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University of Toronto
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MONASTERIOS
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D. FR&NGISGO MONSALVATJE Y FOSSAS.
Tomo VI.
IMPRENTA Y LIBRERÍA DE JUAN B0NE1\
Calle Mayor, núm. 3. ^
ES PROPIEDAD.
Gl la chanta lucniciía be iuí:> vabzc:>^
©n fluTuí^.
-iC^S^-
kí verdadera historia de esta comarca
no principia hasta los comienzos de
la Reconqinsta. Con anterioridad d esta épo-
ca, son raros los vestigios que las diversas
razas y pueblos que en la misma han debido
sentar su huella, nos han dejado de sn paso
y de sti dominación. Y si en los albores déla
Reconquista principia su historia, tenemos
que ir á beber en las fuentes que nos lega-
ron las casas religiosas de esta comarca,
que se levantaron á impulsos de una verda-
dera fe cristiana, haciendo brotar gérmenes
nuevos de vida y bellezas nuevas, confirman-
do la opinión de tm moderno historiador que
dice que del altar nacen como mejor y de 'su
primera fuente^ toda civilización y todo ar-
te.
A historiar, pues, como hemos hecho has-
ta el presente, las obras de arte que brota-
8 NOTK'IAS HlSTí'iKlCAS.
ron (i iijipiilsos del auioy d la pxüria y á la
religión en el condado de Besalú, es el Ira-
bajo qne nos Jienios impuesto, y con inuclio
más cariño por hallarse arruinadas las más.
y las pocas que subsisten, con excepción del
monasterio de Santa María de Ripoll, en el
más cojJipleto abandono. Siguien.ío su ¡iis-
toria formaremos un Cartularioj del Condado
de Besalú, puesto que publicaremos en los
apéndices todos los documentos que nos Jian
dado luz para escribir las monografías de
las casas religiosas enclavadas en los esta-
dos de la Casa condal de Besalú.
En verdad me aniíuan d proseguir este la-
borioso trabajo, digno de mejor pluma que
la mía, los ruegos de al gimo s anu'gos,
amantes entusiastas como yo de nuestra que-
rida Cataluña, y los elogios qiw se me Juin
tributado por mis ideas religiosas. «De los
objetos primordiales d que dedica V. sus
trabajos, me escribe un reputado escritor
eclesidstico, casi siempre institutos religio-
sos, y del cariño no exaj erado, sino justo,
con que los trata, al mismo tiempo que de
mil piadosas expresiones que naturalmente
brotan de su pluma, aparecen la ortodoxia
de sus ideas y los católicos sentiuu'entos de
su corazón: de lo que debo decirle lo que de
la Magdalena dijo Cristo S.X. : optiinaiu si-
l)i partem (de^-it María, ([ua*' non auíVretuí* al) ae.
Por otro lado, el modo tan natural como en
laza V. la liistoria de estos ol)jetos con la de
los pueblos de nuestra querida montaña ge-
rundense, nniestra el acouirado amor de \\
( AMl'KíJDoN.
d esta tierra. Así los escritores sirven á Dios
y á la patria; así adelítnta la historia.»
Nuestro pequeño tvalxijo será como una
modesta siempreviva á la meinoria de los
antiguos jnonasterios del condado de Besa-
lú, un reciwrdo á sus ilustres finuiadores y
íina página unís para la historia de la pa-
tria.
2— VI.
I I I I I I I I I I I I ' .1 J .1 .1 .'.
,»'í.>\ -,,->.-, •',■■• ^'.' -^^
í í í í í í í í í í í í í í í í í í
Ifti^^tiífclO;
PEDRO DE CAMPRODON,
'O^/Za^^^iD >^^tI^6^^ck^5^^\5vO-
(^AEÍTUDO I.
El monasterio. — Su ruina. — Informe de la Academia
de Bellas Artes de Barcelona para su conserva-
ción.— Su estado actual.
I.
Estos ^ Fabio, ; a y dolor \ que ves ahora
Campo de soledad, mustio collado,
^^ Fueron un tiempo Itálica famosa.
Caro.
^^....... Vi":'^
^^liHi i ilii^l^As ruinas tienen alo-o de orrande y
^ de sublime, v muchas veces ha-
blan más al corazón, dan lecciones
f^^ más elocuentes, que esos soberbios
'"^ palacios que admiramos.
El pasado es siempre digmo de estu-
dio por las enseñanzas que encierra.
Si cada piedra tiene su historia, ¿. cómo no la
tendrán estos monumentos que nos legaron la
piedad de nuestros antepasados ? Y si hay algu-
V2 NOTICIAS HISTÓRICAS.
nos di«^"iiüs de conservación y recuerdo para la
liistoria y para el arte, uno de ellos es el monas-
terio de San Pedro de Camprodón.
Lástima causa hoy al visitar sus ruinas para
los que, despojándose de preocupaciones y con la
historia en la mano, han estudiado con detención
y sin apasionamientos la Edad-Media; la historia
de esos monumentos, que es la historia de la na-
ciente nacionalidad catalana en los albores de la
Reconquista.
Y para los aficionados al arte^ \ qué ancho cam-
po no se ofrece á su crítica y á su investigación !
Como observa muy bien Górres, si estudiamos
sin prevención tan poético período, no con odio
injustificado sino con fe y amor, rompiendo la
puerta de bronce que de él nos aisla, y á la luz
de una lámpara mortecina, ya por el transcurso de
los sigdos, volvemos á ver lo que produjeron los
tiempos pasados, veremos el arte, que había per-
manecido oscurecido desde los primeros siglos
del cristianismo hasta los comienzos de dicha
época, por la falta de cultura de la sociedad su-
mida en la barbarie y contagiada de groseros vi-
cios, principia á dar señales de vida y á rehacer-
se de su postración en el primer tercio del si-
glo X, siendo las instituciones monásticas el ele-
mento vital del arte, de la civilización y del pro-
greso en aquellos siglos.
Las casas religiosas fueron durante la época
feudal un amparo para muchos desventurados,
cuvos señores habían colocado sobre toda idea de
justicia la idea de la fuerza. En sus muros era
donde se estrellaban muchas veces las pasiones y
el orgullo de los poderosos. Fueron santos asilos
('.\MIM¡()I>(')N. K3
(lo s{il)or y (le vii'tud, y sus nrcliivos ]i;ni sido los
(|U(* iins lililí smiiiiiistrado iii:'is dalos para la his-
toria do la })atria.
¿Quó tiene, piu^s, d(* extraño ([ue uno se (exta-
síe comtemplaudo sus ruiíuis y resueite eii su
mente á los cenobitas ([ue un día moraron en es-
tas soledades V
¿ Tendrá razón el autor de Las delicias del
claustro al decir que si esas piedras están desti-
nadas á ser barridas, otras se levantarán en otros
campos para dar asilo en los tiempos venideros ¡i
unos nuevos solitarios ?
Creemos que sí; puesto que, después del rudo
combate que durante nuestro siglo lian tenido
que sostener las ordenes monásticas, atacadas du-
ramente por quienes, pretendiendo desconocer
su ilustre historia, las han presentado á los ojos
del pueblo como enemigas de sus legítimos dere-
chos y de la civilización, ha sonado para ellas la
hora de su rehabilitación, haciendo justicia á los
beneficios que les deben la sociedad, el arte, la
ciencia y la civilización, i Enemigas de la cien-
cia las órdenes religiosas, cuando han producido
en todos tiempos los sabios más ilustres y los
más heroicos defensores de la f e ! ¿ Qué siglo
puede presentar tan célebre triunvirato de hom-
bres de genio tan elevado como Alberto el Gran-
de, Roger Bacón y Tomás de Aquino^ represen-
tantes ilustres de las órdenes religiosas domini-
cana y franciscana en la Edad-Media? Y concre-
tándonos á nuestra época contemporánea, ¿no han
honrado el glorioso traje de frailes predicadores
el gran orador religioso de este siglo, el Bayardo
de la tribuna sagrada, el elocuente Lacordaire,
14 NOTICIAS HISTÓRICAS.
escribiendo una de las más 1)ellas pág'inas de la
moderna literatura francesa, con sus célebres
conferencias de Ntra. Sra. de París ? ¿ No las ha
enaltecido el moderno orador y g'ran escritor de
Francia, el Padre Didón? Y últimamente, ¿no las
ha ilustrado el Padre Montsabré^ capuchino, con
sus conferencias de Cuaresma sobre el matrimo-
nio, que le han merecido los más calurosos elo-
gios del Sr. Arzobispo de París, que ha bendeci-
do el libro en que las ha recopilado, como había
bendecido su palabra ?
¿,Xo es esto un síntoma de su rehabilitación ?
Esperemos y confiemos.
II.
Las ruinas del monasterio de San Pedro de
Camprodón se levantan aún con toda la majes-
tad de su glorioso pasado al N. E. de la villa, en
el pequeño y tranquilo valle llamado antigua-
mente Land árense (1), á pesar de tanto abando-
no y desidia tanta del pueblo que un día sus aba-
des gobernaron con paternal cariño y que en
días aciagos abandonaron con el corazón lleno de
tristezas y con los ojos arrasados por el llanto.
i Pena nos causa el consignarlo ! Lo que respetó
(I) La villa (le Camprodón so halla edificada en mi jie-
queño y Iieriiioso valle, cerrado al N. j)or una eslribacióii
de los Pirineos, continuación occidental del (!anií;ó, en cuyo
nudo ( Costahona ) divídense los montes de Traííurá y Caba-
llera hacia el ().; en sentido contrario los de Molió y San
Antonio, y unas ondulaciones salidas de estos ramales cu-
bren liiíeramente la parle S, de la comarca. Fertilizan su
suelo los ríos Ter y Uiutort. Pertenece al obispado y provin-
cia de (lerona. y se baila situada á los í2." 22' latitud N. y á
los 0." ;■)* lonííitud E. del meridiano de Madrid. Se halla á
una altura de 922 metros sobre el nivel del mar.
('A.Ml'l{()l)()N. I'"'
h\ |)i(iii<^ta y ol furor revolucionario, no sui)i(U'on
conservar los hijos de ('aniprodiui. Ni su claustro
fuf» profanado, ni la t(M incendiaria causó su rui-
na. Al abandonar el Abad y monjes el nionastíU'io,
á raíz de la profanaciíin ó incíuidio del c(d(d)rado
monasterio de Santa María de RipoU, en el año
1835, y refug'iarsc en tierra más hospitalaria (jut;
su misma patria, (|uedó el monasterio bajo el am-
paro y salvaguardia do los hijos de Camprodón;
y el templo levantado en el siglo X por la piedad
del conde Wifredo de Besahi, que había resistido
los embates de nueve siglos, mostrándose aún
con toda la pompa, robustez y elegancia de si-
glos que fueron tan propicios al arte y á la reli-
gión, sucumbió en pocos años al faltarle la som-
bra de sus religiosos moradores. Tan pronto co-
mo hubieron abandonado el monasterio y despo-
jado éste de todas las imágenes y demás objetos
sagrados del culto, hicieron presa de él varios
vecinos que con atrevida mano se apoderaron de
sus maderas, tejas y piedras, y, para colmo de
desdicha, un individuo revestido de carácter ofi-
cial y bajo el pretexto de algunos trabajos públi-
cos, contribuyó á consumar su ruina, llegando
hasta el punto de arrancar las lápidas sepulcra-
les, profanar las tumbas en que descansaban los
abades y monjes del monasterio, haciendo servir
sus losas para el acueducto que se construyó pa-
ra conducir el agua á la fuente de la plaza de la
Constitución de dicha villa. Quizás su mano de-
moladora hubiera destrozado más y más á no pa-
sar por delante del monasterio uno de sus anti-
guos moradores, abrumado por el peso de los
años y de muchas tristezas. Este venerable sacer-
1() NOTICIAS HI.STÚUICAS.
(lote al ver tanta ruina, causada por aquel á([nicn
antes había con mano pródiga favorecido, excla-
mó:
«¿Es posible ¡ oh Dios mío ! (|ue en este mo-
nasterio, en donde solamente tenía lug-ar lo (jue
era grande, magníñco y bello, hoy ni los difun-
tos pueden siquiera reposar (1)?»
La ruina se consumó; pero comprendiendo más
tarde la villa de Camprodón la ricjueza arqui-
tectónica de dicho monumento y las glorias (|ue
para dicha villa representaba, su Ayuntamien-
to y mayores contribuyentes elevaron una ins-
tancia al Excmo. Sr. (Gobernador civil de la pro-
vincia, pidiendo se declarasen dignos de con-
servación los restos del monasterio. Dicha instan-
cia pasó á informe de la Comisión provincial
de Moniinientos Históricos y Artisticos de la
provincia, acordando ésta la remisión del expe-
diente á la Academia de Bellas Artes de Bar-
celona, para que emitiera su autorizado parecer,
la {|ue nombró una ^comisión para este objeto y
cuyo dictamen, suscrito por los señores académi-
cos arquitectos D. Elias Rogent y D. Francisco de
Paula del Villar, fué del todo favorable á la con-
servación del monasterio (2), cuyo dictamen
(1) Kste venerable sacerdote era el I)r. I). l-raiicisco Aulí.
(2) Dice así el (liclamen: <• Kl odilicio afecta lioy en su
planta la foi-ma de una cruz latina: |)erü opinanios (jue en
su primitiva é|)Oca alecto la cruz lírietía; y lo creemos así,
poríjue el aijarejo de su construcción en el extremo interior
de su brazo mayor ó pie data de una época menos antií^ua
(|ue las otras tres |)arles; mientras en estas se observa el ar-
co de medio j)unto de la e|)oca romano-bizantina, en el pie
de la iglet^ia ya se vé empleado él arco apuntado de la Kdad-
media, y porcjue es indicio de baberse i)rolorii;a(lo uno de
los brazos de la primitiva cruz íírieiía por construcción ado-
sada: la existencia, indubitable iii-imilÍNa. de la gallarda lo-
('AMI'U()1)(')S 17
npi'ohi) por uii;iiiiiiii(l;i(l (licliii Acadciiiia, acordan-
do (jiie S(», i'(Mniti(M'a copia d(d iiiisiiio ;'i la Coilli-
sióii ¡provine id I de Motuiinciilos / listó ricos y
Artísticos (\(\ (ieruna, (mi ciiiii[)liinicuto de Ioíiik;
había sulicitado, y ([wo el expedienta, con los di-
bujos necesarios i)ara su mayor ilustración, se
mandase á la Real Acadcuiid de San Feman-
do.
