonar  el  cami- 
no del  honor  por  el  do.  la  traición. 

Cami)rod(Jn  se  puso  al  lado  de  la  Diputación, 
segiin  es  de  ver  por  las  cartas  del  diputado  local 
de  dicha  villa  Pedro  Maner  (1),  pero  fué  atacada 
y  tomada  por  los  remensas  en  el  mes  de  Ag'osto 
del  mencionado  año,  quedando  desde  esta  fecha 
separada  de  la  Diputación  hasta  el  año  1465. 

Continuaba  el  monasterio  bajo  la  sujeción  al 
monasterio  de  Cluny,  según  se  desprende  del  ca- 
pítulo general  de  dicha  abadía  del  año  1460.  Dice 
el  Visitador  general,  con  referencia  á  este  mo- 
nasterio, que  no  reinaba  en  el  mismo  aquella 
clausura  y  observancia  propia  de  la  orden.  He 
ahí  el  acta  de  visita  de  este  monasterio: 

«  Li  abbatia  SJ'  Petri  de  Campo  rotundo 
appliciieviint  visítatores.  Venenint  officiarii 
in  abbatis  absentia  in  decentibiis  habitibus; 
ipsis  prcesentatis  et  receptis  litteris  domni 
nostri  commiinis  Chmiacensis,  genibiis  flexis 
deoscidatis,  visítatores  honorifice  recepertmt 
et  caritative  tractaveriint  ac  demum  in  eccle- 
siam  introdiixeriint,  solemniter  cantando  Te 
Deum  laudamus,  et  deinde,  verbo  exhortatio- 
nis  f acto  y  ecclesiam  visitaveriint;  qiiam  repe- 
rieriint  satis  in  bono  statti  et  bene  mnnitam 
¡ocal ibas  et  ornanientis,  licet  propter  terree 
niotiun  ecclesia  in  aliqíia  sid  parte  patiatnr, 
et  claiistrnm  totaliter  collapsiim  est;  dorrni- 

(I)     Documentos  inéditos  del  archivo  de  la  Coronada  Ara- 
gón,  tomo  19,  pág.  209  v  276,  y  tomo  21 .  páe.  109. 

9— VI. 


68  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 


t orí  11)11  ct  rcfectorítmi  ct  ccctcrcc  offichice  in- 
di gcnt  niaxima  reparationc;  ailtus  divinns 
ibi  perit  et  ccrciiwnicr,  observanticr  regida- 
res  proptev  defectíini  iiinncri  religiosortim 
iii  luagmtJii  vitiipevixun  ordinis,  ubi  solent 
esse  viginti  qiiatíior  r  eligió  si  aiíu  abbate  in- 
clusive. Eleejuosynarius  non  facit  residen- 
tianí;  est  in  curia  RotJiana.  Religiosi  non 
snnt  regidariter  habitiiati;  imo  in  canieris 
dispcvsis  et  qnasi  vivant  secidariter  pro  li- 
bito  volnntatis.  Clatistira  nionasterii  fracta 
est  et  vadiint  et  veniunt  religiosi  pro  libito 
volnntatis  sine  licentia,  die  ac  nocte.  proiit 
eis  placel.  Officiarii  mate  su  a  exercent  offi- 
cia.  Visitatores  injnnxernnt  donino  abbati 
qiiod  salte m  teneat  nnmenun  decem  religio- 
sorimi,  qiiibiis  ministrare  regidaria  vesti- 
menta et  alia  necesaria.  Ordinavertint  qiiod 
ho  rcc  canoniccc  cantantiir  (sic)  taní  diiirncc 
qtiam  noctnrncc,  cimi  debitis  pansationibns^ 
inclinationibns  et  pídsationibits  et  ceremoniis, 
inclinationibus  regidariter  debitis.  Ítem  in- 
jnnxernnt abbati  et  priori  clanstrali  qnod  ca- 
pitnlnni  teneant  et  correctiones  regidaresfa- 
ciant.  ítem  in  refectorio  comed ant  cnm  lec- 
tione  et  silentio,  in  dorinitorio  do  r  mi  ant 
cnm  snmnio  silentio;  et  nndtas  alias  salubres 
ordinationes  fecernn  circa  divinum  cidtum 
et  observantias  regtdares  et  inventaria  debe- 
re  fieri  de  eclesicc  jocalibns  et  qnod  debeant 
vive  re  secinidiun  regid  a  m  et  statnta  Clunia- 
censis  ordinis.  Ordinant  di ffi nitores  diffi- 
niendo  qnod  ordinal  a  per  visitatores  adini- 
plcantiir.» 


(•\.M1M{()I)(')N.  ')'.) 


Bernardo   VII. 

(  1  is-j— ir,i()) 

Desdo  el  uno  lUV-)  ;il  I  \H'2  s(*  nofji  un  vacío  oii 
(*1  al)a(M()l()^'i()  del  luoiíasteriu,  debido  sin  duda  á 
las  <4-u(MM'as  de  iM'aueia  y  Mspaña  en  esta  ('poea, 
eu  la  (|ue  ('ain[)i'()(l()n  fué  asaltada  [)()!•  el  ej(h*eito 
invasor  ([ue  devasto  la  villa  y  prolanc)  su  templo. 
«Tan  adictivo  debía  ser  el  estado  de  los  nuestros, 
dicen  los  historiadores  de  Camprodón,  que  el  pia- 
doso Obispo  de  Gerona  publicó  una  bula  en  1480 
en  que  concedía  indulgencias  á  todos  aquellos 
que  con  cualquier  género  de  recursos  contribuye- 
sen al  alivio  de  nuestra  villa  y  al  recobro  del 
cuerpo  de  San  Paladio,  prenda  de  la  comarca  y 
tesoro  del  monasterio,  que  en  mal  hora  se  llevó 
de  entre  nosotros  la  codicia  sin  freno  de  los  ven- 
cedores. » 

Francisco  III. 

(1517—1518) 

Francisco  de  Remolíns,  según  los  autores  de  la 
España  Sagrada^  era  cardenal  de  San  Marce- 
lo, obispo  Surentino^  y  natural  de  Lérida.  Se  su- 
pone que  tuvo  la  abadía  en  encomienda,  pues 
desde  que  pasó  á  Italia,  donde  obtuvo  muchos  car- 
gos, no  se  sabe  que  volviese  á  España.  Murió  en 
Roma  á  los  56  años  de  edad  el  día  5  de  Febrero 
del  año  1518. 

Juan  I. 

(1518—1539) 

Juan  Pascual  era  deán  de  la  catedral  de  Gero- 


70  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

na  eiiandü  fué  promovido  á  la  abadía  de  Campro- 
dón.  Sostuvo  uu  pleito  contra  el  fisco  real  para 
el  cobro  de  los  cuatrocientos  sueldos  que  debía 
percibir  el  monasterio  en  virtud  del  convenio  fir- 
mado en  el  año  1333  por  el  rey  de  Aragchi  D.  Al- 
fonso el  Benigno;  convenio  que  confirmaron,  en- 
tre otros,  D.  Pedro  IV,  en  lü  de  Mayo  del  año 
1380;  D.  Martín  el  Hiujiano,  en  el  año  1405,  y 
Carlos  1,  en  el  año  1519. 

Después  de  este  Abad  vacó  la  abadía  trece  años 
y  fué  gobernada  por  priores  nombrados  por  los 
mismos  monjes,  como  lo  prueban  varias  escritu- 
ras de  nombramientos  de  rector  de  Creixenturri  y 
de  Camprodón  hechas  por  dichos  priores.  Á  esto 
se  debe  tal  vez  el  que  los  autores  de  la  España 
Sagrada  Óontinúen  como  abades  á  los  priores 
Bernardo  y  Juan,  que  gobernaron  después  de 
Juan  Pascual  y  antes  de  Antonio  Valentí. 

Antonio  I. 

(1552—1502) 

Antonio  Lorenzo  Valentí  era  maestro  en  Sa- 
grada Teología  y  capellán  del  Rey.  Devolvió  al 
monasterio  muchas  riquezas  y  entre  otras  la  ju- 
risdicción de  la  villa  de  Pi  v  la  de  Sahorra,  en 
pleito  que  ganó  contra  1).  Antonio  deOms,  barón 
de  Santa  Pau,  en  el  año  1562. 

Quedó  vacante  la  abadía  hasta  el  año  1574  en 
que  fué  electo 

Bernardo  VIII. 

(1574—1592) 

Bernardo  era  descendiente  de  la  noble  familia 


(;ami»uoü()N. 


(le  Cardona,  ([\H'  taiilos  días  {\(\  ^^doria  ha   dado  á 
(^^ataluña. 

Villaiiuevay  los  autores  de  la  Ksp(iíiaS(i¿(ya- 
da  ponen  su  jibaciolo^'io  desde  el  año  lo74  al 
1578;  1).  F.  de  A.  (ialí,  en  ^w  Histovia  de  Cam- 
prodón,  dice  (¡ue  «si  bien  los  demás  abacioloí^ios 
no  le  dan  tantos  años  de  vida  eonio  los  que  lija 
(que  son  desde  el  año  1574  al  1097),  hemos  visto 
alg'unas  escrituras  que  nos  dicen  que  existía  aún 
en  el  sobre  dicho  año;  »  mas  M.  V  abbé  Francois 
Font,  en  su  Histoire  de  V  abbaye  royale  de 
Saint- Michel  de  Ciixá,  dice  que  partió  para  la 
abadía  de  San  Miguel  el  día  17  de  Julio  del  año 
159*2.  y  al  día  siguiente  de  su  llegada,  de  la  ma- 
nera más  solemne,  asistido  de  numerosos  sacerdo- 
tes y  con  la  asistencia  de  muchos  dignatarios  se- 
culares y  en  presencia  de  una  numerosa  concu- 
rrencia de  los  pueblos  vecinos,  consagró  la  nue- 
va mesa  del  altar,  construida  con  mármoles  del 
país. 

Las  crónicas  del  monasterio  de  San  Miguel  de 
Cuxá  fijan  su  abaciologio  en  el  mismo  desde  el 
año  1579  á  1610. 

Sostuvo  un  pleito  con  la  Universidad  de  Cam- 
prodón  sobre  propiedad  de  la  plaza  de  dicha  villa, 
llamada  Prat  del  molí,  que  ganó  la  villa. 


Jerónimo  Fort. 

(1592—1606) 

Era  monje  del  monasterio  de  Santa  María  de 
Ripoll  cuando  fué  promovido  á  la  abadía  de  Cam- 
prodón.  Obtuvo  del  papa  Clemente  VIII.  en  el 
año  1592,  la  separación  de  dicho  monasterio  de  la 
provincia  Narbonense,  á  la  que  estaba  sujeto  des- 


72  NOTICIAS   HISTÓHICAS. 


(lo  SU  fundación,  y  su  unión  perpetuamente  á  la 
Cong-regación  claustral  Tarraconense,  y  la  unión 
al  monasterio  de  Camprodón  de  los  prioratos  de 
Santa  María  de  Kidauray  San  Juan  las  Fonts,  con 
las  cláusulas  Muto  proprio,  ex  certa  scientia 
Pap(c,  et  de  Apostolicce  potestatis  pleniiudi- 
ne  (1). 

Del  primero  de  dichos  prioratos  nos  hemos  ocu- 
pado ya  extensamente  en  el  tomo  IV  de  nuestras 
Noticias  históricas,  pero  algo  tenemos  que 
añadir  para  aumentar  el  caudal  de  datos  justifi- 
cativos en  favor  de  la  fecha  del  acta  de  consagra- 
ción de  la  iglesia  de  Ridaura,  fijada  por  los  bene- 
dictinos que  escribieron  la  Historia  del  Lan- 
giiedoc  en  el  año  858  é  impugnada  por  varios 
escritores;  fecha  que  admitimos  en  nuestro  mo- 
desto trabajo;  y  como  en  una  de  nuestras  apre- 
ciaciones nos  apoyábamos  en  la  del  canónigo  de 
Gerona  D.  Francisco  Dorca.  en  su  obra  Mártires 
de  Gerona,  que  por  referencia  sabíamos  que 
aceptaba  dicha  reducción,  hoy,  que  hemos  podi- 
do consultar  dicha  obra,  nos  atenemos  más  y  más 
en  nuestras  conclusiones.  Dice  el  canónigo  Dor- 
ca, hablando  de  los  obispos  de  Gerona:  «Consta 
que  Seniofredo  fué  obispo  de  Gerona,  y  que  lo 
era  en  el  año  858,  en  que  se  consagró  la  iglesia 
de  Ridaura;  cuyo  documento  de  consag-ración 
existe  en  el  archivo  del  Monasterio  de  San  Pedro 
de  Camprodón,  de  donde  me  lo  envió  para  verle, 
el  señor  abad  D.  Joaquín  Parrella.  como  le  vi,  y 
examiné,  y  hallé  su  fecha  en  (|uanto  al  año  de  la 
Encarnación,  conforme  con  la  que   se   lee   en   el 


(1)     Tristany.  Corona  lienedictina,  pág.  320. 


C'AMrMl()I)r)N.  73 


cxíMiiplai'  (l('  (liclin  (•()iis:i;^'r:ici(')ii  |iii1)1ícíi(1í)  \h)V 
los  W  V.  Mauriiios  en  su  Jlislorid  del  Lmigue- 
doc,  (MI  (4  apéndico  al  tomo  I.  Pr.  í)7:  y  sacado 
de  un  excini)lar  l('<^'íliino  y  sincciM)  del  arcliivo 
del  monasterio  de  Santa  María  de  la  (¡rassa,  eon 
la  fecha  de  dicho  año  SoS,  y  año  IS  del  reinado  de 
Carlos.  Este  año  de  Carlos  está  equivocado  en  el 
exemplar  de  Camprodíhi,  que  pone  auno  7.;  pero 
concuerda  en  el  de  858  de  la  Encarnación,  que 
es  lo  que  hace  á  mi  propósito  (1).»  Creemos  dicho 
dato  dig'uo  de  tenerse  en  cuenta,  puesto  que 
Dorca  confiesa  que  tuvo  en  su  poder  y  examinó 
una  copia  auténtica  de  la  referida  acta  de  consa- 
gración. 

Otro  dato  nos  da  Argaiz  en  su  Soledad  Laii- 
reada,  y  es  que  ya  en  el  año  869,  el  levita  Oliva 
hizo  una  donación  á  este  monasterio,  el  cual  se 
supone  ya  fundado  en  dicho  documento  (2).  ¿  Có- 
mo, pues,  se  puede  admitir  la  fecha  del  año  908, 
fijada  por  Mr.  Mabille,  y  la  del  año  944,  fijada 
aproximadamente,  por  D.  Joaquín  Botet  y  Sisó, 
en  sus  Condes  de  Gerona  beneficiarios? 

Argaiz  nos  da  también  á  conocer  a  un  prior 
del  monasterio  de  San  Juan  las  Fonts.  Según 
una  escritura  existente  en  el  archivo  del  monas- 
terio de  Camprodón,  el  prior  Gunarrio,  en  el  año 
1077^  hizo  el  establecimiento  de  una  heredad, 
propiedad  del  monasterio,  á  Guillermo  Arnaldo 
de  Llastosella,  mediante  cierto  censo  perpetuo  ca- 
da año  (3). 


{\)     Dorca.  Mártires  de  Gerona,  pág.  311. 

(2)  Argaiz.  Soledad  Laureada,  tomo  lí,  pág.  108. 

(3)  >  V  »  tomo  ÍI,  pág.  11  í. 


^4 


NOTICIAS    HISTORICA.S. 


Hecha  esta  pequeña  digresión,  volvemos  á  se- 
guir nuestro  abaciologio. 

Teniendo  el  monasterio  la  jurisdicción  civil  de 
la  villa  de  Ridaura,  v  deseando  nuestro  Abad 
mejorar  en  lo  posible  y  cooperar  al  mejor  ré- 
gimen administrativo  de  dicha  villa,  accedió  á  la 
petición  de  sus  cónsules  dándoles  facultad,  con 
fecha  *^9  de  Febrero  del  año  1600,  de  poder  arren- 
dar las  tabernas  y  carnicerías  de  la  villa  para 
poder  sufragar  con  su  producto  los  gastos  comu- 
nales. 

Felipe  Jordi. 

(1609—1610) 

De  Abad  de  Camprodón  fué  promovido  al  obis- 
pado de  Lanchiano,  y  nombrado  visitador  apos- 
tólico de  todas  las  iglesias  del  reino  de  Sicilia  y 
de  todos  los  monasterios  del  patronato  del  Rey 
de  España. 

Antonio   II. 

(1617_1619) 

Antonio  de  Carmona  era  doctor  en  ambos  de- 
rechos y  Vicario  general  del  arzobispado  de  Va- 
lencia. Fué  una  de  las  personas  más  ilustradas 
de  su  época  y  murió  siendo  canciller  de  S.  M. 

Francisco   IV. 

(1619—1625) 

Era  monje  del  monasterio  de  Santa  María  de 
Ripoll,  cuando  fué  promovido  al  de  Camprodón. 


CAMÍMIODÓN'.  75 


Goborní)  Francisco  Lordat  ol  inoiíastorio  hasta 
el  año  16*^."),  (juodando  dicha  casa  roJio^iusa  |)or 
espacio  de  dos  años  á  car«^-o  de  un  prior,  sef^MÍii 
así  se  desprende  (h'  una,  escritura  existente  en  el 
archivo.  En  el  ;iiin  \(>'J1  i)as(')  con  i^Mial  cargo  al 
monasterio  de  San  Pedro  de  Bcsahí. 

Jaime   IV. 

(  1627— 1(;-^8) 

Jaime  Busquéts  había  sido  paborde  del  monas- 
terio de  Agér  y  era  monje  delÜpoll  al  ser  promo- 
vido á  la  abadía  de  Camprod(3n. 

Fedro  XIV. 

(U)30— KMO) 

Villanueva  le  llama  Pedro  Finot.  Los  historia- 
dores de  Camprodón  dicen  que  fué  presentado 
por  el  Rey  de  Francia,  tomándolo  por  su  sucesor 

Francisco  V, 

(1642) 

y  de  cuya  existencia  solameute  nos  dan  noticias 
los  autores  de  la  España  Sagrada. 

Durante  la  revolución  de  Cataluña  del  año  1642, 
la  villa  de  Camprodón  batió  también  moneda,  co- 
mo muchas  otras  del  Principado,  dato  que  se  es- 
capó á  la  investigación  de  los  historiadores  de 
dicha  villa,  y  que  se  debe  al  inteligente  numis- 
mático D.  Arturo  Pedráls  y  Moliné.  He  aquí  la 
descripción  que  hace  el  Sr.  Pedráls  de  dicha  mo- 
neda: 

«Anverso.  LVDV Escudo,  coronado,   parti- 

10-5- VI. 


76  NOTICIA?^    HISTÓRICAS. 

(lo  liorizDutalnioute;  en  su  ])ai'te  superior  eineo 
barras  y  eu  la  inferior  una  arandela. 

»  La  sencilla  inspección  de  este  escudo  de  ar- 
mas y  el  principio  de  la  leyenda  del  anverso, 
prueban  sin  ninguna  clase  de  duda,  que  la  mone- 
da fué  acuñada  en  Camprodón  y  (jue  su  leyenda 
completa  ha  de  ser  CA  ^Jiporotujido  KU:  Nótese 
l)ien  a(|uí.  (|ue  Mr.  líeíss  al  publicar  la  moneda 
leyó  CAN...  siendo  la  l(H*tura  CAPÍ...  de  los  catá- 
logos de  Hoíí'mann. 

«  La  cabeza  del  anverso  representa  á  mi  pare- 
cer á  San  Paladio.  obispo  y  confesor,  patrón  de  la 
villa  de  Camprodón  v  venerado  en  ella  desde  muv 
antiguo,  conviniéndole  ])erfecta mente  las  inicia- 
les S.  P.,  y  mucho  mejor  <|ue  á  San  Pedro  la  mitra 
que  ostenta;  la  fecha  con  la  ciudad  sustituida  por 
uno  ó  dos  puntos,  lo  encuentro  en  varias  pol)la- 
ciones  de  Cataluña  desde  1641  á  1643,  v  entre 
ellos  algunos  de  los  dineros  de  Luís  XIII  acuña- 
dos en  Cervera  y  seguramente  algún  seiseno  de 
Besah'i  acuñado  á  nombre  del  Principado. 

'»  Fundándome  en  la  supresión  de  la  unidad  en 
la  fecha,  y  apoyándome  en  la  escasez  de  emisio- 
nes á  nombre  de  Luís  XR',  salvo  para  Barcelona 
y  Vich  que  las  hicieron,  no  vacilo  en  atribuir  á 
Luís  XIII  de  Francia  la  moneda  emitida  por  Cam- 
prodón y  señalarle  la  fecha  de  164*2 — 1643,  ya 
que  en  todo  el  numerario  catalán  no  las  hay  an- 
teriores ni  posteriores  á  estas  fechas. 

»  Podrá  objetársenos  i)or  algunos,  que  la  villa 
de  Camprodón,  no  habiendo  reconocido  á  Luís,  no 
pudo  acuñar  á  su  nombre,  mas  á  ello  respondería 
que  la  época  del  levantamiento  de  Cataluña  en 
1640  está  por  estudiar:  aquellos  días  de  recelos  y 


camim;(»I)()N.  // 


(le  incortidinnltre  en  el  poi-x ciiir.  fiicrí)!!  tostJí^'os 
(!(»  <4M';in  inínuM-o  de  (hiroc.c.ioiios,  vif'índosc  |)n(!l)lí)S 
(juc  li;il)í;ni  ahra/ndo  la  causa  (•(Hihiii  dd  l'rinci- 
pado,  entre<>'ai'sc  al  parí  ido  castidlaii»),  y  (Mi  (d  iii- 
rés  de  estos  pueblos  (istaha  el  drsíi'u¡i'  cLUintos 
(locunientos  pudieran  recordar  sus  prinuu'as  at'ee- 
cioues,  haeiéudose  así  gratos  ali)arti(lo  vencedor. 
Varios  son  los  ])uel)los  de  Cataluña,  de  cuya  inal- 
terada ñdelidad  á  Felipe  I\',  se  hacen  eco  los  his- 
toriadores generales  y  las  crónicas  locales,  y  es- 
tas afirmaciones  se  desmienten  con  los  bronces 
de  sus  monedas  (1).» 
Sucedió  á  Francisco, 

José   de   Magarola. 

( 164:2— 167() ) 

Se  había  educado  en  el  convento  de  Montserrat. 
Estudió  teología  en  Salamanca,  y  era  Prior  del 
monasterio  de  San  Benito  de  Bages  cuando  fué 
presentado  por  abad  del  de  Camprodón.  Por  lo 
que  se  desprende  del  sinnúmero  de  concordias, 
protestas  y  otros  documentos  de  su  tiempo,  esta- 
ba dotado  de  gran  energ-ía  y  actividad.  Fué  nom- 
brado diputado  por  Camprodón  y  sostuvo  con 
gran  energía  las  preeminencias  del  monasterio  * 
contra  el  Obispo  de  Gerona,  el  cual  pretendía  te- 
ner el  derecho  de  visita,  lo  que  le  negó  absoluta- 
mente nuestro  abad  en  el  año  1670.  Dicho  Abad 
gozaba  de  gTan  inÜuencia  en  la  corte  por  ser  so- 
brino de  Pedro  de  Magarola,  ministro  en  aquel 
entonces  de  S.  M. 


(1 ;     Revista  de  Ciencias  históricas.  Tomo  V,  png.  182. 


78  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 

Grandes  males  y  quebrantos  sufrió  la  villa  y 
monasterio  á  consecuencia  de  la  guerra  con  Fran- 
cia. Un  testigo  de  la  época  dice  que  en  el  año 
1C57  contaba  la  villa  de  Camprod{)n  setecien- 
tas casas,  la  mayoría  de  las  cuales  fueron  destrui- 
das en  los  continuos  asaltos  que  sufrió  la  villa  en 
dicho  año  y  en  el  siguiente. 

En  el  año  1661,  autorizó  nuestro  Abad  ala  Uni- 
versidad de  Ridaura  para  gravar  varios  artículos 
de  primera  necesidad,  á  fin  de  poder  sufragar  los 
gastos  comunales  ocasionados  por  las  pasadas 
guerras. 

Bajo  su  gobierno  abacial  había  en  el  monaste- 
rio ocho  monjes,  los  cuales  hacían  dos  veces  al 
año  renuncia  de  sus  bienes  en  manos  del  Abad. 

Benito   de  Rocabertí. 

(1()77— 1081) 

Fué  nombrado  Abad  el  día  16  de  Julio  del  año 
1677,  y  murió  en  Octubre  del  año  1684. 

Baltasar  I. 

(16S4-1695) 

Sucedió  á  Baltasar  de  Muntancr 

G-enadio   Oolom. 

(1695—1706} 

Dice  el  P.  Galí  que  por  espacio  de  cuatro  años 
fué  regentado  dicho  abadiato  por  un  prior,  en 
tiempo  del  cual  suscitóse  un  largo  pleito  por 
cu(ístión  de  carnicería  entre  el  monasterio  y  co- 
munidad de  Santa  María  contra  los  cónsules  de 
la  villa. 


(  .\.mi»koi.k')N.  71) 


Galderico  Sanjust  y  Pagés. 

( 1710— 17:j:)  ) 

]\Iuri('»  dicho  Al)U(l  cu  el  año  17.*^"). 

Francisco  VI. 

(17:30—1743) 

Francisco  Copóus  y  Cop(3us  era  ele  ilustre  fami- 
lia; Z7>  m^^vz/ />¿'¿:^6>/7S  et  arvogantice,  dice 
Pellicer.  Fué  promovido  en  el  año  1742,  por  el 
rey  D.  Fernando  VI,  á  la  abadía  de  Ripoll. 

F'edro  XV. 

(1743_1779) 

Pedro  Trellas  y  Güell  fué  elegido  abad  el  día 
15  de  Agosto  del  año  1743.  Era  Abad  del  monas- 
terio de  Laón,  al  ser  promovido  á  la  abadía  de 
Camprodón.  Hizo  una  concordia  con  el  obispo  de 
Gerona.  Palmero,  sobre  la  iglesia  filial  de  Santa 
María,  que  mereció  la  aprobación  del  Rey  y  del 
Papa.  Antes  de  dejar  á  su  querido  monasterio,  re- 
nunció un  obispado  que  le  confirió  S.  M.,  y  mu- 
rió el  día  9  de  (3ctubre  del  año  1779. 

Ignacio  Francoli. 

(]  781— 1785) 

Fué  Abad  del  monasterio  de  San  Esteban  de 
Bañólas  desde  el  año  1761  al  1781,  en  que  fué  pro- 
movido á  este  de  Camprodón. 


80  XOTÍCIAS    HISTÓRICAS. 

Joaquín  Farrella  y  R-ialp. 

(  1785—1801  ) 

Fur  electo  en  el  año  1780,  y  murió  en  1(5  de 
Febrero  del  año  1801.  Fué  Presidente  de  la  Con- 
<>'reg'ación,  seg'ün  los  autores  de  la  España  Sa- 
í(rada,  nueve  años  y  otros  tantos  Visitador  ge- 
neral de  ella.  Por  su  ciencia  y  virtud,  mereció  el 
aprecio  de  sus  contemporáneos  y  promovió  el  es- 
tudio de  las  antigüedades,  á  las  que  era  muy  afi- 
cionado. 

Baltasar  II. 

(1802—1805) 

Baltasar  Baldricli  y  N'allgornera  fué  promovido 
á  la  abadía  en  el  año  1802  y  murió  en  el  año  ISOo. 
Le  sucedió 

Andrés  Casáus  y  de  Torres. 

(1805—1806) 

Había  sido  monje  de  San  Juan  de  la  Peña  y  fué 
trasladado  al  año  siguiente  al  monasterio  de  San- 
ta María  de  Ki])oll.  Fué  individuo  de  la  Real  Aca- 
demia de  la  Historia,  y  manifest()  su  erudición 
en  su  o])ra  titulada:  Nuevas  observaciones  pa- 
ra la  historia  general  de  Aragón,  Navarra 
y  Cataluña. 

Francisco  VII. 

(1807—1817) 

Francisco  de  l\)rtella  y  Montiagudo  fué  nom- 
brado abad  en  el  año  1807  y   en    el    de   1817    fué 


rAMPRODON. 


[U'onioviílo  al  monasterio  dr    Santa    María    (U'  Ri- 
j)(»ll.  al  <|n('  (lisjxnisí)  «^-ran  carino. 

Miguel   de   Farrella  y  de  Vivet. 

(1H17— 1<s:í:)  j 

Electo  abad  (Mi  11)  dr  Mncro  del  año  \H'j:].  V\\r 
Visitador  general  (U*  la  ( 'ono-regación  Hcncdicti- 
na,  y  por  sn  intelio-encia  y  generosidad  nonihn')- 
le  soeio  correspondiente  de  la  Keal  Academia  de 
la  Historia.  En  lo  de  Agosto  dol  año  1835  aban- 
donó la  \illa  (l(^  Camprodón,  visto  el  desgraciado 
ñn  de  sns  liermanos  de  Kipoll,  y  se  retir()  al  ve- 
cino pueblo  de  Prats  de  Molió  (Francia),  en  don- 
de acabó  sus  di  as  llorando  la  pérdida  de  su  que- 
rido monasterio. 


!»!t!l!»!ír!*!in!*:iít!*»:íl!»! 


^lSA^^v*•v^/*'VK^(/v^*^v^^\^<*^,vvvv^,#^/V^«/'/Vs»^ 


CATALOGO 
(le  los  abades  (M  inoiíasterio 

DE 

SAN  mi)m  J)K  (JAMPK()D(')N. 


Principio. 

Exislencia. 

Fin. 

Siglo 

X. 

Jaiifredo.    . 

943 

956 

Teodorico.. 

962 

966 

Aula.      .     . 

966 

969 

Dodo  I.  .     . 

976 

Dodoll..     . 

988 

Odón  I.  .     . 

Siglo 

991 
XI. 

Delane.  .     . 

,     ,     , 

1006 

Odón  II..     . 

.     .     . 

1013 

Bonfilio.      . 

,     ,     , 

1016 

1022 

Berenguer  I. 

Siglo 

XII. 

1096 

1100 

El  mismo.  . 

•                  •                  • 

1100 

1102 

Berenguer  II. 

•                 •                  • 

1102 

Pedro  I. .     . 

•                 •                 • 

1108 

1112 

Gregorio     . 

•                  •                  • 

1118 

1122 

11     VI. 

XA 


NOTICIAS  HISTÓRICA?. 


Principio.     Exi^lenria.     Fin. 


PíMlroII.       .  . 

l^slcbaii.      .  . 

Vidal.     .     .  . 
BercMiiAiuM*  III. 

Pedro  III.    .  . 

Bernardo  I.  . 

Guido  I. .     .  . 

Bernardo  II.  . 


Siglo 


V]l  mismo.  . 
Berenguer  IV 
Raimundo  I. 
RolDerto  I.  . 
Berenguer  V. 
Pedro  IV.    . 
Berenguer  VI 
Amilavo.    . 
Bernardo  III. 
Pedro  V.     . 
Roberto  II.. 
Bernardo  IV. 
Pedro  VI.    . 
Guido  II.     . 
Mateo  I. .     . 
Guillermo  I. 
Mateo  11.     . 
Guillermo  11. 
Pedro  Vil.  . 


1122 

1130 
1 1 32 

1139 

1141 
1143 

1 1 43 

1169 

1170 

1187 

1187 

1195 

1195 

^111 

1200 

Jila 

1200 

1209 

1209 

1218 
1220 
1222 
1226 

1227 

1230 

1 230 

1230 

1 230 

123Ü 

1239 

1243 

1243 

1246 

1248 

1249 

1255 

1257 

1268 

1208 

1276 

1277 

1278 

1278 

1283 

1283 

1287 

('. 

VMl'l 

;(»i»i)N. 

H5 

hiliripio. 

.     1287 

liiisIlMiri 

1.     lili. 

Guillí^nno  111.  . 

1 203 

(iiiillcniío  IV. 

.     12'.  13 

1300 

Siglo 

XIV. 

Raimundo  11. 

13(12 

GuilhM-iiio  V  . 

.     1303 

1311 

Hugo  1.        .     . 

1312 

BoronguíM'  \'ll. 

1313 

Hugo  11.      .     . 