Dichas g'cstiones- no dieron ninonin resultado
positivo^ y todavía está aguardando que una ma-
no amiga y cariñosa lo levante de su postracicin
y ruina. Estamos seguros que le tenderá su mano
bienhechora nuestro venerable Prelado^ amante
como el que más de nuestros recuerdos religiosos,
con el auxilio, que no ha de faltarle, de los ver-
daderos aiíiantes de nuestras gloriosas tradicio-
nes; porque si desdichado es el pueblo que tiene
que buscar su historia entre montones de ruinas,
rre campanario que está apeada por el crucero, mientras
(jue sobre la puerta actual existe la espadaña construida
cuando se prolongó el expresado brazo de la cruz griega pa-
ra construir el mayor de la cruz latina actual. Se observa el
buen acuerdo con que obraron los constructores de la se-
gunda época en la Edad Media, pues la puerta primitiva ro-
mano-bizantina la colocaron trasladándola de su originaria
posesión á la que hoy tiene. Así obtuvieron aquellas con-
cienzudas gentes un razonable ensanche de la primitiva
iglesia de San Paladio en Camprodón, respetando en cuanto
era posible la estructura de aquella notabilísima construc-
ción, sin dejar por eso de caracterizar la época de la obra
que así llevada á cabo lo fué sin manosear, bastardeando su
iisonomia propia. Esta lección debiera servir en el día para
los que con una ligereza y orgullo incalificables dejan gra-
bada indeleblemente la soberbia repugnante de la época so-
bre monumentos dignos del mayor respeto. »
Después de algunos conceptos sobre los adosados barro-
cos, que pueden fácilmente hacerse desaparecer de la igle-
sia y sobre el estado en que se encuentra, prosigue el dic-
tamen: <^Todo el monumento de que se trata, que es histó-
rico porque su construción primitiva data se2;uramente del
3— VI.
IH NOTICIAS HIST()RIC.\S .
mis desdichado aún es el que no sabe recoger díd
polvo los testimonios de su pasado poderío.
IIT.
La iglesia del monasterio de San Pedro, con su
elegante solidez, no parece sino que se levanta
con toda la majestad de su glorioso pasado para
protestar de su abandono, esperando, inmutable
como las esñnges del desierto, la vuelta de sus
nuevos moradores. Á simple vista se ve que pre-
sidió en su consti'ucción el vigor y esa difícil fa-
cilidad que informij á todas las construcciones
benedictinas.
«El estatumen constructivo, dice el Sr. Serra-
llacli, afecta en cuanto á su disposición en plan-
siíilo X ni Xí, y arlístico poríjiie su construcción es del rorna-
no-l)izanlino más caraclerizado, se halla hoy día presentán-
donos una masa que con su actual solidez protesta contra el
abandono con (jue se la tiene, y demuestra la pujanza de la
época en (jue se le construyera y la sabia severidad (jue dio
fisonomía propia á todas las obras de la orden regular de Be-
nedictinos, (jue como todas, fue en aquellos tiempos el ba-
luarte dentro del cual se salvaron y robustecieron las arles
y las ciencias. Creemos por lo dicho, (|ue V. K. puede acon-
sejar y en caso necesario e\ii;ir con toda energía, que se re-
pare con urgencia aquel importante monumento, á ün de-
que pueda destinársele al culto couio medio de que recobre
su antiguo explendor, y contribuya hacer sentir á las gen-
tes esa inexplicable fruición d(; lo belo, especialmente sien-
do una página de la brillante historia de lasgeneraciones en
un país, con referencia á epo(;as pasadas, en (jue la belleza,
la verdad, la bondad y la creencia religiosa no eran pala-
bras vanas ó medios de groseras especulaciones. •>
Termina el dictamen |)roponiondo (jue se trasladen á la
iglesia, luego de reparacla, las reliíjuias del Santo (¡ue se
veneran hoy en la iglesia parro(|uial, y el sarcófago-urna
de plata y cuantos objetos, muebles y documentos del mo-
nasterio .se hallen, para (|ue sea comi)leta la restauración y
conserN ación de tan esclarecida casa religiosa.
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CAMI'UÜÜÚN 21
ta. la forma (l(* rvwA latina, si ])i('ii es notorií», jxm*
la siiiiph^ siipiH^sioii i[\\(' se presenta al observa-
dor, que no i\w est;i la i)riniitiva disposieiíHi á
juzg*ar por los dos diferentes estilos bien distintos
por eierto ([ue se notan en la misma, pues, mi (Mi-
tras en el lado menor se ve campear el arco de
medio punto, earaeterjstico de la construcci()n ro-
mano-bizantina, por el otro lado ó pie de la cruz
se vislumbra el arco apuntado (|ue dio sello espe-
cial á los constructores do la Edad Media, siendo
debida indudablemente esta variacichi en el siste-
ma constructivo empleado, á la necesidad sentida
en época posterior de la prolongación de uno de
los brazos de la primitiva forma de cruz griega,
obrando sus constructores muy cuerdamente: pues
lograron su objetivo sin mutilar el conjunto de la
construcción, muy al contrario, le imprimieron
su modo de ser v sentir, sin ocultar en lo más
mínimo sus aspiraciones, sino manifestándolo
con toda su fantástica imaginación.»
« La intersección de sus brazos en sentido per-
pendicular da lugar al descubrimiento del cruce-
ro, que en este caso sirve de apeo á la torre cam-
panario de sección cuadrada^ en cuyas caras, y á
modo de cuerpos superpuestos, se hallan practi-
cados varios ventanales subdivididos por medio
de pilares de sección rectangular, rematando su-
periormente en forma piramidal. Su construcción
es esbelta, de acertada proporcionalidad y de co-
rrectísimo estilo de la arquitectura dominante.»
«Interiormente hállase empleada la sencilla,
pero bella construcción que presidía en toda esta
clase de construcciones, tanto en paramentos
murales como en las arenaciones y bóvedas que
22 NOTICIA.S HI.STÓRICA.S .
cual las de esta época están constituidas por la
forma en cañón seguido; hay, pues, carencia ab-
soluta de ornamentación y de falso oropel, sobre-
saliendo tan solo su magniñcencia por el acertado
conocimiento en las proporciones, tanto de con-
junto como de cada una de sus partes, á la par
que por la simplicidad de sus superficies, eviden-
ciando con toda claridad que la grandiosidad y la
belleza, más se logran por la acertada combina-
ción de líneas arquitectónicas, que no con el
abuso excesivo en la ornamentación.»
«Vense también vestigios de unos claustros
constituidos por una serie de pilares de sección
cuadrada, coronados por medio de sencillos ata-
cos receptores de arcos semi-circulares. Están
constituidos solamente por dos alas sirviendo de
paréntesis entre la iglesia y las habitaciones de
los monjes en cuyos lados se desarrollan, sirvien-
do actualmente algunas para dar cabida al Cura-
párroco, Hermanas del Sagrado Corazón y Hospi-
tal de la población.»
«Nótanse interior y exteriormente vestigios de
construcciones adosadas, ó bien mutilaciones de
los ya existentes de épocas mucho más recientes,
pero que desgraciadamente no reúnen condicio-
nes nada aceptables y el sello que les determina
no es tampoco del mejor gusto artístico.»
«El conjunto exterior se presenta agradable,
de correcta silueta arquitectónica, dominando
por su altura y esbeltez la torre ya descrita, y á
sus pies en agrupación esmerada lo que hoy son
restos, pero que ayer fueron elementos de vida y
explendor, fuente de riqueza y manantial inex-
tinguible de saber. Su estilo es el dominante en
CAMl'lKJDON
2:i
los si^'los X y XI, r()iii:iiin-])iz;iiii ¡no de l;i iiicjoi'a-
('i(')ii (le severas líneas, pero de correí^to dihiijo
(MI todas sus partes iiiteo-raiites, constituyendo
un conjunto en ({ue se ve res})lande(!er esa gran-
diosidad ([U(^ avalora las v(M'dad(M'as obras de
arte.»
(©APOTLfDO II.
Acta de consagración de la iglesia de San Pedro de
Camprodón.— Cede dicha Iglesia el Obispo de Ge-
rona al conde "Wifredo de Besalú para fundar un
monasterio bajo la regla de San Benito. — El con-
de "Wifredo y su madre D.^ Ana lo dotan con pin-
gües bienes —El rey de Francia Luis el Ultrama-
rino lo pone bajo su protección y amparo. — Aba-
ciologio.
:o era un lugar yermo y desierto el va-
lle de Camprodón, llamado en los co-
mienzos del siglo X Laiidarense, al
^ ? fundarse el monasterio de San Pe-
dro, en la confluencia de los ríos Ter y
Riutort.
Y^ Dejando aparte la opinión de Pujades
sobre los orígenes de dicha villa (1), y la de Marca
que ya ha rechazado la crítica histórica, el cual
(1) Me ha pasado, dice, por la fantasía que, atendiendo
sólo á la etimología, puede ser muy bien Camprodón funda-
da porDrufilano Rotundo.
26 NOTICIAS HlST()inCAS.
lijaba la E)igos(i do los romanos en diclia villa,
y la opiniíhi do otros escritores que lian creído ver
en Camprod(3u un castro (céltico (1), antiguos re-
cintos donde se defendían nuestros antepasados,
asambleas y templos, y sobre cuyas ruinas se le-
vantaron más tarde algunas poblaciones, trans-
formándose otros en la Edad Media en castillos
feudales ("2); lo cierto es que ya a principios del
siglo X estaba habitada toda la comarca de Cam-
prodón. En efecto, nos lo demuestra de un modo
indubitable el acta de consagración de la iglesia
de San Pedro, de fecha 27 de Noviembre del año
904, iglesia que consagró el obispo de Gerona
Serviis Dei. y á la cual cedió el derecho de pa-
rroquialidad y dotó al mismo tiempo con pingües
bienes, sitos en Tabitlato, Pugnaui Frmicoriun
( Puig Franco), Magriaiio (Magriñá), Frexa-
neto (Freixanet) (3), /^í?rr(7;7V?5(Valldelbach) (4),
Segorílias (Segurias) (5), GraxanUirri ( Crei-
(I) El gaélico Cami^ signitica campamento y equivale al
castra latino.
,2) .1. Pella y Foriías. Historia del Ampurdán, pág. 100.
(3; Cabeza hoy de dislrilo municipal.
(4! ValUielhacíi se halla agregado al dislrilo municipal
de Capsech. El ohisj)© de (ierona Odón, á 20 de Enero del
año 996 consagró su iglesia dedicada á San Félix Mártir, se-
gún el sabio premonslralense 1). .Jaime (laresmar. En la iUi-
la del papa Sergio IV , del año ION, se cila el alodio de Uag
entre las po.sesiones del monasterio de Santa María de Ui-
poll. cuyo alodio vemos oira vez en poder del monasterio
de (!;impro(lón. según la llula del papa benedicto, del año
1017. Dicho liiiíar luo cuna de la noble familia de Desbach.
(5) En la actualidad cabeza de Ayuntamiento. En el acta
de consagración de la iglesia del monasterio de San Juan
las Abadesas del año 1150. figura ya la iglesia de San Pedro
de Segurias como perteneciente á dicho monasterio, de cu-
yo teriitorio vemos (jue fueron, desde esta fecha en adelan-
te, señores jurisdiccionales sus abades En efecto, con fecha
15 de Marzo del año 1217, el abad Arnaldo de ('.urzabell,
concedió á los habitantes d^ dicha \ illa, á la que llama su-
rAMPU()i)()N. 27
xciiturri ) (1) y Paríitclla (2\ MI Simiario (\\\r íir-
iii:i la inencionada acta á(\ (IímIíciicíoh y (jiie dotí)
tainbi('Mi á la naciontíí i<4*lesia, no es rl coikIc, í1(»
Barcelona do est(^ nombre, como ;iliriii:in ;il;jiiiios
escritores.
Kn vista del documento de quí^ dejamos hecho
mérito, no ])uede ponerse en duda (|ue estaba ya
habitada la comarca de Camprod(')n al fundarse el
monasterio. Su apacible y tranquilo valle, tan á
prop()sito para el retiro de los que se apartaban
del despotismo señorial y buscaban muchos de
ellos, hijos del infortunio^ el consuelo que la reli-
gión les ofrecía en los monasterios, fué el que
escogió el conde Wifredo de Besalii para fundar
el monasterio de San Pedro, siguiendo la piadosa
costumbre de sus ilustres progenitores. Para lo-
grar mejor su objeto, pidió al obispo de Gerona
Godmaro la cesión ó permuta del lugar de Cam-
prodón, en el cual había edificadas algunas casas
con una pequeña iglesia, dedicada á Dios, bajo la
ya, y que había edilicado su antecesor Pedro de Soler, las
casas y demás editicios en pleno uso y derecho; y, á 24 de
Julio del año ISiS, el abad Ramón de la Bisbal, cedió al rey
D. Jaime I, con algunas reservas, cierto territorio del tér-
mino de Segurias para ediíi(!ar una villa que se llamó La
Ral, en la que residía el Veguer ( Vicarhis regii ).
(I) El nombre de Creixenturri, dice Parasóls, corrupción
del Crecenturri latino, que se lee en el diploma del rey de
Francia Luís IV el Ultramarino, del año 933, y en la bula
del papa Benedicto VIII, del año 1017, lo tomó del lugar de
la comarca, Turris Crecentiis, torre sepulcral de Crecente ó
Crescendo, la (jue. convertida en castillo en el siglo VIII,
fué el primer edificio que se levantó en el territorio.
Creixenturri perteneció antiguamente al condado de Besa-
lú, después al Vizcondado de Bas, posteriormente á la regia
vicaria ó veguería de Camprodón, y en la actualidad perte-
nece al partido judicial de Puigcerdá, formando distrito
municipal con Caballera, Bolos y Freixanet.
,2) Apéndice núm. I.
4— VI.
28 NOTICIAS HISTÓRICAS.
advocación del Príncipe de los Apóstoles, para po-
der fundar en el mismo sitio un monasterio de la
Orden de San Benito. Accedió el Obispo de Gero-
na á lo solicitado por el conde Wifredo, después
de consultar con su cabildo, clero y algunos prin-
cipales feligreses de su iglesia, cediendo al men-
cionado Conde la iglesia con todos sus derechos;
recibiendo en cambio el Obispo de Gerona mil
sueldos y algunos alodios que poseía aquél en Fi-
gueras, Besalú y Manumillo.
Entre los autores que liemos consultado, hay
discordancia en la fecha de la citada donación ó
permuta. Los eruditos escritores de La España
Sagrada la fijan en el año 943, otros en el año
950, y los autores de la Historia de Camprodón
en el año 948, porque así lo indican, dicen, varios
documentos del archivo de la iglesia parroquial.
Dueño Wifredo de la iglesia de San Pedro y de
acuerdo con sus hermanos los condes Seniofredo
y Oliva y del arcediano Mirón, que más tarde fué
obispo de Gerona y conde de Besalú, dispuso, se-
gún Pujades, la obra y fábrica del monasterio,
verdadera obra de arte digna del genio benedic-
tino, y bajo cuyo amparo debía ñorecer y prospe-
rar la villa de Camprodón.
Edificado va el monasterio, salieron del de Ri-
poli los monjes que debían habitarlo, los cuales
eligieron por abad á Jaufredo, varón perfectísimo
é ilustre, y que fué presentado por el conde
A\'ifredo al o])ispo de Gerona para que lo confir-
mase y l)endijese conforme los sagrados cánones
establecen y ordenan. Gozoso el Conde de su
obra que con tanto empeño y religiosidad había
llevado á cabo, dotóla con pingües y numerosos
CAMPllOhÓN. 29
bienes, entre los cuales se eitaii l:i ¡^'lí'sin de San
Cristóbal de Creixenturri, el bosc^ue inmediato al
cementerio, la villa de la Valldell)acli y otros mu-
chos bienes que radicaban en los condados de
Besalií y Vallespir. La condesa D." Ava, madre
del conde WiíVedo, quiso igualmente mostrarse
generosa con el naciente monasterio, al cual ce-
dió los dominios alodiales que poseía en el con-
dado de Besalú y en el valle de Conñent, y el
abad Jaufredo hizo también donación de todos
sus bienes al monasterio que con paternal cariño
dirigía.
Á fin de que el monasterio no pudiese ser per-
turbado en la pacífica posesión de sus bienes, pa-
só el conde Wifredo á Francia, y logró del rey
Luís el Ultramarino un preceptiim regio, de
fecha 3 de Febrero del año 953 (1), en el cual
consta que dicho Conde, de acuerdo con Godmaro,
obispo de Gerona, y en virtud de cierta permuta
que con él hizo, fundó este monasterio con abad
propio, dotándole con las posesiones que ya he-
mos mencionado, y á cuyo monasterio acoge el
Rey de Francia bajo su protección y amparo, con-
cediendo á los monjes la facultad de eligir abad
(i) Los autores de la i7¿s¿ona c?e Camprodóti fijan el año
952, por constar dicha fecha en varios documentos de su
archivo parroquial; Marca dice que esto fué en 951; el P.
Roig adelantó la fecha tí 942; pero nosotros seguimos al
P. Villanueva en su Viaje literario á las iglesias de España,
quien copió dicha escritura de un traslado antiguo que ha-
lló en el monasterio y dice que lo reduce al año 953, «que
corresponde el XVI del reinado del rey de Francia Luís el
Ultramarino, aunque en este año no era la indicción VI si-
no la XI; y pudo ser que el que tomó del original la copia
que yo he disfrutado pusiese Y en lugar de X.»
30
NOTICIAS HISTÓRICAS.
perpetuamente, mientras no se separasen de la
regla de San Benito (1).
Estas son las fuentes del monasterio. Con su
abaciologio seguiremos la historia de tan celebra-
da casa religiosa, y veremos la protección y las
gracias y mercedes con que fué honrada y enal-
tecida por príncipes y prelados.
(I) Apéndice núm. II,
Aíí"\ /íiA /-iiíN /-^^ /"^^ /í^\ /''^^ ^^N /^^ /^^ /'^PN i''^\ /^N (■'-^^
■HWWTTT lllll...ll.,l...,ll.-.l I1IWI...!.I I...^TWTWT*?r'. .. III. 1. 1 .... ■ ' , !l. f, , , .'I ll. I , . , I ,. ! . . I . . I , IITTT^WTW^WWWT^
. "I|||l""l||l I|||l""l|||l I||I""M||I I|l I|l ||I"M||||I. 'lililí |||l iji ||ii"'i||| I||i""i|||i I||i"
ABA©IODO©IO
DE
SAN PEDRO DE CAIVIPRODÓN.
Jaufredo.
(94:3— 9o())
Jaufredo fué el primer a])ad y fundador del
monasterio, según se desprende del privilegio
que, á petición del conde Wifredo de Besalú, otor-
gó en el año 953 el rey de Francia Liiís el Ultra-
marino á favor de dicha casa religiosa. Gobernó
la casa trece años, ediñcando á los monjes con su
ejemplo; ausentándose en el año 956 con el deseo
de visitar los Santos Lugares, como era costum-
bre en aquellos tiempos^ no sin antes encargar á
sus queridos monjes que viviesen unidos con los
lazos de paz y caridad y con la perfección y ob-
servancia que ordenaba la regla de San Benito.
Habiendo pasado seis años sin que los monjes
supiesen de él, desconsolados por esta pérdida y
por la del conde Wifredo^ amparó y sostén del
monasterio, acudieron al conde Seniofredo de Be-
salú rogándole que les nombrara prelado.
Expuso Seniofredo el caso al obispo de Gerona,
Arnulfo, y de acuerdo y voluntad de los monjes
y aclamación de todo el pueblo, quedó nombrado
32 NOTICIAS HISTÓRICAS.
Teodorico.
(962—966)
Asistieron á su elección el obispo Arnulfo de
Gerona y los tres herinaiíos condes Seniofredo,
Oliva y Mirón, como consta del acta de su elec-
ción de fecha 29 de Junio del año 962 (1).
El conde Seniofredo de Besalú, en el año 965,
cedió al monasterio el señorío, heredades, casas
y tierras de todo el término de Camprodón, Frei-
xanet, Arca y Ginestosa y todo lo que le pertene-
cía entre los ríos Ter y Tort (2), siguiendo la co-
rriente del Ter desde la villa de Setcasas hasta el
pueblo de Qualqiters, que son dos leguas, y el
río Tort desde la villa de Molió hasta su unión
con el Ter, y todo lo que había adquirido el con-
de por cambio con Fredeburga, abadesa de San
Juan del valle de Ripoll (3).
Fué Teodorico varón santo y temeroso de Dios,
y, según dice Pujades, «ajeno de todo vicio y pe-
cado; elogios y alabanzas por cierto que le ve-
nían muy al justo, pues era tal, que le podríamos
venerar por santo si por otra pluma que la mía
fuera publicado.»
No es este el Teodorico que varios escritores
dicen que asistió en el año 977 á la tercera dedi-
(1) Apéndice núm. III.
(2) Hiirá seguramente referencia al Uiutorl.
(3) Argaiz. Im Soledad Laureada por San lionito y sus hijos,
en las iijlesias de España, tomo II, píig. 110. El P. Argaiz, al
ocuparse ilel monasterio de ('amprodón, dice ()ue lo copia
de la relación (jue le mandó el V. Fray .laime Vidal, monje
de Ntra. Sra. de Montserrat, cuyos datos los habla sacado de
las escrituras de su archivo por orden del señor abad de
Camprodón Fr. .losé de Magarola.
CAMIMIODÓN. '^^
Cíic-iíhi (!(*' li» i^'lcsia drl iiioiiasici'io de Santa Ma-
ría do Hipoll, n¡ (d ([uo (MI (d ano í)Kl liizo una
clünaci()u al monastíM'io de San Mi^aud de (*uxá,
como all)a(*(ni d(d conde y ohispo Minhi, pues ya
en el año 9()() era ai)ad del nioiiasterio,
Aula.
(96()— 9G9)
La existencia de este Abad no nos la justifica
ningnin documento. Los autores de la España
Sagrada nos dicen c[i\e el conde Seniofredo de
Besahí. en atencichi á la virtud y santidad que
brillaba en este Abad y en su monasterio, au-
mentó considerablemente las donaciones que ya
tenía hechas. Si hacen referencia á la que con fe-
cha 19 de Mayo del año 965 hizo á favor del mo-
nasterio de todo el término de Camprodón y de la
villa de Llanas (1), no pueden ser á este Abad, á
menos que ya lo fuese en el año citado, en cuyo
caso se tiene que fijar el gobierno de su antece-
sor desde el año 962 al 965. Las donaciones que
dicen los historiadores de Camprodón que hizo el
conde Seniofredo á Aula, de Palacio, Molino Vie-
jo, el bosque Puliario, con cuanto poseía dentro de
la parroquia de Montagut, el valle de Albet y el
alodio de Pi con su iglesia, no son tampoco hechas
al mencionado Abad, y sí las que en sutestamen-
(I) Tristany. Corona Benedictina, png. 320.
El pueblo de Llanas forma distrito municipal y está situa-
do cerca de Camprodón, y su iglesia parroquial es un bello
ejemplar de estilo roniánico. Dicbo templo fué consagrado
el día 10 de Noviembre del año Í168 por el obispo de Gero-
na Guillermo de Peratallada.
34 NÜTJCIAS H18TÓKICAS.
to. otorg-ado en el año 9G(). deja al mencionado
cenobio (1).
Lo continuamos en el abaciolog'io, á pesar do
nuestras reservas, por constar su existencia, co-
mo dicen los autores de la España Sagrada,
de las escrituras existentes en su archivo por
ellos examinado.
Kn el año 9()(), los (ejecutores testamentarios
del conde de Besalú Seniofredo, hicieron una do-
naci(3n á este monasterio, lo que prueba y viene
a confirmar (|ue dicho Conde murió en el mismo
año (|ue otorg-(') testamento {'¿).
Dodo I.
(970)
Fué electo por los monjes el día 24 de Febrero
del año 970. con el consentimiento del conde de
Besalú y obispo de Gerona Mirón y de su herma-
no el conde de Cerdaña Oliva Cabrcta, cuyos
condes firman la escritura (3).
(1; Dice el conde ScnioCredo on su testamento: <' Kt ad
snncli Petro Apostólo cnjus cenobiuní est Campo rotundo
carta facialis de ipsos meos alodes qui sunt in comilalu
Bisulduncnse, id est. palalio Molino vetere en Morrannano,
et ipso hoscho Puliario (jui milii ad\cnit de iienerelrice
mea, et (¡uantum liaheo inlra fines de ipsa parrocliia de
Monteacuto, e\ce|)tus valle Canaria, et Prunarias, et in No-
binarius vel in ejus lerminiis propter remedium amima'
mea et i;en¡trice mea. VA in alio loco, in valle Albed, in
villa lU'iíed. (jui milii a(l\enit de Seniofredo sacerdote, ip-
sum meum alodem de Pino tolum al) inteLírum cum ij)sa
Eciesia.»
(2) Historia de Laníjuedoc, tomo II, pái; 2í)2.
(3) ApiMidice IV. Ks curiosa la lecha de la citada escritu-
ra, acerca de la cual dice \ illanueva en su Viaje literario d
/as if/lesias de España: «\a\ escritura de esta elección se halla
oriííinal en este monasterio, y auiujuealgo rota y falta en el
|)rincipio y el fin, la (|uise copiar |)or el capricho y exlrava-
CAMPUODON. -i')
Kl (!()!i(l(> (l(! H(vs;ilii y ()])isp(j de (JííroiKi Mirón,
í'i l() do Mciyo del año 1)70, codií) al monasterio
una señoría (mi el término de Montag'nt, con to-
das sus tierras, casas, huertos, viñas, bosques y
af2:uas (1); pero allí donde demostró su liberalidad
tan erudito y piadoso conde y prelado fué en su
testamento, otorg-ado á VIH de las calendas de
Marzo del año XXV del reinado de Lotario, rey
de Francia, que corresponde al 979 de la Encar-
nación, con el cual hizo importantes y valiosas
donaciones al monasterio, entre ellas de la iglesia
de San Martín, situada en el valle de Viaña (2).
gancia con que expresa la fecha, que si no la declaro ahora
que estoy despacio, trabajo te mando para que puedas lle-
gar á entenderla En eso y el contexto de las escrituras son
muy nolahles todas las en que tuvo aleuna parte el Conde y
Obispo Miro, el cual sin duda quiso afectar su erudición, y
acaso seríi lo mas docto de aquel tiempo. Dice pues así la
fecha: Exarata est igilur hcec adclamationis scedula elapsis Do-
minicce Uumanationis annis ter senis quinquagenis, ebdeque de-
nis, ter binisque, indictione teira^ die bis terne kalendarum mar-
tiarum^ anuo tetrapento dipondio^ Leuthario Francorum Rege
oblinente regno. Adivina quien te dio. Vamos á ver:
Ter senis quinquagenis es 18 veces 30 que son 900
Ebdeque denis es 7 veces 10 70
Ter binisque es 2 veces 3 6
Sale el año de la Encarnación 976
Indictione tetra Indicción IV
Die bislerna kal. mart. es á 6 de las calendas de marzo.
Año de Leutario tetrapento es 4 veces 5 20
Dipondio es dos 2
Año de Leutario 22
A tales pequeneces obliga la manía de parecer griego de
que estuvo poseído aquel Príncipe. Que después que^ esta
escritura es del 24 de febrero, del año de Cristo 976, del Rey
Lotario 22, indicción VI, todos los cuales datos cuadran á'
maravilla entre si.>>
(1) Argaiz. Soledad Laureada, tomo lí, pág. 110.
(2) Dice así el conde Mirón en su testamento y con refe-
rencia á este monasterio: <^Et ad cenobium Sanctí Petri qui
est in Camporotundo donare facialis in comitatu bisullunen-
5— VI.
36 NOTICIAS HISTÓRICAS.
Los autores de la España Sagyada ponen á
continuación de Dodo I á
Dodo II.
(988)
Nuestra modesta opinión es que Dodo I y el
nombrado segundo fueron un solo abad, á quien
sucedió Odón en el año 991.
El conde de Besalú Oliva Cabreta, imitando la
protección que dispensaron al monasterio sus dos
hermanos Wifredo v Seniofredo condes, cedió al
mismo la villa de Miralles con todas sus juris-
dicciones, diezmos y rentas, con algunas, al-
deas circunvecinas llamadas Presas, Avellanadell
se ipsuní meum alodem que dicunt oliva qui fuit de avane
geiiilrice mea totum ad inlegruní et quantum postea il)i ad-
quisivi et in valle beiedo ipsum meum alodem qui fuit de
vivane bozadore qui mihi advenit per dominum meum se-
niofredo, et in jam dicta Valle beiedo alodem meum qui
mihi advenit de jenitrice mea excepto quod donavi ad Sáne-
lo Xpoforo, id est manso. I. qui fuit de seniofredo et est pro-
pe pariete S. Xpofori. ('um ipsa curte et ipso undegario et
tantum de ipsa térra ad seminandum ss ii. ad juxta mensu-
ran! illius loci et excepto hoc (juod donavi ad delane íidele
meo clerico et asexelto sicut in illorum resonat scripturas.