1315 

Raimundo  111. 

1310 

1319 

Arnaldo.     .     . 

1321 

1323 

Raimundo  IV. 

1324 

Gisporto.     .     . 

.     1324 

1325 

Raimundo  V  . 

.     1325 

1348 

Bernardo  V.  .     . 

1348 

1301 

Francisco  1.    .     . 

1301 

Bernardo  VI  . 

1363 

Francisco  11.   . 

1363 

1371 

Pedro  VIH.      .     . 

1372 

1379 

Guillermo  VI. 

1379 

Pedro  IX.  .     .     . 

1380 

Jaime  1.      ... 

1 382 

Pedro  X.     .     .     . 

1384 

1391 

Guillermo  Vil.    . 

1392 

Pedro  XI.    .     .     . 

1393 

1397 

Jaime  11.     .     .     . 

1397 

1400 

Siglo 

XU. 

Pedro  Xll.       .     . 

. 

1400 

1413 

86 


NOTICIAS  HISTÓRICAS, 


Principio. 

Eiísteuáii 

Fin. 

.laiiiK'  111 

1415 

1419 

BonMigiKU*  VI 

1422 

1425 

Pedro  Xlll.      .     .     . 

1425 

146:j 

Bernardo  Vil. .     .    . 

1482 

1500 

Siglo 

XVI. 

El  mismo 

1500 

1510 

Francisco  111.  .     .     . 

1517 

1518 

Juan  1 

1518 

1539 

Antonio  1 

1552 

1562 

Bernardo  VIH.     .     . 

1574 

1592 

Jerónimo.  .    .     . 

.     1592 

1600 

Siglo 

XVII. 

El  mismo 

1600 

1606 

Felipe 

. 

1609 

1610 

Antonio  11.      .     .     . 

1617 

1619 

Francisco  IV..     .     . 

1019 

1625 

Jaime  IV 

1027 

1628 

Pedro  XIV.     .     .     . 

1630 

1640 

Francisco  V.  .     .     . 

1642 

José 

.     1642 

1676 

Benito 

.      1677 

1684 

Baltasar  1.  .     .     . 

1684 

1695 

Genadio.     .     .     . 

.     1()95 

1700 

Siglo 

XVlil. 

El  mismo.  .     .     . 

.      1700 

1706 

Galderico.  .     .     . 

1710 

1735 

Francisco  VI. .     . 

.     1736 

1743 

('KMV\\()\iOS. 

K7 

Príiiripio.     Exislciiria 

Kiii. 

\\h\\'í>  XV.. 

.     .      .      174:! 

1770 

Ignacio.. 

.     .     .      1781 

1 785 

Joaquín. 

.      .     .      I78r) 
Siglo  XIX. 

1 800 

MI  misiiiu.  . 

.      .      .      1800 

1801 

Baltasar  11.. 

.      .      .      1802 

1805 

Andrés. .     . 

.      .      .      1805 

1800 

Francisco  Vil 

.      .      .      1807' 

1817 

Miguel..     . 

.     .     .      1817 

1835 

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^APÍiPLÍDO   III. 


Iglesia  de  Santa  María  de  Camprodón,  filial  del 
monasterio  de  San  Pedro.— Priorato  de  San  Cris- 
tóbal de  Baget. — Rocabruna. 


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W 


j^Ji^A  posesión  más  disputada  al  mo- 

i^jl;!  iiasterio  de  San  Pedro  de  Cam- 

■wé\  prodón,  y'qiie  en  justicia  poseía 

^ ! '^^oi^^o^^o^;  ^  con  más  razón  y  derecho,    fué  la 

r^/imííS-^íi^-^^^^^^  iglesia    filial  de  Santa  María, 

actualmente  parroquia  de  dicha  vi- 

jB^'íí''^'    "^  lia.  Dicho  templo,  con  las  continuas 

ífS^   modificaciones  que  ha  sufrido,  no  conserva 

"p^X  ^^  carácter  de  su  primitiva  época,    y   por 

^      consiguiente,  artísticamente  hablando,  es 

un  conjunto  abigarrado  que  no  ofrece  interés  al 

artista  ni  por  su  plan,  ni  por  su  belleza  de  líneas. 

Lo  mandaron  edificar  los   abades  del  monasterio 


í)0  NOTICIAS    IUST(')H1(AS. 

(le  San  Pedro  ú  últimos  del  si'^-lo  X,  v  dentro  la 
clausura  misma  del  convento;  iglesia  que  desti- 
naron más  tarde  para  desempeñar  las  veces  de 
l)arroquia,  y  (|ue  á  principios  del  siglo  W'Il 
([uiso  sacudir  la  tutela  de  sus  abades  y  decla- 
rarse independiente  del  monasterio.  Principiaron 
las  disensiones  con  motivo  de  la  santa  visita  de 
los  obispos  de  Gerona,  á  la  (|ue  se  oponían  los 
monjes,  diciendo  ([ue  su  monasterio  se  hallaba 
exento  de  la  visita  pastoral,  no  solamente  en  vir- 
tud de  bulas  y  privilegios  obtenidos,  sino  tam- 
bién por  ser  de  la  congregaciíhi  de  Cluny,  espe- 
cialmente exceptuada  por  el  Concilio  de  Trento; 
visita  (jue  fué  absolutamente  negada  por  el  abad 
Magarola  en  el  año  1(370.  Con  justa  razón  alega- 
ba el  monasterio  que  desde  la  cesión  hecha  por 
el  obispo  de  Gerona  Godmaro,  en  el  año  904,  de 
la  iglesia  de  San  Pedro,  había  sido  la  única  au- 
toridad reliíí'iosa  de  la  comarca  v  villa  de  Cam- 
prodón,  pues  que  había  sustituido  en  todos  sus 
derechos  y  ])reemineiicias  á  la  antigua  parro- 
(juia  Líuuíarcnse,  citando  entre  otros  privile- 
gios que  el  monasterio  se  había  reservado,  el  de 
tener  dentro  de  su  iglesia  la  [)ila  bautismal, 
donde  debían  ser  Ijautizados  todos  los  nacidos  en 
Camprodón  y  Creixenturri  durante  la  octava  de 
las  cinco  festividades  principales  del  año;  que  el 
día  de  .lueves  Santo,  el  Rector  de  la  iglesia  de 
Santa  María  debía  llevar  la  Reserva  ó  Sacramen- 
to á  la  iglesia  de  San  Pedro,  donde  permanecía 
hasta  el  domingo  de  Resurrección,  saliendo  por 
consiguiente  de  esta  última  iglesia  el  Viático,  si 
era  necesario;  que  el  Abad  presidía  todas  las  pro- 
cesiones, las  que  debían  salir  sin  excepción  de  la 


CAMI'nODÚN.  íí'i 


iglesia  (lo  San  INmIto,  ;i  la  (|\in  volvían  dnspiií^s  fie 
hnhrv  visitado  las  dcinás;  ([ik'  (m  Abad  j)r(íS('iital)a 
ó  (do«4-ia  al  irctor  (h»  Santa,  María  y  Creixcntnrri, 
sucesor  d(d  anti^-uo  diácono,  y  al  mismo  Abad 
debían  prestar  obediimcia  caníuiica  todos  los  ob- 
tenton^s  de  al^iín  benetií^io  de  Santa  María,  y 
por  ultimo,  ([ue  el  Abad  del  monasterio  percibía 
los  derechos  de  parro([UÍa  ])rocedentes  de  bautis- 
mos, funerales,  etc.,  etc. 

<<'Á  esto,  dicen  los  historiadores  deCamprodón, 
oponía  el  Rector,  á  nombre  del  Obispo  de  Gerona, 
que  á  su  iglesia,  heredera  de  aquella  antigua  pa- 
rroquia, pertenecía  por  entero  la  administración 
oficial  y  cuidado  de  las  almas  de  la  villa  y  térmi- 
no; que  la  cesión  hecha  por  el  Conde  á  favor  del 
monasterio,  entendíase  sólo  de  los  bienes  tempo- 
rales y  en  manera  alguna  de  los  derechos  de  pa- 
rroquialidad de  que  carecía  el  donador  como  per- 
sona lega;  que  la  iglesia  de  San  Pedro  era  ya  pa- 
rroquia y  tal  continuó  siendo  después  de  la  edifi- 
cación del  monasterio,  sólo  que  por  no  haber 
otra  iglesia  que  aquella,  usábanla  monjes  y  pa- 
rroquianos indiferentemente;  pero  que  cesaba  esta 
necesidad  con  la  edificación  del  templo  de  Santa 
María,  cuyo  Rector  poseía  personalmente  todo 
derecho  de  parroquialidad  que  en  su  representa- 
ción había  tenido  el  antiguo  diácono,  nombrado 
antes  por  los  abades;  y  que  en  fin,  todas  las  pre- 
eminencias alegadas  por  el  monasterio  eran  sim- 
ples servitudes  á  que  venía  obligado  desde  la  ce- 
sión y  (|ue  en  tal  concepto  percibía  las  tempora- 
lidades consignadas  por  el  Conde.» 

Por  lo  que  dejamos  expuesto,  se  ve  bien  clara- 
mente que  no  eran  nada  más  que  fútiles  pretex- 

12— VI. 


04  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

tus  las  razones  alegadas  por  el  Héctor  de  Santa 
María;  pero  como  eran  apoyadas  por  el  Obispo  de 
tJerona,  no  tuvieron  más  remedio  ((ue  ceder  los 
abades  del  monasterio  de  San  Pedro,  después  de 
más  de  un  siglo  de  continuos  pleitos,  firmando 
una  concordia  en  Gerona  con  fecha  9  de  Agosto 
del  año  1759,  aprobada  por  el  Rey  en  o  de  Marzo 
de  1761  y'por  el  Nuncio  de  S.  S.  en  5  Abril  del 
mismo  año.  Kn  ella  se  estipula  que  el  rector  de 
Santa  María  (juedaba  con  todos  los  derechos  de 
parroquialidad  sobre  Camprodón  y  Creixenturri 
y  el  Abad,  aparte  algunos  intereses  temporales  y 
los  signos  de  su  antigua  representación  pública, 
con  la  presidencia  en  las  festividades  religiosas 
y  la  completa  independencia,  como  si  fuera  pa- 
rroquia distinta,  de  su  iglesia,  lo  que  se  extende- 
ría también  á  todos  los  que  se  hallaren  en  las  ca- 
sas contiguas  (¿ue  eran  morada  de  los  monjes  (1). 
Desde  esta  época  ejerció,  pues,  el  Rector  de 
Santa  María  la  jurisdicción  eclesiástica,  llegando 
en  el  año  1709  á  contar  su  Comunidad  con  20  tí- 
tulos de  beneficio.  Se  hicieron  varias  reformas  en 
diversas  épocas  en  dicha  iglesia  sin  seguir  plan 
determinado.  En  1677  se  hizo  la  sacristía  y  fué 
rematada  la  bóveda  del  presbiterio:  en  1710  fué 
construido  el  coro  y  la  capilla  del  Sacramento, 
sufriendo  el  altar  mayor  importantes  modificacio- 
nes en  el  año  1879.  Es  digna  de  especial  men- 
ción la  capilla  de  la  ^'irgen  de  los  Dolores,  empe- 
zada en  el  año  1710  y  concluida  en  el  año  17'2*2, 
no  por  su  parte  artística:  pero  sí  por  la  santa 
Imagen  (|ue  en  ella  se  v(Miera.  debida    al  célebre 


(1 )     llislorin  (le  Camprodón .  piíg.  i  01 


CAMI'1M)I)M\.  lió 

artista  catalán  AiiiadiM).  K\  «^-i'iijx)  (ís  iiolaliilísinio, 
s()l)ro  todo  el  (.'risto  ([uc  ticiicí  la  Víi'^mmi  ni  sus 
brazos.  Ms  de  mayor  tamaño  (|U0  (d  natural  y  to- 
do respira  s(Hitimi(Mito  y  dulzura  de  lín(;as,  sien- 
do modelado  de  un  modo  \  i;^'oros(j.  MI  án<4'(d  (¿ue 
arrodillado  llora  ;'i  los  pies  do  la  Vir<^*en,  es  eomo 
todos  los  d(^  (\ste  escultor,  (»x[)resivo  y  realista.  La 
Vírí>*eu,  vestida  eou  ropa  natural,  no  está  á  la  al- 
tura del  j^'rupo  ni  es  dif^-na  de  tan  celebrado  ar- 
tista; pero  ofrece  un  conjunto  que  admira  y  en- 
ternece. 

«  Venéranse  también  en  dicho  templo  las  sa- 
gradas reli(|uias  de  nuestro  patrón  S.  Víctor.  De 
los  documentos  que  poseemos  relativos  á  este 
santo,  no  consta  claramente  que  fuese  aquel  Víc- 
tor de  la  legión  Tebea;  solo  sí  un  mártir  apelli- 
dado tal,  y  cuyas  reliquias,  como  las  de  sus  com- 
pañeros de  martirio  Cándido  y  Fortunato,  fuerou 
halladas  en  el  cementerio  Calixto  en  el  pontiñ- 
cado  de  Urbano  VIII.  El  Cardenal  Barberini,  po- 
sesor por  donaci()n  del  Cardenal  x\lteriis  de  aque- 
llos sagrados  cuerpos,  donó  el  de  S.  Víctor  á  su 
confesor  el  P.  Juan  de  la  Anunciación,  Procurador 
General  de  Descalzos  Trinitarios  (13  septiembre  de 
1655),  de  cuyas  manos  pasó  por  medio  del  doctor 
Benito  Atxer,  canónigo  de  la  Catedral  de  Barce- 
lona, á  las  de  su  otro  hermano  Pedro  Juan  Atxer, 
Penitenciario  de  la  misma  iglesia.  En  19  enero 
de  1636,  llegó  á  Barcelona  aquella  sagrada  dá- 
diva; y  como  quiera  que  los  Atxer  estuviesen 
facultados  para  hacer  donación  de  ella  á  su  vo- 
luntad, regaláronla  á  su  patria,  nuestra  villa^ 
con  la  condición  de  que  dicha  familia  Atxer 
guardase  una  de  las  llaves  de  la  urna  que  conté- 


96  NOTICIAS    HISTÜhlCAS. 

nía  las  reliíiuias.  Kl  (3])isp()  do  (íerona  no  sólo 
a|)rol)ó  aquella  distinción,  sino  que  señaló  el  día 
13  de  septiembre  (1)  para  la  festividad  del  Santo, 
ordenando  á  más  se  formase  una  cofradía  que  cui- 
dase de  su  culto.  Retardóse  la  translación  por 
motivo  de  la  guerra,  pero  en  1697  el  párroco,  un 
beneficiado  y  dos  regidores  de  la  villa,  recibido 
el  cuerpo  del  santo,  salieron  de  Barcelona,  cami- 
no de  Gerona  v  llegaron  en  18  de  julio  al  Sit/ar, 
donde  se  organizó  una  procesión  de  casi  todos  los 
pueblos  comarcanos  que  condujo  al  santo  á  la 
iglesia  de  Santa  María.  Fueron  expléndidas  las 
fiestas  que  en  su  honor  se  hicieron  y  precioso, 
dicen,  su  altar;  que  fué  solemnemente  bendecido 
en  17  junio  de  1701;  pero  el  incendio  del  año  98 
lo  redujo  á  pavesas  y  las  reliquias  del  glorioso 
mártir,  extraídas  de  la  urna  que  se  llevaron  sa- 
crilegas manos,  fueron  esparcidas  en  la  Costi- 
nyola  no  lejos  de  la  villa  y  recogidas  luego  por 
nuestros  escandalizados  paisanos.  También  están 
aquí  las  reliciuias  del  glorioso  San  Paladio,  que 
espera  un  día  de  bonanza  para  el  monasterio  que 
fué  su  morada  predilecta  ('2),» 

Á  más  de  la  posesión  de  la  iglesia  de  Santa 
María  de  Cami)rodón,  eran  de  pertenencia  de  es- 
ta casa  los  alodios  de  Pi  con  su  iglesia,  en  el  Con- 
ñent,  y  los  prioratos  de  Sahorra,  en  el  Rosellóny 
obispado  de  Elna,  debiendo  perder  dicha  jurisdic- 


(1)  Dos  anos  después  á  lenor  de  l¡i  escrilura  de  cesión 
conlirmada  por  el  Papa  en  la  bula  que  de  1700  obluvo  el 
rector  C.ánou,  lúe  trasladada  esta  tiesta  á  22  del  mismo  mes, 
día  en  que  hoy  se  celebra. 

(2)  Historiada  Caniprodón,  págs.  15í  y  Iod. 


BAGET. 


Vista  de  la  Iglesia.  (Fotografía  de  César  Á.  Torras. J 


(■  AMI'Unix'iN.  í^'' 


ción  (MI   üíMiipo  (lo,  í^ns    nbnflos    roinniiíhitnrios  (') 

hion  con   lílS  J^MKMTMS   (jllC    IiuIm»  (MI  el    Uosclloii  «II- 

tre  ri';iu(íes(»s  y  (^spiíñolcs,  v  rl  de  S:m  ('rist<')i)al 
do  Ha'^vt.  Ad([iiiri()  el  iiioiiashMMo  diídio  alodio 
por  cesi()U  al  mismo  d(d  levita  H(M'(mi<^mi(M-,  (mi  r\ 
afio  lOlH,  (jiio  lo  [)os(Ma  por  coiiiijra  licclia  al  con- 
de Guillermo  de  Uesahl,  y  cuya  cesi(Hi  fué  con- 
tinuada por  el  i)a[)a  UiMiedicto  \'1I1,  seo'úu  bula 
del  ano  1017. 

Poco  tiempo  estuvo  sujeta  dicha  io'lesia  al  mo- 
nasterio de  Camprodóu,  pues  con  fecha  10  de 
Diciembre  del  año  1160,  Arnaldo  de  Llers  resti- 
tuye] á  la  I*>'lesia  de  (Jerona  las  iglesias  de  Roca- 
bruna,  San  Crist(3bal  de  Bag'et,  San  Lorenzo  de 
la  Muga,  Llers  y  Segaré,  que  estaban  en  su  honor 
de  Llers,  y  las  de  Bordíls,  Juyá,  San  Isidro  de 
Sapera  y  San  Martín  de  Sapera  del  honor  de  Cer- 
viá,  según  consta  en  el  Llibre  Vert  de  la  Cate- 
dral de  Gerona. 

Dicho  priorato  se  halla  situado  á  dos  leguas 
hacia  el  E.  de  Camprod()n  y  en  la  misma  cordi- 
llera pirenaica,  en  un  pequeño  valle  triste  y  fra- 
goso. En  su  término  municipal  están  situadas 
las  antiguas  minas  de  piala,  denominadas  las 
FerrevaSy  que  datan,  según  opinión  de  todos  los 
que  las  han  visitado,  de  la  época  romana,  no  ba- 
jando de  tres  leguas  de  extensión  su  perforación. 

No  nos  cabe  duda  alguna  de  que  tan  pronto  co- 
mo el  monasterio  de  Camprodón  tuvo  la  posesión 
del  alodio  de  Baget,  edificaron  sus  abades  la  bellí- 
sima iglesia  románica  que  aun  hoy  día  admira- 
mos, cuya  arquitectura  es  la  dominante  á  primeros 
del  siglo  XI.  Es  objeto  de  grandísima  veneración 
la  imagen  de  un  Santo  Cristo   que  hay  en  dicha 


\)H  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

i^'lesia  y  que  es  conocida  ])()r  la  Santa  Mages- 
tad ,  la  (|ue.  seg'iíu  tradición  y  expresan  sus  go- 
zos, estuvo  anteriormente  assentada  cu  lo  piu'g 
(cerro)  de  Bestracá  (1). 

En  la  cima  de  una  montaña  (|ue  domina  los  pue- 
blos de  Bag-et  y  de  Rocabruna,  se  levantan  aun 
hoy  las  ruinas  de  un  antiguo  castillo  feudal,  mo- 
rada y  mansión  señorial  de  la  ilustre  familia  de 
Rocabruna,  que  tanto  figura  en  la  historia  de  Ca- 
taluña. Uno  de  nuestros  más  antiguos  cronistas, 
Berenguer  de  Puigpardines.  al  ([ue  siguen  Desclot, 
Beuter,  Uiago,  Pujades,  Felíu  y  otros,  dan  cuen- 
ta, más  que  de  un  hecho  histórico  que  ya  ha  re- 
chazado la  crítica,  de  una  leyenda  caballeresca 
que  dicen  fué  realizada  por  el  conde  de  Barcelo- 
na Ramón  Berenguer  III,  y  en  la  que  juega  un 
papel  bastante  desairado  por  cierto  un  individuo 
de  esta  ilustre  familia  llamado  Bertrán  de  Roca- 
bruna.  Cuenta  la  crónica  que  el  mencionado 
Conde,  deseoso  de  librar  :i  la  Emperatriz  de  Ale- 
mania de  un  falso  testimonio,  elige  para  que 
le  acompañe  á  uno  de  sus  más  valientes  y  leales 
servidores,  recayendo  su  elección  en  Bertrán  de 
Rocabruna,  con  el  cual  se  encaminó  secretamen- 
te á  Alemania.  Presentóse  nuestro  Conde  al  Empe- 
rador, diciéndole  que  dos  caballeros,  venidos  de 
Cataluña,  deseaban  retar  en  buena  lid  á  los  ca- 
lumniadores de  la  Emperatriz,  é  introduciéndose 
disfrazado  de  fraile  en  su  encierro,  única  persona 
á  quien  descubre  su  calidad,  recibió  en  el  encie- 
rro de  ésta  en  pago  de   su   desprendimiento  y  en 


(I)     Kemitimos  ,il  lector  acerca  lie  estas    imágenes  ul    to- 
mo III  (le  nuestras  Xnticias^  i)ág.  15")  y  siiíuientes. 


BAGET. 


Ábside  de  la  Iglesia.  (Fotografía  de  César  A,  Torras.) 


%r 


L  i  C 

7, 


7 


CAMI'HODON 


testimonio  (1(*  l:i  liir/nña  (¡wr  ¡1):i  ;i  (Mnj)i'(Miílri\  un 
juiillo  (le  la  caliiiiiiiiada  esposa.  Mu  la  \  ísjici'a  drl 
toi'HiM)  R(M'ti*áii  (!(»  U()cal)i'uii;i  se  esconde,  d(;  (Mi- 
ra cobarde  acciiui  si^  íiconi^-ojí)  mnclio  el  í'ond(\ 
Finalmente  desci-ihe  el  triunfo  de  Kamiin  l^u'en- 
g'iici*,  la  tlesa|)[iricion  del  lu'roe,  la  ^'ratitud  del 
Emperador  al  saber  qne  tan  ilustre  candillo  liabía 
lavado  el  honor  de  su  esposa,  la  embajada  í[ue 
mandó  á  Barcelona  para  cumplimentarle  y  el  via- 
je de  nnestro  Conde  á  Alemania,  en  donde  fné  re- 
cibido con  todas  las  demostraciones  de  regocijo, 
y,  mostrando  el  anillo  (|ue  le  diera  la  Emperatriz, 
el  Emperador,  en  testimonio  de  reconocimiento, 
le  hizo  donación  del  condado  de  Provenza. 

De  vuelta  á  Cataluña,  dice  el  cronista,  « treva- 
lla  de  fer  cerquar  en  bertran  de  roquabruna  si  se- 
ria amag-at  en  son  castell,  o  entre  los  amiclis,  e 
may  se  troba,  creuse  de  vergonya,  per  so  falli- 
ment  que  hauia  fet  a  son  senyor,  hi  assi  mateix, 
e  asa  honor.  (1)» 

Varios  de  sus  ilustres  miembros  sobresalieron 
como  capitanes  en  nuestras  victoriosas  conquis- 
tas. N.  de  Rocabruna  fué  uno  de  los  que  más 
se  distinguieron  en  el  reinado  de  Alfonso  III  de 
Aragón;  Pedro  de  Eocabruna.  bajo  el  reinado  de 
D.  Pedro  el  Cereuionioso,  tomó  parte  en  la  ex- 
pedición á  Cerdaña,  y  Dalmacio  de  Rocabruna 
se  inmortaliza  también  en  las  célebres  expedicio- 
nes á  Sicilia,  durante  el  gobierno  del  rey  D.  Mar- 
tín el  Humano. 

El  castillo  de  Rocabruna  pasó  más  tarde  en  po- 
der de  la  familia  de  Besora,    pues  en  el  año  1610 


(1)     Crónica  de  Berenguer  cíe  Puigpardines,  cap.  LII. 


102 


NOTICIAS  HISTÓRICAS. 


vrnios  en  pososión  de  dicho  castillo  á  Pedro  Des- 
bach.  por  compra  hecha  ;i  .laiiin*  de  Hesora  (1). 

nidio  señor  de  Kocahruna  o])tiiv()  licencia  del 
Ohispo  de  (ierona  ])ara  levantar  la  f.ihrica  de  su 
iglesia,  ({ue  es  un  huen  modelo  de  anjuitectnra 
románica.  Kl  r(\v  i).  Juan  I,  o\  A)uador  de  la 
í^'cutilc.::a,  concedi(')  á  sus  habitantes,  en  el  año 
KV.M),  el  derecho  (h*  r(uiuion  j)ara  nombrar  sus 
síndicos,  recal)ando  en  el  ano  13U6  que  el  poder 
real  los  tomase  bajo  su  protección  y  amparo,  es- 
cudo bajo  el  cual  debían  estrellarse  las  ambicio- 
nes de  sus  señores. 


(I)     C.artas  (le  AlejaiKlro  (le  Ceirlella    al    Or.    I).    Jerónimo 
Piijades. 


9  13''^**'^***"^'**^'^^ 


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(^APrníUDO   lY. 


Reliquias  que  se  veneraban  en  el  monasterio  de 
Camprodón.— San  Paladio,  arzobispo  de  Embrún. 
— Traslación  de  su  cuerpo  á  Camprodón. — Los 
franceses  en  el  saqueo  del  año  1470  roban  el 
cuerpo  de  San  Paladio. — Indulgencias  concedi- 
das por  el  Obispo  de  Gerona  para  la  recupera- 
ción de  tan  sagrado  depósito. — La  condesa  de  la 
Valette  devuelve  al  monasterio  las  reliquias  que 
la  codicia  francesa  había  usurpado.— Veneración 
de  la  villa  y  comarca  de  Camprodón  á  tan  gran 
Santo. 


¡NTRE  las  muchas  reliquias  de  que  se 
hallaba  ennoblecido  el  monasterio 
de  San  Pedro  de  Camprodón,  me- 
recen particular  mención  un  pe- 
dazo de  Ligninn  cvíicis,  una  de 
I  las  espinas  de  la  corona  que  los 
^\  judíos  colocaron  en  la  augusta 
frente  del  Hijo  de  Dios  y  el  cuerpo  de  San  Pala- 
dio  (1).  que  milagrosamente  posee  la  villa  de 
Camprodón. 


(1)     Tristanv.  Corona  benedictina,  pac.  322. 
13— IV.     " 


101  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

Casi  todos  los  escritores  que  se  han  ocupado  de 
los  santos  de  Cataluña  dedican  á  dicho  santo  y  á 
su  milagrosa  traslaciíhi  una  de  sus  más  ])ri liantes 
pá<^'inas,  y  en  especial  Pujades,  Jaime  Raimundo 
\'ila,  Doménech,  Ar<4'aiz,  Yepes,  Tristany  y  Fray 
José  de  la  Canal,  cuyas  obras  son  un  manantial 
copioso  de  estudio  para  los  que  se  dedican  a  la 
historia  de  las  casas  religiosas,  durante  el  perío- 
do de  la  Edad-media. 

San  Paladio  fué  natural  de  Embrún^  ciudad  de 
la  antigua  provincia  de  Alvernia,  en  el  reino  de 
Francia.  Hijo  de  padres  nobles  y  católicos,  si- 
guió en  su  juventud  las  huellas  y  las  ense- 
ñanzas del  Arzobispo  de  su  ciudad  natal,  el  que 
encaminó  sus  pasos  para  el  servicio  de  Dios  y  al 
que  profesó  particular  afecto  y  cariño.  Cuando 
los  herejes  echaron  de  Embrún  al  Arzobispo,  el 
cual  se  fué,  como  desterrado,  á  Viena,  Paladio 
no  lo  abandonó,  antes  al  contrario,  le  acompañó 
en  su  destierro.  Llegados  á  la  dicha  ciudad  de 
Viena,  fueron  benignamente  recibidos  por  San 
Avito,  obispo  de  ella,  donde  estuvieron  muchos 
años  ejercitándose  en  obras  santas  y  tocantes  al 
servicio  de  Dios. 

« Murió,  según  se  entiende,  dice  el  P.  Juan 
Croisset,  el  Arzobispo  de  Embrún,  y  quedó  elegi- 
do en  su  lugar  el  bienaventurado  San  Gallicano, 
el  cual  hal)iendo  vivido  poco  en  el  cargo,  fué  ele- 
gido después  con  grande  aplauso  y  consentimien- 
to de  todos,  así  seglares  como  eclesiásticos,  el 
l)ienaventurado  San  Paladio.  Hízose  esta  elección 
ciertamente  por  inspiración  del  Espíritu  Santo, 
porque  según  contaba  él  á  sus  discípulos,  todo  lo 
que  había  de  hacer,  tratar  ó  enseñar,  le  era  revé- 


(!AM1M101)ÚN.  K^'") 


lado  por  los  áiio-eles,  (\\w  nunc/d  s(i  ai)artal)an  do 
su  coiiipaíiía.^^ 

úMra  (\st(\  ^'raii  siíM'vo  (l(í  Dios  muy  fervoroso 
011  la  ()ra(ñ(')n,  y  tan  diohoso  cu  ella,  (|ih'  ciianto 
pedía  alcanzalía.  TiMiía  ^Taiido  caridad  con  los 
pobres,  y  sustentaba  de  sus  reutas  luuclios  huér- 
fanos y  viudas.  Y  do  tal  suerte  socorría  á  los  pe- 
regrinos, extraños  y  á  otras  personas  pobres,  ([ue 
nunca  alguno  lo  pidi(3  limosna  que  se  fuese  sin 
ella.  Fué  devotísimo  de  la  pasichi  de  Cristo  nues- 
tro bien,  y  así  con  la  santa  señal  de  la  cruz  ven- 
ció muchas  voces  al  demonio.  Tuvo  espíritu  do 
profecía,  porc^ue  mucho  antes  de  morir  dijo  el 
día  de  su  muerto,  y  profetizó  también  la  del  bie- 
naventurado San  Segismundo,  rey  de  Borgoña,  y 
la  destrucción  de  su  reino;  el  cual  sin  duda  le 
trató,  pues  estuvo  en  casa  de  San  Avito,  arzobis- 
po de  Viena,  maestro  de  San  Segismundo.» 

«Vivió  en  el  arzobispado  por  espacio  de  cinco 
años,  y  en  este  tiempo  hizo  fabricar  en  su  iglesia 
metropolitana  cinco  altares  para  honra  y  gloria 
de  Dios.  Fué  su  g-obiorno  santíssimo  y  muy  acer- 
tado, porque  teniendo  aviso  de  las  faltas  de  sus 
feligreses  por  los  ángeles,  fácilmente  acudía  á 
poner  el  remedio  conveniente.  Ofendíase  muchí- 
simo de  cualquier  cosa,  por  mínima  que  fuese, 
como  tocase  la  honra  do  Dios.  Finalmente,  ha- 
biendo vivido  santísimamente,  quiso  su  divina 
Majestad  premiarle  sus  trabajos  quitándole  la  vi- 
da corporal  y  dándole  por  ella  la  vida  eterna.  Mu- 
rió en  el  año  del  Señor  518,  reinando  en  Francia 
Childeberto,  Clotario  y  Teodorico^  hijos  de  Clo- 
doveo.» 