Et in valle bianna aloudem meum de ipsas presas et de spa-
rago (juomodo fuit de guarino. Et in alio loco in villa que
dicunt Oloto vel in suas ajacentias quantum ibi babeo pro
qualicumque voce cum ipsas eclesias el cuín decimis et pri-
miciis et oblaciones lidelium exceptus i|)so alode tjui fuit de
servodei vel uxori sue, et in valle biannia alodem meum
qui fuit de petrone archipresbitero cum ipsa ecclesia que
vocant S. Martino cum decimis et primiciis et oblaciones ti-
delium, et in termino de monte acculo ad íjjsos vilnres ipso
manso qui mibi advenit per omicidio (jue fecit EIdovinus,
et in alia que dicunt faga vel in ejus ajacentias alodem
meum (¡ui fuit desesemundo blanco vel de mirone filio suo
quomodo retinebat sesemundo in sua |)olestate diebus xxx.
antequam de boc seculo migiasset donare faciatis propter
remedium anime mee et mirone (|ui mihi illum dedit totum
al) inteuro.»
CAMPUODÓN. 37
y otras, jurisdicción que veiidieroii más tarde
sus abades al Rey do Ara<>-ón por iioveuta íauo-
gas de trig'o y ciento sesenta de cebada al año, las
que percibía aún el monasterio en el año 1(375 de
las rentas reales que la corona tenía en la villa y
valle de Prats de Molió (1).
Hay memorias de dicho Abad hasta el año 988
por una sentencia que dio el conde de Besalú Oli-
va Cabveta con sus jueces, en el pleito que traía
nuestro Abad con el monje Durando, procurador
de Seniofredo, abad del monasterio de San Loren-
zo de Bagá, sobre la posesión de un bosque, el
cual se mandó partir y poseer por mitad cada
uno de los litigantes (2).
Odón I.
(991)
Se cree que entró en la abadía en el año 991, y
de él dicen todos los escritores que hemos consul-
tado, que se tienen noticias de su gobierno has-
ta el año 1013, siendo inadmisible esta fecha por
haber encontrado ya en el año 1006 la existencia
de un abad llamado Déla ó Delane en posesión
de este monasterio.
Los condes de Besalú continuaban dispensando
su protección á su querido monasterio, pues los
ejecutores testamentarios de la condesa D/ Er-
mengarda, viuda del conde Oliva Cabreta, con
fecha I."" de Enero del año 996, dieron posesión
al monasterio de San Pedro de un extenso alodio
situado en Paláu, término de Montagut, yquedi-
(1) Argaiz. Soledad Laureada, tomo II, pág. 110.
(2) Apéndice núm. Y.
38 NOTICIAS HISTÓRICAS.
cha Condesa había legado en sn testamento al
monasterio (1).
No son hechas á este monasterio ni á su abad
Odón las donaciones que dicen los historiadores
de Camprodón hizo el conde de Barcelona Bo-
rrell lí, en su testamento fechado en el año 991,
de los alodios de Calles; pues habiendo exami-
nado el testamento de dicho Conde, que publica
Marca, apéndice CXLI, y D. Próspero de Bofarull,
en sus Condes de Barcelona vindicados, no
se nombra para nada en el mismo á nuestro Abad,
y de los alodios de Calles hace donación no a es-
te monasterio sino al de San Pedro de Galligáns,
pues dice: Et d cenobio santi Petri Gallican-
tus remaneat ipse alaudes de Calles cnm ip-
sas Ecclesias et décimas et primitiis earnm.
De lo expuesto resulta que no prueba la exis-
tencia de dicho Abad el documento mencionado;
y como del mismo nos dan noticias los autores de
La España Sagrada hasta el año 1013, y en
el año 1006 encontramos como abad á Delane, no
cabe duda que hubo dos abades de este mismo
nombre, á menos que los diligentes autores de
\di España Sagrada hubiesen confundido á nues-
tros Odones con Dodón. Lo cierto es que en el
año 1006 estaba al frente de la abadía
Delane.
(1006)
La existencia de este Abad había pasado inad-
vertida por todos los escritores que hasta el pre-
sente se habían ocupado del monasterio de San
(1) Argaiz. Soledad Laureada , lomo II, pág. 110.
CAMI'UODÓN. 39
P(Mlrü de CamprodíHi. Nos í1:i ;i noiioeer su exis-
tencia una escritura di) fecha ////. idus fcbnia-
rii. anuo. X. rei^iuintc Rodhcvto rege, ({ue es
la venta de unas tierras situadas en el (condado
de Rüsellón y en la villa Godove vel in villa
que diciuit Malliolas, hecha por un tal Slefa-
nits á dicho Abad y á su monasterio (1).
Con techa VI idus fcbrnarii del mismo año,
Arnaldo y su esposa Elo hicieron también dona-
ción al monasterio de San Pedro de Camprodón
de varias piezas de tierra, situadas en el mismo
lugar y lindantes con las de compra que dejamos
mencionadas, cuya donación hacen por la salva-
ción de sus almas y para que San Pedro interce-
diera por el perdón de sus pecados (2).
Odón II.
(1013)
Dicen los autores d^\^ España Sagrada qne^
según una escritura original que existía en su
archivo, en el año 1013 Berenguer levita dio al
monasterio y á su abad Odón los alodios y seño-
ríos de la villa de San Cristóbal de Baget. por él
comprada al conde Guillermo, que lo sería de Be-
salú, pues aun cuando hasta el año 1020 no su-
cedió á su padre Bernardo Talla/erro en el con-
dado, éste le había asociado en el gobierno de sus
estados muchos años antes de su muerte.
Bonfilio.
(1016—1022)
En el año 1017 solicitó Bonfilio y obtuvo del
(1; Apéndice núm. Vi.
(2) Apéndice núm. Vil.
40 NOTICIAS HISTÓRICAS.
papa Benedicto VIII una bula confirmatoria de to-
dos los bienes, privilegios y exenciones del mo-
nasterio. Eran muchos y valiosos los bienes que
poseía el monasterio y que se mencionan en di-
cha bula, entre ellos y en el valle de Camprodón
la iglesia de Santa María con sus décimas, pri-
micias y oblaciones de fieles; la parroquia de San
Cristóbal de Creixenturri, con sus cementerios; va-
rios alodios en Vilallonga, Castella, Bolos, Baget,
TortellA, Argelaguer, Montagut (1), Paláu, Vila-
íl) Moiilngul perlenece al (3arli(lo judicial de Ulot, y de
su parroquia se tienen ya noticias del año 966, en que el
conde de Besalú Senioí'redo dejó en su testamento dicho
alodio, excepto el valle Canaria, Pi uñarlas y ¡Sabinarios, al
monasterio de San Pedro de ("ainprodón. En el año 1004, en
los juzgados reunidos en Besalú, el obispo de Gerona Otón
reclamó la posesión de la parroquia de San Pedro de Mon-
tagut al conde Bernardo Tallaferro. En el año 1019 fué ce-
dida dicha iglesia á la Canónica Gerundense. En la mencio-
nada parroquia está enclavada la iglesia de San Eudaldo de
7ow, de la cual podemos dar algunas noticias, entresaca-
das de un curioso manuscrito titulado: Comedia^ vida^ mar-
tiri 1/ iniracics del inctt // gloriosissini mártir Sant Eitdait
venerat en una capel/a ij esylesia particular al niateix Sant de-
dicada y construida dins la parrochia de Sant Perede Montagut
del ¡iisbat de Gerona, escrit per Pere Antoni Corominas preveré
y donier de la doma de Cabirol y rector de dita capella, relliyat
y jet de nías propias mans vuy ais 20 de Maix del any 1656.
Empieza el curioso libro con el traslado de una comedia
de San Eudaldo. que le mandó para (jue pudiese sacar co-
pia D. Antonio ViWirw, prerere de la vita de liipoll á 7 Febrer
í/c/ Í//7// 1633, original de un devoto del Santo, hijo de la
niencionada vilhi, (jue la e>cril)ió en el año anterior. H.iy
una [iota diciendo que dicha comedia fue representada en
la iglesia ei día 3 de Octubre del año 1702.
Sigue el prólogo de otra comedia de San Eudaldo, escrita
por Francisco Monsart, maestro de gramática de la villa de
(Jiot, el que, según nota al margen, murió sin poderla con-
cluir.
También hay copiados el oficio del Santo y varios rezos
en lalin y la copia de tres bulas pontificias expedidas á fa-
vor de dicha capilla. La piimera es del papa Clemente VI,
expedida en Aviñón á 21 de Febrero del año 1386, año IV de
su pontificado, con la (jue concede 480 días de imiulgencia
á los tieles que cojifesados visiten diclia capilla en las dos
CAM1MU)I)(')N. 41
(liMuiras, RoiiKiñá, Pont(')iis, Paréis, Viañu, Vall-
(leli)acli y varias posesiones en los condados de
HosellíMi, \'alles|)ir, Perelada, (lerona, Her^^'a,
Cerdaña, y en el Conllent, la villa de i'i con su
ig-lesia.
Aumentí) Benedi(;to \'III eon dicha bula los
privilegios (|ue ya t(uiía concedidos al monaste-
rio, con los siguientes: 1." Que sus monjes pudie-
sen recibir las sagradas (jrdenes de todo obispo;
lo mismo debía entenderse con los Santos Óleos.
2."* Que ningún obispo podía poner en entredi-
cho iglesia alguna perteneciente al monasterio.
3.*" Que sus monjes no debían asistir al sínodo
ni si spontanec vel rogati. 4.'' Que ninguna
persona, cualquiera que fuese su estado y su ca-
tegoría, podría nombrar abad de aquel convento
pues debía serlo por los monjes, según regla; y
finalmente, que el excomulgado podía participar
de la comunión eclesiástica en la iglesia de dicho
monasterio (1).
En el año 1022 rogó nuestro Abad al arzobispo
de Narbona, Wifredo, y á los obispos Oliva, de
Vicli, y Berenguer, de Elna, que pasasen á con-
sagrar la iglesia de San Pablo de Pi, en el Con-
festividades del Santo, que son el día I I de ^layo y el día de
la dedicación de dicha capilla, que lo es el 3 (Ío Octubre, y
otras festividades. Las otras dos son del papa Inocencio X;
la 1/ expedida en Roma á 3 de Septiembre del año 1653,
creando la cofradía de San Eudaldo, y la 2.^ del mismo Pa-
pa de fecha 5 del mismo mes y año coíicediendo altar privi-
legiado.
En la iglesia se veneran algunas reliquias de dicho Santo.
Fué también Monlagut Cíibeza de lílulo condal, pues
hemos encontrado que D.* Jerónima Folch de Cardona de
Lliell y de Cabrera, condesa de Monlagut y señora de Cas-
tellfuliit. vendió una tinca con fecha 10 de Agosto del año
1639 á Monserrat Pujol de Palomeras. — Archivo de casa Fei-
xas.
(I) Apéndice núm. VIII.
42 NOTICIAS HISTÓRICAS.
ñeiit, cuya consag-racióu tuvo lugar con fecha
pridic idus octohvis del mencionado año (1).
Bonñlio murió en el mismo año de 1022,
Berenguer I.
(1096—1102)
Una laguna se encuentra en el catálogo de los
abades de Camprodón desde el año 1022 al 1096,
en que figura al frente de la abadía Berenguer,
sin duda por haber pasado inadvertido por los
historiadores que tuvieron á mano examinar su
archivo. ¿Fué causa de haber vacado la abadía,
después de la muerte de Bonfilio, ó bien la rela-
jación en que vivieron en aquella época algunas
de las comunidades religiosas de esta comarca?
Esto último es lo más probable, y lo viene á co-
rroborar la escritura de cesión de este monasterio
al de Moyssach, hecha por el conde de Besalú
Bernardo 11. En efecto, dicho religioso Conde,
con el fin de consolidar la fundación que sus
abuelos protegieron con paternal cariño, sujetó es-
te monasterio, así como los de Santa María de Ar-
les y San Pablo de V'allosa, al monasterio de Moys-
sach y a su abad Hugo, en el año 1078, por ha-
berse desviado de su regla y orden los monjes de
los citados monasterios (2).
«Ya se deja entender, dicen los historiadores
de Camprodón, que desde luego protestaron los
nuestros, apelando por ante al Papa de tal ane-
(I) Apéndice mira. IX.
^2) Apéndice m'iin X.
El moMiií^terio de Moyssacli, de la reforma de Cluny, esta-
ba süuado ei) i;» diócesis de Cahórs, en Francia.
(■AM1'R()I)()N. i;>
xiíMi, adiiciondo los pr¡vilo«^ios con(;(3(liflos ])()!• el
fniidador W'ifrrdo (•oníinnados des[)ué.s por Heuc-
diíito \'I1I y el ((iie este l^apa les había otor^^-ado
de lio depender de otro que de la Santa Sede; pe-
ro todo fué inútil y ejecutóse la voluntad del do-
nador.»
« Desde entonces, á más del pago de un censo
anual de diez sueldos, moneda de cuaterno, sig-
no perenne de su sujeciíui, dos de nuestros mon-
jes (sede vacante) debían pasar áMoyssacli, don-
de con estéril voto, según se desprende, debían
tomar parte en la elección de prelado de acuerdo
con los de aquella casa señora de la nuestra.»
«Hcclio esto y aprobada la elección por el abad
de Movssacli, obtenía el nuevo electo los honores
de prior con asiento preferente en todos los actos
conventuales, aunque sin el uso de báculo. Veni-
do acá, recibía el testimonio de obediencia de los
monjes, sobre los que ejercía todos los derechos
de su cargo, aunque con apelación siempre á los
de Moyssach. Al litigio, pues, que por esta causa
se suscitaría, deberá atribuirse la falta de conti-
nuidad en la sucesión de los abades hasta 1096
en que Berenguer. primero de los de Moyssach,
fué por fin reconocido por los nuestros, á no po-
der otra cosa.»
Podríamos atribuirlo á esta causa si el abacio-
logio continuase hasta el año 1078, en que el con-
de de Besalú Bernardo IT lo sujetó al de Moyssach;
pero mucha más laguna hay desde el año 1022. en
que murió Bonfilio á la fecha mencionada, que no
hasta el año 1096 en que vemos al frente de la
abadía á Berenguer.
Dicho Abad mandó reedificar la iglesia de San-
6— VI.
44 NOTICIAS HISTÜRÍCAS.
ta Maria de Camprodóii (1), filiación de la del mo-
nasterio desde entonces y por muchos años des-
pués.
Dos bulas de esta época, confirmatorias de los
privilegios de Cluny, hemos encontrado que ha-
cen referencia á este monasterio. La de Urba-
no II, del año 1088, concede al Abad de Campro-
dón el uso de mitra, sandalias, etc. etc., en las
funciones públicas y en ciertas festividades; y la
del papa Pascual II, expedida en el año 1100, en
la que declara al monasterio de Camprodón con el
goce de los privilegios del monasterio Cluniacen-
se al que estaba unido.
Murió Berenguer en el año 1102, según los his-
toriadores de Camprodón, aunque no lo hemos
visto confirmado en ninguno de los autores que
hemos consultado, y dicen que fué electo en el
mismo año
Berenguer IT.
(1102)
¿No fuera probable que este Abad fuese el mis-
mo Berenguer I ? Hacemos esta observación por-
que ninguna noticia nos dan del mismo los auto-
res de la España Sagrada, y más porque Vi-
llanueva, en su Viaje literario á las iglesias
de España, pone ya en el año 1108, como a su-
cesor de Berenguer, á
(1) Algunos escritores dicen (juo tliclio Abad edilicó la
mencionada iglesia, dalo infundado, pues ya existia en el
año 1012. La nombra lambicn. entro las |)Oses¡ones del mo-
nasteiio, el p<i¡)a Henodirlo \ill en su lUila del año 1017.
CA.Ml'llOhÓN. 45
Pedro I.
(1108—1112)
como Abad (l(^ ('amprodíui, (juÍími tuvo la prelacia
hasta el año 1 1 12.
Sucedió á Pedro,
Grregorio.
(1118—1122)
Á este Abad debe la comarca y villa de Cam-
prodóu la obteiicióu de mercado. Acudi(3 Gref>*orio
en súplica al conde de Barcelona Ram(3n Beren-
guer el Grande, de quien obtuvo un privilegio,
fechado' en Barcelona á 8 Diciembre del año 1118,
en virtud del cual, atendida la súplica del Abad
y habitantes de la villa, les concedía permiso pa-
ra celebrar mercado cerca del monasterio, seña-
lando el día, que debía ser el lunes de cada se-
mana, y prohibiendo que se celebrase otro des-
de Coll d' Aras hasta Portides y desde Pendi-
dicii hasta Campiun-niagnim (1).
Pedro II.
(1122—1130)
Ninguna noticia hemos podido encontrar que
haga referencia á este Abad.
Entre los regios favorecedores de este monaste-
rio, debemos citar también al conde de Barcelona
Eamón Berenguer III el Grande^ quien en su tes-
tamento, otorgado en el año 1131, le hizo dona-
ción de un campiun ipsiim qiieni tenet Gui-
{\) Apéndice núm. XI.
46 NOTICIAS HISTÓRICAS.
llerums Ud alar di, cuín consilio Riviptillen-
sis Abbatis et G Príoris (1).
Esteban.
(1132)
La prelacia de este Abad fué de corta duración,
pues ya en el año 1139 íig-ura como abad del mo-
nasterio de Camprodón
Vidal.
(1139—1141)
En el mes de Abril del año 1141, el conde de
Barcelona Ramón Berenguer, hizo una donación
á este Abad y á su monasterio de la bailía y man-
so de Salellas, y otros derechos de la villa de Bo-
los, según una escritura que existía en su archi-
vo.
Berenguer III.
(1143)
Villanueva, en su Viaje literario^ cita á di-
cho Abad en discordancia con los demás escrito-
res que hemos consultado, los que dan como
sucesor de Vidal á Pedro III. Lo continuamos
en el abaciologio, pues Villanueva tuvo ocasión
de examinar y formó su catálogo en virtud délas
escrituras existentes en el archivo del monasterio.
Fedro III.
(1143—1169)
Todos los abacio logios que hemos examinado
(1) Condes vindicados. Tomo II. páií. 179.
(;AMruuij()N.
47
ponen err()iicaineiit(^ el afio 1107 conno el liltiino
de su g-obioi'Ho; poro es iudiidahle que existía en
el año 1108, pues á XV de las calendas de Di-
ciembre del mencionado año, asistió y firmó el
acta de consagTaci(')n de la iglesia de San Valen-
tín de Salarsa (1), en el condado de Besalú y pa-
rroquia de San Cristóbal de Baget. Hizo la consa-
gración Poncio de Munélls, obispo de Tortosa y
abad de San Juan de las Abadesas, el que fué nom-
brado obispo de esta ciudad en el año 1105: pero
no por esto renunció á la abadía, que conservó
hasta su muerte, acaecida en su silla episcopal á
26 de Julio del año 1193.
Lo más probable es que el abad Pedro viviese
también en el año 1109, en que el obispo que de-
jamos mencionado y el de Gerona, Guillermo,
consagTaron la nueva iglesia del monasterio de
Camprodón. El templo reedificado por el abad Pe-
dro III es el que hoy día admiramos, y cuya pu-
reza de líneas arquitectónicas revela la pericia de
sus sabios constructores. Sin embargo, en el ac-
ta de su consagración, que tuvo lugar anuo
MCLXVIIIL ab incarnatione Doniini, Mi-
bus Novembvis, re gni Ltidovici jtinioris Re-
gis Francoritín anuo XXXIl, no se nombra á
dicho Abad, y faltan, en el traslado que nos da
Marca, las firmas de los que asistieron á su con-
sagración como es costumbre.
Á pesar de nuestras reservas, creemos que se
hizo la dedicación en vida de dicho Abad y que
él fué el que rogó á los obispos de Gerona y Tor-
tosa que pasasen á Camprodón á consagrar el
templo que con tanto cariño y amor había cons-
(1) Apéndice núm. XII.
48 NOTICIAS HISTÓRICAS.
traído. En la mencionada escritura el obispo de
(lerona dota al monasterio do Cami)rodón con las
iglesias de Santa María, fundada junto al monas-
terio; San Crist()bal de Creixenturri, San Martín
de Solamar^ San Nazario, con su alodio, San Jai-
me de Polig'cr (1), San Emeterio, con sus décimas,
primicias y oblaciones de ñeles, y San Andrés de
Oliveda (2).
Bernardo de Segurioles.
(1170—1187)
Bernardo naci(3 en Creixenturri, lug-ar cerca de
Camprodón. Un autor anónimo dice que fué
tres veces Abad en el espacio de cuarenta años (3);
pero Villanueva, en su Viaje literario, dice
(1) Hoy Palnu de Montagut, (jue es cabeza de dislrilo imi-
nici|);il, vuliiarmeiite San Jaunuí de Llierca^ y pertenece al
partido judicial de Olot El alodio de Palatio lo legó ya á di-
cho monasterio el conde de Besalú Seniofredo, en su testa-
mento oloigado en el año 966, y confirmado al mismo por el
papa benedicto VIH con su bula del año 977. El castillo de
í'aláu, cuyas ruinas aun boy exislen, lo Nemosen poder de
la Corona á mediados del siglo XIV, pueslo que el rey de
Aragón D. Pedro vendió con fecha 13 de Noviembre del año
1.366 al barón de Santa Pau Hugo H, por el precio de seis
mil (juinientos ocho florines de oro. tres sueldos y tres di-
neros el dominio directo del castillo de Montpaláu, en la
parroquia de Argelaguer, reservándose tan solamente el po-
der (juitar el dominio feudal y directo.
(2) Apéndice nú m Xllí.
(3) B. Seguini, (jui ler fuit electus ad ecclesiam Campiro-
tundi et bis inde translalus ad ecclesiam Exiensem, et re\it
ecclesiam ('ampirotundi diversis tempoiibus per XL anuos.
Ítem vidit (juidonem. monacum Moysiacensem, Abbalem
Campirolundi. el rexil abbatiam per VIII anuos. Iten'i vidil
HolbtMium de Bastida, et Berengarium Boconis, et Kolber-
tum minorem, el Berengarium de Massaneto qui erat Abbas
S. Quirici; post (¡ueu) B. de Amila\o Abbas S. Papuli fuit
electus al) Abbale Moysiacensi, et administravit in pace per
aiinum el amjtlius.
CAM1'U()I>(')N. 4*J
(HK^ no lo halla ni is (pu» dos v(»ccs en las es-
crituras.
S(*í>'riii lili (lociuiKMito, locliado 011 Prades (311 el
mes do Octiibi*(^. del año lis:^ ol roy do. Arag-íhi
D. Alfonso I cedió al nioiiastorio, con la voluntad
de su Abad, las uiaiilicas (') fraguas quo el domi-
nio real poseía en el })uel)lo de l^i, en el Conñent,
con más los derechos de baldío (empríus) en el
territorio comprendido desde Collo de Menteto
iisqiie ad fontoii de Teg, et iisqtie adChev de
A Y cha, ct iisqííc critceni de Pinii, et nsqiic ad
Gritni, cuyos baldíos y bosques los cedía en ple-
na propiedad, reservándose solamente los que ya
había cedido (1).
Guido I.
(1187-1195)
Un testigo de la época, citado por Villanueva,
dice que este Abad gobernó la abadía por espacio
de ocho años: ítem vidit Giddonem monacum
Moysiacensem. alhatem Cainpirotundi, et re-
xit abbatíam per V 111 anuos.
El rev D. Alfonso I el Casto de Arao'ón, en su
testamento otorgado en Perpifnin en el año 1194,
se acordó también de este monasterio, al que dejó
150 sueldos de red díte (1).
Villanueva publica un cartel ó pregón, referen-
te á este monasterio, que cree es de últimos del
siglo XII. Es una orden para evitar la insolencia
y codicia de los que acudían al monasterio, don-
de tasa lo que se les ha de dar y señala además
íl) Apéndice núm. XIV.
(2) Condes vindicados. Tomo lí, pág. 224.
oO NOTICIAS HISTÚIUCAS.
los límites, jurisdicciones é iiiinuiiidades del mo-
nasterio en los días de mercado y fuera de ellos (1).
Bernardo II.
(iior)— 1-J09)
Hijo de la aldea de Creixenturri y sobrino de
Bernardo I.
En el mes de Febrero del año 1196, el rey de
Aragón D. Pedro II. dio licencia á nuestro Abad
para que con todo el vecindario se trasladase,
con motivo de las guerras y para estar con más
seguridad, in loco qiii vocaUív Podiiim reli-
qiiianun (Puig de las reliquias), y también para
construir allí una fortaleza en su defensa, la que
fué mas tarde castillo de San Nicolás.
Berenguer IV.
(1-209—1218)
Berenguer de Rocáms o Roconis, gobernó la
abadía hasta el año 12*20, en que le sucedió
Raimundo I.
( vm)
Se sabe que era Abad en el año 1220^ pero se
ignora hasta que fecha estuvo al frente de la aba-
día, aunque hubo de ser su gobierno de corta du-
ración, pues ya en el año 1222 figura como abad
Roberto.
( 1222)
Roberto de Bastida era abad de Camprodón en
(I) Apoiulicc núni. XV.
CAMPUUDÚN. oj
iú año 122*i; pero so ií^nioni ol íin do su <^"obionio
abaínal.
Berenguer V.
(1-J2())
Sucedió á Bereugucv
Pedro IV.
( 1 '227— 1-230)
Durante el gobierno de este Abad quiso el mo-
nasterio de Camprodón sacudir la tutela de la ca-
sa matriz de Moyssach. Consta esto de una escri-
tura de disensión entre el Abad de Moyssach y el
de este monasterio, en la cual el de aquél trata al
nuestro de querer perturbar con persistencia di-
cha posesión, y enumera las demasías y conflic-
tos que con su conducta perturbadora había oca-
sionado al monasterio y á la villa (1).
Berenguer VI.
( 1230—1236 )
Berenguer de Massanet era abad del monaste-
rio de San Quirico de Colera cuando fué elegido
para el de Camprodón. Debió hacerse dicha
elección sin el consentimiento del Abad de Cluny,
del que, como ya tenemos manifestado, dependía
este monasterio, puesto que en el mismo año anu-
ló su elección. «Pero el de Massanet, que tuvo
siempre por consejera la fortaleza, nunca la pru-
dencia y la templanza, á despecho de la disposi-
Apémlice nú ni. X\ I.
-VI.
.)"J NOTICIAS HISTÓRICAS.
cióii y constitución comunicada por sus superio-
res, continuo aferrado á su silla abacial, aterró á
los monjes no conformes y atropellólo todo, según
tenía de contumaz é inquieto. El vecindario tam-
bién se dividió en dos partidos. Consternados los
monjes, acudieron en sentida súplica á los de
Moyssach; y si bien no parece lo que éstos contes-
taron, es muy probable que fueron oídas las que-
jas de los nuestros, pues vemos que en 1236 re-
gía en paz nuestra comarca y villa un tal Ami-
lavo, que ellos eligieron (1).»
Amilavo.
( l-2:i(i )
Debió ser nombrado Amilavo abad de Campro-
dón por la casa matriz de Moyssach ó Cluny, en
lugar de Berenguer de Massanet. Era ya Abad de
San Populo, cuando lo fué de este monasterio,
pues el autor anónimo nos dice: post qiieui B.
de Aiuilavo Abbas S. Popiili fecit electus ab
Abbatc Moysíacensi, ct adiiiiuistravit i n pa-
ce per anniuu eí aiupliits.
Bernardo III.
( Después de 1236)
Dice Villanucva que después de Amilavo los
monjes eligieron secretamente y sin el consenti-
miento y aprobación de la casa matriz abad del
monasterio, que recayó en la persona de Bernar-
do Desl)acli (2), y añade el P. Galí que gobernó
(1) Historia Je ('amprodón, páp;. 60.
(2) Bernardo descendía de la ilustre familia de I)esl)acli,
señores jurisdiccionales de la Nalldebach. La tradición dice
OAMPIIOÜÓN. ^i'i
011 piiz (•(Ui\('nt(), vilhi y (toiiiiirca. l'll iibad l'cílro,
(jue poiKMi los liisioriadorcs do ( 'jiiiiprodiin autos
(lo ost(í Ahad, oríHiiuos lo ooiirundou con su su-
cesor, así oouio uo os posihlo ol «^'obicruo do 13cr-
uanlo Dosbach cu ol afio 1:243 ni ol do Curts ou
ri4S, puosto (juo ya on (d nño 1243 se auul(3,
á petioión do la (^asa matriz do Moyssaoh, la
elección de dichos abados.
Fedro V.
(1239—1243)
Pedro de Corts fué elegido abad como su ante-
cesor por los monjes del monasterio; pero habien-
do llegado á conocimiento de la casa matriz de
Moyssacli estas elecciones que atentaban á sus
privilegios, acudió á la de Cluny en queja de es-
ta usurpación de atribuciones y ésta al Papa, y
por sentencia dada en el año 1243 por Maurino,
abad de San Pedro de Pamies, en calidad de eje-
cutor apostólico, declaró nuevamente sujeto el
monasterio de San Pedro de Camprodón al de
Moyssach, y anuló las elecciones de estos dos úl-
timos Abades (1).