Hasta  aquí  es  lo  que  nos  dicen  los   libros    reli- 


10()  NOTICIAS  HISTüRlCAfi. 

giosos  de  SU  vida.  Veamos  lo  que  nos  dice  la  tra- 
dición acerca  de  la  traslación  de  su  cuerpo  al  mo- 
nasterio de  Camprodón.  Ni  los  Bolandistas,  ni  el 
P.  Dionisio  de  Santa  Marta,  ni  otros  escritores 
que  hemos  ojeado,  añaden  cosa  notable  á  lo  (|ue 
escribió  el  P.  Antonio  \'icente  Doménecli,  en  su 
Historia  general  de  ¡os  santos  y  varones 
ilustres  en  santidad  del  principado  de  Cata- 
liiña,  el  (jue,  reñriéndose  á  la  traslación  de  las 
rdiíjuias  del  Santo  desde  Embrún  á  Camprodón, 
solamente  dice:  «  que  le  trajo  un  monje  de  la  or- 
den de  San  Benito  del  monasterio  de  la  Portella 
del  obispado  de  Vique,  y  que  se  quedó  en  Cam- 
prodón milagrosamente.  Porque  llegado  que  hu- 
bo allí,  no  fué  posible  pasar  adelante,  y  así  fué 
solemnemente  puesto  en  el  monasterio  que  es  de 
la  misma  orden.»  La  tradición,  continuada  de  pa- 
dres á  hijos  en  Camprodón  y  en  varios  escritos 
que  se  conservaban  en  el  monasterio,  añaden 
otras  circunstancias  dignas  de  especial  mención. 
Dícese  ([ue  el  mencionado  religioso  de  la  Portella 
estuvo  muchos  años  en  compañía  del  Arzobispo 
de  Embrún  y  (|ue  por  su  virtud  se  granjeó  su 
afecto.  Queriendo  volverse  á  su  monasterio,  su- 
plicó al  Arzobispo  le  concediese  alguno  de  los 
muchos  cuerpos  de  Santos  que  poseía  su  iglesia 
para  enriquecer  la  de  su  monasterio,  y  condes- 
cendiendo con  su  piadosa  súplica,  le  dijo  cuál 
quería.  El  monje  pidió  á  Dios  que  le  manifestase 
cuál  podría  llevarse,  y  estando  en  oración  vio 
una  luz  sobre  el  sepulcro  de  San  Paladio,  y  creyó 
que  el  cielo  le  designaba  á  este  Santo.  Reveló  el 
misterio  al  Arzobispo,  el  cual  se  resistió  á  hacer- 
le entrega  por  la  gran  devoción  que  le    tenía,  y 


i;amim{()1)(')N.  1<>7 


lo  (lijo  ([lie  sortííiisc  entre  todos,  er(»yeii(lo  (pie  no 
siildi'ía  el  (lesi<4'iKi(l();  pero  sali(')  por  dos  veees, 
persiuidi('íU(los(*  j)()r  liii  (|ue  tal  era  la  voluntad  de 
Dios.  Contento  el  monje  eon  su  alhaja,  sali(')  do 
Francia  eaniino  d(^  su  monasterio,  y  lle<^'()  á  ha- 
cer noche  en  la  villa  de  Camprod()n.  llospedíjse 
en  el  Hospital,  (|ue  estaba  cerca  del  monasterio, 
é  informado  d(d  camino  ({ue  debía  tomar  para  el 
suyo,  salió  muy  de  mañana  y  caminando  todo  el 
día,  y  dando  vueltas  á  las  montañas  vecinas,  lle- 
gaba siempre  en  un  mismo  punto,  del  cual  salía 
para  volver  de  nuevo  sin  acertar  el  camino  de  su 
monasterio.  Tomó  el  otro  día  un  práctico  del 
país,  y  cuando  después  de  andar  todo  el  día  les 
pareció  que  ya  tocaban  en  el  monasterio  de  la 
Portella,  se  encontraron  de  nuevo  en  el  Hospital 
de  Camprodón  (1). 

Ante  tan  señalado  prodigio  se  dio  conocimien- 
to al  Abad  del  monasterio  de  San  Pedro,  el  cual 
junto  con  su  cabildo  y  monje  conductor  se  pusie- 
ron en  oración  y  resolvieron  hacer  una  prueba 
para  ver  si  era  la  voluntad  de  Dios  que  el  cuerpo 
del  Santo  se   quedase   en  Camprodón.    Cargaron 


(1)  Añade  también  la  tradición  que  la  muía  que  llevaba 
el  cuerpo  de  San  Paladio  dio  con  sus  pies  un  fuerte  golpe 
en  el  suelo  y  que  al  momento  nacieron  tres  abundantísimas 
fuentes  de  agua  cristalina  que  inundaron  los  campos  veci- 
nos hasta  Camprodón.  En  memoria  de  este  prodigio  se  eri- 
gió en  dicho  sitio  un  monumento,  el  que  fué  restaurado  en 
el  año  1717.  En  su  interior  se  colocó  una  lápida,  en  la  que 
hay  esculpido  tan  milagroso  suceso  y  en  su  exterior  se  co- 
locó otra  de  mármol  en  la  que  se  leen  las  indulgencias  que 
concedió  el  obispo  de  Gerona  limo.  Sr.  D.  Baltasar  Bastero 
y  IJadó,  en  el  año  1731,  á  todos  los  que  rezasen  un  Padre 
nuestro  delante  de  la  imagen. 


108  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 


sobre  un  iimlo  el  sag-raclo  cuerpo;  vendaron  los 
ojos  al  animal  y  lo  dejaron  marchar  á  su  volun- 
tad; y  ¡cuál  no  sería  su  asombro  y  admiraciíhi 
cuando  vieron  que  tomaba  el  camino  del  monas- 
terio, y  lleg-ando  á  la  puerta  de  la  iglesia  parar- 
se allí,  doblar  las  manos  y  esperar  (|ue  tomasen 
tan  sagrado  depósito!  Con  esto  conocieron  (jue 
Dios  lo  destinaba  á  aquel  templo,  donde  le  colo- 
caron y  fué  venerado  i)or  todo  el  pueblo.  En  vis- 
ta de  los  continuos  milagros  que  obraba,  la  villa 
de  Camprodón  lo  eligió  por  su  patrón.  Rézase  de 
este  santo  en  Camprodón,  nombrándole  en  la  co- 
lecta de  la  misa  y  oficio  divino,  y  se  celebra  su 
fiesta  el  día  21  de  Junio,  que  es  el  día  en  que  lle- 
gó su  cuerpo  á  la  mencionada  villa. 

En  el  año  1470  los  franceses  entraron  en  (Cam- 
prodón después  de  una  tenaz  resistencia,  ala  que 
saquearon,  llevándose  todas  las  reliquias  y  con 
ellas  el  cuerpo  de  San  Paladio;  y  tan  añictiva  de- 
bió ser  la  situación  de  dicha  villa,  que  el  obispo 
de  Gerona  D.  Juan  de  Margarit  concedió  en  el  año 
1480  varias  indulgencias  á  los  que  contribuyesen 
con  sus  limosnas  á  reparar  los  daños  padecidos  y 
á  recobrar  el  cuerpo  de  San  Paladio,  que  habían 
robado  los  franceses  y  llevado  á  su  país  (1). 

Llevaron  los  franceses  el  cuerpo  del  Santo  á 
Perpiñán,  luego  á  Carcasona  y  después  transferi- 
do al  castillo  de  Bellcaire,  cerca    de   Montpeller. 

Según  Doménech,  habiendo  manifestado  el 
Santo  con  reiterados  y  asombros  prodigios  que 
quería  ser  restituido  á  la  villa  de  Camprodón,  lo 
fué  por  la  condesa  de  la  X'allette,  viuda  del  capi- 


(I)     Villanueva.  Viaje  lilcrario,  tomo  15.  p.'iíí.  109. 


CAMl'RonÚN.  inil 


tan  ()l)1(Mit()r,  liacia  ('1  íiíio  1  18Í,  sonMín  varios  (is- 
critorí's;  liacieiido  (Mili't';_;-a  del  iiiisiiio,  ¡iiuto  í'oii 
las  r(di(iiiias  (le  l;i  santa  N'cra  Ci'ir/,  l:i  espinii 
(le  la  corona  de  .h^siicristo  nuestro  Señor,  eoii 
todo  lo  diMiiás  ([lie  tenía  de  dicha  villa,  á  los  co- 
misionados para  este  objeto  por  la  villa  de  (Jani- 
prodón,  ([ue  fueron  tros  eclesiásticos  y  nn  jura- 
do. Ksta  es  la  parte  histórica;  y  añade  la  tradi- 
ción dos  í:>"randes  maravillas  acaecidas  durante, 
su  traslación,  llenas  de  poesía  y  de  fe.  Llovió 
mucho  en  el  camino  hasta  llegar  á  Camprodón; 
pero  tanto  los  que  llevaban  tan  sagrado  depósi- 
to, como  el  arca,  ni  los  acompañantes,  se  moja- 
ron, ni  la  luz  de  las  hachas,  que  ardían  ante  el 
arca,  se  extinguió;  y  tan  pronto  como  las  reli- 
quias entraron  en  Cataluña,  las  campanas  de 
todos  los  lugares  y  pueblos  que  pasaban  se  te- 
ñían por  sí  mismas,  siendo  recibido  en  Campro- 
dón con  grandes  demostraciones  de  júbilo  y  en- 
tusiasmo. 

Durante  la  invasión  francesa  del  año  1793,  los 
monjes  del  monasterio  tuvieron  el  buen  acuerdo 
de  esconder  las  reliquias,  que  trasladaron  de 
incógnito  á  la  parroquia  de  Bolos.  Camprodón 
volvió  á  sufrir  los  desastres  de  la  guerra,  pues 
el  día  4  de  Octubre  del  mencionado  año  entró  en 
dicha  villa  el  ejército  francés,  en  número  de  cin- 
co mil  hombres,  al  mando  del  general  Dagobert, 
cuya  villa  saquearon  é  incendiaron,  robando  las 
cuatro  lámparas  de  plata  que  había  en  la  capilla 
de  San  Paladio.  Pasados  estos  tristes  aconteci- 
mientos fué  venerado  de  nuevo  en  el  monasterio 
de  San  Pedro,  hasta  que  los  monjes  abandona- 
ron el  monasterio  en  el  año  1835,    siendo  trasla- 


11(1 


NOTICIAS    HISTÓRICAS. 


dado  á  la  ig-lesia  parroquial  de  Santa  María.  El 
cuerpo  de  San  Paladio  se  halla  encerrado  en  una 
bellísima  urna  gótica  de  plata,  siendo  objeto  de 
gran  devoción  por  todos  los  habitantes  de  la  vi- 
lla y  comarca  de  Camprodón;  pero  su  morada  pre- 
dilecta no  es  la  iglesia  parroquial  de  Santa  María; 
es  y  debe  ser  la  escogida  por  la  voluntad  de  Dios, 
l)ajo  las  bóvedas  del  monasterio  de  San  Pedro, 
monumento  imperecedero  de  la  religiosidad  de 
nuestros  antepasados,  y  al  que  debe  Camprodón 
los  mejores  días  de  su  explendor  y  poderío. 


"^^{^      Fin  del  tomo  VI.      ^ 


Adiciones 

á  los 

tomos  publicados. 


m  mm  íímmm  n  m  mmmn 

'iiijii''''ii¡ii''''MÍii''''MÍii''''M|ii''''iiiii''''ii||i''''iÍiii''^ 


mOHASTEf^lO 

de 

Sah  Pediro  deBesaüü 

( Tomo  II,  capítulo  ¥1.) 
ABA©IODO©IO. 

Pedro  III. 

(1198) 

Habíamos  encontrado  noticias  de  este  Abad  del 
año  1203,  pero  estaba  ya  en  posesión  de  la  aba- 
día en  el  año  1198,  como  nos  lo  atestigua  una  es- 
critura de  fecha  '29  de  Septiembre  del  referido 
año.  Es  la  infeudación  de  una  cabana  sita  en  el 
lug-ar  llamado  Estívol,  en  la  parroquia  de  San 
Esteban  de  Bas,  con  voluntad  y  permiso  del  Abad 
de  Besalú,  Pedro  (1). 

Así,  pues,  debe  fijarse  el  gobierno  conocido  de 
este  Abad  desde  el  año  1198  al  1210. 

Gruillem  I. 

(1214) 

Con  fecha  25  de  Abril  del  año  1214,  dicho  Abad 


(1)     Pergamino  existente  en  el  archivo  de   Nuestra   Seño- 
ra del  Collell. 


114  NOTICIAS    IlISTüRICAS. 

firiiK)  im  acta  de  douaci()ii  de  una  pieza  de  tierra 
hecha  por  Pedro  Carreras  del  Torn,  á  favor  de 
Arnaldo  Nog^uer  del  mismo  pueblo  (1). 

Pedro  V. 

( 1281 ) 

En  el  abaciolog-io  que  tenemos  publicado,  fija- 
mos el  gobierno  de  dicho  Abad  desde  el  año  1270 
al  1280;  pero  una  escritura  en  pergamino  exis- 
tente en  el  santuario  colegio  de  Ntra.  Sra.  del 
Collell,  nos  da  noticia  de  que  aun  vivía  en  el  año 
siguiente,  pues  con  fecha  9  de  Enero  del  año 
1281,  Bernardo  de  Masarach  y  su  mujer  Garsen- 
dis,  de  la  parroquia  del  Torn,  vendieron  una  pie- 
za de  tierra  á  Arnaldo  de  Noguer  y  firma,  entre 
otros,  Pedro,  abad  de  San  Pedro  de  Besalú. 

Dalmacio  de  Palol. 

(1318) 

Con  fecha  28  de  Febrero  del  año  1318,  se  hizo 
una  concordia  entre  Pedro  de  Masaráchs  y  Barto- 
lomé Soler,  parroquianos  del  Torn,  sobre  varios 
réditos,  con  la  salvedad  competente  en  favor  del 
señorío  del  abad  de  San  Pedro  de  Besalú,  Dal- 
macio de  Palol  (2). 

Bernardo. 

(1354) 

Dicho  Abad  con  fecha  9  de  Enero  del  año  1354, 
concedi(3  en  enfiteusis  á    Bartolomé   de  Soler  de 


(1)  Perg.°  existente  en  el  archivo  de  Nlra.Sra.  del  Collell. 

(2)  id.  id.  id.  id.  id. 


hksam''.  115 

\;ill,  (l(*  l;i    piiroiiuia    de    S:iii     \ii(li'('S    del    Toni, 
cieitii  bordii  o  masía  con  sus  jji'ados,  (itc.  etc.  {[). 

Francisco. 

( \:U)\)) 

El  prior  del  Collell,  Hernardo  (.'asadciinunt,  (;oii 
fecha  10  de  A^^'osto  del  año  l.*]()9,  arrendí)  las  bor- 
das de  Rodcja  de  Pon,  parro([UÍa  de  Veutajol,y 
firma  también  la  escritura  Fr.  Francisco,  abad 
del  monasterio  de  Besalil  {'2). 

Berenguer  de  Pararnáu. 

(1413) 

Fr.  Marcos  de  Socarráts  v  Fr.  Vicente  Soler, 
comisionados  por  Berenguer  de  Pararnáu,  su 
Abad,  ajustan  con  fecha  20  de  Enero  de  1413, 
ciertas  diferencias  con  Pedro  Sacoromina  Felíu, 
bajo  el  resguardo  de  Raimundo  Arnáus,  procura- 
dor y  vice-gerente  del  Prior  del  Collell  (3). 

Fr.  Sebastián  Mir. 

(  1552 ) 

La  existencia  de  dicho  Abad  había  pasado  inad- 
vertida por  todos  los  que  nos  habíamos  ocupado 
del  monasterio  de  San  Pedro  de  Besalil.  Hasta  el 
año  1552  habíamos  encontrado  noticias  del  abad 
Pedro  Andrés,  que  fué  el  último  comendatario; 
mas  hasta  el  año  1555  en  que   tomó   posesión   el 


(1)  Perg."  existente  en  el  archivo  de  Xtra.  Sra.  del  Collell. 

(2)  id.  id.  id.  id.  id. 

(3)  id.  id.  id.  id.  id. 


116  NÜTICÍAS  HISTÓRICAS. 

a])a(l  Juan  Tormo.  lial)ía  una  la<ji'una  (|U0  llena 
perfectamente  nuestro  Abad.  Kn  efecto,  con  fe- 
cha '2'2  do  Julio  del  año  1552,  el  Prior  y  pabordes 
del  CoUell  hicieron  una  reventa  del  mas  Vidal 
con  sus  tierras,  situado  en  la  parroquia  del  Torn, 
y  de  pertenencia  del  referido  ])riorato,  á  favor  de 
los  respectivos  padre  é  hijo  Bartolomé  y  Miguel 
Falg'ás,  de  Mieras.  Después  de  las  firmas  de  los 
interesados  hay  también  la  del  mencionado  Abad 
en  esta  forma,  todo  de  su  puño  y  letra  con  dife- 
rente tinta:  cgo  fvatcr  scbastianiis  miv  abhas 
mo  liaste  vi  i  sancti  petri  de  hisuldiini  Jianch 
venditionem  firmo  et  laudo  (1). 

Fr.   Bernardo   F*ons  y   de  Turell. 

(1(304) 

Una  escritura  existente  en  el  seminario  del 
CoUell  nos  da  noticia  de  que  aun  existía  dicho 
Abad  en  el  año  1604,  pues  con  fecha  20  de  Agos- 
to del  mencionado  año  firmó  una  absolución  de 
todos  los  censos,  foriscapis  y  otros  derechos 
á  favor  de  la  casa  y  capilla  de  Ntra.  Sra.  del  Co- 
Uell (2). 

Fr.   Anselmo   Rubio.    . 

(1771) 

Al  tratar  en  el  abacioloo-io  de  este  Abad  va  ma- 
nifestamos  que  había  defendido  los  derechos  del 
monasterio  contra  el  Obispo  de  Gerona    y  el  go- 


(1)  Perg."  exislente  en  el  arclii\0(le  Nlra.  Sra.  del  Collell. 

(2)  id.  id.  id.  id.  id. 


mksam':.  1  17 

l)¡(MMi(),  \)()\'  (|U(M'(M'  el  pi'iiiKM'o  pnrIicipMi'  (1<*  los 
diezmos  del  i)iiebl()  ác,  Síin  Mi^^-ind  de  (.'olera  y 
por  iiog'arlc  el  se^'uudo  el  doiniíiio  temporal.  IMi- 
blicamos  á  eoiitiiiuaciiui  o\  doeiimento  eoii  (jue 
justiíicó  pleiiaiiKMití^  (jue  píU-teiuHííaii  al  irionaste- 
rio  de  San  Pedro  de  Besalii  el  dominio  directo  y 
jurisdiceional  del  término  de  ('olera,  por  el  inte- 
rés histórico  (|uc  encierra  para  la  historia  de  tan 
celebrada  casa  relig'iosa.  Dice  así: 

«En  cumplimiento  de  la  orden  de  S.  Kx. '  3^ 
Real  x\ud."  comunicada  por  el  Sr.  Barón  de  Se- 
rralií  su  Secretario  con  carta  de  9  Febrero  del 
corriente  año  al  Abad  de  San  Pedro  de  Besalii, 
para  que  presente  los  instrumentos,  que  justifi- 
quen pertenecerle  el  Dominio  directo,  y  jurisdic- 
cional en  el  término  de  Colera;  \y  respecto,  que 
en  dicha  carta  se  expressa  que  ha  mandado  Su 
Magestad  que  en  el  Ínterin  el  Correg.°^  de  Gero- 
na nombre  persona  que  con  intervención  del  Abad 
recoja  los  diezmos  y  primicias  que  produzcan  las 
tierras  que  los  nuevos  colonos  han  cultivado,  y 
fueren  beneficiando  para  que  de  ellos  pague  el 
capellán  que  en  el  día  ponga  el  Abad,  para  que 
en  la  Capilla  provisional  diga  misa  y  administre 
el  pasto  espiritual  á  los  pobladores,  como  lo  ha 
ofrecido  y  lo  restante  se  entregue  después  á 
quien  pertenezca,  y  se  pueda  señalar  al  Cura  que 
después  se  nombre,  lo  que  sea  bastante  para  su 
congrua  sustentación  y  para  gastos  de  Iglesia,  y 
su  fábrica,  presenta  el  dicho  Abad  en  primer  lu- 
gar en  prueba,  y  justificación  del  Dominio  direc- 
to, y  del  derecho  en  los  Diezmos  y  Primicias  en 
aquel  término  de  Colera,  a  favor  de  su  Dignidad 
Abbacial,  una  Real  Cédula  del  Sr.  Rev    D.    Fer- 


UN  NOTICIAS    HISTüRIC'AS. 

liando  VI,  dada  en  San  Lorenzo  á  24  de  Octubre 
de  1753,  en  (|ue  se  sirvió  S.  Magestad  conñrmar 
al  Abad  y  Mong'es  del  Real  Monasterio  de  San 
Pedro  de  Besalií  el  diezmo  que  le  pertenece  del 
pescado  que  se  coge  en  los  cuatro  Puertos,  ó  Ca- 
las del  Mar  nominados  Portbóít,  las  Portas, 
Fvcixa^  y  Freixanct  adjacente  en  el  término 
del  enunciado  lugar  de  San  Quirse. 

En  esta  Real  Cédula  se  halla  insertada  una  es- 
critura de  donación,  que  en  doze  de  las  kalendas 
de  Diciembre  del  año  de  931  (  reinando  el  Rey 
Rodulfo  )  otorgaron  Alberto  Vizconde,  Polidiga- 
rio  y  Rodulfo,  á  quienes  dexó  Gauberto  Conde, 
])or  sus  testamentarios,  abogados,  y  limosneros, 
y  encargando  3^  encomendando  hiciessen  dona- 
ción á  la  Casa  del  Monasterio  de  San  Quirze  sito 
en  el  Condado  de  Perelada  de  su  propiedad,  ó  alo- 
dio, en  quanto  en  el  auto  ó  escritura  latina  dize: 
in  qiiantuDí  ipse  Jiabcbat  in  Cler.aellos,  sni  in 
Valle  de  Frexano  &  et  in  Valle  de  Collera  & 
que  él  tenía  en  Clerzel,  ó  en  la  Valle  de  Frexen 
y  la  Valle  nombrada  Collera  con  la  guardia  de 
sus  mares,  y  los  puertos  de  a(|uellos  pertenecien- 
tes á  los  mencionados  Valles,  y  todos  sus  térmi- 
nos, adjacencias,  ó  conñnes,  culto  é  inculto  que 
eran  casas,  caballerizas,  huertos,  tierras^  viñas, 
prados,  pastos,  selvas,  garrigas,  aguas,  aguaduc- 
tos,  ó  reductos,  en  cuanto  se  pudiese  decir,  y  nom- 
brar, assi  adquirido,  como  para  adcjuirir  pertene- 
ciente al  enunciado  Conde  (lauberto  por  drecho 
de  conquista  como  de  compra,  (')  sucessión  á  sus 
padres,  (')  al  Conde  (laufredo  su  hermano,  confi- 
nando todo  lo  sobredicho,  como  es  de  ver  de  di- 
cha escritura  y  todo  lo  contenido  en  dichos  confi- 


HKSAI.r.  119 

ncs,  y  qnnnto  ol  dií'lio  Cí)nílo  (íaubcrto  tenía,  y 
posoliíii  allí  (MI  la  (Mimiciada  tiíírra  y  mar  <'n  su 
propio  (loininio,  lo  dieron,  y  entre^'aroii  los  no- 
minadüs  testamentarios,  abo^'ados,  y  limozneros, 
por  la  precitada  escritura  á  la  expresada  ('asa del 
Monasterio  de  San  Quirze  con  todas  las  entradas 
y  salidas  pertenecientes  á  su  propiedad. 

Kn  la  expressada  Real  Cédula  se  hace  mérito 
de  otro  instrumento  ([ue  se  presentó  áS.  Real  Ma- 
gestad  de  una  confirmación  que  en  el  mes  de 
Agosto  del  año  1198,  hizo  Ponze  Hugo  Conde  de 
Ampurias  por  la  qual  vino  á  conceder  y  confir- 
mar perpetuamente  á  Guillermo  Abad  de  San 
Quirze,  á  su  casa  y  á  toda  su  comunidad  la  Valle 
de  Colera  que  Gauberto  Conde  le  havía  dado  se- 
gún y  como  se  contenia  en  la  citada  escritura  de 
donación  de  doce  de  las  kalendas  de  Diziembre 
del  año  de  931,  que  de  su  orden  le  hicieron  los 
nombrados  Alberto  Vizconde,  Blidigario  y  Rodul- 
fo. 

En  la  enunciada  Real  Cédula  se  hace  atento  de 
otra  escritura  dada  en  trece  de  las  kalendas  de 
Diziembre  del  año  1*258,  por  la  qual  consta  que 
Pedro  Obispo  de  Gerona  por  sí,  y  todos  sus  Suc- 
cessores  concedió,  y  aprobó  al  monasterio  de  San 
Quirze  de  Colera  en  mano  y  poder  de  Pedro  Abad 
de  el,  las  donaciones,  concessiones,  laudaciones 
aprobaciones,  y  confirmaciones  de  las  Posessio- 
nes,  Diezmos,  Primicias,  Oblaciones,  Drechos,  y 
donaciones,  de  qualesquiera  partes  que  fuessen, 
que  los  Condes,  ó  qualesquiera  otras  personas 
hubiesen  dado  al  enunciado  monasterio  como 
mas  latam.te  se  mostrava  en  la  donación  que  le 
hizo  Berengario  Obispo  de  Gerona,  que  empezaba 

15— VI. 


120  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

año  de  1123,  iiidiccion  pn'iiicra  vino  Beren- 
gario  Obispo  de  la  seo  de  Gerona  con  dos 
Obispos,  y  otros  Hombres,  assi  Clérigos  co- 
mo Seglares  á  consagrar  la  Iglesia  que  se 
hallava  en  el  termino  de  Perelada  en  Jionor 
de  San  Qnirse,  San  Andrés  y  San  Benito, 
en  el  dia  de  cuya.  Consagración  el  referido 
Berenga  rio  Obispo,  d  petición  y  suplica  de 
los  gra)ides^  y  otros  mncJios  hombres  confir- 
mó todas  las  cosas  que  anti giiamente  havian 
sido  concedidas  y  conferidas  d  la  Iglesia  de 
San  Quir.^e  por  los  Condes  y  otros,  y  su  pre- 
decessor  Hugon  Obispo  (assi  como  en  otra 
donación  y  mandatos  Reales  constava)  y  dio 
d  la  precitada  Iglesia  las  decimas,  primi- 
cias y  oblatas  de  los  fieles  baxo  los  términos 
cS:  (aqui  linda  y  confronta  el  territorio  inclu- 
yendo el  termino  de  Colera  y  prosigue)  y  los 
puertos  que  eran  pertenecientes  de  los  pro- 
prios  Valles,  que  todo  esto  dio  Gauberto  Con- 
de al  mencionado  Monasterio,  cuyos  térmi- 
nos eran  de  parte  de  oriente  con  su  mismo 
mar  k  repite  los  lindes  y  confrontaciones  en  que 
está  comprehendido  el  termino  de  Colera. 

También  se  hallan  insertados  en  la  referida 
Real  Cédula,  otros  instrumentos  que  justifican 
pertenecer  al  Abad  y  Monasterio  de  San  Quirze, 
y  hoy  al  de  Besalú  por  la  unión,  é  incorporación, 
que  á  insinuación  del  Sr.  Key  de  las  Españas  le 
hizo  el  Papa  Clemente  Mil,  en  el  año  de  159*2, 
los  alodios,  diezmos  y  primicias  del  citado  termi- 
no de  Colera  cuyos  instrumentos  y  los  ante  re- 
feridos fueron  aprobados,  confirmados,  y  ratifica- 
dos por  el  dicho  Señor  Roy    D.    Fernando    Sexto, 


liKSALl'.  1Í¿1 

como  es  (l(*  \'cv  (MI  la  (^xpiv^stida  Real  f^Mlula  alli 
\'  p(ir(f(/if('  7//  /\('(//  ri)h(iil(t(l  se  ciim/'fld  Ik' 
Icuido  por  bien  cx/nulir  la  prrsc/i/í',  por  hi 
qiKil  npriiCvo,  coii/iriiio,  y  ral  i /ico,  ¡os  refe- 
ridos preseiil Kilos  inslriímenlos  y  es  mi  vo- 
litiitdíi  que  se  ni(iiileii^u,(i  al  Abad  y  Mofees 
de!  Dieiieioniido  l\eid  Moiídsterio  de  San  Pe- 
dro de  /u'sahí  y  d  sus  successorcs  en  lo  po- 
scssion  y  s^'oze  del  enunciado  Diczino  del 
Pescado  de  los  qualro  Puertos,  ó  Calas  del 
nuir  adjusseide  en  el  ternüno  del  lugar  de 
San  Quirze  nonii nados  Portbou,  las  Portas, 
Frexa,  y  P^rexanet  puraque  lo  obtengan  se- 
gini  y  en  la  forma  que  se  lo  concedió  á  la 
Abadia  de  San  Quirze  de  Colera  que  se  halla 
ujuda  d  él  y  se  declara  en  la  mencionada  do- 
nación, y  demás  presentados  instrumentos  & 
esta  Heal  Cédula  se  presenta  en  forma  authentica 
signada  de  numero  1.    ' 

En  segundo  lugar  se  presenta  el  establecimien- 
to ó  concessión  enpliitéutica  que  con  auto  publi- 
co recivido  entre  el  D.^^  Gerónimo  MoUet  notario 
publico  de  la  ciudad  de  Barcelona  a  los  13  Abril 
lo49,  hizo  D.  Gaspar  Paratge  Abad  y  perpetuo 
Comendatario  del  monasterio  de  ;^an  Quirze  de 
Colera  de  consentimiento  de  los  monges  á  favor 
de  Juan  Riusecli  en  la  villa  de  Garriguella  domi- 
ciliado del  termino  de  Colera  y  del  drecho  de  pa- 
zer  en  el  confrontado  en  el  dicho  auto,  todo  el  te- 
rritorio que  se  le  concedía  con  el  cargo  y  obliga- 
ción de  pagarle  perpetuamente  el  anuo  canon  de 
40  libras  barc^^^  decima,  y  primicia  de  todos 
frutos  de  pan  y  vino,  reservándose  para  sí  y  sus 
successores  en  la  Abadía  el  Dominio   directo  j 


122  NOTICIAS    HISTÓUICAS. 

Jurisdiccional  que  en  dicho  termino  tenia,  é 
igualmente  el  Diezmo  de  pescado  ([ue  en  la  re- 
ferida orilla  del  mar  rccivia  y  acostumbrava  reci- 
vir,  y  assi  mismo  se  reservó  los  arboles  existen- 
tes y  futuros  en  el  expresado  termino,  prohibien- 
do al  emphiteota,  (¿ue  pudiesse  por  si  ni  por  in- 
terpuesta persona  directe  ni  indirecte  cortarles, 
si  solo  para  el  uso  de  la  cultura  y  no  otram.^e^ 
pero  le  concedió  que  pudiesse  en  nombre  .  del 
Abad  apoderarse  de  los  animales  que  en  lo  veni- 
dero irian  á  pazer  en  dicho  territorio,  con  la  obli- 
gación de  entregarles  en  continente  al  Bayle  de 
dicho  Abad,  quien  havia  de  recivir  los  drechos 
del  bando  en  la  expresada  concession  in  emphi- 
teusim  se  impuso  la  obligación  y  cargo  al  em- 
phiteota de  tener  incondirecta  la  Iglesia  de  San 
Miguel  en  dicho  termino  construhida,  vá  signado 
de  número  2. 