En el mismo año suena ya como abad
que un caballero llamado Hugo Bach, señor de Blanes, LIo-
ret y Tossa, se retiró á esta montaña con sus subditos duran-
te la invasión árabe, en donde edificó un gran castillo, cuyo
valle tomó su apellido. Dice Pujades que el obispo de Ge-
rona D. Francisco Arévalo de Zuazo, le certificó que en una
de sus visitas á dicha parroquia, en cumplimiento de su
ministerio, halló escrito de mano al principio de un an-
tiguo misal lo siguiente: «En lo temps se perdé España, ve-
né en aquesta Valí que era dita de Moyer, un caballer de
les pars marítimes per nom Hugo Bach, y poblá de sas gens.
y bastí lo castell, que vuy es, y susteni'nse ell y los seus
fins á la vinguda deis Francs ab Carlos iMaynes, y per co es
apellada Valí de Bach.»
(1) Los historiadores del Languedoc traen, procedente del
54 NOTICIAS HISTÓRICAS.
Roberto TI.
^124:3)
Fué nombrado dicho Abad por la casa de Moys-
sacli, y á quien sucedió
Bernardo IV.
(124())
Poco tiempo estuvo al frente de la abadía, pues
en el año 1248 fígura ya como abad,
Pedro VI.
(1248)
El papa Inocencio IV le concedió una bula, fe-
chada en Lyón á 5 de Julio de 1248, en la cual
declaraba que el Abad y monasterio no podían
ser compelidos á la admisión de personas y pro-
visión de beneficios eclesiásticos, ni aun en vir-
tud de letras apostólicas, si en ellas no se derro-
gase especialmente el privilegio de la citada bula.
archivo del monasterio de Moyssach, la siguiente acta que
liace referencia á este monasterio:
« M. Dei gratia abbas Apamiensis, a sede Apostólica dele-
galus, dilectis inChristo cellerario & eleemosinario
Arulensi, salutem in Domino. Cum propler concilium nu-
per apud Montempessulanum celehratum, quod prolractum
extitil diulius quam crederetur, nos & nostrum consilium
occupati fuerimus & ultra quam sperassemus detenti, ad
diem quam dilectis noslris priori, conventui & celeris fra-
tribus Campirotundi assignaveramus in crastinum octava-
rum festi sancti Michaelis, apud Campumrotundum, mini-
me potuimus convenire, nec eis impedimentum nostrum
innotescere tempestive. Quare cum negotium nobi* com-
missum, quod diutius prorogatum extitit, cupiamus sine de-
bito terminare, qua fungimur vobis aullioritate manda-
mus, &. Datum Apamie, in crastino festi transancti sánete
Luce evaníjeliste, anno MÍXXLII.»
(.•AMPUOI)(')N. 55
Gruido 11.
(121Í)— r2r)5)
Consta, su oxistciicia desde, el iiíio 12 11) al \'27)7).
Con iecluí 22 de Se])tienibrc del año 1219 (1),
nuestro abad Guido porriiutó con el rey I). Jaime I
de Aragón la abacial villa de Caniprodíín, ([ue di-
cho Rey deseaba elevar il de realeng-o^ ñrmándo-
se el convenio de traslación bajo las condiciones
sig'uientes: La villa de Camprodón con todos sus
términos, castillo, mercado y demás derechos in-
herentes á la misma, era cedida al rey Jaime I,
quien á su vez daba al Abad por vía de compen-
sación otras muchas posesiones situadas en el va-
lle de Ribas, Prats v Pi. Que ni el Rev citado ni
SUS sucesores podían dar, vender, permutar ni
enajenar en manera alguna los derechos sobre la
villa de Camprodón, y que debía además tener
bajo su real protección al monasterio con todos
sus bienes, incluso los que el Abad se había re-
servado en la misma escritura de concesión, como
eran las iglesias de Santa María y San Nicolás y
ciertos derechos sobre los hornos y molinos sitos
dentro de los términos de la villa (2).
Acerca de las atribuciones que en virtud de
dicho convenio correspondían al Rey y al Abad
de Camprodón, hubo varias diferencias, puesto
que el Abad no había cedido al Rey la villa de
Camprodón por entero, las cuales fueron dirimi-
das con una sentencia arbitral de los obispos de
(1) Los historiadores de Camprodón ponen equivocada-
mente el año de 1243.
(2) Apéndice núm XVII.
o6 NOTICIAS UISTÚUICAS.
Vicli y Eliia, la (|iio, aceptada poi* ambas partes,
fuá firmada á 8 de las calendas de Mayo del año
\'27)\. Dicha sentencia dice en resumen: I."" Que
el rev 1). Jaime I debía constituir en veíí:uería v
asig'uar términos á la villa de Camprodón, según
es uso en las demás de realengo en Cataluña.
2.*" Que en compensaci(3n á la mitad de los dere-
chos de jurisdicción sobre la ¡villa que el Abad se
adjudicaba, debía el Rey pagar al monasterio un
censo anual en dinero y especie. S."" Que el Abad
se reservaba el derecho sobre la notaría ya de
antes establecida, como también sobre los molinos
existentes ó que en adelante se establecieren den-
tro de los términos de su antigua pertenencia. 4.*"
Que en la cesión antedicha iba comprendida la de
los derechos abaciales sobre los pueblos de Pi, Ri-
bas y algunos otros. Y 5.° Que el Abad y el Rey
compartirían por mitad los censos de las casas de
la villa, excepción hecha de unas pocas que se-
rían de exclusiva jurisdicción del monasterio.
Hace referencia también á dicha sentencia el
privilegio concedido á la villa de Camprodón, con
fecha 31 Julio del mismo año. para celebrar ferias
por espacio de 8 días, que empezaban á contarse
desde la vigilia de San Juan Bautista, señalando
los límites de la Veguería de Camprodón, que eran:
de Ribamala hasta Coll d' Aras; de Castellfullit
hasta Coll de Portóles; de Coll de Carrera al de Fi-
nestras; de Coll de Pera al de Mont-sant, y de Ba-
tet hasta Malrem.
Mateo I.
(1257— 1208)
Kn el mismo año de 1208 fio-ura va como a))a(i
CA.MPRODON. .)/
Guillermo I.
( rjds— i-j7())
VilhiiiiKwa, en los años de l'J7() á 1277, 1)011(5
un abad llamado Pedro, (pie lo sería se^'iii'ameiite
de otro monasterio, por eonstar ([\\(\ áo^do el año
V2i)H á 127() g'íjberiK) la abadía (^luillcniío.
Mateo II.
(1277—1278)
Los autores de la España Sagrada tijaii su
gobierno, seguramente por error de imprenta, en
el año 1267, puesto que á su antecesor (ruillermo
le dan de gobierno hasta el año 127(). Los histo-
riadores de Camprodón lo fijan en los años 1277
y 1278.
Gruillermo II.
(1278—1283)
Á favor de este Abad, según los autores de la
España Sagrada, expidió una bula el papa Ni-
colás III, confirmando los bienes, fueros y privile-
gios del monasterio, según habían hecho sus pre-
decesores, y sujetándole inmediatamente á la Si-
lla apostólica.
Pedro VII.
( 1283—1287 )
Sucedió á Pedro
GrUillermo III.
(1287—1293)
Gobernó hasta el año 1293, en que suena como
abad del monasterio
58 NOTICIAS IIISTÜHICAS.
G-uillermo IV.
(1293—1300)
De dicho Al)ad se tienen noticias hasta el año
1300. ñg'urando ya en el año 1302 como abad
Raimundo II.
(1302)
Estuvo muy poco tiempo al frente de la abadía,
pues en el año siguiente suena ya como abad
G-uillermo V.
(1303—1311)
Los autores de la España Sagrada nos dan
noticia de este abad en el año 1303, y Villanueva
en el año 1311, por lo que ponemos el gobierno
del mismo desde el año 1303 al 1311.
Le sucedió
Hugo I.
(1312)
Todos los autores fijan el año 1312 como go-
bierno de dicho Abad, habiéndole ya sucedido en
el siguiente
Berenguer VII.
(1313)
Sucedió á Berenguer
Hugo n.
( 1315)
Eu el año sio-uiente suena va como abad
CA.Ml'lfOKON. ')[)
Raimundo III.
Pujados llama ii iiiK^stro Al)a(l prinK^'o do este
ii()iii))i'e, ig-noraiido la existencia án Raimundo I
que gol)ernü en \'2'2{) y de Raimundo II en VM)'2.
Arnaldo.
(]:^'J 1—13-23)
Figura como abad en el año siguiente
Raimundo IV.
(13-24)
Sucedió á Raimundo
G-isperto.
(13-24—1325)
Jazperto le llama Villanueva. Fué el último de
los abades elegidos por la casa matriz de Moys-
sacli, pues los monjes del monasterio de Campro-
dón no quisieron admitirle, deseosos de recon-
quistar su independencia, los que eligieron por
abad á
Raimundo V.
(1325—1348)
Raimundo de Guixar gobernó el monasterio
hasta el año 134S, según Pujados, y fué el prime-
ro de los electos por los monjes del monasterio
desde su unión con el de Moyssacli, quien sostu-
vo con tesón la independencia del monasterio,
S— VI.
()0 NOTICIAS HISTÓRICAS.
con referencia á la elección de abad, pues no re-
cobró desde este momento su independencia pri-
mitiva, como asef^'uran varios escritores, por las
pruebas que presentaremos en el curso de nues-
tro abaciologio. La resistencia de los monjes y la
firmeza y energía en secundar las iniciativas del
abad Raimundo de Guixar, pararon en una con-
cordia con la casa matriz, en virtud de la cual
los monjes de Camprodón podían elegir abad con-
forme a la regla y voluntad del fundador, cuya
elección debía confirmar la casa matriz de Moys-
sach, y que en reconocimiento pagase el monas-
terio de Camprodón trescientos reales de censo,
lo que se verificó algunos años; pero temiendo los
de Moyssach que los monjes quisiesen recabar
hi totiun su independencia, obligaron al Abad,
en el año 1325, que si quería la confirmación pu-
siese á censo seis mil reales, que rentasen cada
año los trescientos, y que se fundase en lugar se-
guro, en Francia y á diez leguas del monasterio
de Moyssach (1), á cuya petición consintió Rai-
mundo.
A trece de las calendas de Septiembre del año
1333, nuestro Abad cedió al rey D. Alfonso el
Benigno^ la mitad de la jurisdicción civil y cri-
minal de la villa de Camprodón que le pertenecía,
recibiendo en compensación cuatrocientos suel-
dos barceloneses, pagaderos á 1." de Mayo de ca-
da año, cuyo pago quedaba afianzado con la mi-
tad de los derechos llamados de Lesda, que co-
braba el Rey en estos pueblos, reservándose sola-
mente el dominio de unas pocas casas situadas
(I) Ariíaiz. Soledad Laureada, lomo lí, pág. III
CAMPUüDÓN. Gi
alrcMledüi* del inüiiastcrií), como recuerdo de su
antig'uo señorío.
Á solicitud do (Helio Abad yjiabitantes de Cam-
prodóu, el rey 1). Pedro IV, seg'iiu privileg-io
otorg-ado eu Tarrag-oua con fecha 27 Marzo del
año 1338, revocó la ag'regaci(3n á la de Besah'i de
la mayor parte de la vicaría de Camprod(3n, de-
jando en su valor la sentencia arbitral de los
obispos de V'ich y Elna que ya hemos menciona-
do. En su consecuencia, con fecha 27 Abril del
mismo año, el comisionado regio D. Bernardo de
Petra reintegró al veguer y oficiales en la pose-
sión y jurisdicción sobre los pueblos contenidos
dentro de los antiguos límites de la veguería, y
en privilegio concedido en el mismo año dio per-
miso para que los habitantes de Camprodón pu-
diesen proveerse de trigo de Besalú.
Bernardo V.
(1348-1361)
Bernardo de Folcrá fué elegido abad en Di-
ciembre del año 1348. Dice Pujades «que gobernó
muy mal y vivió no muy bien, pues en su tiem-
po hubo muchos escándalos nacidos de parcia-
lidades y bandos sustentados por él; fué amigo de
frecuentar palacios, residir en la corte, y poco
en su monasterio, de lo cual se originaron entre
vasallos y monjes grandes males y destrucciones
de patrimonios»; mas los autores de la Historia
de Camprodón dicen que nada se ha encontrado
en los papeles que se refieren á este Abad, y que
existen en su archivo, que pueda valerle la cru-
da crítica que de él hace Pujades.
62 NOTICIAS HISTÓRICAS.
Bernardo cedió á los padres carmelitas calzados
local para fundar iiii convento, bajo las siguien-
tes condiciones:
1." Los frailes del Carmen, en número de seis,
debían asistir á las funciones religiosas que en
las principales festividades celebrara el monaste-
rio.
2.'' Que en el convento del Carmen no podían
bendecirse los ramos y candelas, pues debía reci-
birlos del monasterio.
3.'' Debía también dar cada año en calidad de
censo 20 libras de cera al Abad, y
4.'' Que debía el convento entregar la tercera
parte de las mandas funerarias y demás.
El mencionado convento fué fundado en el año
1352 con independencia de los Ordinarios por la
gracia del papa Clemente VI, bajo el título de la
Purísima Concepción. La reina D."" María, regen-
te de D. Alfonso, á petición del Prior y vecinos de
la villa de Camprodón, puso el convento bajo su
protección y amparo, y renovó los privilegios que
en los años 1352 y 1358 había otorgado el rey
D. Pedro. El papa Benedicto XIII concedió diez
años de indulgencia á los que hicieran limosna
para la fábrica del convento.
Asistió Bernardo al concilio Tarraconense que
mandó convocar el arzobispo de Tarragona Fr. San-
cho López de Ayerbe, al que asistieron también
los abades de San Pedro de Rodas, Besalú, San
Felíu de Guixols, Bañólas, Amer, (talligáns^ Vila-
bertrán, Santa María de Rosas, San Miguel de Plu-
via, y los priores de Castelló, Cruilles, Viaña,
Ridaura y Lledó.
Murió dicho Abad el día 14 de Septiembre del
año 13G1.
CAMIMIODÓN. 63
Francisco I.
( 13GI )
Francisco (le Uliiui filó electo eu ol año 1301.
En el de 1303 suena ya como abad
Bernardo VI.
(1363)
En el mismo año de 1303 figura ya como abad
Francisco II.
(1363—1371)
En el año 1369 obtuvo una Bula del papa Urba-
no V para que los monjes pudiesen pasar a estu-
diar á xlviñón, bula que se hallaba en el archivo
del monasterio.
Pedro VIII.