Con  otro  auto  recivido  en  poder  del  D.^o  Anti- 
cho  Avinyó  y  Feliu  Notario  de  la  villa  de  Caste- 
lló  de  Ampurias  á  los  27  de  Septiembre  de  1553, 
el  dicho  Juan  Riusech  hizo  participe  del  expresa- 
do termino  de  Colera  y  del  drecho  de  pazer  á 
Francisco  Ferrer  del  lugar  de  Garriguella  y  dan- 
do forma  á  la  dicha  participación  y  para  evitar 
entre  ellos  dichos  Juan  Riusech,  y  Francisco  Fe- 
rrer contiendas  y  disputas,  passaron  entre  si  á 
hacer  división  del  referido  termino  y  drecho  de 
pazer  en  el  modo  siguiente:  esto  es,  que  el  dicho 
Juan  Riusech  eligió  por  su  parte,  y  porción,  toda 
la  mitad  de  dicho  termino,  y  aquella  que  lindava 
á  Oriente  con  el  mar,  y  rio  de  las  Portas,  á  medio 
dia  con  el  termino  de  Llan(;á,  a  Occidente  con  el 
termino  de  San  Silvestre,  y  á  Zierzo  con  la   res- 


lllOSALÚ.  123 

tanto  niitíid  (1(*  diclio  1(M'iii¡ii(>  do  (\)liU'a,  <jno 
(|iiO(hivíi  para  (d  (^xprí^sado  l''raii('¡sc()  Imti'oi',  y 
este  tomó  la  diídia  restante  mitad,  ([\\i\  so  liallava 
ya  dividida  entren  dicdias  |)ai't(\s,  eou  tí'i'iiiinos  (> 
moxones,  lindado  á  ()i*i(Mito  eon  el  i'il)a(di(í  d(d 
mar  nombrado  las  ]\)rt(is^  á  medio  día  VAm  la 
restante  mitad  do  diídio  termino  escogido  por  di- 
cho Hinsoídi,  á  Occidente  con  el  termino  de  San 
Martin  y  á  tramontana  con  los  términos  de  Por- 
bon,  de  San  Quirzo  y  do  Bañuls,  como  todo  ])a- 
rece  de  dicho  auto  qno  so  presenta  de  numero  .*1 

Entre  los  expresados  Juan  Riusech  y  Francisco 
Ferrer,  fue  también  convenido  (|uo  cada  uno  de 
ellos  hubiese  de  pagar  y  satisfacer  al  menciona- 
do Abad  y  sus  successores  la  mitad  del  censo,  ó 
ánnuo  canon  cifrado  v  mencionado  en  la  conces- 
sion  emphitoutica  del  año  1549  de  que  se  habla 
en  el  número  6  de  este  escrito  y  dixo  Juan  Riu- 
sech que  le  pertenecía  aquel  termino  ó  territorio 
por  concession  in  emphiteusim  que  le  otorgó  don 
Gaspar  Paratge  Abad  comendatario  del  enuncia- 
do Monasterio  de  San  Quirze  de  Colera. 

Haviendo  D.  Fr.  Francisco  Bernardo  de  Pons  y 
de  Turell  Abad  del  Real  Monasterio  de  San  Pedro 
de  Besalú,  de  San  Lorenzo  del  Mont  y  de  San 
Quirze  de  Colera  con  authoridad  apostólica  unidos 
é  incorporados  pleno  jure,  introducido  pleito  en 
la  Real  Audiencia  de  Catalunya  á  relación  del 
magnífico  Sr.  Agustín  Piñana  en  ambos  drechos 
y  de  la  Real  Audiencia  D.^  contra  Antonio  Batlla 
y  Jasintho  Guanter  y  Trobat  labradores  del  ve- 
cindado  de  Novas  parroquia  de  Garriguella,  pre- 
tendiendo dicho  Abad,  cassar,  revocar,  y  anuUar 
la  expresada  concession,  ó  contrato  emphiteutico 


124  NOTICIAS  IIISTÚUICAS. 

cifrado  y  desig-iiado  cu  el  luíincro  G  con  el  luoti- 
vo,  ((110  seria  nocivo,  fraudulento,  y  perjudicial  á 
la  mensa  Abacial,  ])or  liavcr  intervenido  una  le- 
sión enorinissima  solo  vltra  diniidium  pero  aun 
vltva  vcscni,  después  de  muchos  años  de  litig-ar, 
vinieron  las  partes  con  intervención  de  dos  abo- 
gados á  transig'ir  y  concordar,  como  en  efecto 
concordaron,  ratiñcando,  y  confirmando,  y  en 
cuanto  fuese  necessario  de  nuevo  concediendo 
perpetuamente  á  dichos  Antonio  Batlla  y  Jasin- 
tho  Guanter  y  á  sus  successores,  con  los  mismos 
pactos,  y  condiciones,  en  que  se  liallava  concebi- 
do el  susodicho  establecimiento,  ó  concessión  in 
emphiteusim  del  año  1549,  con  la  salvedad  em- 
pero y  bien  entendido  que  los  dichos  Batlla  y 
Guanter,  y  sus  successores,  hubiesen  de  dar  y  pa- 
gar al  Abad  y  sus  successores  anualmente  de 
censo,  ó  canon  25  doblones  de  oro  en  especie,  es- 
to es,  cada  uno  de  ellos  doce  y  medio  con  dos 
iguales  soluciones,  la  mitad  por  el  dia  de  Navi- 
dad y  la  otra  mitad  por  el  dia  de  San  Juan,  ces- 
sando  el  antiguo  censo  de  40  libras  que  pagavan 
en  virtud  de  la  referida  concessión  emphitéutica 
del  año  de  1549. 

Se  salvó  y  reservó  también  el  mencionado  Abad 
en  esta  transacción,  concordia  v  nueva  concesión 
IsLS  JiíFÍsdiccíones,  Declinas,  y  Primicias  de 
dichas  montañas,  y  términos,  quedando  aquellas 
siempre  suyas  y  de  sus  successores  en  la  digni- 
dad Abbacial  y  assi  mismo  se  reservó  todo  quan- 
to  le  era  favorable  en  el  precitado  establecimien- 
to y  contrato  emphiteutico  otorgado  en  el  año 
1549. 

Igualmente  fué  estipulado,    que   se   rescrvava 


niíSALÚ.  125 

|):ii'a  sí  y  sus  siKrc.essoi'íís  m  la  Abadía,  la  Dircc- 
1(1  \  Alodial  Scñorid  ('w  todos  tfírcios,  laiidr- 
iiiius,  foriscapios,  y  domas  (Iimm'Iios  pcrtciKM'iíüi- 
tes  al  directo,  y  olodial  doiuiíiio,  y  con  todos  es- 
tos pactos,  reservas,  y  condiciones  aceptaron  los 
antedichos  Antonio  Batlla  y  .lacintlio  (¡nantíu*  y 
Trobat  la  diclia  confirniacion,  ratilicacion,  á  nuc- 
ya  concession,  como  por  extenso  es  de  ver  del 
auto,  ó  instrumento  recivido  en  poder  del  1).''^  Ja- 
cintlio  Salers  Notario  de  la  villa  de  Besalú  á  los 
3  de  Septiembre  de  1664  que  se  presenta  de  nií- 
mero  4. 

La  parte  y  porción  de  Jacintlio  Uuanter  y  Tro- 
bat ([ue  es  la  que  escogió  y  reservó  para  sí  Juan 
Riusecli  como  queda  dicho  en  el  numero  7.  lla- 
mada Fvexa  y  Fvcxanet  la  tiene,  y  posehe  hoy 
en  día  y  de  muchos  años  á  esta  parte  M.^  Cre- 
madells  vecino  del  lugar  de  San  Lorenzo  de  Cer- 
das en  el  Rosellon  Reyno  de  Francia  por  venta 
que  le  hizieron  los  successores  de  dicho  Guanter 
y  actualmente  está  pendiente  pleito  en  la  Real 
Audiencia  de  Catalun^'a  entre  el  Heredero  de 
Guanter  de  una  y  el  referido  Mj  Cremadells  de 
parte  otra,  pretendiendo  aquel,  que  seria  nulla  la 
enagenacion  respecto  que  estarla  la  expressada 
parte  y  porción  sujeta  á  fideicomisso. 

El  referido  M.^'  Cremadells  como  á  posessor  de 
dicho  terreno,  y  drecho  de  pacer,  ha  siempre,  é 
igualmente  que  antes  sus  predecessores  herede- 
ros de  dicho  Jacintho  Guanter  pagado  la  mitad 
del  censo,  ó  canon  de  les  25  doblones,  como  en  el 
dia  lo  paga  al  Abad  de  Besalú  en  fuerza  de  la 
mencionada  concordia  y  nueva  concession  del 
año  de  1664. 


]'26  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

La  otra  parte  y  porción  iioin1)rada  la  montaña 
de  Colera  sita  en  la  Parroquia  de  San  Quirze  de 
Colera  y  su  termino  que  se  dio  y  de  que  hizo 
participe  Juan  Riusecli  á  Francisco  Ferrer  del  lu- 
gar de  (Jarriguella  y  que  en  tiempo  de  la  men- 
cionada concordia  tenía  y  poseliía  Antonio  Batlla 
labrador  del  Vecindad  de  Novas  parroquia  de 
Garriguella,  la  tienen  y  poselien  hoy  en  dia  Isi- 
dro Forran,  y  Antonio  Ferran  Ferrer  y  Batlla  pa- 
dre, é  hijo  en  nombre  de  usufructuario  y  herede- 
ro universal  respectivamente  de  Cathalina  Ferran 
Ferrer  y  Batlla  consorte  y  madre  respectivamen- 
te de  los  dichos  Isidro  y  Antonio  Ferran  y  des- 
condiente  y  heredera  de  los  antedichos  Francisco 
Ferrer  y  Antonio  Batlla;  y  esta  porción  y  parte 
es  el  termino  llamado  de  Colera,  donde  propo- 
nen formar  la  población  Isidro  Ferran  y  los  dos 
hermanos  D.  Ventura  y  D.  Joseph  de  San  Genis, 
y  donde  ahun  se  hallan  los  edificios  de  la  iglesia 
antigua  de  San  Miguel  de  Colera  que  se  men- 
ciona en  el  establecimiento,  ó  contrato  emphiteu- 
tico  de  1549. 

En  reconocimiento  del  dominio  directo  reser- 
vado en  los  referidos  instrumentos  de  1549  y  1664 
han  siempre  percivido  y  actualmente  recivenhoy 
en  el  dia  los  Abades  del  Real  monasterio  de  San 
Pedro  de  Bcsahi  el  aiiniio  canon  ó  censo  del  mis- 
mo Isidro  Ferran,  como  es  bien  público  y  notorio 
y  constante  por  dos  cartas  de  pago  que  en  su  pre- 
sencia otorgó  á  su  favor  el  l)r.  Fr.  Ramón  Sans 
en  nombre  del  Sr.  1).  Fr.  Antonio  de  Ameller 
Abad  de  Besalií  á  los  28  de  Enero  y  8  de  Marzo 
de  1746  en  autos  de  !).'•'  Miguel  Berga  Notario 
de  Besalií  cuyas  cartas  de  ])ago  se  presentan  de 
numero  5  y  6. 


mis  A  I.  i'  1v7 

í^*iialni(Mit(^-  (MI  i'wvv'/M  (le  la  i'csorva,  (jue  se  hi- 
zo el  Abad  del  doininio  lleno  de  los  árboles  naci- 
dos, y  naeíHlores  en  todo  el  tíM-reno  de  (pie  boy 
tienen,  y  ])oseen  el  dreelio  de  \)n'/A'v  los  diclios 
MJ  Cremadells,  (S  Isidro  Ferran,  han  siempre  los 
Abades  mantenido,  y  conservado  la  pocessiíjn,  do- 
minio absoluto  de  dicdios  árboles,  y  leña,  conce- 
diendo licencias  para  cortarles  siempre  ([wc,  les 
ha  parecido,  y  vendiendo  leña  en  las  ocasiones, 
que  se  les  han  presentado;  de  manera  que  havien- 
do  acudido  al  tribunal  de  la  Intendencia  del  pre- 
sente Principado  el  susodicho  Isidro  Ferran,  en 
nombre  de  usufructuario  constante  el  matrimonio 
con  su  consorte  Cathalina  Ferran  Ferrer  y  Batlla 
con  el  pretexto  que  seria  dueño  de  una  grande  te- 
nida de  tierra  nombrada  la  montaña  de  Colera 
sita  en  el  termino  de  San  Quirze  de  Colera,  y  que 
de  aquella  los  vecinos  le  romperían  diferentes  ar- 
boles, y  se  le  llevarían  diferentes  frutos,  como  be- 
llotas, olivos,  y  otros,  pidiendo  se  mandase  des- 
pachar y  publicar  bando  y  pregón  en  dicho  ter- 
mino de  San  Quirze  de  Colera,  y  otros  paraque 
baxo  la  pena  en  dicha  petición  expressada  nin- 
guna persona  pudiesse  cortar  árboles,  ni  llevar 
especie  ninguna  de  frutos  ni  apacentar  ganados 
en  dicha  tenida  de  tierra;  y  en  efecto  en  conse- 
quencia  de  la  referida  petición,  fueron  despacha- 
das las  letras  mandatorias  penales  y  pregones  á 
los  25  de  Octubre  de  1754,  haciendo  C(5mmission 
el  Sr.  Intendente  al  Bayle  del  lugar  de  Delfiá, 
paraque  recibieze  las  sumarias  informaciones  de 
las  contravenciones  que  se  hiciessen,  y  hallándo- 
se las  sumarias  en  estado  de  sentencia,  las  remi- 
tiessen  en  manos  de  dicho  Sr.  Intendente:  cuyas 
16— IV. 


128  NOTICIAS  III.SKHIICAS. 


letras  se  publicaron  y  ñrinaron,  á  los  16  Noviem- 
bre del  citado  año  1754,  en  la  plaza  del  citado  lu- 
(i-ar  de  San  Quirzc  de  Colera;  y  visto  por  el  Abad 
de  Bcsalü,  que  el  referido  bando  y  pregón  era 
perjudicial  y  nocivo  á  su  Dignidad  Abbacial  por 
ser  su  obtentor,  Señor,  y  Barón  del  dicho  lugar  y 
termino  de  San  Quirzc  de  Colera,  exerciendo  co- 
mo exerce  la  Jurisdicción  civil  y  criminal,  mero 
y  mixto  imperio,  y  assimismo  por  ser  Dueño  y 
Processor  de  los  árboles  en  dicha  montaña  de  Co- 
lera radicados,  le  fué  indispensable  intentar  el 
juicio  posessorio  sumarissimo  de  ser  mantenido  y 
amparado  en  la  quieta  y  paciñca  posession  seu 
quasi  de  exercer  la  omnímoda  Jurisdicción  en  el 
lugar  y  termino  de  San  Quirzc  de  Colera,  y  en  la 
posession  seu  quasi  de  los  árboles,  que  se  hallan 
plantados  en  la  montaña  nombrada  de  Colera,  é 
igualmente  de  la  leña  que  alli  se  encuentra,  & 
como  en  efecto  lo  intentó,  despachándose  á  su 
instancia  del  citado  tribunal  letras  citatorias,  é 
inibitorias,  y  un  cartel  al  fiscal  de  la  Intendencia; 
c^  y  vistos  los  autos  por  el  Sr.  D.  Juan  Phelipe  de 
Castaños  del  Consejo  de  S.  Magestad  é  Intenden- 
te General  de  este  Exercito  y  Principado  de  Cata- 
lunya de  acuerdo  y  parecer  del  Sr.  I).  Tilomas 
Ma.i  de  Trebijano  y  Samaniego  del  Consejo  de 
Su  Majestad,  su  Fiscal  en  lo  Civil  en  la  Real  Au- 
diencia de  Catalunya  y  Juez  comissionado  en  es- 
ta instancia,  á  los  22  Dicienil)re  1704  fue  declara- 
do que  devia  proveer  y  mandar,  como  proveyó,  y 
mand('),  (jue  dicho  Abad  y  Real  Monasterio  fuesse 
mantenido  y  amparado  en  la  quieta  y  paciñca  po- 
session, seu  ([uasi  del  exercicio  de  la  omnímoda 
Jurisdicción  del  dicho   lugar   de    San   Quirze   de 


HKSAi.r.  120 

Colí^ni  y  asi  mismo  n  la  ])()SOssi()n  snu  (pinsi  (U\ 
todo  <^'(Wi(M*()  (!(»  nrhoUis  sin  (listiintion  ([wo  se  ha- 
llan en  dicha  moiilanya  ár.  Colera  y  de  su  Iríia, 
niaiidando  al  (wprossado  Isidro  K(M*raii,  í\\\í\  so 
absten^'a  de  inolrstarlc  por  pi'clívxtc  al^anio  ^, 
como  ((ulo  parece  (\{'  la  sentencia  ([ue  so  i)resenta 
de  nnin(M'o  7. 

Kl  mismo  Sr.  1).  Juan  Pholipe  do  (.'astarios&  de 
acuerdo  y  ])arec(U'  (hd  Sr.  I).  Jacintho  de  'YwiV) 
del  Consejo  de  su  ^Magostad  en  la  Real  Audiencia 
c^  en  causa  de  suplicación  á  los  80  de  Junio  de 
17()(),  sent.''  declaró,  y  pronunció  que  fué  ])ien  y 
jurídicamente  pro  vellido  y  declarado  con  dicha 
provisión  á  qna  de  'i2  Diciembre  de  1764  y  que 
fue  malam.'e  sup.'i'>por  parte  del  mencionado  Isi- 
dro Ferran,  al  (jual  condenó  a  costas,  como  todo 
parece  de  la  sentencia  que  se  presenta  de  nume- 
ro 8. 

A  los  8  de  Noviembre  de  1766  en  virtud  de  es- 
tos Juzgados  por  el  comissionado  del  Sr.  Inten- 
dente el  Abad  de  Besalú  por  medio  de  su  procu- 
rador fue  puesto  en  pocession  de  toda  la  especie 
de  árboles  y  leña  sin  distinción  de  la  montaña  de 
Colera  sita  en  el  termino  de  San  Quirze  de  Cole- 
ra, como  por  extenso  consta  del  auto  pocessorio 
dado  por  Vicente  Simón  escrivano  público  Real 
de  Barcelona  y  mayor  de  la  Intendencia  que  es 
signado  de  número  9. 

De  los  Juzgados  referidos  en  los  números  16  y 
17  en  quanto  á  los  árboles  y  leña  no  solo  apelló 
al  Real  Supremo  Consejo  de  Hacienda,  si  que 
también  rehusó  pagar  al  Abad  el  ánnuo  canon  de 
los  do.-^e  doblones  y  medio,  por  lo  que  fue  preciso 
al  Abad  convenirlo  en   el  tribunal   ordinario   de 


130  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 


Castellón  de  Ampurias  y  i)eiidientes  estos  pley- 
tos,  concordó  el  mencionado  Abad  en  unión  y 
consentimiento  del  Cabildo  de  Mong-es  con  Isidro 
y  Antonio  Ferran  padre  é  hijo,  como  á  dueños 
patrimoniales  del  dominio  útil  de  la  montaña  de 
Colera,  otorgando  escritura  de  concordia  en  la 
\illa  de  Besalii  á  los  10  de  Febrero  de  1768  por 
ante  Manuel  Antentas  Notario  Heal  y  público  c\: 
de  dicha  villa  y  Francisco  Xualart,  Notario  pú- 
blico y  Real  del  CoUegio  de  la  villa  de  Castelló 
de  Ampurias  simul  stipulantes,  en  cuya  concordia 
intervinieron  después  las  solemnidades  y  diligen- 
cias prevenidas  por  el  Real  Consejo  de  la  Cámara 
en  carta  orden  de  25  de  Mayo  año  1768,  y  vistas 
dichas  diligencias  y  concordia,  y  examinada  en 
el  Real  Consejo  de  la  Cámara  con  lo  expuesto  por 
el  Fiscal,  se  digno  S.  M.  como  á  protector  y  Pa- 
trono c|un  es  del  dicho  Real  Monasterio  de  San 
Pedro  de  Besalú,  aprobar  y  confirmar  la  referida 
transacción  y  concordia  expressando:  y  es  mí 
vohuitad  que  la  expresada  transacción  y  con- 
cordia sea  firme  ^  validera  en  todo,  y  por 
todo  segim  y  como  en  ella  se  contiene^  y  man- 
do d  mi  Gobernador  Capitán  general  Re- 
gente y  Audiencia  de  dicho  mi  Principado 
de  Cataluña  &  como  todo  largamente  consta  en 
la  Real  cédula  de  aprobación  fecha  en  San  Ilde- 
fonso a  18  de  Agosto  de  1768,  que  se  presenta  de 
número  10. 

En  esta  transacción  y  concordia,  que  está  in- 
sertada en  la  Real  cédula  de  aprobación  se  reser- 
varon el  Abad  y  Cabildo  de  Monges  el  dominio 
jurisdiccional  y  directo  con  todos  los  derechos 
pertenecientes  á  la  Directa  Señoría.    Se   reserva- 


IIHSALr.  l-'H 

ron  i;4iialiiu'ii(r,  (jiic  le  liiil)irs('ii  de  i);i;j;ii'  liicii  y 
liclincntcí  al  Ahad  (üc/iiios,  y  [iriiiiicias  (1(;  lodos 
^•ranos,  aceite,  uvas,  cera,  miel,  y  de-  todos  los 
demás  frutos  ijue  s(»  co«^'i(»r(Mi  eu  dicha  montaña 
de  ( 'oh'ra  i'i  ra/on  o  ;i  la  cuola  de  doc(i  uno,  ñ 
lina  ([uedaiido  ouze  frauítas  para  (d  (lu(;ño  á  íiu 
de  promovíM'  la  cultura.  Asimismo  se  reserv(')  (d 
Abad  que  se  le  continuase  á  paf^-ir  (d  anuo  (^ánon 
de  las  10  libras  seg'un  la  concordia  de  1004,  ce- 
diendo el  dominio  útil  de  los  árboles  á  los  enun- 
ciados Isidro  y  Antonio  Ferran  padre  é  hijo  y  á 
aquellos  que  obtendrían  subem])liiteuticaci(3n  de 
dichos  padre  é  hijo  Fcrran,  (¿uienes  se  obligaron 
á  reducir  á  cultivo  y  construir  casas  por  sí,  y  por 
otras  personas  subemphiteuticando  y  vendiendo 
porciones  de  tierra  á  este  tin,  todo  el  referido  tér- 
mino ó  montaña  de  Colera,  que  fuese  reducible;  a 
cuyo  efecto  concedió  el  dicho  Abad  como  señor 
directo  la  gracia  de  los  laudemios  ó  tercios,  á  ra- 
zón de  un  sueldo  barcelonés  por  libra  barcelone- 
sa en  la  primera  transportación,  ó  enagenacion. 

Quedó  también  convenido  y  acordado  entre  di- 
chas partes  que  poblándose  dicho  territorio,  se- 
ria necesario  recomponerse  la  antigua  Iglesia  de 
San  Miguel,  ó  bien  edificar  otra  y  en  considera- 
ción de  haber  sido  y  ser  el  dicho  Abad  y  sus  pre- 
decessores  indubitados  parroquianos  de  dicha  pa- 
rroquia de  San  Quirze  de  Colera,  de  cuya  com- 
prehencion  es  el  citado  territorio  ó  montaña  de 
Colera  haya  de  quedar  á  la  dirección  y  disposi- 
ción la  recomposición,  ó  nueva  fábrica  de  dicho 
Abad  y  sus  successores,  no  entendiéndose  por  es- 
ta precissa  obligación  del  susodicho  Abad  y  de 
sus    successores   hacer   dicha    recomposición,    ó 


132  NOTICIAS    HLSTÓUICAS. 


nueva  fabricci  á  sus  costas,  si  solo  contribuyendo 
con  lo  que  le  dictare  la  charidad:  si  em])cro  se 
oblig'í)  el  Abad  cuydar  del  oportuno  pasto  Espiri- 
tual y  poner  en  la  nueva  Ig-lesia  uno  ó  mas  Vica- 
rios seg-un  la  concurrencia  de  felig-ref^ses,  sin  pe- 
dir otra  cosa  que  los  diezmos  y  primicias  y  los 
derechos  parroquiales  estilados  en  las  parroquias 
de  San  Quirze  de  Colera,  como  todo  lo  referido  y 
demás  pactos  y  obligaciones  son  de  ver  en  la  di- 
cha concordia  que  es  en  la  Real  cédula  de  apro- 
vacion. 

En  cumplimiento  de  esta  concordia  los  referi- 
dos padre  é  hijo  Ferran  han  subemphiteuticado 
algunas  tierras  por  casas,  viñas,  olivares,  cam- 
pos, c^  á  diferentes  personas  y  van  cada  dia  su- 
bemphiteuticando  otras,  salvando  en  todo  la  se- 
ñoría directa  para  el  Abad  de  Besalü,  en  todos 
tercios,  laudemios,  y  foriscapios  y  demás  dere- 
reclios  pertenecientes  al  directo,  y  alodial  domi- 
nio y  que  le  pagan  diezmos  y  primicias  de  todos 
frutos  á  la  quota  convenida  en  la  precitada  con- 
cordia, como  es  de  ver  de  la  concession  subem- 
phiteutica  que  hicieron  á  fivor  de  don  Buenaven- 
tura Sangenís  ii  los  19  de  Abril  de  1769,  ante  el 
D.^'^  Francisco  Xualart,  Notario  de  Castelló  de 
Ampurias,  que  va  de  número  11. 

Por  fin,  en  prueva  y  justificación  del  dominio 
directo  á  favor  del  Abad,  se  presenta  una  provi- 
sión y  declaración  del  Real  Senado  de  Cataluña 
dada  á  los  13  de  Julio  1699,  con  la  que  fue  prove- 
hido  y  declarado  que  el  venerable  don  Francisco 
Antonio  de  Planella  Abad  de  Besalü  de  vía  ser 
mantenido  y  conservado  en  la  posession  sen  qua- 
si  de   conceder  inemphíteusim   qualesquier  tie- 


m;s\M'i.  \'V'l 

rnis,  mansos  (hMTuidos  y  propiíMlndcs  situados 
dentro  los  (M)nlin(ís  del  {('rinino  dr  San  í)\i\v'/a'. 
de  ('ol(U*a  vacantes,  (')  no  (ístal)l(Mñdos,  ó  con- 
eedidos  inenij)hiteusini  por  sus  príidecessoríís 
Abades,  é  i<^'ualinent(í  de  dar  faeultad  de  pazer  (') 
arrendar  las  hiervas  no  solo  á  los  partic^ulares  de 
aquel  termino,  sino  también  á  los  estrangeros  & 
como  en  efecto  se  mand(')  (|ue  fuesse  assi  mante- 
nido y  conservado;  y  haviendo  suplicado  de  di- 
cha provission  y  declaración  el  síndico  de  la 
Universidad  de  dicho  lug-ar  y  término  y  sus  i)ar- 
ticulares,  fue  conñrmada  dicha  provisión  á  qtta 
y  declarado:  Que  los  referidos  síndicos  y  particu- 
lares havian  malamente  suplicado,  como  parece 
de  los  autos  que  se  presentan  de  número  12. 

Los  títulos  de  pertenencia  que  tiene  el  susodi- 
cho x\bad  del  dominio  jurisdiccional  en  el  expre- 
sado término  de  Colera,  á  mas  de  los  que  incidin- 
tamente  se  han  mencionado  en  los  números  6, 
10,  16,  17  y  20  de  este  escrito,  son,  en  primer  lu- 
gar el  auto  de  venta  que  á  los  quatro  de  los  Idus 
de  Enero  1255,  otorgó  Poncio  Hugo  conde  de 
Ampurias  á  favor  del  Abad  y  Monges  del  Monas- 
terio de  San  Quirze  de  Colera  de  todos  los  man- 
sos, tierras,  censos,  y  demás  derechos  que  tenía 
en  la  valle  y  parroquia  de  San  Quirze  de  Colera 
sin  otra  reserva,  que  las  justicias  de  sangre,  co- 
mo es  de  ver  del  instrumento  que  va  signado  de 
número  13. 

En  segundo  lugar  el  instrumento  de  aprova- 
cion,  ratificación  y  confirmación  que  á  los  2  de 
los  Idus  de  Enero  de  1264,  hizo  Hugo  hijo  del  ex- 
presado Poncio  Hugo  pro  franco  alodio  de  todo 
lo  mencionado  en  el  inmediato  número  que  ante- 


li>4  NOTICIAS    111ST()UK*AS. 


cede,  y  en  (juanto  menester  fuese  se  dio  al  Abad 
y  monasterio  las  acciones  que  pudiesen  pertene- 
cerle  en  el  dicho  término  y  parroquia  de  San 
Quirzt^  de  Colera,  como  consta  del  auto  de  núme- 
ro 14. 

En  tercero  lug-ar;  otra  escritura  otorg-ada  á  las 
kalendas  de  Diciembre  de  l*i70,  por  el  mismo 
Hug-o  conde  de  Ampurias  con  lo  qual  decían') 
que  el  conde  de  Ampurias  no  tenia  jurisdicción 
alg-una  en  la  Valle  y  parrroquia  de  San  Quirze  de 
Colera  y  sus  términos,  si  solo  en  los  casos  de  de- 
lito de  muerte  (3  mutilación  y  ([uo  la  demás  juris- 
dicción era  propia  y  peculiar  del  Abad  y  Mong-es 
de  San  (x)uirze,  y  en  quanto  necesario  fuesse  ha- 
zla donación  de  ella  con  toda  plenitud  de  dere- 
chos á  los  expressados  Abad  y  Monges  prome- 
tiendo no  contravenir  á  ello  baxo  la  pena  conte- 
nida en  dicha  escritura  de  declaración,  y  dona- 
ción que  va  de  número  15. 

En  quarto  lugar;  otro  instrumento  dado  á  los 
(|uatro  de  los  Idus  de  Octubre  de  1303,  por  el 
qual  Poncio  Hugo  conde  de  Ampurias  sabiendo, 
atendiendo,  y  confessando  que  el  Abad  de  San 
Quirze  y  sus  antecessores  Abades  exercían  la  ju- 
risdicción civil  y  criminal  en  la  valle  de  Colera  y 
en  todo  el  término  y  parroquia  de  San  Quirze  de 
Coh'u'a  en  fuerza  de  venta  y  donaciones  otorga- 
das por  sus  predecessores,  vino  en  confirmar  y 
ratificar  dicha  venta  y  donaciones,  declarando  é 
individuando  los  casos  en  que  })ertenecía  la  juris- 
dicción criminal  y  punición  de  delitos  á  los  refe- 
ridos Abad  y  míjnastcrio  y  assimismo  (jue  para  el 
exercicio  de  dicha  jurisdicción  podia  el  Abad  te- 
ner castillo  en  el  referido  término  y  i)arroquia  de 


HUSALlí.  135 

San  (vhiir/c,  rnnn)  todo  es  coiistMiilc  dnl  (;iimi- 
(íiíulo  iiistriiinouto  ([uc  s<'-  i)r(»scnta  ái\  miriKi- 
ro  1(). 

Mil  (|u¡üto  Iw^wv  \\c\u)  el  Al)a(l  do  Besiilii  <'l  tí- 
tulo (le  la  inmediata  pocessioii  sen  ([uasi  de  cxer- 
cer  la  jurisdicción  civil  y  criminal,  mero  y  mixto 
imperio  en  la  montaña  y  valle  de  ('olera,  y  en  to- 
do el  lu^-ar  y  término  de  San  Quirze  noml)rando 
bayle,  haciéndose  los  pre^-ones,  peñorios,  ])andos, 
estionas  y  mandatos  de  orden  y  parte  de  los  Aba- 
des, conu)  parece  de  los  registros  de  la  curia  de 
dicho  lugar  de  San  Quirze  y  en  prueva  y  justifi- 
cación de  lo  referido  se  presentan  los  pregones, 
(j[ue  en  la  plaza  pública  del  lugar  de  San  Quirze 
de  Colera  se  hicieron  de  parte  y  orden  del  Sr.  don 
Fr.  Antonio  de  Planella  Abad  de  Besalii  por  Pe- 
dro ^lartin  Serra  pregonero  público  &  preleyendo 
el  substituto  del  D.  Eliseo  Oliva  notario  público  y 
escribano  de  la  curia  de  los  lugares  de  San  Quir- 
ze de  Colera,  y  Mollet  á  los  16  Agosto  1701,  y 
estos  pregones  no  solo  pruevan  la  posession  seu 
quasi  del  exercicio  de  la  jurisdicción  que  tiene  el 
mencionado  Abad  en  la  montaña  de  Colera  y  en 
todo  el  lugar  y  termino  de  San  Quirze,  sino  tam- 
bién la  pocession  del  derecho  de  la  lenya  y  árbor- 
les,  que  en  la  concession  emphitéutica  referida 
en  el  número  6  se  reservó  para  sí  y  sus  successo- 
res,  porque  en  dichos  pregones  se  halla  el  ítem 
siguiente.  ítem  que  ninguna  persona  gose,  ni 
presumesca  fer  llenya  en  las  montanyas  de  Port- 
bou,  las  Portas,  Colera,  Frexa,  Frexanety  Grabet 
sots  pena  y  ban  de  tres  Iliuras  barcelonesas  apii- 
cadora  dita  pena,  com  dalt  está  dit,  sens  expressa 
Ilicencia  de  dit  Sr.  Abad   6    de   son   Pror:    Como 

17— VI. 


V.]ñ  NOTICIAS    IIISTÓUICAS. 

larg'amcnte  consta  de  dichos  pregones  que  van 
si<i'iiados  de  número  17. 

I<4'ualinente  se  presenta  el  cei-tiñcado  de  nom- 
bramiento d«}  Bayle  hecho  por  el  Abad  de  Besalii 
como  Sr.  Jurisdiccional  del  lugar  y  término  de 
San  Quirze  de  Colera  en  persona  de  Paulino  Xou- 
vilas  aprovado  por  Su  Excelencia  y  Real  Audien- 
cia para  el  uso  y  exercicio  de  dicho  otíicio  de 
Bayle  del  referido  lugar  y  término  en  los  años  de 
1751  y  1752,  que  va  dicha  certiñcacion  signada 
de  número  18. 

Por  fin  corrobora  y  esfuerza  la  sobredicha  po- 
cession  seu  quasi  la  provisión  y  declaración  de  la 
omnímoda  Jurisdicción  á  favor  de  dicho  Abad, 
dada  por  el  tribunal  de  la  Intendencia  de  este 
principado  á  los  '22  de  diciembre  1764,  á  cuya 
provicion  y  declaración  no  se  contradi xo  por  par- 
te de  Isidro  Ferran,  ni  por  el  Fiscal  si  bien  que 
suplicó  aquel  sobre  el  dominio  i'itil  de  cierta  es- 
pecie de  árboles  y  fue  en  la  instancia  de  suplica- 
ción confirmada  la  provisión  d  qtia  y  declarada 
la  pocession  seu  ([uasi  de  todo  género  de  árboles 
sin  distinción  (|ue  se  hallen  en  dicha  montaña  de 
Colera  á  favor  del  Abad,  como  es  de  ver  de  las 
citadas  provisiones  y  declaraciones  ])resentadas  y 
signadas  de  número  7  y  8  y  mencionadas  en  los 
números  IG  y  17  marginales  de  este  escrito.  Da- 
do en  el  real  Monasterio  de  San  Pedro  de  la  villa 
de  Besalú  á  los  10  del  mes  de  Abril  del  presente 
año  1771. — Por  mí  1).  Fr.  Anselmo  Rubio,  Abad 
del  predicho  Monasterio.» 


^ 


íaa[HÍaQ(yíaa[HÍa[D[yíaacliaD[HiascííaQ(HÍaDiH 

iMÍiJi¡!MÍij¡¡i:'i;ii¡iiiMÍJi¡ii;-iiijjii-iiij¡iii'iiiii¡i''M;jj¡i;.M;ii¡i;;.  '|||ím';i|íjj;:';í|||im';i¡|||;:'<i¡|ji>"mí|p;>mií¡ííí>'mjjp;..;,,||,,. 

(Adición  al  lomo  11^  ri\[i  ML) 

PI^IORES 
de  Santa  fTlanía  de  Bésala. 

Salvador  Olmi. 

(1:30:)) 

Hemos  venido  en  conocimiento  de  este  Prior  de 
Santa  María  de  Besalii  por  una  escritura  de  reco- 
nocimiento hecha  por  dicho  Prior  á  Pedro  de  San- 
ta María,  y  que  copiada  á  la  letra  dice  así: 

«Auno  a  Nati  vítate  Domini  1355 

Decima  octava  die  inensis  febrítarii 
Salvator  Oliuii  Decretonim  Doctor  Prior 
nionasterii  Be  ate  Mari  a  de  infra  castriim 
hisnldiini  ex  certa  scientia  confite  mus  et 
veritate  fó  volúntate  y)  recocnoscimits  vobis 
Petro  de  Santa  María  filio  et  heredi  iini- 
versali  venerabilis  Petví  de  Santa  María 
qiiondam  de  BisiUdiino  qiiod  per  vos  nobís 
plene  et  integre  satisfactiun  íisqiie  ad  hac 
presentí  die  de  omní  censí  qiieni  nobís  ra- 
tione  dícti  prior atns  facitis  per  quibiisciun- 
qne  bonis  vestris.  Et  ideo  renuntiando  ex- 
ceptioní  dicte  satísfactionís  non  habítate  et 


\:\H  NOTICIAS  HIST(')UI(  AS, 


non  recepte  et  dolí.  De  onuiibns  et  siiigiilis 
ceiisibns  díctis  qiiod  iiobis  et  dicto  prior atiis 
facitis  et  qitod  nobis  debitiset  so  tus  iisque  ad 
liac  presenti  die  vos  et  onuiia  bonavestraab- 
sotviíJins^  salvo  Jure  iiostro  iii  ceusibiis  fa- 
ciendis.  Actiini  bisiilduni  test  i  bus  Beniardus 
Ptontii  Pbr.  Bisiddiini  et  P.  de  Plontii.» 

Fr.  Jaime  Pons. 

(1020) 

Era  natural  de  Vilasar,  obispado  de  Barcelona, 
y  monje  del  convento  de  Ntra.  Sra.  del  Pilar  de 
la  ciudad  de  Gerona,  cuando  fué  electo  por  Prior 
del  monasterio  de  Santa  María  de  Besalü.  Murió 
en  el  año  1020  (1). 

Francisco  Avinyó. 

(1030) 

Hemos  encontrado  noticia  de  dicho  Prior  en  una 
escritura  autorizada  por  el  notario  de  Besalü  don 
Miguel  Subirás,  de  fecha  O  de  Mayo  de  1030,  que 
es  una  prestaci(3n  de  juramento  y  homenaje  he- 
cha por  Miguel  Casellas  por  varias  tierras  (¿ue 
poseía,  según  ])revenía  la  sentencia  arbitral  dada 
por  el  rey  D.  Fernando  el  Católico,  en  21  de 
Abril  del  año  1480,  entre  señores  y  i)ayeses  de 
remensa,  en  su  capítulo  7.°  Consta  en  la  misma 
escritura  que  él  hizo  dicha  prestación  al  mencio- 
nado Prior  y  dentro  el  priorato  de  Santa   María, 


(1)  Fr.  José  Massot.  Compendio  hislorial  de  la  Oulcn  de 
nuestro  padre  San  Agustín,  plantado  en  el  Principado  de  Cata- 
luña, páii.  ISI . 


situado  (le])njo  dol  rastillo,    y    á    ruya    i^'lcsia    la. 
llama  scM'-ular  y  rolcí^'iatii  />.  Alaria'  [\). 

Dr.  Baltasar  Descatllar  y  Bonaselva. 

(17:33) 

Nos  da  noticia  dr  diclio  Prior  ol  doriiiiiento  ([ue 
insertaiuos  ú  contiiiuaciíin,  encoiitrado  debajo  de 
la  tarima  y  asiento  del  org'anista,  al  reeom|)oner 
el  (h'gano  de  la  parroquial  igdesia  de  San  Vicente 
de  Besali'i,  antiguamente  dependiente  de  la  de 
Santa  María.  Dicho  documento  se  encontró  arro- 
llado con  un  pedazo  de  perg-amino,  el  cual  so  co- 
locó de  nuevo  en  el  mismo  lug'ar;  pero  tomó  co- 
pia mi  distinguido  é  ilustrado  amigo  1).  Joat^iín 
Matas^  notario  de  dicha  villa,  á  cuya  galantería 
debo  el  poder  publicarlo.  Dice  así  el  documento, 
notable  por  los  datos  de  interés  local  que  de  su 
lectura  se  desprenden: 

«  Vuy  que  comptam  ais  xíj  del  mes  de  Agost 
del  any  de  la  Nativitat  del  Sor  lesuchrist  de 
mil  set  cents  trenta  y  tres  trovantse  Ohrers 
déla  Obra  de  la present  Iglesia  de  Sant  Vi- 
cents  de  la  present  Vita  de  Besalú  Lo  Rve- 
rent  Josep  Puginra  y  Massid  Pvre  y  Canon- 
ge  de  la  Iglesia  de  Sta  Alaria  baix  castell 
de  dita  present  vita  de  Besalú  y  Beneficiat 
de  dita  Iglesia  de  St  Vicents  ,  lo  D.  Miqnel 
Berga  Notari  piihlich  de  dita  vita  y  Cebrid 
Guell  pages  de  la  mateixa  vil  a  se  ha  comen- 
sal a  posar  la  present  orga  en  dita  Iglesia 
de  Sant  Vicens.  La  manifainria  del   qiial  ha 


(1)    Archivo  (le  casa  Caulas  de  Besalú. 


140  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 

costat  sis  ceiitas  tventa  set  Uinvas  den  soiis  , 
moneda  barcelonesa  ,  ademes  de  las  cuals  se 
ha  donat  la  d espíala  del  orga  bell  á  Anión 
Bnscd  ,  fado  y  de  orgas  de  la  cíutat  de  Bar- 
celona qui  lia  trevallat  y  posat  aqnell.  Y  se 
Jia  acabat  de  posar  lo  die  vnyl  de  octubre  de 
dit  any  1733  ,  ademes  de  las  qnals  637  íí 
10  *}  ha  costat  mías  cent  seixanta  llinras  mes 
per  los  jomáis  de  fiister,  mestres  de  casas  y 
ferramenta  que  no  anava  compres  ab  la  ma- 
nifaturia  del  dit  orga.  No  obstan  de  haberse 
ahorrat  lo  gasto  de  la  vida  de  Francisco 
Saguí  fadrí  fuster  de  dita  ciutat  de  Barcelo- 
na qid  ha  treballat  la  fusta  del  dit  orga  en 
la  present  vila ,  per  haber  anal  aquell  á  men- 
jar  en  differents  casas  de  dita  present  vila. 
En  la  manifaturia  del  qual  orga  los  magni- 
fichs  Sors  Regidors  de  dita  present  vila  no 
han  volgut  donar  cosa  alguna  y  de  fornm 
que  es  estat  precis  d  dits  obrers  per  poder 
pagar  y  satisfer  la  manifaturia  del  dit 
orga  vendré r  y  cedir  differents  censáis  es- 
pectants  d  dita  obra;  si  sois  la  Rnt  Conmjii- 
tat  de  Prever  es  de  dita  Iglesia  de  Sant  Vi- 
cens  y  per  ella  lo  Ilustre  y  Molt  R}it  Sor  D" 
Balthezar  Descatllar  y  de  Bonaselva,  Q.  D. 
D''  Preveré  y  Prior  de  dita  Iglesia  de  Sta 
Mari  a  y  Capellá  Major  de  dita  Iglesia  de 
St  Vicens^  los  Pnts  Benet  Vila,  Sebastid 
Ciará  Domers,  Pe  re  Feliu  sachrista,  Joan 
Oliveda  di  acá,  Joseph  Pujol  ar,  lo  dit  Jo- 
sephPiigiuray  Massid,  Isidro  CasarramoíUí, 
Francisco  Blandí,  Esteve  Brugada,  Fran- 
cisco Ca  sel  I  as,  Jaume  Pujol,  Joseph  Cullell^ 


iti:sAi,(i 


II 


Joan  Bnptísta  Jiffycu  y  Joan  Pu jalar ,  fots 
J^rci'rrcs,  y  /u'nr/ic/aís  de  ilila  iglesia,  ijiti 
¡lan  donat  per  ajudar  á  pairar  la  DKaiiJdln- 
n'a  del  dit  oví^a  Ircnla  Iliuras  )nojicda  bar- 
ccloucsa.    lol  per  lacnioria. 

Se  íioía  com  lo  aiiy  17 ^V2  se  fea  lo  0}\^d 
del  Monestir  de  Sant  Fere  de  la  presen  vi  la. 
Costa  de  la  )Jiaia'feturia  del  aiateix  Antón 
Busea  unas  850  ii.  barcelonesas. 

Ita  est — Micluel  Berga  not arias  Regias  el 
pnblicus  do  ni  i  ñas  id  i  lis  et  propietarias  No- 
tarice  publicce  hujusccc  Monasterii  Sti  Petri 
villa  Bisaldnni  et  operarlas  de  presentí  dic- 
tce  o  pene.» 


mmmmmmmmímmm 


■"iji iJM""MÍi MJi i|ii""MÍi iii""ii|i iiiP'"iiiiii"'MJi¡i¡¡'M¡jJM.M|Ji|,iM;ijj¡i;;;;i¡jj¡;;;;ijj¡¡i..;¡¡i¡¡;;;ii¡j¡¡;; 


Adiciones  al  tomo  IlL 


Barones  de  Santa  Paa. 


Berenguer  I. 

(1380) 

Heredó  Berciiguei'  la  señoría  de  la  Clusa  allá 
por  los  años  1380,  seg'iíii  dice  uno  de  sus  descen- 
dientes, como  á  legítimo  sucesor  de  Blanca,  hija 
V  heredera  de  Poncio  de  la  Clusa.  Con  fecha  18 
de  Septiemhre  del  año  1381,  el  Infante  1).  Juan, 
hijo  y  lugarteniente  del  rey  D.  Pedro  de  Aragón, 
vendió  á  Berenguer  en  franco  alodio  el  mero  y 
mixto  imperio,  con  la  jurisdicción  alta  y  haja  y 
con  todos  los  demás  derechos  que  el  Rey  pudiese 
tener  en  el  lugar  y  territorio  de  la  Clusa,  que  le 
pertenecía,  con  excepción  del  castillo  situado  en 
dicho  lugar:  In  loco  et  terniinis  de  la  Cltisa 
quod  cst  vcstri ,  dciiipio  castro  sen  fortiUidi- 
ne  in  dicto  loco  de  la  Clusa  si  tí  tato  (1). 

Con  fecha  14  I)icieml)re  del  año  1400,  el  rey  de 
Aragón  D.  Martín  concedió  á  Berenguer  el  dere- 
cho de  portazgo  en  la  Clusa.  «  Considerando,   di- 


(I)     Archivos  (Jcparlumeiilulos  de  Püipifuiii.  B.  I  \i.  I."3i. 


SAiSiTA   1»AI  .  W^ 


ce  el  Key,  <|in'  |>;ir:i  «'\  itar  los  <_;r;ni<l<'s  danos  (•  iii 
coinodidadcs  ;i  las  jxírsouas  ((iic  pasan  poi*  el  co- 
Ihido  d(d  Portiis,  á  cansa  del  mal  estado  de  los 
eaniiiios,  y  j)ara  facilitar  la  ida  y  vuelta  de  los 
([uc  atraviesan  el  territorio  dr  la  ('lusa,  el  caba- 
llero l^ereiig"U(n'  de  Onis  lia  t(ínido  ((ue  Inu^er 
í^'raudes  ^-astos.  tanto  j)ara  construir  y  entrete- 
ner un  puente  (|ue  facilitase  el  |)asa¡e  á  los  viaje- 
rus,  le  autorizamos  para  (jue  pueda  })ercibir  un 
derecho  de  barra  sobre  todos  los  (|ue  ])asen  por 
dicho  camino  del  castilllo  y  lugar  de  la  (.'lu- 
sa»  (1). 

El  rey  D.  Alfonso  de  Arag-ón,  en  carta  techada 
en  el  cam])o  de  Augliólio  (Ñapóles),  con  fecha  16 
Mayo  del  año  1440,  teniendo  en  cuenta  los  gran- 
des gastos  que  para  la  construcción  de  los  puen- 
tes de  la  carretera  que  pasa  por  el  lugar  y  casti- 
llo de  la  Clusa  había  hecho  su  consejero  Beren- 
guer  de  Oms,  gobernador  del  reino  de  Mallorca  y 
señor  de  la  Clusa,  le  autorizaba  para  que  pudiese 
cobrar  un  derecho  de  portazgo  sobre  todos  los  pa- 
sajeros que  pasasen  por  dicha  carretera,  consis- 
tente en  un  dinero  por  cada  hombre  á  caballo,  ó 
conduciendo  un  animal  carn'ado  ó  no.  v  un  óbolo 
por  cada  pasajero. 

Gruillermo  de  Oms. 

(1510) 

Al  escribir  las  Noticias  Jiistóricas  de  Santa 
Pan,  no  encontramos  datos  de  dicho  Barón  más 
que  hasta  el  año  1503:  pero  Mr.  Alart.  ensusA^í?- 


(I)     Procuración  real.  Registro  XXXI.  páu.  U'l. 
18— VI. 


144  NOTICIAS  HISTÓRICAS. 

tices  ¡listó n'giícs  sur  les  comimuies  del  Roitssi- 
llojí,  nos  da  á  conocei*  que  aun  vivía  Guillermo 
en  el  año  1510,  puesto  que,  con  fecha  20  de  Ju- 
nio del  mencionado  año,  el  rey  1).  Fernando  el 
Católico  le  concedií)  privile<4'io  de  poder  vedar, 
para  defender  la  caza  y  pesca,  todo  el  territorio 
de  la  Clusa  y  baronía  de  Montesquíu. 

Berenguer  IV. 

(1640) 

Dicho  Barón  existía  aún  en  el  año  1G4(),  pues 
con  fecha  23  de  Junio  del  mencionado  año,  es- 
cribió desde  Barcelona  á  S.  M.  el  Rey  la  siguien- 
te carta  acerca  de  los  alborotos  de  Perpiñán: 

«Señor. — El  l)u(|ue  de  Cardona  a  ya  dado  cuen- 
ta á  y.  M.'^  cómo  se  yua  a  componer  los  alborotos 
de  Perpiñán,  que  son  tales  que  acá  a  passado  la 
palabra  que  la  artillería  del  Castillo  abria  assola- 
do  aquella  villa,  y  del  Ampurdan  y  de  la  villa  de 
Ceret  a  anido  cartas  de  quán  apretadas  estañan 
las  cosas  por  allá  y  cómo  los  desta  ciudad  tienen 
tanto  interés  en  la  conseruacion  de  aquella  villa 
y  ser  grande  seruicio  de  V.  Mag.^^conserualla,  a 
parecido  deuia  el  Duque  acudir  con  su  persona 
adonde  se  hallaua  el  mayor  peligro,  y  aunque 
con  mucha  falta  de  salud  se  puso  en  una  litera 
ayer  por  la  mañana,  siguiéndole  después  el  Con- 
seller  en  Cap  y  á  la  tarde  el  Diputado  militar,  y 
oy  se  van  tras  el  Duque  los  Obispos  de  Vi({ue  y 
Urgel,  ({ue  en  esta  ocasión  son  muy  á  propósito 
para  valerse  de  su  autoridad  y  su  consejo;  á  (|ue- 
rido  el  Duque  que  yo  quedasse  en  en  este  lugar 
por  su  Teniente  a  tiem])o  ([ue  pensaua  irme   con 


SANTA    PAL.  145 


mi  Clisa  11  Sania  Pan,  dcsdií  adonde,  no  hnnicran 
íaltiido  ociisioiM's  de  scrnii*  ;i  \  .  M.  (|ni(''i  con  más 
(jiiiotnd  (|nc  |)oi'  ac;'i:  en  (inal(iniri-  parle  sal)i*('' 
a\'(Mitui*ai*  mi  persona  y  mi  casa  en  scnaiicio  de 
V.  Ma<j;-.'l  como  d(nu),  pues  en  (dio  esti'ihii  mi  ma- 
vor  interés.  I í nardo  Dios  ;i  \  .  Ma<»"/'  (M)mo  la 
Cliristiandad  a  menester  y  yo  dezeo.  Barcelona  y 
Junio  :¿l]  de  1()Í0.  --Don  l^ereng'uer  de  Oms  y  de 
Santa  Pan  (1). 

María  Teresa  de  Oms. 

(l()4-2) 

Decíamos  ya,  al  ocuparnos  del  barón  de  Santa 
Pan  Antonio  II,  esposo  de  D.''  María  Teresa  de 
Oms,  que  debió  fallecer  antes  del  año  1G47,  en 
virtud  de  la  concordia  celebrada  por  su  esposa  y 
la  Universidad  de  Santa  Fau;  pero  debía  haber 
fallecido  ya  en  el  año  1642,  pues  á  2  de  Noviem- 
bre de  dicho  año,  Jaime  Frexa,  procurador  de  di- 
cha señora,  tomó  posesión  de  la  señoría  de  la  Clu- 
sa  en  su  nombre.  Mas  como  el  Rosellón  fué  ocu- 
pado por  los  ejércitos  franceses  y  como  la  familia 
de  Oms,  patriotas  como  siempre,  se  habían  decla- 
rado en  favor  de  España,  les  fueron  confiscados 
todos  los  bienes  que  poseían  en  el  Rosellón,  en 
la  insurrección  del  año  1652.  Los  señoríos  de 
Montesquíu  y  de  la  Clusa,  pertenecientes  á  dicha 
familia,  fueron  cedidos  a  Inés  Dulach,  viuda  de 
Pedro  La  Cavallería,  la  que  tomó  posesión  de  la 
Clusa  en  30  de  Septiembre  del  año  1654. 


(I)    Archivo  ííeneral  de  Simancas,   ycgociado  de   Guerra^ 
legajo  núm,  1 .336. 


146 


NOTÍCIAS    HISTÓRICAS, 


Kii  virtud  del  tratado  do  1(js  Pirineos,  en  el  año 
1  ()()().  la  familia  do  Oins  volvit)  á  rooobrar  sus 
bienes. 

Manuel  de   Oms. 

,1070) 

Sogn'in  acta  firmada  ou  el  lugar  do  Portús,  pa- 
rroquia do  San  Juan  do  Al])era,  de  fecha  8  de 
Septiembre  del  año  1670,  1).  ^lanuel  de  Oras  y  de 
Santa  Pau  vendió  el  castillo  y  lugar  de  Santa 
María  de  la  Clusa  á  Francisco  Puig'  y  Terráts, 
doctor  en  derecho. 


I  □  Qj  ij]  □  Ci  L£]  □  [vJ  LT]  n  Ci  LQ  □  QiHl  D  ÍHHI  □ 


numntmmrmmnmmnm 

:¡ij¡j¡iÍMÍjjjii^;ijjjiin:iiiJ¡i:  ij¡i¡¡;;:;;¡¡¡¡i;:;;jiJ¡.MÍiiiJiiÍMÍii¡¡M.¡i¡j¡¡M:¡ii|iii;:ii¡iJiii^iíjj¡iÍMÍJi¡iiÍM 


Adición  al  tomo  III.  cíip.  Xlll. 
Pmopzs  de  pinestras, 

Bernardo  Esteva. 

(12()()) 

El  prior  más  antiguo  de  Kinestras  de  que  había- 
mos encontrado  noticias  era  Arnaldo,  cuya  exis- 
tencia atestig'uálmmos  en  el  año  1203;  pero  el  do- 
cumento ([ue  copiamos  a  continuación  nos  da  á 
conocer  un  nuevo  Prior  llamado  Bernardo  Esteva 
en  el  año  l'iOO.  Dice  así  el  mencionado  docu- 
mento, que  debemos  á  la  ama])ilidad  del  erudito 
sacerdote  y  amante  de  nuestra  historia  Rdo.  don 
Francisco  Terricabris: 

Sü  notw)i  ciuictís.  Qiiod  cgo  Petriis  Ste- 
phani  et  Gtiillellmiis  de  Roqueta  convenimos 
tibí  Johanni  de  Lauro  et  filio  ttio  Raiinundo 
et  vestris,  honafide,  qiiod  si  aliqno  tempore 
veniret  vovis  aliqnod  dapninn  pro  illa  car- 
ta qna  fuit  facta  inter  te  janí  dictiini  H.  Jo- 
lianneni  de  Lauro  et  nxoreni  tuaní  Erntesen- 
deni,  qiianí  nos  etianí  tenebaimis  in  coman- 
da, totíim  conveninms  vobis  restitnere  per 
nostrnm  (planitnm)?  verbum  sancto  sacra- 
mento. Et  siinititer  promitti/nns  vobis^  bo- 


148  NOTICIAS    HISTÓRICAS. 

)i(i  Ji(Ií\  qitod  si  (iliqíio  Icuipovc  {iii  fuliintuí)? 
carta  invcnivctuv.  quod  ycddaaiits  vobis  ad 
vestniíJi  voliuitatc  ct  de  ¡ion  (feceriíiins)  et 
pvoptcv  Jioc  danipmiiii  vcl  quaiditiii  fcceritis, 
toiiDii  douaiíuis  vobis  ct  assignaiiiiis  in  oui- 
nibus  nostris  rcbíis  in  ave  re  (sic)  et  honore 
(ubique)?  et  de  Jwc  tenere  apud  vos  in  niorte 
et  invita  quisque  nostrwn  prototo.  Et  ego 
Petriis  StepJiani  predictus  in  persona  et  in 
anima  mea  et  dictas  Guillellmus  de  RocJw- 
to  juro  supra  sancta  quatuor  Dei  evangelia 
nostris  propriis  ¡nanibus  Jacta  Jioc  totuní 
vovis  fidetiter  atendere  et  cojnplere  ad  ves- 
tram  voluntatem.  Actum  est  Jioc  XII  kalen- 
das  aprilis  auno  Dominii  M.CCVI  Sig\'num 
Petri  Stephani.  Sig';num  G.  de  Rocheto, 
qui  Jwc  firniamus  et  laudamus.  Sig'\num  Pe- 
tri de  FoscJiis.  Sig'\num  provincialis  et  aba- 
cialis. 

Petriis  de  Sabiana  qui  Jioc  scripsit  die  et 
anuo  quo  supra. 

Bernardus  StepJiani  levita  et  prior  beate 
(M)  de  Fenestris  signo  f. 

Fr.  Pedro. 

(124()) 

De  la  misma  época,  y  anterior  también  á  Ar- 
naldo,  liemos  encontrado  noticia  de  nn  Prior  lla- 
mado Pedro,  el  que  intervino  en  concordar  el  ma- 
trimonio entre  Bernardo  Torrents,  feligrés  suyo, 
y  María  Llor,  de  San  Mi^-uel  d(*  Torn,  con  fecha 
'27  Septiembre  del  año  ]*J4(). 


iDDJHiD[HH]niHH]n[HH]n[HtaD[H"incyH]m[yy]ni 

''i|pi'''''Í|1i'"''i¡¡i'''''¡jii''"¡i¡¡i'''''Íj¡i'"''ÍÍ¡'''"  '¡1'" 


Adición  al  tomo  Y.  cíi]).  IX. 


Al  tratar  en  rl  tomo  \'  de  la  (tasa  reli<^'iosa  dn 
Santa  María  tk'  IMii<^'parcliiias,  monasterio  so^^-lar 
(le  Agustinos  on  el  siglo  XIÍ,  decíamos  (|ue  más 
tarde  perdió  su  independencia  por  haberse  incor- 
porado al  priorato  de  Manlléu,  junto  con  las  iglc^- 
sias  anexas  a  la  misma,  v  nos  confirma  en  núes- 
tra  opini<')n  la  siguiente  escritura  existente  en  el 
archiv(j  parroquial  de  Manllcu: 

«  Die  vcnevis  III  inensis  marciano  douiini 
MCCCCXL  VII 

Jo  en  pere  guillem,  de  parroquia  de  s.  privat 
del  bisbat  de  gerone,  confes  mi  deure  á  vos  reve- 
rent  mossent  gebriel  perets,  prior  de  manleu 
LXIIII  sous  barcelonesos  per  raho  de  blat.  lo 
quall  de  vos  é  agut,  le  quall  quantitat  vos  pro- 
met  de  peguar,  so  es,  la  meytat  en  la  feste  de 
pas([ua  prop  vinent,  é  tot  lo  restant  en  lo  mes 
de  juy  seguent  sots  pena  del  ters  á  requesta  de 
X  dias.  Es  ab  obligado  de  toto  moblens  é  renon- 
ciant  á  mon  prop.i  ffor.  em  somet  á  tfor.  Enquara 
mes  si  despenses  ne  son  fetes,  item  si  trebelar  ne 
conven,  ab  salari  de  V  sous.  ítem  jur  toto  les  co- 
ses fer  é  teñir. 

Testes  mossen  bartomeu  preveré  de  manleu,  mos- 
sen  guillem  seget,  regent  la  vicaria  de  manleu.» 


PENDICE  DE 


\w 


OCUNIENTOS 


I. 


Acta  de  consagración  de  la  iglesia  de  San  Pedro  de 
Camprodón  por  el  obispo  de  Gerona  Servs  Dei, 
en  el  año  904. 


isí  uomine  Düiiiiiii  Dei  eteriii  sub  auno  lucaruatio- 
nis  Domiiii  uostri  Jhesu  Christi  DCCCC.IIII.  indiccio- 
ne  VIL  ipsa  die  V.  kalendas  decembris,  auno  Y.  reg'- 
iiante  Karulo  Reg*e,  ñlio  Leudevici  veniens  vir  reve- 
rentissimus  Servus  Dei,  Sedis  Gerundeiisis  g-ratia 
Dei  Episcopus  ad  consecrandam  ecclesiam  qUcP  est 
sita  in  pag'o  Bisuldimense  in  liouore  Saiicti  Petri  iii 
locum  que  dicitur  Camporotundo.  Donamus  ad  ean- 
dem  ecclesiam  in  die  dedicationissua?  Suniarius  vir 
relig'iosus  laicus  necnon  et  Bonesindus  presbiter 
campos  dúos:  unum  ad  Pinosam,  et  alterum  in  Ti- 
llare Placiti  qui  sunt  modiatas  IIII.  et  dimidia.  Do- 
namus nos  supra  dicti  istos  campos  prenominatos 
ad  ipsam  ecclesiam  Sancti  Petri  pro  remedium  ani- 

VI. — APÉNDICES.  —  1 


AIMÍNÜICK, 


iiiai-U!ii  iKj^Iraru'ii  al)  O  li  i-iio  dic  (*t  t'inpo'c:  ])('r 
haiic  scrí[,'tiirain  tlüiiationis  iio.^tra'  prcilicia  ecclesia 
tradiimis  et  coiicediinus  ab  omni  integ'ritate,  ita  ut 
incoi)s  ibidom  subjaceat  mancipata  iit  nullus  iim- 
qiiam  temporibiis,  iiec  Comes,  iiec  Vicos  Comes, 
nec  Yicarius  nec  certa  ulla  secularis  potestas  cliris- 
tiana  obseqiiiuin  vel  reg-ule  obtinere  pleriter  Deo  au- 
xiliante in  ómnibus  defenderé  luturis  temporibus. 
Et  eg"©  Domnus  Servus  Dei  Episcopus  dono  ad  do- 
mum  Santi  Petri  Apóstol  i  parrocliia  villa  qutr  vo- 
cant  Tabulato  et  villa  Pu^-nam  Francorum,  e¿  villa 
Mag-riano,  et  villa  Frexa-ieto,  et  Porrarias  et  Seg-o- 
rilias  et  Graxanturri  et  Paratella.  Dono  eg'o  jam  dic- 
tus  Servus  Dei  Episcopus  de  istas  villas  superius  no 
niinatas  a  domum  Sancti  Petri  x\postoli  decimas  et 
primitias,  sicut  cannones  docent.  Et  de  ipsa  ecclesia 
domum  Sancti  Petri  Apostoli  per  sing-ulos  annos 
censu  exinde  exeat  a  domum  Sancta'  Maria\  Maíris 
Domini  nostri  Jliesu  Cliristi  qua'  est  fundata  infra 
muros  Jerunde  civitatis  vel  ad  eius  Episcoi)um,  si- 
cut cannones  d.cent.  Siquidem  nos  suprascripti  aut 
uUus  homo  quod  contra  hanc  donationem  a  nobis 
factam  ad  inrumpendum  venerit  aut  nos  venerimus 
aut  ullus  Episcopus  aut  posteritas  nostra  imferant 
sen  imferam  aut  partibus  eiusdem  ecclesiíTe  Sancti 
Petri  Apostoli  auri  libras  lili,  componere  fatiat.  et 
insuper  ista  donaíio  in  ómnibus  obtineat  roborem. 
Pacta  donatio  ipsa  die  VI.  kaleudas  decembras  anuo 
V.  reg-nante  Karulo  Reg-e  fílio  Leudevici.=Eg'o  l-Bo- 
nesindus  })resbiter  qui  hanc   donacione   feci.:=Sií^v 

num  Sunia.iuó  qui  hanc  donationem .=vSer- 

vus  Dei  humilis  Episcoi)us  ss.--Modicus  Georg-ius 
sacerdos  iudig-nus  et  Abba  exiguus  presens  assis- 
tents.^-Windisclus  presbiter  ss.=-^Ingilbertus  ss.— 
Servus  Dei  Archilevita  ss.— l'ndila  presbiter  ss.--^.  . 

presbiter  ss.^-Sig'lnum  Undilus.--  Sig'vuum 

Genesius.--Sigvnum  Odeg-arius.^Sigvnum  Justinia- 


(■  AMI'UOlMtN. 