(1372—1379)
Concedió dicho Abad permiso á los frailes del
Carmen para asistir con cruz alta á la procesión
del Corpus y regresar de la misma manera á su
convento. Asimismo, por sentencia arbitral, hizo
que fuese terminada una cuestión que sobre las
mandas religiosas dejadas al convento habían
movido los abades.
Gruillermo VI.
(1379)
Gobernó poco tiempo la abadía, pues ya en el
siguiente año suena como abad
64 NOTICIAS HISTÓRICAS.
Pedro IX.
( 1380 )
Con fecha 19 de Mayo de 1380, el rey D. Pe-
dro IV aprobó y confirmó el convenio hecho entre
el Abad del monasterio y el rey D. Alfonso III el
Benigno.
Jaime I.
(1382)
Le sucedió
Pedro X.
(1384—1391)
Se tienen noticias de este Abad hasta el año 1391 .
Gruillermo VII.
(1392)
En dicho año de 1392^ según las actas de visita
y de k)s capítulos generales de Cluny, el número
reglamentario de monjes era el de 14 y el Abad.
En el acta del capítulo del mencionado año se ve
que imperaba en el monasterio la más completa
observancia de la regla, y que dicho Abad lo re-
gentaba bien, tanto en lo espiritual como en lo
temporal. Dice así el párrafo que hace referencia
á este monasterio: « Ahbatia de Campo rotun-
do in Catalonia, Gertindensis dioecesis, im-
niediate subdita ahh atice Moissiacensis («ic),
est in bono statii, et siint ib i qnatuordecim
mo ñachi cuní abbatc; qui bene serviiint Deo
CAM1MK)1)(')N. 6'*)
dic (ic noctc, ci di chis doiiiniis rfhhas, ho)ítis
et auliquits, baic n\L(il spin'tudlilcv et tcuipo-
ralitcv. Tanici! dixit vi si t atar i hits qiiot non
dcbcbaiit ipsiifn visitare, quid (íbhas Mois-
siaceiisis ipsnni visiUdxid et facicbdl ipsiim
visitare et iioii erat din qnod fnerat ad ca-
pitulnm sunni. Dictns doinnns abbas de sno
bono re í" i mine est coínniendandti
s. »
En el siguiente año de su gobierno suena ya
como abad del monasterio
F»edro XI.
(1393—1397)
Sucedió al abad Pedro
Jaime II.
(1397—1400)
Se tienen noticias de este Abad hasta el año
1400.
Pedro XII.
(1406—1413)
El rey D. Martín el Humano, en el año 1405,
confirmó y de nuevo aprobó el convenio celebra-
do entre el rey D. Alfonso 111 y el abad del monas-
terio Raimundo V.
Jaime III.
(1415—1419)
Pujades fija ya su existencia en el año 1415, y
de él nos da noticias Villanueva hasta el año
1419.
66 NOTICIAS 1I1ST()U1CAS.
Berenguer VIH.
( 142-2— 1425 )
Murió dicho Abad en el año 1425.
Pedro xm.
( 1425—14(33 )
Pedro de Canadell fué electo abad el día 19 de
Septiembre del año 1425.
Bajo su gobierno abacial tuvo lugar la subleva-
ción de los siervos ó payeses de rouensa, acau-
dillados por el intrépido \'erntallat, los que bien
pronto fueron dueños de toda esta comarca. Para
ver de apaciguar la rebelión, que contribuía á
agravar la situación del Principado, la Diputación
general de Cataluña escribió á nuestro Abad, con
fecha 2 de Julio del año 14G2, rogándole que per-
suadiese á los remen sas de que les tenía más
cuenta ñrmar la nueva concordia con sus señores,
pues con ella quedaba definitivamente dirimida la
cuestión, en tanto que de otro modo los malos
lisos quebaban suspensos y no abolidos, y ellos
en la obligación de satisfacer lo que faltaba pagar
de los cien mil ñorines prometidos al rey 1). Al-
fonso (1).
No debió hacer gran caso Verntallat de estas
negociaciones, pues, como contestación á tales
consejos, recibió la Diputación una carta de dicho
caudillo, dentro de un pliego remitido por el Prior
de Casserras. Decía en ella \'erntallat que no po-
día aceptar la concordia prometida y que no se
(1) Apéndice mim. XVIII.
CAMrRODÚN. í)7
Iki])Ííi levantado para la rcdcnciíin de los remen-
sas ni para la annlaeiini de otros derechos, sino
para rec^abar del Rey de Arag('>n i[\u) hiciera á to-
dos justicia, y que no ({uería abandonar el cami-
no del honor por el do. la traición.
Cami)rod(Jn se puso al lado de la Diputación,
segiin es de ver por las cartas del diputado local
de dicha villa Pedro Maner (1), pero fué atacada
y tomada por los remensas en el mes de Ag'osto
del mencionado año, quedando desde esta fecha
separada de la Diputación hasta el año 1465.
Continuaba el monasterio bajo la sujeción al
monasterio de Cluny, según se desprende del ca-
pítulo general de dicha abadía del año 1460. Dice
el Visitador general, con referencia á este mo-
nasterio, que no reinaba en el mismo aquella
clausura y observancia propia de la orden. He
ahí el acta de visita de este monasterio:
« Li abbatia SJ' Petri de Campo rotundo
appliciieviint visítatores. Venenint officiarii
in abbatis absentia in decentibiis habitibus;
ipsis prcesentatis et receptis litteris domni
nostri commiinis Chmiacensis, genibiis flexis
deoscidatis, visítatores honorifice recepertmt
et caritative tractaveriint ac demum in eccle-
siam introdiixeriint, solemniter cantando Te
Deum laudamus, et deinde, verbo exhortatio-
nis f acto y ecclesiam visitaveriint; qiiam repe-
rieriint satis in bono statti et bene mnnitam
¡ocal ibas et ornanientis, licet propter terree
niotiun ecclesia in aliqíia sid parte patiatnr,
et claiistrnm totaliter collapsiim est; dorrni-
(I) Documentos inéditos del archivo de la Coronada Ara-
gón, tomo 19, pág. 209 v 276, y tomo 21 . páe. 109.
9— VI.
68 NOTICIAS HISTÓRICAS.
t orí 11)11 ct rcfectorítmi ct ccctcrcc offichice in-
di gcnt niaxima reparationc; ailtus divinns
ibi perit et ccrciiwnicr, observanticr regida-
res proptev defectíini iiinncri religiosortim
iii luagmtJii vitiipevixun ordinis, ubi solent
esse viginti qiiatíior r eligió si aiíu abbate in-
clusive. Eleejuosynarius non facit residen-
tianí; est in curia RotJiana. Religiosi non
snnt regidariter habitiiati; imo in canieris
dispcvsis et qnasi vivant secidariter pro li-
bito volnntatis. Clatistira nionasterii fracta
est et vadiint et veniunt religiosi pro libito
volnntatis sine licentia, die ac nocte. proiit
eis placel. Officiarii mate su a exercent offi-
cia. Visitatores injnnxernnt donino abbati
qiiod salte m teneat nnmenun decem religio-
sorimi, qiiibiis ministrare regidaria vesti-
menta et alia necesaria. Ordinavertint qiiod
ho rcc canoniccc cantantiir (sic) taní diiirncc
qtiam noctnrncc, cimi debitis pansationibns^
inclinationibns et pídsationibits et ceremoniis,
inclinationibus regidariter debitis. Ítem in-
jnnxernnt abbati et priori clanstrali qnod ca-
pitnlnni teneant et correctiones regidaresfa-
ciant. ítem in refectorio comed ant cnm lec-
tione et silentio, in dorinitorio do r mi ant
cnm snmnio silentio; et nndtas alias salubres
ordinationes fecernn circa divinum cidtum
et observantias regtdares et inventaria debe-
re fieri de eclesicc jocalibns et qnod debeant
vive re secinidiun regid a m et statnta Clunia-
censis ordinis. Ordinant di ffi nitores diffi-
niendo qnod ordinal a per visitatores adini-
plcantiir.»
(•\.M1M{()I)(')N. ')'.)
Bernardo VII.
( 1 is-j— ir,i())
Desdo el uno lUV-) ;il I \H'2 s(* nofji un vacío oii
(*1 al)a(M()l()^'i() del luoiíasteriu, debido sin duda á
las <4-u(MM'as de iM'aueia y Mspaña en esta ('poea,
eu la (|ue ('ain[)i'()(l()n fué asaltada [)()!• el ej(h*eito
invasor ([ue devasto la villa y prolanc) su templo.
«Tan adictivo debía ser el estado de los nuestros,
dicen los historiadores de Camprodón, que el pia-
doso Obispo de Gerona publicó una bula en 1480
en que concedía indulgencias á todos aquellos
que con cualquier género de recursos contribuye-
sen al alivio de nuestra villa y al recobro del
cuerpo de San Paladio, prenda de la comarca y
tesoro del monasterio, que en mal hora se llevó
de entre nosotros la codicia sin freno de los ven-
cedores. »
Francisco III.
(1517—1518)
Francisco de Remolíns, según los autores de la
España Sagrada^ era cardenal de San Marce-
lo, obispo Surentino^ y natural de Lérida. Se su-
pone que tuvo la abadía en encomienda, pues
desde que pasó á Italia, donde obtuvo muchos car-
gos, no se sabe que volviese á España. Murió en
Roma á los 56 años de edad el día 5 de Febrero
del año 1518.
Juan I.
(1518—1539)
Juan Pascual era deán de la catedral de Gero-
70 NOTICIAS HISTÓRICAS.
na eiiandü fué promovido á la abadía de Campro-
dón. Sostuvo uu pleito contra el fisco real para
el cobro de los cuatrocientos sueldos que debía
percibir el monasterio en virtud del convenio fir-
mado en el año 1333 por el rey de Aragchi D. Al-
fonso el Benigno; convenio que confirmaron, en-
tre otros, D. Pedro IV, en lü de Mayo del año
1380; D. Martín el Hiujiano, en el año 1405, y
Carlos 1, en el año 1519.
Después de este Abad vacó la abadía trece años
y fué gobernada por priores nombrados por los
mismos monjes, como lo prueban varias escritu-
ras de nombramientos de rector de Creixenturri y
de Camprodón hechas por dichos priores. Á esto
se debe tal vez el que los autores de la España
Sagrada Óontinúen como abades á los priores
Bernardo y Juan, que gobernaron después de
Juan Pascual y antes de Antonio Valentí.
Antonio I.
(1552—1502)
Antonio Lorenzo Valentí era maestro en Sa-
grada Teología y capellán del Rey. Devolvió al
monasterio muchas riquezas y entre otras la ju-
risdicción de la villa de Pi v la de Sahorra, en
pleito que ganó contra 1). Antonio deOms, barón
de Santa Pau, en el año 1562.
Quedó vacante la abadía hasta el año 1574 en
que fué electo
Bernardo VIII.
(1574—1592)
Bernardo era descendiente de la noble familia
(;ami»uoü()N.
(le Cardona, ([\H' taiilos días {\(\ ^^doria ha dado á
(^^ataluña.
Villaiiuevay los autores de la Ksp(iíiaS(i¿(ya-
da ponen su jibaciolo^'io desde el año lo74 al
1578; 1). F. de A. (ialí, en ^w Histovia de Cam-
prodón, dice (¡ue «si bien los demás abacioloí^ios
no le dan tantos años de vida eonio los que lija
(que son desde el año 1574 al 1097), hemos visto
alg'unas escrituras que nos dicen que existía aún
en el sobre dicho año; » mas M. V abbé Francois
Font, en su Histoire de V abbaye royale de
Saint- Michel de Ciixá, dice que partió para la
abadía de San Miguel el día 17 de Julio del año
159*2. y al día siguiente de su llegada, de la ma-
nera más solemne, asistido de numerosos sacerdo-
tes y con la asistencia de muchos dignatarios se-
culares y en presencia de una numerosa concu-
rrencia de los pueblos vecinos, consagró la nue-
va mesa del altar, construida con mármoles del
país.
Las crónicas del monasterio de San Miguel de
Cuxá fijan su abaciologio en el mismo desde el
año 1579 á 1610.
Sostuvo un pleito con la Universidad de Cam-
prodón sobre propiedad de la plaza de dicha villa,
llamada Prat del molí, que ganó la villa.
Jerónimo Fort.
(1592—1606)
Era monje del monasterio de Santa María de
Ripoll cuando fué promovido á la abadía de Cam-
prodón. Obtuvo del papa Clemente VIII. en el
año 1592, la separación de dicho monasterio de la
provincia Narbonense, á la que estaba sujeto des-
72 NOTICIAS HISTÓHICAS.
(lo SU fundación, y su unión perpetuamente á la
Cong-regación claustral Tarraconense, y la unión
al monasterio de Camprodón de los prioratos de
Santa María de Kidauray San Juan las Fonts, con
las cláusulas Muto proprio, ex certa scientia
Pap(c, et de Apostolicce potestatis pleniiudi-
ne (1).
Del primero de dichos prioratos nos hemos ocu-
pado ya extensamente en el tomo IV de nuestras
Noticias históricas, pero algo tenemos que
añadir para aumentar el caudal de datos justifi-
cativos en favor de la fecha del acta de consagra-
ción de la iglesia de Ridaura, fijada por los bene-
dictinos que escribieron la Historia del Lan-
giiedoc en el año 858 é impugnada por varios
escritores; fecha que admitimos en nuestro mo-
desto trabajo; y como en una de nuestras apre-
ciaciones nos apoyábamos en la del canónigo de
Gerona D. Francisco Dorca. en su obra Mártires
de Gerona, que por referencia sabíamos que
aceptaba dicha reducción, hoy, que hemos podi-
do consultar dicha obra, nos atenemos más y más
en nuestras conclusiones. Dice el canónigo Dor-
ca, hablando de los obispos de Gerona: «Consta
que Seniofredo fué obispo de Gerona, y que lo
era en el año 858, en que se consagró la iglesia
de Ridaura; cuyo documento de consag-ración
existe en el archivo del Monasterio de San Pedro
de Camprodón, de donde me lo envió para verle,
el señor abad D. Joaquín Parrella. como le vi, y
examiné, y hallé su fecha en (|uanto al año de la
Encarnación, conforme con la que se lee en el
(1) Tristany. Corona lienedictina, pág. 320.
C'AMrMl()I)r)N. 73
cxíMiiplai' (l(' (liclin (•()iis:i;^'r:ici(')ii |iii1)1ícíi(1í) \h)V
los W V. Mauriiios en su Jlislorid del Lmigue-
doc, (MI (4 apéndico al tomo I. Pr. í)7: y sacado
de un excini)lar l('<^'íliino y sincciM) del arcliivo
del monasterio de Santa María de la (¡rassa, eon
la fecha de dicho año SoS, y año IS del reinado de
Carlos. Este año de Carlos está equivocado en el
exemplar de Camprodíhi, que pone auno 7.; pero
concuerda en el de 858 de la Encarnación, que
es lo que hace á mi propósito (1).» Creemos dicho
dato dig'uo de tenerse en cuenta, puesto que
Dorca confiesa que tuvo en su poder y examinó
una copia auténtica de la referida acta de consa-
gración.