:í 


n'i'5.^-Sio'¡-n'im   t^II  lo =^i^''!-nnrn  Wisti'iini- 

•  i  í    "  >   »-r  m  II     'til!  >'Lr|!iii  n      }  i  (if  n  his. 

.>i/»^'i  lii<  AM'liin  Vii^iilf'i^  -i-í  —•'*!!  I'IVímI  US 
|)r<»sl)ir(M'  ({iii  liaiic  (loiialioiK*  scripsi  ct  subscripsi 
siib  dú'  ('í  auno  i[\i()d  siipra. 


II. 


Privilegio  otorgado  por  el  rey  de  Francia  Luis  el 
Ultramarino  á  favor  del  monasterio  de  San  Pe- 
dro de  Gamprodón,  con  fecha  3  de  Febrero  del 
año  953. 


N  nomine  sanctfe  et  individua^  Trinitatis:  Leudo- 
vicus  divina  miserante  clemencia  Francorum  Rex. 
Si  loéis  Sanctorum  divino  cultui  mancipatis,  servo- 
rumque  (Dei)  necessitatibus  opem  conferimus,  re- 
g-imen  pro  certo  exercemusse  molumentum  adque  ad 
eternai  beatitudinis  gdoriam  facilius  pervenire  con- 
fidimus.  Ig'itur  omnium  sanctiB  Dei  Ecclesiíe  fide- 
lium  tam  presencium  quam  et  fiiturorum  ag-noscat 
sollercia  quoniam  nostram  audiens  presentiam  Wi- 
fredus  Comes  retulit  nobis  qualiter  quendam  loce- 
Uum  in  honore  Sancti  Petri  situm  in  pag'o  Bisu Rú- 
ñense, ob  Dei  eiusdemque  Principis  Apostolorum 
amorem  sua^  hereditatis  rebus  aput  Gothmarum, 
Gei'undensis  ecclesia'  Presulem  cum  consensu  tam 
clericorum  quam  laicorum  predictjií  Sedis  reg'ulari- 
ter  firraiterque  comutaverat  ut  moris  est,  rea  scilicet 
ratione  ut  inibi  regula  Beati  Benedicti  cum  Abbate 
proprio  exerceretur.  ünde  nostnv  altitudinis  muni- 
ñcentiam  satis  reverenter  expetiit,  (juatinus  priedic- 
tum  ccenoblum  nostr*  ditioni   omnino   vendicantes 


(AMI'UUDON. 


ciiiii  oiiiiiilms  jiislc  sil)i  |)(>rl¡n(Mitíbiis  iiosirMí    rc^-a- 
liíalis  praícopto  coiiíirinarc  (Ü^'iiaromur.  Ciiíus  ])ra'- 
(licti  Coinitis    WiíVcdi    pcíiÜDiiihiis    libcntor   siisci- 
})iont(\s  pi'a'dicüiin  inonastcriiiiii  ciiiii   Abhatc    Laii- 
íVcdo  ci  monat'liis  ac  ()iiin¡l)iis  rcljiís  sími    \  ¡llarihiis, 
\  i(l('l¡('(M,  (H'(',I(*s¡;uii  iii  hoiiorc  Sancli    Clirislolori    iii 
\illa  ((ua'  (liciliii-  ('rosccntiiri,  el  silvaiii  (|iia*  cidoin 
moiíastorio  adiacaM  cum  Iímtís.  uiolciidiiüs  et  pratis: 
et  in  alio  loco  villain  (iiio  vocatur  Pii^*na  Francho- 
i'iim  cum  ñiübus  ac  terminis  sivc  aulodes  (iuos  pre- 
dictus  Comes  WiíVcdus  oidem  monasterio  per  carta 
contulit,  scilicet  iii  comitatibus  BisuUunense,  et  iii 
Valle  asperi.  aulodes  quoque  quos  g*enitrix  prefati 
Comitis  prelibato  monasterio  in  pa^-is  scilicet  Bisu- 
Uunense  liac  in   valle   confluente    dedit:    aulodes 
etiam  omnes  quos  prenominatus  Abbas  Laufredus 
ad  predictum  locum  tradidit  cum  pace;  omnia  supra- 
dicta  cum  omnium  rerum  integTitate  sub  nostra  de- 
ífensione  sicut  dictum  est  integerrime   contra   om- 
nium inquietudines  liominum  reg'ia  auctoritate  prse- 
cipimus  atque  jubemus.  ut  nullus  judex  publicus 
vel  qujplibet  judicialia  potestas  in  ecclesias  aut  loca 
sepe  dicti  monasterii,   aut  causas  judiciario  more 
audiendas  vel  freda  exigenda  vel  paratas  faciendas, 
aut  ullas  redliibitiones  aut  fideiiussores   toUendos 
vel  illorum  distring-endos  homines  aut   illicitas   oc- 
casiones  requirendas  ing-redi  audeat,  sed  ñeque  via- 
ticum,  ñeque  portaticum.  ñeque  silvaticum,  ñeque 
pascuarium,  ñeque  theloneum  aut  ullum   illicitum 
debitum  exigere  pr?essumat:  sed  cum  supra  memo- 
ratis  rebus  ómnibus  prediccto  monasterio  pertinen- 
tibus  in  quibus  quoque  consistant  locis  quod  lias  ju- 
ste ad  presens  possidere  videtur,   simul   cum   bis 
quas  divina  pietas  eidem  loco  per  suos  quoque  fide- 
les  aug-ere  voluerit,  liceat  memorato  Abbate  suisque 
successoribus   regulariter  viventibus   et   monachis 
inibi  sccuudum  reg-ulam  Sancti  Benedicti  deo-enti- 


APMNDICK. 


])us  qui(»t(^  viv(M'(\  (^asdíMnciUO  res  ruin  oinni  soniri- 
tate  et  niiiioi-.-irioiK^  ])()ssi(l('i'o:  (^t  pro  iiobis  prohM^uí^ 
nostra  sen  stal)i!¡tate  totius  r('^"ni  nostri  socnr('  divi- 
iiaiii  valcant  exorare  miscricordiam:  et  quaiulo  iiie- 
iiioratiis  Abba  de  ae  luce  mií^-raverit,  licentiaiu  ha- 
beant  ex  semetipsis,  si  dif^-nus  inveniri  })oterit,  om- 
ui  tenipore  Abbatein  eli<¿-ere.  l^t  ni  lave  auctoriíati.s 
conñrinacio  i)erpetiiü  firiiiilatis  obtineat  vi<^'()rein 
manus  nostra  eaiii  su])ter  fírinaiites,  anulo  nostro 
insio-nili  decrevimus.  Aktum  Reme  civitate  III.  no- 
nas februarii,  inditione  VI.  anno  XVI  regniante  Lu- 
dovieo  gdorioso  Reg*e. 


00      ®^. 


III. 


Acta  de  elección  del  abad  del  monasterio  de  San 
Pedro  de  Camprodón,  Teodorico,  de  fecha  29  Ju- 
nio del  año  962. 


osT  Dümini  nostri  losii  Christi  ascentionom 
saiicta  mater  Ecclesia  per  quadriflua  climata  cosmi 
per  prne  licationem  beatoriim  Apostoloriim  sea  cete- 
rorum  sancturiim  dilatata  fiüt  ac  decorata.  Iinpc- 
dientibus  veru  deliinc  peccatis  fidelium,  procella 
perseciitionis  in  eadem  Ecclesia  sa?viente,  nutu  divi' 
no  beati  martyres  adepti  Piint  coronam  martyrii. 
Denique  per  specus  et  latibula  latitantes.  vix  con- 
ventuales vel  conciliabula  pag-anorum  insistente 
perseeutione  celebrare  audebant.  Ob  id  vero  coepe- 
runt  destrui  Ecclesue  Christi,  et  in  ipsis  specubus  á 
Christi  cu!toribüs  celebrari  Christianitatis  m^-steria. 
Cessante  denique  Christo  fabente  persecutionis  pro- 
ceUa,  a  quibusdain  Ueg-ibus  sen  Principibus,  qui 
jam  eífecti  fuerant  membra  ejusdem  EcclesiíP,  pas- 
sim  ubique,  veluti  qusedam  raniuscula,  iedificia  Ec- 
clesiarum  coeperunt  exurg-ere  ac  pelluhire.  mona- 
steria  vero  ad  serviendum  Christo  Domino  devo- 
tissimé  construi  ab  ipsis  proceribus  vel  ab  ipsis 
pra^sulibus.  Denique  exempla  eoruní   sequntus  no- 


8  APÉNDICE 

sti'is  temporibus  inclitu.s   Comes  Viiifredus   expeti- 
vit  á  Domino  Cluotmaro  (íeruiulensis  P^cclesia'  Epis- 
ro])ü  iit  commutaret  vi  Krclesiam  beati   Petri   ])riii- 
cipi.s  Apostoloruiii  (|iia'  sita  est  iii  territorio  líi.suldu- 
iieiLsi  iii  locum  ciii  olim  a  prioribu.s  vocabulum   iii- 
ditum  fiiit  Campus-rotundus.   quatenus  illic  mo- 
iiasterium  deberet  ac  posset  construcre,  sicuti  et  fe- 
cit,  daiis  videlicet  pro  ipsa  Ecclesia  'alodes  proprios 
fjuos  habebat  idcm  Comes  in  ])ag*aiio  Bisulduiieiisi 
In  Mauiculo  et  in  Fig'arias  et  solidos   mille,   ea   vi- 
delicet conditione  ut  ipsi  alodes  perenniter  pro  jam 
supradicta  Ecclesia  in  Gerundensi  Ecclesia  firmi- 
ter  permanerent.  Et  commutatione  vern   cnm   om- 
nium  clericorum  assensu  per  acta  atqne  firmata,  nna 
cum  consilio  fratrnm   snorum  scilicet  domni  Senio- 
fredi  et  domni  Olibani  Comitibus,    necnon   et  dom- 
ni  Mironi  itidem  fratri  suo  Levita^,   perrexit  ídem 
Comes  Yuifredus  Francia?   ante   domnum   Ludovi- 
cum  Imperatorem.  et  ipsam   Ecclesiam   beati  Petri 
Arcliiclavig-eri  contulit   regias  dig-nitati.   Post  luec 
vero  per  pra^ceptum   imperiale   accepta  potestatis 
limina  licenter  enndem   C(eno])inm   a^difícavit   sine 
ullius   interdictione,   ac   conventiculam    monaclio- 
rum  Cliristo  Domino  ibidem   servientium   ag-g*reg'a- 
vit,  et  cum  sug-g-essione   illorum   Abbatem   nomine 
laufredum  ibidem  eleg'it,  et  domno   (luotmaro   su- 
pradicto  Episcopo   expetiit   ordinanduni.   Ordinatus 
autem,  pauco  ibidem  t(ímpore  moratus.  eleg'it  prop- 
ter  vitje   a^tern^B   prannium   pereg-rinationis   subiré 
exilium.   Pra'terea   dum  ejus   a   monacliis  priiesto- 
labatur  reditus,  contig-it   ut   isdem   inclitus  Comes 
Yuifredus   mig-raretur  a    seculo.    Accipiente    vero 
dominatum  illius  Iratre  suo  domno   Seniofredo,   ve- 
nerunt  ipsi  monaclii  ante  ejus   i)ra\sentiam   poscen- 
tis  sibi  ordinari  Abbatem,    cíim  jam  septeni   et  eo 
ampliús  anuos  pnx'stolassent  adventum   suprataxati 
Abl)atis.  Ad  ille   una   cum   consilio   domni   Arnulfi 


CAMI'UODO.N. 


Ki)is('oi)¡  Geruiuloiisis  Kcnlesijr  ct  ciim  volu rítate 
üniniíiiii  niüiiHclioruui  atciuo  {iccljiínjitiono  fidcliiim 
rcli^-iosormn  tam  clericorum  íjuain  laícorum  coiis- 
tiiiit  ibi  Al)l)at(Mii  iioniiiin  TíMidericiun  cum  ordina- 
tione  supradicti  Poiitilicis.  Qiii  vidclicet  isdein  T(mi- 
doricus  al)  ipsis  ciuiabulis  sacris  littoris  cst  oruditus 
et  iii  disciplina  monástica  eniitritus,  üei  timore  rc- 
pletiis,  atqiic  a  niortalibus  vitiis  omnimodis  extra- 
neiis.  Ordinatus  aiitcm  favcntibus  atqne  conscn- 
ticntibiis  cunctis  pariterque  orantibus  ut  simul 
pastor  cuín  ^'ref^'c  et  ^tcx  cum  pastorc  ad  superuje. 
vocationis  Christo  auxiliante  valeant  pervenire.  Exa- 
rata  est  autem  liíec  scheda  III.  Kal.  lulii,  imperan- 
te Lotario  Re<»-e  anno  VIII.  principatus  ejusdem. 

V  Arnulfus  sanct^e  sedis  Gerundensis  Ecclesiíe 
Episcopus.  Y  Andreas  sacerdos  et  monaclius.  v  Fe- 
rossictus  sacerdos  et  monaclius.  i  Adericus  sacerdos 
et  monachus.  i  Anclus  Presbyter  et  monachus. 
-r  Undilbus  Levita  et  monaclius.  -;-  Frovidus  Levita 
et  monaclius.  i  Adrovario  Levita  et  monachus. 
S.  Bulg-aravi  nionaclii.  f  Adalbertus  Subdiaconus 
et  monaclius,  v  Rag-no  monachus.  t  Amelius  mona- 
chus. i  Arg-emirus  monachus.  S.  Gualulonii  mona- 
chi.  i  Seniofredus  monachus.  i  Suniarius  sacer- 
dos et  monachus.  f  Taug-radus  Levita  et  monachus. 
i  Amalricus  monachus.  I  Oliba  Comes,  f  Aayro  Le- 
vita, f  Seniofredus  Comes. 

S.  Leopudus.  S.  Fairo.  S.  Armomirus.  Ludovicus, 
qui  hanc  electionem  vel  adclamationem  scripsi  et 
subscripsi  die  anno  que  pra^fixo. 


oO= 


VI— APÉXDICES. — 2 


lY. 


Acta  de  elección  del  abad  del  monasterio  de  San 
Pedro  de  Camprodón,  Dodo  I,  de  fecha  24  de  Fe- 
brero del  año  976. 


videbantur  exiiendi.  ()b  id  eg-o  prelibatus  presul 
(Miro)  divino  ut  hoctumo  spiratus  ñamine  more  de- 
cessorum  meoriim  protinus  abnui,  ct  in  Imic  sacra- 
to  loco  monachis  undecumque  collectis  locavi  ut 
omnipotenti  Deo  et  prelibati  martiris  sub  reg-ula  al- 
mi  Patris  Bonedicti  militarent  et  ])ro  statu  totius 
jvclesia'  eiiLs  cleinentiam  jug'iter  implorarent.  Proin- 
de  ig'itur  nos  licet  exig-ua  cong'reg'atiuncula  tamen 
lioc  scientes,  quia  equonomi  greg'i  dominicis  solerti 
convenit  cura  insistere,  et  truculentum  idrum  a  cor- 
dibus  fidelium  propulsare,  quia  quantum  extremum 
diem  novit  pro})inquare,  tanto  sevius  caulas  domi- 
nicas nititur  inciirsare:  et  ideo  clementiam  prívscrip- 
ti  Episcopi  suique  fratri  Domni  Olibani  Comitis  liu- 
metenus  deposcimus  ut  pro  amore  divino  nobis  con- 
sulere  studeamini  et  Abbatem  Deo  dig'num  nobis 
prfevidere  dig-nemini,  scientes  pro  hoc  mercedem 
bonam  a  Domino  recompensari,  si  illud  caste  et  ze- 
lo  Dei  fecerint:  siente  contra  peccatum,  si  negdexe- 
rint.  Idcirco  eg-o  prrelibatus  Episcopus  unacum  con- 
silio  supra  dicti  fratris  mei,  necnon  et  cum  assensu 


C.VMrHüDÚN.  11 


iiK'ormii  catorvc  clcriconiin  prn-diotn'   kjitcrs  iilc   f.'is 
trihiionics  iit  secundiiin  rc^'iihiiii  ulrny  Patris  Hciic- 
(licti  Al)])atein  sibi  ol¡í4*criiit  ciüiis   iiiorií^cris    fainii- 
loiitiir  ol)S(Miiiiis.  Nos  or^'o  li(*(ít  exi^'iia   coiif^Tí^í^'-ntio 
solortor  illmii  iiivostií^'antos  ot  din  ([ua'situní  diviiii- 
tus  iiobis  delatum  iioiniíio  DodoiUMn,  (jui   cuín    ()j)i- 
tiilatioiie  divina  sccundiun  nostri   arbiti'ii    looo   Pa- 
tris congTuesat  potcst  constitiii.  Qui  con  iJcatus   Ho- 
ncdictus  odocet,  duplici  doctrina  snis  pra^esse   valot 
discii)nlis,  non  a  nostro  ordine   videlicet  oxtornnni, 
sed  snb  monástica  disciplina  din  clo<4*antissime  cdo- 
catum,  quem  bonis   novimus   moribns   adornatum, 
sapientia  sale  conditum,  karitate  rutilum,    castitate 
notidnm,   humilitate  prfecipuum,   prndentia   astu- 
tum,  misericordia  et  pietate  eg^r'^ginm    et  reg-ulari 
norma  ad  plennm  istructum.  His  et   alus  virtutibus 
opido  contum.  dig'uum,  talem  ac  tnntiim  per   omn'a 
Deo  virnm  eli<i*itnns  atqne  adclamnmns,  ac  fieri  no- 
bis  Abbatem    poposcimus,   quo   patrocinante   suave 
Christi  portare  qneamus  jug-um  et  patris  jure  super 
nos  teneat   principatum.   Eg'o    igitur    praescriptus 
Episcopus  una  cum  fratri  meo  Domni  Olibani  Comi- 
tis  peticioni  istorum  fratrum  faventes  CcPdimus  pra^s- 
criptum  cenobiolum  cum  rebus  ómnibus  sibi   perti- 
nentibus  tuaí  ditioni,  ut  amodo  cum  tibi  subditis  re- 
gulariter  Deo  militare  studeas,  et  rebus  ómnibus  re- 
g'ulariter  fruearis,  tuearisque   et  deífendas.   Et  ut 
hgec  huius  adclamationisscedula  plenam   et  incon- 
vulsibilem  omni  tempore   obtineat  roborem,   manu 
propria  subter  firmavimus,  stadmis  et  bonis  homi- 
nibus  roborare   curavimus  subscriptionibus   et  si- 
gnis.  Exarata  est  igitur  hsec  adclamationis  scedula 
elapsis   Dominicas  humanationis    annis    ter    senis 
quinquag-enis,  ebdeque  denis  ter  binisque,    índicio- 
ne  tetra,  die  bisterna  kalendarum  martiarum,  anno 
tetra  pento  dipondio  Leuthario  Francorum  Reo-e  ob- 
tinente  reg'no.^Miro  g-ratia  Dei  Episcopus  ss.=01i- 


12 


APKN  DICES. 


ba  gratia  Dei  Comes  ss.^PonciusTSS.=Odo  levita 
ss.=Teiidericus  Abba  ss.=-Hacfre(liis  Archilevita  ss. 
=W'ig*ila  presbiter  ss.=Rodestag*nus  subdiaconus 
ss.--^Eiulalecus  monacus  ss.— Eldericus  inonacus  ss. 
=Barone  levita  ss.=Ferrucio  monacus  ss.=Gultere- 
dus  monacuS  ss.  =Durandus  monacus  ss.=Radulfus 
monacus  ss.=Truitarius  monacus  ss.-=01iba  levita 
ss.=Servus  Dei  levita  ss.=Seniofi'edus  levita  ss.= 
Modeg-arius  levita  ss.=\Vilelmus  subdiaconus  ss.= 
Petrus  subdiaconus  ss.=Morg-adus  presbiter  ss.= 
Déla  levita  ss 


V. 


Sentencia  dada  por  el  conde  de  Besalú  Oliva  Ca- 
breta  con  sus  jueces,  en  el  pleito  entre  Dodo  II, 
abad  del  monasterio  de  San  Pedro  de  Campro- 
dón,  y  Durando,  monje  del  monasterio  de  San 
Lorenzo  de  Bagá,  en  el  año  988. 


üTiTiA  per  Adortanem  judicum  facta  ante 
Dumno  prefalg-idoque  Olíbano  Comité,  a  cuius  pre- 
sentía residebant  sacerdotes,  id  est  Balderico  et  Ba- 
lasco,  et  judíces  id  est  Aurutio  et  Seníuldo  et  Marco 
presbíteroque  et  judice,  maioresque  natu  id  est 
Guandalgaudís  Yíces  Comitís  et  Auriolus  et  Bone- 
filius  et  Tetbertus  et  Wilabertus  et  Raudegarius  et 
Tassio  etFredoio  et  Araalrig-o  et  xA.rnallus  etErvig-ius 
et  alíorum  multorum  bonorum  liominum  qui  ibi- 
dem  aderant,  ubi  venerunt  Abbates  coenobíis  illis, 
id  est  Dodo  Abba  coenobii  Sancti  Petri  Campo  rotun- 
do et  Durando  moñaco  qui  et  mandatarium  Abbatís 
Seniofredi  monasterii  Sancti  Laurentii  de  Bag-a- 
zano  altercantes  in  alterutrum  de  ipsa  densicula 
quod  et  rustice  nuncupatur  bosco,  qui  sistitur  infra 
termines  de  ipsa  oliva  atque  de  Bestracano:  ex  utra- 
que  parte  proferentes  testes  vel  scriptis  quod  con- 
dam  Domnus  Bonefilius  Comes  qui  et  Episcopus 
instituit  sing-ulis  ob  remedium   animpe   suse   unus- 


14  APKN'DICK."=5, 


quisque  eorum  adsereiites  ecclesia'  matris  meae  ces- 
sit  similiter  et  mei  ecclesia»  matris  cessit,  de  fines  ac 
terminio  Oiiv;e  est,  et  alius  non  ita  sed  de  Bestreca- 
no.  Kt  ideo  superflue  excusantes  lex  pro  petra  corri- 
pit  ut  omnis  improbitas  facillime  coerceatur.  Aeter- 
no  et  enim  Deo  arcanoque  consilio  liumaníe  frag-ili- 
tatis  consulis  concreto  limo  hominera  formavit,  cu- 
ius  ex  , costa  adjutricem  parem  definxit,  scilicet  ut 
quem  decora  similitudo  extollebat  dierum  ac  tempo- 
rum  solitudo  long-e  protensa  non  terreret.  Nam 
quamdam  ex  bine  causa  exig'.entc  quog-ente  taliter 
coelitus  sententia  per  eosdem  jam  térra  incolita  esse 
videtur:  ac  denique  adveniente  in  orbe  Spiritu  Sanc- 
to  fabricatoris  Noe  plasme  sujb  ag-nito  verbistantuní 
modo  adorato,  ast  facultatibus  diversis  sanctis  suis 
baselisci  diutius  lionorato.  et  utique  cong-ruum  quia 
ipse  qui  larg'itus  maiora  non  est  in  abolitionc  eorum 
peccata  resistendo  minora.  Idcirco  mag-num  est 
titulus  donationis  quod  nemo  potest  inrumpere  ac- 
tum  larg'itatis  quod  promisit  condam  supra  scripti 
Antistis  animo  et  expontanea  sua,  nullus  quog-entis 
imperio,  nec  suadentis  ing-enio,  sed  quod  fecit  li- 
benter  debet  amplecti,  sed  liac  de  re  crebrius  arbi- 
trati  sumus  et  nullo  modo  arbitrari  quivimus,  cuius 
propricT  sit  causíe  quia  densis  lato  non  definivit  pro- 
priíi?  cuius  fieret  densa.  Ig-itur  et  nos  ac  denique  li- 
cet  statuta  nascendi  tempus  et  ñnem  quam  unus- 
quisque  transeat  ig'uoramus  sed  ut  sors  nobis  pmes- 
tat  et  ut  {Xítiam  aput  liominibus  laus  larg'iatur,  con- 
g-ruit  nobis  terminum  consultissimum  poneré  secu- 
turis,  ut  deincebs  vel  amodum  quieta  maneat  eorum 
altercatio,  et  tune  unusquisque  quod  nunc  hic  de- 
creverimus  suo  debet  vindicari  dominio.  Ordinamus 
denique  medietatem  ipsius  densas  uni  ecclesia^  et 
medietatem  alteri  perpetim  utrisque  habitura.  Quis- 
quís autem  suprastitiosus  amodo  vel  ad  futurum 
extiterit,  non  valeat  eius  fabella   quamvis  pulcra, 


(WMI'UODON. 


I.-) 


S(mI   illMIlis  Ci  M])S(jn('   |)!'()r('('l  II    pcrill.'IIK'Mt,    ct    ¡IISlIpí'l' 

í'oiiiponat  iii  vinculo  ;i  ]);irt¡(|U('  nostr.'i'  anri  lil)r;is  II 
el  iii  ;int(^«i  luuic  sanctionibiis  nostni;  (jiniK*  per 
cviuii  valitura  stal)il¡(in('  saiixiinus.  Facta  notitia 
cautioiüs  Mil  kaloiidas  (l('c('nil)r(\s  anuo  I  rc^'iiantí; 
Ug'one  Ueg'o.  Oliba  Comes  {^'ratia  Dei  ss.-  Si^-¡  iiiiiu 
Guandalí^-adis  Viccs  Cümcs.--^SÍTniiin  Ariolus. --Mi- 
ro ss.=Sig'vniim  BüncfiIio.=Sig*vniiin  Aniallus.= 
Si^--;iiiuu  Ato.-  -Sií4'vninn  Fruila.=:Si^-vnum  Oliba 
ino(liciiri.--8i^''viiiim  Ansulfiis.-=-vAurii(úo  ss.=:Kroi- 
g-ius  presbitcr  qiiodnomeiito  Marco,  qui  et  judex  qui 
hfiec  scripsi  et  subj-scripsi  die  et  anno  quod  supra. 


VI. 


Venta  de  una  pieza  de  tierra  situada  en  Villa  Godo- 
re  ó  Malloles,  en  el  Rosellón,  otorgada  por  Stefa- 
nus  á  Delane,  abad  del  monasterio  de  San  Pedro 
de  Camprodón,  en  el  año  1006. 


N  nomine  dñi  eg'o  Stefanus  uinditor  siim  vobis 
Delane  abate  et  congreg-atione  Sci  Petri  apóstol! 
Campo  rotundo  emptore  per  liaii»-  scriptura  uindi- 
cionis  mee  uindo  uobis  térra  mea  propria  qui  milii 
adnenit  per  parentorurn.  Et  est  ipsa  térra  in  comi- 
tatu  Rossilionense  in  terminio  de  uilla  Godore  uel 
in  uilla  que  dicunt  Malliolas.  Et  ipsa  térra  liabet  in 
long-itudine  dextros  .xi.  et  in  latitudine  dextros  .n. 
Et  afrontat  de  una  parte  in  térra  Sea  María  de  Ma- 
lliolas .  et  de  alia  parte  in  térra  de  A\'illielmo  abba- 
te'  .  et  de  .iii.  parte  in  térra  de  Teudeuiio  (sic)  leui- 
ta  .  et  de  .iiii.  parte  in  térra  de  Wiscliafredo.  Quan- 
tum infra  istas  iiiior  afrontationes  includunt  cum 
ipsos  dextros  sic  uindo  uobis  ipsa  térra  ab  omni  in- 
tcgTietate  cum  exiis  et  re^-ressiis  earum  propter  pre- 
cium  diñarlos  .iin.  in  rem  ualentem  quod  manibus 
meis  recepi  et  est  manifestum.  Quem  uero  ista  térra 
quod  superius  resonat  de  meo  uire  in   uestro   trado 

'  Abl)ó,  fio  (juollc  iíbbayc? 


CAMíMtoDON. 


17 


(loininio  j)ot(\st?ito  racicndi  (piod  iidIuítíüs  übcnnii 
¡n  (lei  noMiiiH'  }il)('!itis  potcstatciii.  i)\i<n[  si  c^'o  uiii- 
(litor  Jiut  ulliis((ii('  homo  (jiii  contra  liaiic  ista  cliar- 
ta  iKMHM'it  ad  ¡iinmipcnduin  non  hoc  nalcad  uindi- 
. care  (|n()(l  i'cíniirit  sctcoiiiponat  ista  torra  ¡n  duplo 
ciun  onini  ininídiorationo  .  vA  ¡ii  antea  ista  cliarta 
firniis  et  stabilis  i)oiMnaneat  oniniípie  tornpore.  Fac- 
ía ista  cliarta  ninditionis  .iiii.  idus  rc])rnari¡  .  anno 
X.  rc^Miantc  líodhcrto  vv^'(\  ^-\-l^'\\  Steíanns  (|ni  is- 
ta charta  uinditione  íVcit  ct  fírinare  ro<^-anit.  íS-j-i^-ñ 
Bonefí lilis.  S-|-igñ  Lopardus.  S-|-i¿^'ñ  Seiüoí'rcdus. 
S-f-ijJi'fi  Bonospars. 

ARdKMlKVS  Sacer  qui    ista    cliarta    uinditione 
scripsit  et-|-sub  die  et  anno  (|Uüd  supra. 


VI— APÉNDICES  — 3. 


vil. 


Donación  de  varias  piezas  de  tierra  y  una  viña  si- 
tuadas en  Villa  Godore  ó  Malicies,  en  el  Resellen, 
per  Arnaldc  y  su  espesa  Ele,  al  menasterie  de 
S.  Pedre  de  Campredón,  en  el  añe  1006. 


N  nomine  dfii  eg-o  Arnaldiis  et  uxor  mea  Elo  do- 
natores  sumus  .  domum  Sel  Petri  cenobii  Camporo- 
tundo  per  hanc  scriptura  donationis  nostre  sic  do- 
namus  .  atque  tradimus  .  petliias  .11.  de  térra  et 
pethia  .1.  de  uinea  et  aduenit  nobis  hec  omnia  per 
parentorum  .  et  siint  ipsas  pethias  .11.  de  térra  et 
ipsa  uinea  in  comitatu  Rossilionense  in  uilla  Godo- 
re  id  est  in  Malliolas.  Et  est  ipsa  una  pethia  de  térra 
in  ipso  Puiolo  .  et  afrontat  de  .1.  latus  .  in  térra  de 
Ostenne  .  et  de  alio  latus  .  interra  de  Seg-ouino  uel 
eredes  suos  .  et  de  .111.  parte  in  térra  de  Stefano  uel 
eredes  suos  .  et  de  mi.  parte  in  térra  de  Bonospars. 
Etalia  pethia  de  térra  est  in  Fuio  lenesto  .  et  afron- 
tat de  .1.  parte  in  uinea  Sci  Petri  cenobii  Comporo- 
tundo  .  et  de  alia  parte  in  térra  de  Willaberto  comi- 
té' .  et  de  III  parte  in  uinea  de  Stefano  Juliano  .  et 
de  mi.  parte  in  térra  de  (iothmare  qui  fuit  condam 
uel  de  filios  suos.  Et  est  ipsa  pethia  de  uinea  in   ip- 


Comle  de  Roussillon. 


CAMIMIODON. 


10 


SO  Plano  .  ct  afrontat  de  ii.  jímiMcs  iii  ¡jjsas  iiiiicjis  (l(; 
Odcsinda  roiniíia  iicl  de  lilios  siios  .  ct  de  .111.  ¡);ii-t«í 
in  uinoa  de  Donato  ind  de  fratrcs  snos  .  ct  dv.  .1111. 
l)arte  in  uinoa  do  Olh^^-ario  uol  er(!d(;s  suos.  Quan- 
tum infra  ¡stas  totas  aíVontationos  inoludunt  sic  do- 
nanius  .  et  tradinuis  .  nos  ipsas  torras  ot  ipsa  uinoa 
quod  suporius  rosonat  ad  donium  Sci  Potri  j)roptor 
denni  et  animas  nostras  ut  boatus  Petrus  ai)ostolus 
intercedat  pro  i)ec('atis  nostris  ad  dominum  fime^i. 
Quod  si  nos  donatores  aut  ullusque  homo  qui  contra 
lianc  ista  cliarta  donatliiono  uenorit  pro  inrumpen- 
dum  non  hoc  ualoat  uindicare  quod  requirit  sot  in- 
primis  iram  dei  incurrat  .  et  cum  luda  Scliariot  par- 
ticipationem  abeat  .  et  inantea  ista  charta  donathio- 
ne  fírmas  et  stabilis  permaneat  omnique  tempore. 
Facta  ista  charta  donathionis  .vi.  idus  februarii  . 
anno  .x.  reg*nante  Rodberto  reg-e.  S-[-m  Arnaldus. 
S-j-m  Elo  qui  ista  charta  donatione  fecimus  et  fir- 
mare rog*auimus.  S-\-m  Oldebrandus.  S-|-m  Lan- 
g'uardus.  S+m  Falchucius. 

ARGEMIRVS  Sacer  vel  Monachus  qui   ista  charta 
donatione  scripsit  et  s.  -j-  sub  die  et  anno 
quod  supra — 


Yin. 


Bula  del  papa  Benedicto  VIII  á  favor  del   monaste- 
rio de  San  Pedro  de  Gamprodón,  del  año  1017. 


'enedictts  Episcopus  servus  servorum  Del  di- 
lecto in  Domino  Bonifilio  relig'ioso  Abbati  Venerabi- 
lis  monasterii  sancti  Petri  Campirotundi,  quod  est 
situm  in  comitatn  Bisuldunense,  in  valle  Landaren- 
se,  Ínter  dúo  flumina,  tibi  tecumque  manentibus, 
et  per  te  tuis  illorumque  successoribus,  salas  et  pax 
et  apostólica  benedictio,  quoad  mundus  permanet. 
Amen.  Cüm  constet  Dominum  Deum  nostrum  hono- 
rem  sanct?e  universalis  Ecclesire  incessanter  á  pro- 
pag*atOribus  beatíe  fidei  aug"mentare,  necesse  est  ac- 
cipientibus  ab  illo  totius  jura  reg-iminis  ei  concede- 
re  censura  justi  moderaminis  firman  liberalitatem 
malorumque  procul  ab  ea  pellere  pervasionem. 
Quocirca  quoniam  convenit  apostolicíepietati  benig*- 
na  petentibus  succurrere  compassione,  ideo  nos  tuis 
justis,  etenim  sic  sunt  á  nobis  adjudicata^,  nam  jus- 
te fiunt,  annuentes  precibus  omnes  proprietates  si- 
ve  possessiones  ipsius  loci,  fines  vel  limites,  cum 
adjacentiis  príBcipuorum  prípdiorum,  cum  ómnibus 
Ecclesiis,  parrochiis,  villis,  fundís,  casalibus,  casis, 
terris,  vineis,  campis,  pratis,  i)ascuis,  silvis,  g-arri- 
cis,   aréis,   torculariis,    aquis.    aquarum    ductibus. 


CA.Ml'UüÜüN.  21 


\¡¡s,  iiiolciidiins  cimi  siiis  (•.•ipiitjHjiiis  ct  siiis    pisca- 
lorüs,  (Miltuin    el    ¡iiciill  mu,    el    (jiim'ciiii(|  iic    bcatus 
Ai)üst()lns  l*('1i'iis  ('\  ('olhilionihiis  lidcliiiiii  iii  ímimio- 
bk)  Campi  rotiindi  retiñere  \  ¡detiir,  nostro  apostóli- 
co conñrmaimis  ])ri\  ile^^-io.  CoiKtediinus  itaíjiio  ])ne- 
dicta  iiionastei'io  alodein  ({iiod  iii   circuitu   ejiís    lia- 
betiir   v(d   habeiM*   dinoseitnr,    ])iseation(\s    (juoíjiie 
aqiianiin  Tezer  de  septein  casas  usque  ad  ipsos  Kal- 
kers,  et  iu  Hivotorto  de   MuUioiie   usíjue    iii    Tezer. 
Parrocliiam  autem  de  ípsa  valle,   Ecclesiain  sancta» 
María*  cuín  decimis  atqiie  ])rimitii.s   et   oblationibus 
fidelium  absque  tributo.   Parrocliiam  autem    sancti 
Christophori  Crescentari  cuín  ipso  alode  et  cum    ip- 
so  cimiterio  cum  decimis  et  primitiis   et  oblationes 
ñdelium  abáque  tributo.  Alodem  quod  dicitur  Milan- 
dars,  et  alodem  de  Frescanet,  et  alodem  de   Parade- 
11a  et  de  Rescat,  et  in  Villa  Long-a,  et  iu  Castellars, 
cum  terminis  et  adjacentiis.   Alodem   quem   dicunt 
Pugna  Francorum,  et  alodem   quem  dicunt  Grado, 
et  alodem  qui  est  in  Bolosso  ,  et  alodem   qui   est   in 
Arza  ,  cum  terminis  et  adjacentiis  suis  ,   et  alodem 
quem  dicunt  Beg-et  cum  ipsa  Massana  ,   et  alodem 
quem  dicunt  Vallestir  ,  et  alodem  quem  dicunt  Al- 
bet  cum  ipsa  aqua  et  cum   ipso   bosclio,   et  alodem 
quem  dicunt  Oliba  et  Malo  pertuso  cum  terminis  et 
adjacentiis  illorum.  Et  alodem  quem   dicunt  Gene- 
brel.  et  Aqua  bella  ,  et  Prunarias  ,   et  Xabinarios  , 
et  alodem  quem  dicunt  Carrera  ,   cum   terminis  et 
adjacentiis  illorum.  Et  alodem  qui  est  in  parrochia 
de  Tortelliano  ,  et  in  parrochia  de  Arg-elag-er  ,  cum 
terminis  et  adjacentiis  suis.   Et  alodem   qui   est  in 
parrochia  de  Monteacuto,  id  est  Palatio  ,   cum   ipso 
bosco  et  molino   Beteret.   Et   alodem   quem   dicunt 
Artisces  cum  ipso  bosco.  Et  in  Capriol   et   iu   Mauro 
et  in  Palatio  ipsos  molendinos  ,  et  in  molino  vetere, 
et  in  Vuado  malo  ,  cum  suo  caputaquis  ,   et   suo  de- 
curso ,  et  suos  superpositos.  Et  in ipso   maso 


22  Al'ílNDICES. 


cuín  termiiiis  et  adjacentiis  suis.  Et  iii  Boscols  ip- 
sum  alotlem  ciim  terminis  ,  et  adjacentiis  suis.  Et 
iii  parrocliia  sancti  Felicis  iii  Liituno  ipsa  villa  , 
cuín  ii)so  alode  de  Luders  et  de  Selvatella  ,  cum  i})- 
so  hosco  ,  et  cum  ipsos  olibarios  ,  cum  terminis  et 
adjacentiis  illorum.  Et  in  i)arrochia  sancti  Matluei 
alodem  qui  est  in  villa  Damires  et  in  Stella  ,  cum 
terminis  et  adjacentiis  illorum.  Et  ipsa  villa  de  Ro- 
maniano  cum  ejus  alode  et  cum  ipsa  Ecclesia  ,  cum 
decimis  et  primitiis  et  oblationes  fídelium  cum  ter- 
minis et  adjacentiis  illorum  absque  tributo.  Et  in 
Pontons  ipsum  alodem  cum  terminis  et  adjacentiis 
illorum.  Et  in  Parietes  ipsum  alodem  cum  terminis 
et  adjacentiis  illorum.  Et  in  sancta  Eularia  ipsos 
masos  cum  ejus  alodes  cun  terminis  et  adjacentiis 
illorum.  Et  in  valle  Biania  ipsos  solarlos  cum  ejus 
Ecclesia  ,  et  cum  decimis  et  primitiis  ,  et  cum  ejus 
cimiterio  ,  et  oblationes  fídelium  absque  tributo.  Et 
in  Cubilisico  vel  in  valle  Biania  ipsos  masos  cum 
ejus  alodem  cum  terminis  et  adjacentiis  illorum.  YA 
in  Ba^'o  vel  in  Serra  ipsos  masos  cum  ejus  alode  et 
cum  ejus  decimis.  Et  in  comitatu  Rosolionense  vel 
in  Valle  Asperi  vel  in  Palaldano  ipsos  masos  cum 
ejus  alode  cum  terminis  et  adjacentiis  illorum.  Et  in 
Miralias  ipsa  villa  cum  ejus  alode  .  et  cum  ipsos 
boscos  ,  cum  terminis  et  adjacentiis  illorum  ,  et  ip- 
sa villa  de  Avellanetello  cum  ejus  alode  ,  et  cum 
ejus  decimis.  Et  in  comitatu  Rosolionense  vel  in  vi- 
lla Malleolas  ipsos  masos  cum  ejus  alode  cum  ter- 
minis et  adjacentiis  illorum.  Et  in  villa  Torrilias 
ipsas  salinas  cum  ipsas  vincas  et  cum  ejus  alode, 
cum  terminis  et  adjacentiis  illorum.  Et  in  comitatu 
Petralatensi  ipsos  masos  de  villa  Sacar  ,  et  in  Olibes 
ipsos  masos  cum  eorum  alodes  ,  et  in  Terrers  ipsas 
vincas  .  cum  terminis  et  adjacentiis  illorum.  P]t  in 
comitatu  Gerundense  ipsos  masos  de  Flassano  cum 
ejus  alode  ,  cnm  terminis  ot  adjacentiis  illorum.    l^t 


f',\MIM{()l>('t\.  2.M 


iii  comitatii  l^orí»'n(laiions¡  ippos  m;i.  o.  ()iios  dcílit 
VüÜVímIiis  ('onics  ,  ot  jUiíiiii  (|ii('iii  dedil  Olihji  ('o- 
iiH'S  ,  o\  alimii  (|ii(Mii  dcílil  |{(<iiilil¡iis  (|iii  liiit  (|iion- 
(lam.  ll(Mii  iii  Cospc  el  ¡II  Ai'dni'i/  ct  ¡ii  (íardihins, 
ciim  eoriun  alodcs  ,  cmii  tíM'iiiiiiis  el  adjaccntiis  ¡IIo- 
riiin.  l*]t  ¡11  conulatii  (^erdaiua  \(d  ¡ii  vühi  Alone  vcl 
in  Volpolla^-í^  v(d  ¡n  M/er  ¡j)S()s  iiiasos  vAiin  alodos  , 
et  cuín  (\jiis  fuñios  ,  cuín  teriiiinis  et  adja(!(íntüs  illo- 
riim.  VA  ¡n  comitatu  Hosolionense  vel  iu  vallo  Con- 
fluente ii)sa  villa  de  Pino  cuní  ipsa  Ecclesia  ,  et  cuín 
ejiís  alude  ,  et  cuní  ejus  ciniiferio  ,  et  cuní  decimis 
et  priniitüs  ,  et  oblationes  fidelium,  cuín  terminis  et 
adjacentiis  illorum.  Et  in  villa  Saorra  ,  et  in  villa 
Trollauü  ,  et  in  villa  Vernet  ,  et  in  villa  Vliitesano  , 
et  in  Ascliaione  ,  et  in  Parcinianos  ,  et  in  Evulo  ,  et 
in  Marig'nanos  ,  et  in  Campestres  ,  ipsos  mases  cuín 
eorum  alodes  ,  et  cum  eorum  vineas  ,  cum  terminis 
et  adjacentiis  illorum.  Et  in  Massaneto  ipsa  villa  de 
Novorios  ,  et  ipsa  villa  de  Mala  conj uñeta  ,  et  cum 
ipsas  casas  de  Lavaiol  ,  et  in  villare  Bellone  ,  et  ip- 
sa villa  de  Olibeta  cum  ejus  Ecclesia  cum  decimis 
et  primitiis,  et  oblationes  fidelium  ,  cum  eorum  alo- 
des. Et  in  Tapies  cum  ipsos  boscos  cum  terminis  et 
adjacentiis  illorum.  Hjiec  igútur  queecunque  diximus 
vel  quve  non  diximus  príBdia  adquisita  vel  adqui- 
renda  ad  sancti  Petri  Apostoli  ccenobium  Campi  re- 
tundí situm  pertinentia  auctoritate  illi  firmantur  á 
nobis  apostólica.  Statuimus  autem  ut  quando  Abbas 
ipsius  monasterii  obierit  ,  ñeque  á  Regibus  ,  ñeque 
á  Comitibus  ,  ñeque  á  qualicunque  persona  pro  cu- 
piditatis  pecuniíe  causa  ñeque  pro  qualicunque  fa- 
voris  inanis  g-loria  ibidem  constituantur  Abbates  , 
sed  a  cunctis  ibi  deg-entibus  servís  Del  secundúm 
Deum  juxta  Benedicti  patris  regulam  alig-antur  Ab- 
bates. Damus  queque  licentiam  ipsius  loci  Abbati 
ublcunque  vel  á  qualicunque  veluerit  Episcope  suos 
clericos  ordinandi  ,  á  qualicunque  sede  ei  })lacuerit 


24  APÉNUICE. 

clirismam  accipiendi,  et  ut  a  millo  Episcopo.  noc  ab 
illo  iii  cujus  situn  ost  monasterliun  opiscoi)io  .  nec 
ab  alio  i)ossit  excommunicari  aliqíia  ad  eundem  mo- 
nasterium  pertinens  tlcclesia.  Statuimus  etiam  ut 
qiiis  poenitens  a  liminibus  exclusus  Ecclesiaí ,  quan- 
(liu  ibi  steterit,  habeat  licentiam  iiitroeundi  etomne 
divinum  olíicium  audicndi.  Concediinus  ({uoque  Ab- 
bati  vel  monacliis  et  oiniiibus  clericis  ad  monaste- 
riuiii  pertiiientibus  licentiam  ,  nisi  voluerint  spon- 
taneé  vel  rog-ati  .  ad  synodiim  non  eundi.  Confir- 
mamus  ig-itur  et  stabilimus  amodo  ut  nullus  Rex  , 
nuUus  Princeps  ,  nullus  Mavchio  ,  nullus  Comes  , 
nullus  judex  ,  nullus  Episcopus  ,  ñeque  uUamag-na 
parvaque  persona  aliquam  vim  vel  invasionem  in 
eodem  Cíenobio  aut  insuis  pertinentiis  faceré  i)ne- 
sumat.  Pro  quo  et  sub  divini  judicii  obtestatione  et 
anathematis  interdictione  promulg-antes  decernimus 
ut  nullus  unquam  nostrorum  successorum  Pontiñ- 
cum  ñeque  aliena  mag-na  ,  sicut  diximus  ,  parvaque 
persona  audeat  ,  vel  pnesumat  contra  hoc  nostrum 
apostolicum  privileg'ium  in  aliquibus  ag-ere  injusté, 
ñeque  quis  illum  frangiere  tentet.  Si  quis  autem  , 
quod  non  credimus,  ñeque  timens  Deum,  et  nos- 
trum parvi  pendens  privilegúum  quod  concedimus  , 
verbo  factove  disrumpere  tentaverit  .  hunc  ,  quis- 
quís ille  fuerit  ,  de  parte  Dei  omipotentis  sanctique 
ejus  Apostoli  Petri  et  nostra  ,  qui  ejus  fung'imur 
vice  ,  perpetui  ,  nisi  resipuerit,  anathematis  vincu- 
lis  oblig-amus  ;  sitque  portio  ejus  infernus  ,  lieredi- 
tas  illius  diabolus  ,  pars  et  consolatio  ejus  ul)i  nun- 
quam  brtitia  sed  semper  est  fletus  ,  veniatque  ,  ni- 
si ,  ut  diximus  .  poenituerit  ,  super  illum  quicquid 
maledictionis  excog'itari  vel  dici  potest.  Si  quis  au- 
tem hujus  sancti  coenobii  adjutor  existens  illum  in 
quo  potuerit  eleg*erit  et  amaverit  ,  liic  Dei  omnipo- 
tentis  intervontu  apostólica  repletus  benedictione 
crescere  se  g-audeat  in  viríutem  {\v   virtute  .   sit(|ue 


CKMIM!!)  |H»\. 


^.» 


portio  ojns  paradisiis  ,  hcrcdüas  ¡Ilius  Domimis 
('hristus  ,  j)iirs  ('( coiisolatio  cjus  ubi  scimixt  ^"lu- 
(liiini  ot  dolor  (\st  milliis.  Iiitordiciinus  ctiam  nni\er 
si  ^'encris  potostatihus  iil  iiiilli  lií^oat  ex  jaiii  dicto 
monasterio  accijx're  j)as('iiarios  vel  cxi^orc  tra^'inas 
aut  distr¡nf»'(M'o  plácitos  ullius  hominis  ad  moiíaste- 
rium  pcrtiiuMitis  ,  cnjiisciiiKiuc  sit  culpa'  ,  si  sui)ra- 
dictis  iiialcdictionihus  non  vnlt  subjaccre,  ({iias  Dous 
omnipotens  et  ab  adjutoribus  hujus  nostri  privilog-ii 
scniper  avíM'tat  ,  ct  super  disrumpere  cnpientes  se- 
verus  indiicat.  Scriptum  per  manns  Benedicti  Nota- 
rii  reí^'ionarii  et  scriniarii  sancta^  Romana*-  Ecclesiíií 
in  mense  1  anuario  ,  Indictione  quinta  decima. 


VI. — APÉNDICES. — 4 


IX. 


Consagración  de  la  iglesia  de  Pi,  en  Conflent,  en  el 
año  1022. 


,NNO  dominicíie  incarnationis  xxii.  super  mille- 
simnm  era  millesima  lx.  indictione  mi.  pridie' ve- 
nit  Yuifredus^  nutu  divino  arcliiepiscopus  Narbo- 
nensis  filius  Vuifredi'*  comitis,  et  Oliva  pontifex  Au- 
sonensis  frater  prefati  comitis,  et  Ydalcherus'  archi- 
diachonus  Elnensis,  simul  cum  jamdicto  comité  et 
in  numeris  fidelium  clericorum  et  laicorum  turniis, 
ad  dedicationem  ecclesiie  Sanct.  Pauli  apostoli  et 
confessoris  Pauli  in  vale  Confien  te  sitíie  in  villa  Pi- 
no, consentiente  sibi  Bereng-ario  Elnensi  episcopo 
tune  temporis  peregre'  profecto.  Ig-itur  nos  prefati 
episcopi,  consentiente  prefato  comité,  confirmamus 
predictíB  eclesiíB  suam  parrocliiam  ab  oriente  termi- 
natara  in  terminibus  Yerneti,  a  meridie  in  fonte  de 
Tec,  ab  occidente  in  eolio  de  Mented,  a  parte  vero 
circi  venit  in  Grunno  et  descendit  perScalam  usque 
ad  (aquam''  de  Saorrig  et  síatim  liinc  hule  per  serraní 


'  Villniíueva  ocVuubrü. 

■■'  et  ^  Vülan.  (iuifrcdus  et  (¡iñfredi. 

'*  Villan.  [ilalc/ierus. 

■*  II  a  existo  en  eíl'et  une  tradition  diin  pólerinaiíe  a  Jéru- 
salem  t'ait  par  Rórenguer  ,  alors  óvrque  d'EIne. 

•'  Les  mots  entre  crochets  ne  soiit  pas  dans  le  texte  de  \\- 
Hanue\a. 


CAMI'UODON'. 


27 


ante  stantcm)  (Mmkmmii  ^  ascendí (  iist/iw  m  /erm'inibns 
l^erne/'P.  infni  i)r('S('ripl.()s  torniiiios  coníirinamiis  ci 
décimas  ct  i)riiniti;is  ct  íidclimii  ohlacioncs  ('tciiiic- 
ta  qua^  divino  cultiii  (el  hmnano)  i)ertinent,  eo  Iciio- 
ro  ut  canónica  (*t  a])()st()lica  auctoritatc  .su])dita  sit 
sua»  maíri  sancta'  I^IHkmisí  occlo.sia'.  Si  (|uis  antorn, 
quod  non  ()l)tanuis,  linins  nostri  docreti  prosnin|j- 
tuosus  tonicrator  extiterit,  tandiu  noverit  se  scpara- 
tum  ab  oinni  c(Rtu  fidelium  Xpianorum  doñee  resi- 
piscat  et  ad  plenam  satisfactionem  veniat:  pro  tern- 
porali  tamen  vinculo  quicquid  ablatum  fuerit  rcd- 
datur  in  quadruphim.  Donata  vero  a  nobis  est  pre- 
fata  occlesia  liuius  dotis  titulo  anno  xx.vr.  re^'^ni  re- 
g'is  Rodberti. 

Guifredua  sanctííí  prima*  Narbonensis  ecclesi^ie 
(arcbi)episcopus  ss  ^.  Oliba  episcopus  quod  jus- 
turo  est  confirmo  ^  ss.  Ydalg-erius'  archidiaconus 
-|-.     Wiífredus-  dei  g*ratia  comes  >í<. 

Salomón  sacer.  et  judex  et  -|-  die  et  anno  prefixo. 


•  Yillan.  Udalgarius  archipresbiter . 

*  Yillanueva  ne  donne  pas  cette  signature. 


X. 


Escritura  de  sujeción  del  monasterio  de  San  Pedro 
de  Camprodón,  al  de  Moyssach  y  á  su  abad  Hu- 
go, por  el  conde  de  Besalú  Bernardo  II,  en  el  año 
1078. 


MNiBus  in  jíiternum  manifestum  sit  quud  ego 
Bernardus  Comes  Bisuldiinensis  videns  quídam  mo- 
nasteria  qu?i^  mihi  succedebant  et  propinquitate  an- 
tecessorum  etparentum  meorum  a  monástico  or- 
dine  et  reg"ulari  vitapenitüs  deviasse  ,  pro  remissio- 
ne  peccatorum  meorum  atque  remedio  animarum 
patris  mei  et  matris  meae  in  meliüs  ordinare  dispo- 
sui.  Hoc  igitur  salubri  consilio  accepto  ,  auctoritate 
meorum  hominum  dono  sub  legall  descripto  orani- 
potenti  Deo  sanctisque  ejus  Apostolis  Petro  et  Pau- 
lo ,  loco  Cluniaco  ,  atque  Abbati  venerando  domno 
Hug-oni  et  ómnibus  ejus  successoribus  ,  quandiu  lo- 
cus  Cluniacus  in  ordine  perstiterit  ,  electionem  et 
dominationem  monasterii  sancti  Petri  Campi-rotun- 
di  ,  atque  monasterii  Sanctíe  Mariji?  quod  dicitur 
Arulas  ,  simulque  monasterii  sancti  Pauli  Valiosa^  , 
ut  teneant  et  ordinent  predicta  monasteria  secun- 
düm  reg-ulam  sancti  Benedicti  in  perpetuum.  I't  au- 
tem  haec  mea  cessio  stabilis  i)ermaneat  ,  abbatiam 
sanct.'i'  >ü\ria»  de  Arulis  ab  illis   ([ui    in    foudum    ad 


(■\MPK()nÓN.  29 

(|iiis¡orant  redimí  ,  soilicot  á  íiifrodo  \arbí)npnsi 
Arcliicpiscopo  cciitinii  inicias  aiiri  ,  ac  ab  Amallo 
Arnalli  ('(Mitiiin  uncías  aiirí  ,  vi  iii  vita  sua  diiiiisí  , 
(H  de  ípso  honoro  capcllaiüam  iii  i^lcclesia  san(;ti  Po- 
tri  de  Albaiiiaiio  ,  at({ue  omnes  H^vos  inilitiini  quos 
in  Hisiildiuiensí  cüiiñiüo  sancta  María  liabebaí  , 
abs(iu(»  í'evü  Ijernardi  Adalberti  et  (iiiillelnii  Se^-arü. 
Síiiiiliter  etiaiii  abbatianí  saiicti  Paiili  á  Petro  \'i<'e- 
comite  Feuülensíiiin  ,  quí  íu  fevo  ad(iiiísierat  ,  rede- 
mi  centiim  uncías  aiiri  ,  et  diim  vixerit  ,  dimisi,  et 
de  ipso  honore  sancti  Pauli  víllam  qiiaí  dicitiir  Mau- 
ri.  Insuper  omnes  malas  consuetudines  ,  boaticos  , 
alberg-as  ,  atqiie  trag-mas  ,  et  omnes  torturas  quas 
eg*o  bactenus  vel  omnes  antecessores  mei  in  ipsis 
lionoribus  prjpdictorum  monasterium  requirere  ví- 
debamur  ,  funditus  dímitto.  Istam  síquidem  meam 
donationem  ,  sicut  jam  dixi  ,  ita  jure  perpetuo  te- 
nendam  esse  voló.  Etsi  quiseam,  quod  absit ,  violare 
tentaverit  ,  sub  judicio  Romani  Pontificis  exami- 
nandam  esse  relinquo.  Factum  est  autem  hujus 
meaí  cessionis  testamentum  in  manibus  carissimi 
nostri  consobrini  domni  Hunaldi  Abbatis  Moyssia- 
censis  anno  dominicas  incarnationis  mlxxviii.  aera 
Mcxvi.  Greg-orio  vii.  Pontífice  pontificatum  Romae 
tenente  ,  Philippo  Reg-e  Francorum  reg-nante. 


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XI. 


Privilegio  otorgado  por  el  conde  de  Barcelona  Ra- 
món Berenguer,  á  petición  de  Gregorio,  abad  del 
monasterio  de  S.  Pedro,  concediendo  á  la  villa  de 
Camprodón  el  poder  celebrar  mercado  el  lunes  de 
cada  semana,  de  fecha  8  Diciembre  del  año  1118. 


^M  OTUM  sit  ómnibus  hominibus  tam  príiesentibus 
quam  futuris  quod  eg*o  Raimundus  Bereng-ariiis  Co- 
mes Barchinonensis  considerans  pondus  et  f>Tava- 
men  meorum  peccatorum.  qua.svis  vías  unde  pos- 
sem  relevare  sarcinam  i)eccatorum  meorum.  ideir- 
co  fació  donationem  et  traditionem  monasterio  Sanc- 
ti  Petri  de  Camporotundo  et  domino  Greg-orio  Abba- 
ti  et  liabitatoribus  ejusdem  loci  tam  príesentibus 
quam  futuris,  ut  deinde  liabeant  et  possideant  mer- 
catum  circa  idem  monasterium  in  perpetuum  per 
omnes  hebdómadas,  in  secunda  feria;  etaliter  modo 
lianc  donationem.  et  traditionem  pra^fato  monaste- 
rio fació,  quod  á  eolio  Arearum  usque  ad  coUum  de 
Portules,,  et  á  eolio  Pendedicii  usque  ad  Campum- 
mag-rum  nulla  potestas  infra  jam  dictes  términos 
alium  ulterius  valeat  stabilire  mercatum,  et  omnes 
ad  lioc  vinientes  et  redeuntes  infra  pr.*efatos  térmi- 
nos sint  salvi  et  securi  et  sub  mea  defensione  suc- 
cesorumque  meorun.  Dono  etiam  pnpfato  loco  Sane- 


CAMPIIODÓN.  'H 


ti  Pí^tri  sal\;ili()ii(Mii  sccnrit.'itis  ct  j)!icis  ¡ii  pci'pc- 
limm  ()iiinil)iis  (li('l)iis  iiilVn  lliiiiicn  Tcccris  ct  Jíivi- 
(;l)li(|iii:  (|n()(l  si  iiliíjiüs  iiioliiiiaiii  aücni  iiitVa  lios 
términos  ix'i'jx'ti-avcrit  (Inppliciter  fomijonat,  ct  iii- 
supor  lil)rain  aurcaní  curia'  nostrc  rcstitiiat.  Mst  ai¡- 
tein  ipsuin  inonastíM'imii  ¡ii  siil)  urbeo  íioniiidciisi 
et  iii  c'oinitatii  MisuldiiiKMisi  sitiim  iii  valle  Landa- 
ronsi  Ínter  (huí  ñniiiinaToceris  ot  Wivi-()hli(pi¡.  \'A 
si  (piis  contra  lianc  nunun  donationcní  de  loro  vidc- 
licet  vcl  o<^"oniet  vol  ñlins,  vel  ñopos  v(4  alia  (jnadi- 
bet  persona  vohierit  adversari,  vel  contradieere, 
pars  ejus  sit  iní'ernus,  participacio  ejiís  euní  dainna- 

tis  iii  abisso Hanc  tamen  meaní 

doiiationem  fori  fació  siib  tali  convenientia,  ut  mi- 
lla persona  ñeque  Comes  ñeque  Yice  Comes,  ñeque 
Clerkus,  ñeque  Laicus  possit  ibi  reg'irc  justiciam 
vel  Leudam  vel  aliquid  omnino.  Sed  ipsi  monaclii 
teneant  et  jure  divino  possideant  integrum  ipsum 
mercatum  et  omnia  que  ad  ipsum  mercatum  perti- 
nent.  Facta  est  hoc  scriptura  donationis  octavo  Idus 
Decembris  anno  ab  incarnatione  Domino  Millessimo 
centessimo  décimo  octavo,  reg"nante  Ludovico  Reg-e 
Francorum  anno  undécimo.  Sig'vnum  Raimundo  Co- 
mes.— Sigvnum  Raimundi  Bereng-arii  Comitis  qui 
hanc  chartam  donationis  fieri  jussit  et  manu  pro- 
pria  firmavit  et  ut  á  testibus  firmaretur  rog'avit. — 
Sig'fnum  Dulcife  Comitissít. — Sig-vnum  Dorca.— Sig*- 
ynum  Perela. — Sig'vnum  Bernardi  Guillermi  de  Lú- 
ea.— Sig'vuum  Petri  Gullermi  Clerici. — Sig'ynum  Du- 
randi  Sacerdotis  de  Perpiniano. — Sigyuum  Arnaldi 
fratris  ejus. — Petrus  Sacerdos  et  monaclius  recepi 
hanc  chartam  donationis  rog-atus  scripsi.  Subf  die 
annoque  príefixo. 


XII. 


Acta  de  consagración  de  la  iglesia  de  San  Valentín 
de  Salarsa,  en  el  condado  de  Besalú  y  parroquia 
de  San  Cristóbal  de  Baget,  de  fecha  XV  de  las 
calendas  de  Diciembre  del  año  1168. 


NNo  Dominicse  Incarnationis  M.C.LXVIII.  veg- 
iiique  reg'is  Ledovici  Jiinioris  XXXII.  XV.  calendas 
Decembris  venit  dompnus  Ponciiis,  Del  dig-natione 
Dertusensis  episcopus,  et  abbas  Sancti  Joliaiiiiis, 
jiissii  et  praecibiis  venerabilis  Gullermi  Gerundensis 
episcopi  ad  consecrandam  ecclesiam  in  honore  Sanc- 
ti Valentini  martyris  et  presbyteri,  qiia?  sita  est  in 
comitatu  Bisuldunensi  in  parrochia  Sancti  Christo- 
l)liori  de  Beg-et,  in  Villare  de  Arca,  qiianí  íncola^  lo- 
ci  illius  STiis  eleemosyniset  laboribus  íedificaverunt. 
Constitiiit  vero  praMÜctus  ei)iscopiis,  et  sub  vinculo 
anathematis  posuit,  nt  nuUa  persona  magrna  vcl 
])arva  andeat  pra;dictam  ecclesiam  violare,  nec  ali- 
qiiem  ed  eam  confug'ienteni.  vel  aliquaní  rem  inde 
violenter  al)straliere.  Et  qiiisquis  aliíiuit  de  suis  fa- 
cultatibus  divino  instinctu  ad  luminaria  concinan- 
da.  vel  ad  necesaria  ejus  ecclesiie  donare  voluerit, 
ei  de  inj uñeta  sibi  pcenitentia  XV.  dies  misericordi- 
t(T  relaxat.  Prípdictus  vero  episcopus,  abbas  Sancti 
Johannis,  et  abbas  Campi  rotundi  dederunt   Deo.  et 


l'AMI'UODOX. 


SA 


Jioato  ViilíMitino  (|ii;iiitmii  iiifi-Ji  pariotcs   coiitiiiclin- 
(H'clesia\= 
Poncius  ,    T)oi  (lií^MiatioiH*    DcpIosímísís    ('i)isropiis 

Si<^"^mnii  Pcti'i,  abbatis  ('ainj)i  i'()luii(li.= 
HisiilliuHMisis  proba t....at({uo  saronlo.s.=: 
!S¡<^*>í<nuni  Yicontii  diachoiii.  <|iii  Iim-c   scripsit   dic 
et  anuo  (nio  su])ra.= 


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VI. — APÉNDICES. — 5 


iy^v^v^^v*^'v^yvv<^^^f*y>vy^'v^v*^^v'v^íy^ 


XIII. 


Acta  de  consagración  de  la  nueva  iglesia  del  mo- 
nasterio de  San  Pedro  de  Camprodón  por  los 
obispos  de  Tortosa  y  Gerona,  en  el  año  1169, 


í 


N  nomine  sanchp  et  individuíE  trinitatis.  Anno 
M  c  L  X  V  I  I  I  I  ,  ab  incarnatione  Domini,  Idibus  No- 
vembris,  reg'ni  Lndovici  jiinioris  Reg*is  Francorura 
anno  x  x  x  i  i.  venerabilis  Dominas  Guillelmus  Ge- 
rundensis  sedis  Dei  g-ratia  Episcopus  et  Dominus 
Pontius  Dertosensis  sedis  Episcopus  venerunt  ad 
consecrandum  in  lionore  sancti  Petri  monasterium 
in  loco  qui  dicitur  Campus  rotundus.  Est  autem 
prfedictum  monasterium  in  comitatu  Bisuldunensi 
in  pntfato  loco  antiquitus  fundatum.  In  die  vero 
consecratíonis  concessit  pra?dictus  Pr^esul  pnrfato 
monasterio  Ecclesiam  sanctae  Maride  qua?  juxta  ip- 
sum  monasterium  fundata  est  cum  ómnibus  suis  te- 
rris,  et  Ecclesiam  sancti  Christophori  de  Grexeturrio 
cum  decimis  et  primitiis  et  oblationibus  et  terris 
suis,  et  Ecclesiam  sancti  Martini  de  Solamal  simili- 
ter  ,  et  Ecclesiam  sancti  Nazarii  cum  suo  alodio  ,  et 
Ecclesiam  sancti  lacobi  de  Polig-er  cum  suo  alodio  , 
et  Ecclesiam  Sancti  Emeterii  cum  suis  decimis  et 
primitiis  et  oblationibus  fidelium,  et  Ecclesiam  sanc- 
ti Andrenp  de  Oliveda  cum   decimis   et  primitiis   et 


CA.Ml'UUUUN. 


:r) 


()])lat¡()MÍI)us  siiis.  Pni'torca  concossit  dicto  inonaste- 
i'io  oinnes  rc^-iides  vel  ípiulcscmKiuc  (loiiationcs  si- 
ve  |)()SS(\^si()iios  vol  acíjuisilioiHvs  (¡lias  pra^fatum  mo- 
nasteriuiu  halx^t  scmi  hahcrc  (híbct  vel  deiiiccps  jus- 
te ad(iiüsierit.  Praíratuiu  etiaiii  iiioiiasteriiiiii  euiu 
oinni  villa  sua  suh  tali  deíensioiio  ot  seeiiritatc  pra'- 
dicti  J^li)iscoj)i  ciim  ómnibus  illis  (|iii  dedicationi  iu- 
tereraut  constituerunt  ut  aliquis  liomo  cujuscun([ue 
sexuft  ,  ordinis  ,  (li<;*uitatis  ,  vel  a;tatis  ibi  aHíjuam 
violentiam  (pioquiu^ue  tempore  non  inferat  ,  sed  ob 
honoreni  et  reverentiam  Dei  et  Ecclesi;e  salvo  et  in- 
violabili  munimine  consistat.  Príefatam  vero  dona- 
tionem  et  concessionem  prjtdictus  Gerundensis 
Episcopus  facit  salva  in  ómnibus  et  per  omnia  obe- 
dientia  et  reverentia  (íerundensis  sedis  in  ómnibus 
prielibatis  Ecclesiis. 


^ÍM 


XIY. 


Cesión  hecha  por  el  rey  de  Aragón  D.  Alfonso  I  al 
monasterio  de  San  Pedro  de  Gamprodón,  de  las 
fraguas  y  baldios  que  el  dominio  real  poseía  en  el 
pueblo  de  Pi,  en  el  mes  de  Octubre  del  año  1183. 


N  dei  Ilumine  cuiictis  sit  maiiifestum  quod  ego  11- 
defonsus  dei  ^'racia  rex  Arag'onum  comes  Barchino- 
iie  et  marchio  proviiicie,  pro  remedio  anime  mee  et 
parentum  meorum  dono  domino  deo  et  monasterio 
Sancti  Petri  de  Campo  Rotundo  illas  manticas  meas 
quas  eg'o  liabeo  in  villa  de  Pinu,  cum  omni  adem- 
pramento  quod  pertinet  ad  illas  manticas  sicut  con- 
tinetur  ab  istis  afrontationibus,  scilicet,  de  Collo  de 
Menteto  usque  ab  Fontem  de  Teg*,  et  usque  ad  Clier 
de  Archa,  et  usque  ad  crucem  de  Pinu,  et  usque  ad 
Grun.  Sicut  ab  istis  afrontationibus  includitur  et 
terminatur,  sic  dono  ipsas  manticas  cum  suo  adem- 
pramento  domino  deo  et  jamdicto  monasterio,  et  lia- 
beat  et  possideat  in  perpetuum  ad  suum  proprium 
alodium  sine  omni  inquietatione  mea  et  meorum 
bajulorum  vel  cujuslibet  alterius  persone.  Preterea 
voló  et  mando  quod  nuUus  bajulus  sit  ausus  vende- 
re  ipsa  adempramenta  de  ipsis  bosclis,  vel  ullum  sta- 
])ilimentum  faceré,  sine  consilio  et  volúntate  abba- 
tis  de  Campo  Rotundo,  salvo  tamen   ipso  adempra- 


CAMlUtüÜUN. 


:r 


iiHMito  iiKMjriini  ])r()j)r¡()niiii  lioiiiimim:  iiiilliis(jiie 
lionio  possit  ibi  inittcrc  iiuiiiticas,  iiisi  illas  (iiias  otro 
doiiavi  iiiansis  de  ipsa  Plana,  (jik!  habcant  aílcinpra- 
iiKMitiim  et  operaiii  tantimi  \i\  illis  lioiiiinibus  de  ij)- 
sa  Plana.  Actiini  ost  hoít  apiid  Pnidcs  niense  octoljr. 
auno  domini  m".  c."  iaw".  tercio. 

Si^i^nmn  -|-  íldefünsi  r('<»'is  Ara^^-oniim  coinitis  Par- 
chiñ  et  marchiünis  Provincie. 

-j-  Poi'uardi  de  ipsa  Portoylla.  -|-  Paiimindi  de  S(v 
rrallon¿j;*a.  -f-  (!'.  de  Famiuna.  -|-  Uaiiniiiidi  de  Kip- 
pis.  -|-  Perelc.  -|-  Bereng-arii  Terraconensis  archie- 
piscopi. 

Eg'o  Bernardus  de  Calidis  scriba  regáis  scrijisi  hanc 
cartam  et  feci  hoc  -}-• 


-®ág^ó2^',^^.4^á^^<Sí^..^^f$S^<^^^ég^éSí'í*^'í*^.^í^ 


XY. 


Decreto  del  rey  D.  Alfonso  de  Aragón,  para  evitar 
la  insolencia  y  codicia  de  los  que  acudían  al  mo- 
nasterio de  San  Pedro  de  Camprodón. 

Ildefonsi  Regís  Aragomim  decretum  super  hospitihis 
monas terii  Camjñrotundi. 

Ex  arch.  monast.  S.  Peíri  CamjñTotiindi. 


ovERiXT  presentes  et  futuri  quod  eg-o  Ildefon- 
sus,  Rex  Araf^-oiiensium  et  Comes  Barchinonensium 

pariterque  Bisuldunensium in  reg-no  meo  quos- 

dam  liomines  sine  mensura  et  sine  ratione  causa  os- 
pitalitatis  oprimere  et  vexare  ecclesiam  Dei  et  má- 
xime monasterium  Campirotundi  quod  nostri  anti- 

quitus  in  montaniset  in  infructuosis ticaverunt, 

statuimus  atque  i)necipimus  in  perpetuum  observa- 
ri,  ut  in  supra  dicto  monasterio  nulla  persona  qufv- 
cunque  sit,  ibi  g-ratis  ab  ospitandum  suscepta  au- 
deat  ab  abitato carnes  requirere.  nisi  in  domi- 
nica die  et  in  feria  III.  et  in  feria  V.  nec  cog*antur 
emere  carnes,  sed   suficiant   ospitibus   tales  carnes 

quales  de   reditibus  suis  annuatim piunt.   Alus 

vero  diebus  dentur  ospitibus  tales  cibi,  quales  et 
monaclii  in  suo  refectorio  comedunt,  scilicet,  ca- 
seus,  ova,  leg*umina.  De  annona  autem  dentur 
duabus  equitaturis  eorum  I.  eminale  contines  in  se 
XXX.  libras,    cum   (¡uo   pistor  monasterii   suscipit 


CAMPUODÓN.  iií> 


aniiüiiMín  al)  paiKMii  raciíMuImn.  Pií^-iiora  ctiaiii  iic- 
mini  cxtraaiitur.  Si  autciii  alifjiiis  lioc  (|iim'  siipra- 
(lixiinus  karitatis  ^-ratia  lai"<4-n¡r¡  ])('r  violciitiam 
vcl  por  tirannidciii  al¡(|iii(l  rcíjucsicrit,  oi  oinnino 
oiiinia  (l(Mi('^'(Mitur.  VA  si  proptcr  lioc  aliíiuain  Im'sío- 
lUMn  vol  invasionein  inonastíM'io  vol  robus  vol  lioini- 
iü))us  monastoi'ü  IVccrit,  sicut  de  sacrilo^-io  Abbati 
et  Senioribus  loci  reus  tonoatur,  et  ¡n  ciiriam  nos- 
traiii  ad  nostraní  voluiitatem  facieiidam  veuiat.  Po- 
iiimus  etiaiii  sul)  dofonsione  et  securitate  iiostra 
üiiiiios  qiii  ad  forum  oiusdoiu  loci  vonerint  a  do- 
minica (lie  iisiiue  ad  plannin  Jocatorium,  a))  occi- 
dente asque  ad  pontem  novum  Securiarum,  a  sep- 
tentrione  usque  ad  córtale  quod  vocatur  Coma  ar- 
mata  et  in  circuitu  secundum  términos  quos  po- 
suimus.  Alus  vero  diebiis  quando  forum  non  cele- 
bratur  erunt  termini  monasterii  a  monte  Landrici 
usque  ad  montem  Paradele.  et  a  monte  Clariane 
usque  ad  mansum  qui  vocatur  Coma  et  in  circui- 
tu. Quicumqne  infra  supradictos  términos  homini- 
bus  vel  rebus  monasterii  aliquam  lesionem,  vel  in- 
vasionem  vel  pigmorationem  sine  consilio  Abbatis 
vel  Seniorum  fecerit  sive  in  die  fori  sive  in  alus  die- 
bus,  si  miles  fuerit,  centum  solidos  Abbati  persol- 
vat,  et  reus  notrfe  curiae  teneatur:  si  pedes  fuerit, 
quinquag-inta  persolvat  et  reus  nostrse  curiee  tenea- 
tur. Preterea  in  terris,  in  possessionibus,  in  homi- 
nibus  et  in  rebus  monasterii  ubicumque  sint  vel 
qualescumque  sint  quicumque  in  eis  lesionem.  in- 
vasionem,  pig-norationem  vel  aliquod  malum  fece- 
rit, si  miles  fuerit  Abbati  centum  solidos  restituat: 
si  pedes  quinquag-inta,  et  reus  nostrfi?  curiee  te- 
neatur. 


XYI. 


Acta  con  la  cual  el  Abad  del  monasterio  de  Moys- 
sach  enumera  las  demasías  y  conflictos  creados 
por  el  Abad  del  monasterio  de  San  Pedro  de  Cam' 
prodón,  para  sacudir  su  tutela. 


OBis  Domino  G.  Dei  g-ratia  Abbati  Moysiacensi 
nos  P.  Prior  Campirotundi  et  conventus  ejusdem  lo- 
ci,  scilicet  B.  de  sancto  Martino,  A.  de  Fornellis, 
Matthfeus  Cellerarius,  et  P.  de  Valle  Abrica,  et  lo- 
hannes  de  Valle  Abeica,  et  de  B.  Pinu,  et  A.  de  Va- 
llispiranis,  et  B.  de  Cerritania.  et  R.  de  Viverio. 
conquerendo  ostendimus  gravamina  qiia*  Dominus 
P.  condam  Abbas  noster  post  sententiam  depositio- 
nis  á  vobis  latam  fecit  Ecclesi;^^  nostrfí^  en  vestrpe  in 
prfpjudicio  EcclesijTB  Moysiach,  et  ordine  Cluniacen- 
se.  In  primis  impetravit  cartam  á  Domino  Comité 
Impuriarum  tenenti  locum  Reg-is  in  partibus  nos- 
tris,  qui  pra^cepit  liominibus  Campirotundi  sub  pce- 
na  corporum  et  omnium  bonorum  suorum  ut  defen- 
derent  ipsum  contravos  et  Ecclesiam  Moysiacensem. 
dicens  et  affirman  (jund  injuste  proceditis  contra 
eum.  ítem  rog-avit  Vioarinm  Domini  Reg-is  et  fecit 
eum  venire  apud  Campumrotnndnm:  et  etiam,  si- 
cut  dictum  est  nobis  ab  his  qui  certissime  noverunt, 
conducit  eum  mercede.  Qui  Vicarius  vocavit  popu- 


CAMIM!(i1m')Í<í.  41 


lililí  cjistrí,  el  i)i';rc('|)¡t  cis  siih  |)<i'iin  |)!':r(li('1}i  ex 
l);irl('  Ifc^'is  vi  siiii  iil  (IcIriKlcrciit  ¡|)Siiiii  d.  ndjiílo- 
rcs  silos  contra  \()S  el  (M-clcsiaiii  Moysiaí^on.Sí'in.  VA 
cuín  Domiinis  V.  l*i'ior  iioslcr  (liccrct  corain  Vicario 
ct  omiii  i)()])ul()  ([iind  (loimis  ('aiii]»iro1iiinl¡  (*t  cas- 
tnim  iniíiKMliatc  i)orl¡ncl)at  lOcclcsia*  MoysiaíMMisi.  ij)- 
S(*  (HcJus  P.  ii(^í4*a\¡1  coram  ómnibus,  ot  adirniavit  ct 
(lixil  ((uñd  iiioiiaslci'iiiiii  omiiiiio  ci'ai  suhjííctiiiii  IJo- 
^'i.  It(Mn  n(\i4-a\  il  (pind  non  oral  ncc  ('iiit  ncc  csso  vo- 
lcl)at  do  oon^TOj^-atioiK^  vcl  ordinc  ncc  de  societate 
('luniacensi  ct  (jiiod  tantuní  facerot  pro  Ab])atc  Clu- 
niaconsi  (luantnni  pro  Abl)atc  Balnoolis.  YA  dixit 
contnmoliüsc  et  etianí  spcrnendo  quod  ])ene  esset 
paccatus  si  omnes  trutaniios  ordinis  Cluniacensis  re- 
ciperet  in  dóminos  vcl  in  socios.  ítem  tradidit  claves 
ct  bona  monasterii  intus  et  extra  Vicario  Domini 
Reg'is,  et  fecit  sigmari  sig-no  Kcg'is  j anuas  infra 
claustra  monasterii.  Qui  Vicarius  de  mandato  ipsius 
misit  ibi  dispensatorem  auctoritate  sua;  et  lioc  fecit 
scribi  in  libro  curia^  Kcg'is,  Priore  et  conventu  ex 
parte  Domini  Papa'  et  vestra  coiitradicentibus.  YA 
ipse  P.  retinuit  secum  quosdam  scutiferos  dicti  Vi- 
carii,  ut  vilipendant,  conventum,  et  cotidie  vilipen- 
duiít,  bona  monasterii  dissipando.  ítem  fecit  depra^- 
dari  proprios  liomines  domus  curiíie  Domini  Reg*is. 
ítem  fecit  venire  Vicarium  supradictum  cnm  manu 
armata  in  monasterio  Campirotundi,  et  volebat  ei 
tradere  potestatem  villa^  in  detrimentum  castri  et 
monasterii.  Et  nos  contradiximus  ei  ex  parte  Domi- 
ni Papít^  et  vestra.  Et  tune  oportuit  nos  firmare  .... 
.  .  .  per  centum  annos  in  posse  curien  memoratíe. 
ítem  ipse  cum  P.  Caminarii  et  G.  de  Curtibus  et  A. 
Den,  qui  in  ómnibus  contradicunt  sententife  et  pr?e- 
ceptis  vestris,  et  propter  hoc  sanit  a  vobis  excomuni- 
cati,  perturbant  conventum  cum  vult  in  Ecclesia  ce- 
lebrare divinum  officium.  ítem  indebité,  cíim  ipse 
sit  á  vobis  justé  depositus,  tulit  contra  nos   senten- 

VI. — APÉNDICES. — 6 


42  APÍINDICE. 

tiam  excomunicatiüiiis.  ítem  veiididit  et  oblig'avit 
oxi)lccta  de  Romayaco  et  de  Palacio  cuidam  burg^en- 
si  de  nisilduno  ad  ({iiinque  anuos  pro  qiiatuor  ini- 
llibus  solidoruin  a])sqiie  consilio  conventus.  ítem 
socii  ejiís  pnvdicti  invaserunt  Ecclesiam  perturban- 
do seras  ipsius  ut  non  possint  aperiri  ñeque  claudi. 
Vnde  Ecclesia  máximum  posset  incurrere  detrimen- 
tum.  ítem  conducit  et  ro^-at  milites  et  raptores  et 
malefactores  terne  utsint  cum  ipso  contra  nos  et 
Ecclesiam  vestram  et  nostram,  tradendo  eis  omnia 
bona  monasterii.  ítem  cüm  Dominus  P.  Prior  noster 
defenderet  jura  monasterii  Moysiacensis  et  diceret 
sibi  quod  ipse  tenebatur  Abbati  et  monasterio  jura- 
mento et  obedientia,  dixit  coram  conventu  et  omni 
populo  quod  ipse  mentiebatur.  et  ctiam  minatus  est 
eum  dicendo  quod  satis  erat  locutus  per  omnia  sé- 
cula seculorum. 


f//*\v''/7*A\'';(iv'''/^v'  'í^x    'rSv*  'r\v'  «  ><  \'-. 

^^(r•VV^V'*vl'>^^■"vl'l'W'■'V^^V^  f/\%'"  </\(\/r  \ÁV\/'' ^/■'  v'^ 

V.- -.        .       <^ 


XYIL 


Escritura  de  cesión  de  la  villa  de  Caniprodón  he- 
cha por  el  abad  Guido  al  rey  D.  Jaime  I,  en  cam- 
bio de  varias  posesiones  y  derechos  sobre  dicha 
villa,  con  fecha  22  de  Septiembre  del  año  1249. 


ciANT  cancti:  Quod  nos  conventus  Sancti  Petri 
de  Camporotundo  por  nos  et  omnes  succesores  nos- 
tros  donamus  et  difinimus  et  in  presentí  tradimus 
vobis  domino  Jacobo  Dei  Gracia  Reg'i  Arag'onum  et 
ómnibus  vestris  succesoribus  in  perpetuum  et  no- 
mine vestro  Raimundo  de  Pompiano  Vicario  inmon- 
taniis  de  Camporotundo  et  Bernardo  de  Vicco  Judici 
ordinario  Domini  Reg-is  totam  villam  sive  castrum 
nostrum  de  Camporotundo  quod  quondan  solebat 
vocari  Podium  Reliquiarum  in  quo  vos  jam  liabeba- 
tis  potestatem  sicut  habetur  et  continetur  ab  aqua 
sive  Rivo  de  rivo  corto  usque  ad  carreriam  publi- 
cam  qua  transit  inter  honorem  nostrum  et  liortos 
qui  tenetur  per  Raimundum  de  Melanno  et  sicnt 
terminatur  á  flumine  ticeris  usque  ad  Campum  Be- 
reng-arii  de  Prato  et  Ferrari  Guillelme  et  Petri  Ar- 
mafiag";  Quid  infrjB  predictos  términos  includitur  et 
nos  habemus  et  possidemus  aliqua  ratione  locum 
donamus  et  diíñnimus  et  tradimus  domino  Regi  et 
vovis  nomine  suo  accipientibus  cum  exitibus  et  in- 


11  aiȒ;ndict: 

frroísibns  cuín  porüiKMiciis  ot  toiK^lonihus  ot  liomi- 
nibiis  vt  IVininis.  ceiisibus.  a^^'rarii.s  et  Jure  mercati 
et  cum  ipso  mercato  ct  cu  ni  i'urno  (jucni  nos  lia- 
híMiiiis  cxlra  tcrniinos  pnMlictos.  Ita  tamen  (|Uü(l 
pañis  Monastei'ii  decocantur  in  dicto  turno  sive 
l)uja  ct  aliquo  furnatio  et  cum  omni  jure  Scriba- 
nie.  Ita  tanicn  ({uod  de  vita  íiuillehni  de  Forncdlis 
iiotarii  publici  ejusdeni  loci  d(jnet  nobis  dominus 
Rex  quinqnag'inta  solidos  barcliinonenses  siní,'-u- 
lis  annis  et  post  mortem  ipsiiis  donet  nobis  in  es- 
mendaní  redditum  scribania»  centum  solidos  barclii- 
nonenses annuatim  predicta  omnia  sicut  superius 
continetur,  et  qui  quid  aliud  infra  predictus  térmi- 
nos liabemus  vel  nobis  pertinet  vel  pertinere  debet 
totum  donamus  domino  Keg'i  et  vobis  pro  ipso  acci- 
pientibus  et  mitimus  vos  nomine  ipsius  in  corpora- 
lem  et  possesionem  liabendum  possidendum  ad  om- 
nes  suas  voluntates  faciendas.  Etin  presenti nomine 
ipsius  tradimus  vobis  (lambertimus  bajulum  dicte 
ville  mandando  ei  quod  respondad  vobis  de  ómni- 
bus de  quibus  nobit  responderé  et  faceré  tenebatur 
mandando  etiam  liominibus  ipsius  ville  quod  domi- 
num  Reg-em  et  vos  nomine  ipsius  in  dóminos  admi- 
tant  et  absolvimus  eos  ab  omni  dominio  et  potestate 
quod  in  eis  liabemus.  Hoc  autem  facimus  vobis  ta- 
li  condición!  quod  dominus  Kex  vel  sui  sucesores  in 
perpetuuin  non  possint  daré,  venderé,  infeudare, 
permutare  vel  ali(|uo  alio  modo  alienare  de  ali- 
quibus  supradictis  Petri  comiti  Barcliinone.  Et  quod 
dominus  Rex  det  nobis  in  esmendam  in  valle  de 
Pratis  vol  de  Ripis  tantuin  in  redditibus  cum  liomini- 
bus et  feminis  et  decimis  si  essent  in  dictis  locis 
quantum  valent  predicta  que  ei  donamus.  Ab  hoc 
autem  donatione  qua  ei  donamus  esccipimus  omnia 
molendina  et  moduaria  que  suut  vel  fieri  possunt  in- 
JVa  ])redictos  términos  et  omnia  jura  que  ratione  ca- 
pelle  sante  Marie  et  santi  Nicolay  vel  ratione  juris 


CAMPUODON. 


45 


McIcsÍMst ¡cii  l»i  ;i('(*¡j)iiims  el  jiccipcrc  cííusiicv  iiiiiis. 
I'll  (jiiod  (loiiiiiiiis  l>('\  el  siii  succcsoi'cs  tciicaiil  iii"  <!<'- 
l"(Mi(l(M'('  nos  ct  moiiMstci'imii  noslriiiii  ct  oiimiíi  Ixhüi 
cjiísdcm  iitriciuc.  Aittmii  cst  lioc  VIII  KíiIímuIjis  Octo- 
hris  jinno  ('hrisli  M('('.\í,  nono.  Síí^miuiii  Hcriiaríli 
I*]l(Mnos(!¡níir¡=S¡^Mnnn  PíMi'i  de  N'aHc  ahrica^^Sií;- 
nnni  V.  N'alle  ahrica^Sií^Miinn  Maltci  Ohloari^Sií^- 
niini  Kratris  H.  de  (yei'iUuuo=A.  ('amorari^Si^'mim 
fratris  Bernardi  de  Pinia^Si^'nuin  íí.  J^ornardi  de 
Pinia=Sií^"niun  Jiernardi  de  Saiicto  Hoinano=S¡^'- 
iiiini  P.  de  (íiiarvallo— Si^-niun  P.  de  Fonteclaro  de 
Jeriinda  Testium  =  Si^*nuin  Bernardi  de  Olivera 
qui  lioc  scripsit=(iuillelinu.s  de  Fornellis  i)iiljlicu.s 
scriptor  Sancti  Petri  de  Camporotundo  suscri])ü. 
( Arclu  Coron.  Ara^,^.  núm.  174,  Per¿»-amino  suelto 
de  Jaime  I.) 


^-^^í*^ 


XYIII. 


Carta  dirigida  por  la  Diputación  general  de  Catalu- 
ña al  Abad  del  monasterio  de  San  Pedro  de  Cam' 
prodón,  rogándole  interpusiese  su  influencia  pa- 
ra apaciguar  la  sublevación  de  los  payeses  de 
remensa,  con  fecha  2  Julio  del  año  1462. 


,L  reverend  mossen  abbat  del  monastir  de  la  vi- 
la  de  Campredon. 

Reverend  mossen.  Entes  havem  que  algnins  occu- 
pants  se  ofici  diabolicli  torben  per  llur  poder  que 
certs  paí»'esos  dits  de  remenea  no  fermen  en  la  con- 
cordia novament  apuntada  e  concordada  entre  los 
dits  pag-esos  de  una  part  e  llurs  senyors  de  la  part 
altra  mentent  lus  al  devant  la  promesa  del^  CM  flo- 
rins  qui  foren  oferts  al  Senyor  Rey  don  Alfonso  de 
eterna  recordado  e  cominant  de  exequuciodeaquells 
e  axi  fan  aturar  aquells  en  no  fermar.  Stam  en  alg'u- 
na  admirado  de  vos  com  nols  donan  entejidre  la  ve- 
ritat  la  qual  facilment  pot  esser  per  ells  compresa  e 
es  aquesta  que  fermants  los  dits  pag'esos  la  concordia 
dessus  dita  es  vist  exir  de  la  oblig^acio  del  sindicat 
que  fermat  havien  lo  qual  nols  lia  dat  cumpliment 
a  res  daro  perqué  fon  fermat  e  axi  es  nulla  la  esser- 
ta  promesa  e  fermant  la  dita  concordia  es  cosa  qui 
dona  perfeta  curacio  a  llur  questio  majorment   que 


CAMPUOUON. 


47 


(MI  la  lliir  causa  ó  ¡¡leí  no  se  lia  dada  sciitoncia  car 
lo  ((lie  mes  es  stat  aiiaiilal  fon  la  siispeiisio  deis 
luals  usos  e  tot  (Contra  justictia  e  encara  (|U(;  al^am 
jut^-e  vol^-iKvs  temtar  (vv  los  IVanchs  de  les  coses  (jue 
los  dits  j)a^'es()s  (l(Mnanav(Mi  alio  seria  de  fot  e  no  de 
drct  ans  contra  tota  justicia.  V]  lo  (pie  are  os  concor- 
dat  (Mitre  los  dits  senyors  e  ells  es  \alid  e  íei-in  e  fa 
se  s(Mis  dospeses  al<^Mincs  en  gran  utilitat  deis  dits 
])a^-(^sos  niajorinent  considerada  la  r(Mnení;a  ([ui  ¡ler 
lo  Priiicii)at  a  son  carrocli  es  stada  presa.  K  si  los 
dits  pa^'csos  lio  ferinaven  e  a  la  conservacio  de  les 
libertáis  de  la  térra  no  se  adherien  no  solament  i)a- 
g-arien  co  (jue  reste  deis  dits  CM  florins  ans  encara 
inolt  mes  com  aciuells  (|ui  sens  libertat  staven  e  per 
deg'uns  ralionats  e  defesos  no  serien  e  per  conse- 
g'uent  no  solament  restarien  en  remenea  mas  en 
molt  pns  streta  servitut  recaurien  car  de  una  injus- 
ticia moltes  sen  deuen  sperar.  Per  totes  aqüestes  ra- 
hons  e  altres  pot  esser  dat  facilment  entendre  ais 
dits  pag-esos  que  lo  fermar  es  gran  utilitat  lur  fa- 
lient  los  certs  que  lo  Principat  tota  hora  los  empara- 
ra  els  defendra  e  no  permetra  ells  sien  mal  tractats 
en  alguna  manera.  E  dac;o  podeu  star  be  fíants.  A- 
questes  coses  pregam  e  encarregam  vullau  be  dar 
entendre  ais  dits  pagesos  e  abracar  scalfar  e  confor- 
tar los  en  nom  nostre  per  manera  que  sien  induits 
fer  lo  degut.  E  sia  Jhesus  ab  tots.  Data  en  Barcliino- 
na  a  II  de  juliol  del  any  Mil  CCCCLXII.— Manuel  de 
Monsuar  deg-a  de  Leyda. — Los  diputats  del  General 
e  concell  llur  representants  en  lo  Principat  de  Ca- 
thalunya  aparellats  á  vostra  honor. 


ijMDlCE. 


DodirMloria, 


Páijiíias 


CAPITULO    I. 

El  monasterio. — Su  ruina. — Inlorme  de  la  Acade- 
mia de  Helias  Artes  de  liaicelona  para  su  eon- 
scrvación. — Su  estado  actual M 

CAPITULO    II. 

Acia  de  consagración  de  la  iglesia  de  San  Pedro  tie 
Camprodon.— (lede  dicha  iglesia  el  Obispo  de 
Gerona  al  conde  Wií'redo  de  Besalii  para  fundar 
un  monasterio  bajo  la  regla  de  San  Benito. — El 
conde  W'il'redo  y  su  madre  Ü."  Ava  lo  dotan  con 
pingües  bienes. — El  rey  de  Francia  Luís  el  Ul- 
tramarino lo  pone  bajo  su  protección  y  amparo. 
— Abaciologio ^-^ 

Catíálogo  de  los  abades  del  monasterio  de  San  Pe- 
dro de  Camprodón.      . 83 

CAPITULO    III. 

Iglesia  (le  Santa  María  de  (^>amprodón,  lilial  del  mo- 
nasterio de  San  Pedro. — Priorato  de  San  Cristó- 
bal de  Baget.— Uocabruna 89 

CAPÍTULO    IV. 

Reliquias  que  se  veneraban  en  el  monasterio  de 
Camprodón. — San  Paladio,  arzobispo  de  Em- 
brún. — Traslación  de  su  cuerpo  á  Camprodón. — 
Los  franceses  en  el  saqueo  del  año  1470  roban 
el  cuerpo  de  San  Paladio. — Indulgencias  conce- 


Páfjinaa. 

Jidas  por  el  Dbispo  ile  Gerona  para  la  recupera- 
e¡(')n  (le  tan  sagrado  depósito. — I.a  eondesa  de  la 
AalíMIc  (l(nii('l\e  al  mona>l(MÍ()  la^  r('li(|ui¡is  (|iie 
la  codicia  Irancesa  liahia  usurpado. — Veneración 
de  la  \illa  y  couiaica  tie  (lau)prodón  á  tan  i;ran 
Santo 103 

BESALÚ. 

ADICIÓN  AL  TOMO  11.  CAIMTILO  \  1. 

Ahacioloiiio 1 1  .i 

ADICIÓN  AL  TOMO  II,  CAIMTILO  VIL 
l*riores  de  Santa  María  de  Mcsalú 137 

SANTA   PAU. 

ADICIÓN   AL  TOMO   III. 

Harones  de  Santa  l'au 142 

ADICIÓN  AL  TOMO  III.  CAIMTCLO  XIII. 

Priores  de  Fineslras 1  i7 

ADICIÓN  AL  TOMO  V.  CAPITCLO  IX 149 

APÉNDICE  DL  DOCLMKNTOS loi 


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