Otro dato nos da Argaiz en su Soledad Laii-
reada, y es que ya en el año 869, el levita Oliva
hizo una donación á este monasterio, el cual se
supone ya fundado en dicho documento (2). ¿ Có-
mo, pues, se puede admitir la fecha del año 908,
fijada por Mr. Mabille, y la del año 944, fijada
aproximadamente, por D. Joaquín Botet y Sisó,
en sus Condes de Gerona beneficiarios?
Argaiz nos da también á conocer a un prior
del monasterio de San Juan las Fonts. Según
una escritura existente en el archivo del monas-
terio de Camprodón, el prior Gunarrio, en el año
1077^ hizo el establecimiento de una heredad,
propiedad del monasterio, á Guillermo Arnaldo
de Llastosella, mediante cierto censo perpetuo ca-
da año (3).
{\) Dorca. Mártires de Gerona, pág. 311.
(2) Argaiz. Soledad Laureada, tomo lí, pág. 108.
(3) > V » tomo ÍI, pág. 11 í.
^4
NOTICIAS HISTORICA.S.
Hecha esta pequeña digresión, volvemos á se-
guir nuestro abaciologio.
Teniendo el monasterio la jurisdicción civil de
la villa de Ridaura, v deseando nuestro Abad
mejorar en lo posible y cooperar al mejor ré-
gimen administrativo de dicha villa, accedió á la
petición de sus cónsules dándoles facultad, con
fecha *^9 de Febrero del año 1600, de poder arren-
dar las tabernas y carnicerías de la villa para
poder sufragar con su producto los gastos comu-
nales.
Felipe Jordi.
(1609—1610)
De Abad de Camprodón fué promovido al obis-
pado de Lanchiano, y nombrado visitador apos-
tólico de todas las iglesias del reino de Sicilia y
de todos los monasterios del patronato del Rey
de España.
Antonio II.
(1617_1619)
Antonio de Carmona era doctor en ambos de-
rechos y Vicario general del arzobispado de Va-
lencia. Fué una de las personas más ilustradas
de su época y murió siendo canciller de S. M.
Francisco IV.
(1619—1625)
Era monje del monasterio de Santa María de
Ripoll, cuando fué promovido al de Camprodón.
CAMÍMIODÓN'. 75
Goborní) Francisco Lordat ol inoiíastorio hasta
el año 16*^."), (juodando dicha casa roJio^iusa |)or
espacio de dos años á car«^-o de un prior, sef^MÍii
así se desprende (h' una, escritura existente en el
archivo. En el ;iiin \(>'J1 i)as(') con i^Mial cargo al
monasterio de San Pedro de Bcsahí.
Jaime IV.
( 1627— 1(;-^8)
Jaime Busquéts había sido paborde del monas-
terio de Agér y era monje delÜpoll al ser promo-
vido á la abadía de Camprod(3n.
Fedro XIV.
(U)30— KMO)
Villanueva le llama Pedro Finot. Los historia-
dores de Camprodón dicen que fué presentado
por el Rey de Francia, tomándolo por su sucesor
Francisco V,
(1642)
y de cuya existencia solameute nos dan noticias
los autores de la España Sagrada.
Durante la revolución de Cataluña del año 1642,
la villa de Camprodón batió también moneda, co-
mo muchas otras del Principado, dato que se es-
capó á la investigación de los historiadores de
dicha villa, y que se debe al inteligente numis-
mático D. Arturo Pedráls y Moliné. He aquí la
descripción que hace el Sr. Pedráls de dicha mo-
neda:
«Anverso. LVDV Escudo, coronado, parti-
10-5- VI.
76 NOTICIA?^ HISTÓRICAS.
(lo liorizDutalnioute; en su ])ai'te superior eineo
barras y eu la inferior una arandela.
» La sencilla inspección de este escudo de ar-
mas y el principio de la leyenda del anverso,
prueban sin ninguna clase de duda, que la mone-
da fué acuñada en Camprodón y (jue su leyenda
completa ha de ser CA ^Jiporotujido KU: Nótese
l)ien a(|uí. (|ue Mr. líeíss al publicar la moneda
leyó CAN... siendo la l(H*tura CAPÍ... de los catá-
logos de Hoíí'mann.
« La cabeza del anverso representa á mi pare-
cer á San Paladio. obispo y confesor, patrón de la
villa de Camprodón v venerado en ella desde muv
antiguo, conviniéndole ])erfecta mente las inicia-
les S. P., y mucho mejor <|ue á San Pedro la mitra
que ostenta; la fecha con la ciudad sustituida por
uno ó dos puntos, lo encuentro en varias pol)la-
ciones de Cataluña desde 1641 á 1643, v entre
ellos algunos de los dineros de Luís XIII acuña-
dos en Cervera y seguramente algún seiseno de
Besah'i acuñado á nombre del Principado.
'» Fundándome en la supresión de la unidad en
la fecha, y apoyándome en la escasez de emisio-
nes á nombre de Luís XR', salvo para Barcelona
y Vich que las hicieron, no vacilo en atribuir á
Luís XIII de Francia la moneda emitida por Cam-
prodón y señalarle la fecha de 164*2 — 1643, ya
que en todo el numerario catalán no las hay an-
teriores ni posteriores á estas fechas.
» Podrá objetársenos i)or algunos, que la villa
de Camprodón, no habiendo reconocido á Luís, no
pudo acuñar á su nombre, mas á ello respondería
que la época del levantamiento de Cataluña en
1640 está por estudiar: aquellos días de recelos y
camim;(»I)()N. //
(le incortidinnltre en el poi-x ciiir. fiicrí)!! tostJí^'os
(!(» <4M';in inínuM-o de (hiroc.c.ioiios, vif'índosc |)n(!l)lí)S
(juc li;il)í;ni ahra/ndo la causa (•(Hihiii dd l'rinci-
pado, entre<>'ai'sc al parí ido castidlaii»), y (Mi (d iii-
rés de estos pueblos (istaha el drsíi'u¡i' cLUintos
(locunientos pudieran recordar sus prinuu'as at'ee-
cioues, haeiéudose así gratos ali)arti(lo vencedor.
Varios son los ])uel)los de Cataluña, de cuya inal-
terada ñdelidad á Felipe I\', se hacen eco los his-
toriadores generales y las crónicas locales, y es-
tas afirmaciones se desmienten con los bronces
de sus monedas (1).»
Sucedió á Francisco,
José de Magarola.
( 164:2— 167() )
Se había educado en el convento de Montserrat.
Estudió teología en Salamanca, y era Prior del
monasterio de San Benito de Bages cuando fué
presentado por abad del de Camprodón. Por lo
que se desprende del sinnúmero de concordias,
protestas y otros documentos de su tiempo, esta-
ba dotado de gran energ-ía y actividad. Fué nom-
brado diputado por Camprodón y sostuvo con
gran energía las preeminencias del monasterio *
contra el Obispo de Gerona, el cual pretendía te-
ner el derecho de visita, lo que le negó absoluta-
mente nuestro abad en el año 1670. Dicho Abad
gozaba de gTan inÜuencia en la corte por ser so-
brino de Pedro de Magarola, ministro en aquel
entonces de S. M.
(1 ; Revista de Ciencias históricas. Tomo V, png. 182.
78 NOTICIAS HISTÓRICAS.
Grandes males y quebrantos sufrió la villa y
monasterio á consecuencia de la guerra con Fran-
cia. Un testigo de la época dice que en el año
1C57 contaba la villa de Camprod{)n setecien-
tas casas, la mayoría de las cuales fueron destrui-
das en los continuos asaltos que sufrió la villa en
dicho año y en el siguiente.
En el año 1661, autorizó nuestro Abad ala Uni-
versidad de Ridaura para gravar varios artículos
de primera necesidad, á fin de poder sufragar los
gastos comunales ocasionados por las pasadas
guerras.
Bajo su gobierno abacial había en el monaste-
rio ocho monjes, los cuales hacían dos veces al
año renuncia de sus bienes en manos del Abad.
Benito de Rocabertí.
(1()77— 1081)
Fué nombrado Abad el día 16 de Julio del año
1677, y murió en Octubre del año 1684.
Baltasar I.
(16S4-1695)
Sucedió á Baltasar de Muntancr
G-enadio Oolom.
(1695—1706}
Dice el P. Galí que por espacio de cuatro años
fué regentado dicho abadiato por un prior, en
tiempo del cual suscitóse un largo pleito por
cu(ístión de carnicería entre el monasterio y co-
munidad de Santa María contra los cónsules de
la villa.
( .\.mi»koi.k')N. 71)
Galderico Sanjust y Pagés.
( 1710— 17:j:) )
]\Iuri('» dicho Al)U(l cu el año 17.*^").
Francisco VI.
(17:30—1743)
Francisco Copóus y Cop(3us era ele ilustre fami-
lia; Z7> m^^vz/ />¿'¿:^6>/7S et arvogantice, dice
Pellicer. Fué promovido en el año 1742, por el
rey D. Fernando VI, á la abadía de Ripoll.
F'edro XV.
(1743_1779)
Pedro Trellas y Güell fué elegido abad el día
15 de Agosto del año 1743. Era Abad del monas-
terio de Laón, al ser promovido á la abadía de
Camprodón. Hizo una concordia con el obispo de
Gerona. Palmero, sobre la iglesia filial de Santa
María, que mereció la aprobación del Rey y del
Papa. Antes de dejar á su querido monasterio, re-
nunció un obispado que le confirió S. M., y mu-
rió el día 9 de (3ctubre del año 1779.
Ignacio Francoli.
(] 781— 1785)
Fué Abad del monasterio de San Esteban de
Bañólas desde el año 1761 al 1781, en que fué pro-
movido á este de Camprodón.
80 XOTÍCIAS HISTÓRICAS.
Joaquín Farrella y R-ialp.
( 1785—1801 )
Fur electo en el año 1780, y murió en 1(5 de
Febrero del año 1801. Fué Presidente de la Con-
<>'reg'ación, seg'ün los autores de la España Sa-
í(rada, nueve años y otros tantos Visitador ge-
neral de ella. Por su ciencia y virtud, mereció el
aprecio de sus contemporáneos y promovió el es-
tudio de las antigüedades, á las que era muy afi-
cionado.
Baltasar II.
(1802—1805)
Baltasar Baldricli y N'allgornera fué promovido
á la abadía en el año 1802 y murió en el año ISOo.
Le sucedió
Andrés Casáus y de Torres.
(1805—1806)
Había sido monje de San Juan de la Peña y fué
trasladado al año siguiente al monasterio de San-
ta María de Ki])oll. Fué individuo de la Real Aca-
demia de la Historia, y manifest() su erudición
en su o])ra titulada: Nuevas observaciones pa-
ra la historia general de Aragón, Navarra
y Cataluña.
Francisco VII.
(1807—1817)
Francisco de l\)rtella y Montiagudo fué nom-
brado abad en el año 1807 y en el de 1817 fué
rAMPRODON.
[U'onioviílo al monasterio dr Santa María (U' Ri-
j)(»ll. al <|n(' (lisjxnisí) «^-ran carino.
Miguel de Farrella y de Vivet.
(1H17— 1<s:í:) j
Electo abad (Mi 11) dr Mncro del año \H'j:]. V\\r
Visitador general (U* la ( 'ono-regación Hcncdicti-
na, y por sn intelio-encia y generosidad nonihn')-
le soeio correspondiente de la Keal Academia de
la Historia. En lo de Agosto dol año 1835 aban-
donó la \illa (l(^ Camprodón, visto el desgraciado
ñn de sns liermanos de Kipoll, y se retir() al ve-
cino pueblo de Prats de Molió (Francia), en don-
de acabó sus di as llorando la pérdida de su que-
rido monasterio.
!»!t!l!»!ír!*!in!*:iít!*»:íl!»!
^lSA^^v*•v^/*'VK^(/v^*^v^^\^<*^,vvvv^,#^/V^«/'/Vs»^
CATALOGO
(le los abades (M inoiíasterio
DE
SAN mi)m J)K (JAMPK()D(')N.
Principio.
Exislencia.
Fin.
Siglo
X.
Jaiifredo. .
943
956
Teodorico..
962
966
Aula. . .
966
969
Dodo I. . .
976
Dodoll.. .
988
Odón I. . .
Siglo
991
XI.
Delane. . .
, , ,
1006
Odón II.. .
. . .
1013
Bonfilio. .
, , ,
1016
1022
Berenguer I.
Siglo
XII.
1096
1100
El mismo. .
• • •
1100
1102
Berenguer II.
• • •
1102
Pedro I. . .
• • •
1108
1112
Gregorio .
• • •
1118
1122
11 VI.
XA
NOTICIAS HISTÓRICA?.
Principio. Exi^lenria. Fin.
PíMlroII. . .
l^slcbaii. . .
Vidal. . . .
BercMiiAiuM* III.
Pedro III. . .
Bernardo I. .
Guido I. . . .
Bernardo II. .
Siglo
V]l mismo. .
Berenguer IV
Raimundo I.
RolDerto I. .
Berenguer V.
Pedro IV. .
Berenguer VI
Amilavo. .
Bernardo III.
Pedro V. .
Roberto II..
Bernardo IV.
Pedro VI. .
Guido II. .
Mateo I. . .
Guillermo I.
Mateo 11. .
Guillermo 11.
Pedro Vil. .
1122
1130
1 1 32
1139
1141
1143
1 1 43
1169
1170
1187
1187
1195
1195
^111
1200
Jila
1200
1209
1209
1218
1220
1222
1226
1227
1230
1 230
1230
1 230
123Ü
1239
1243
1243
1246
1248
1249
1255
1257
1268
1208
1276
1277
1278
1278
1283
1283
1287
('.
VMl'l
;(»i»i)N.
H5
hiliripio.
. 1287
liiisIlMiri
1. lili.
Guillí^nno 111. .
1 203
(iiiillcniío IV.
. 12'. 13
1300
Siglo
XIV.
Raimundo 11.
13(12
GuilhM-iiio V .
. 1303
1311
Hugo 1. . .
1312
BoronguíM' \'ll.
1313
Hugo 11. . .
1315
Raimundo 111.
1310
1319
Arnaldo. . .
1321
1323
Raimundo IV.
1324
Gisporto. . .
. 1324
1325
Raimundo V .
. 1325
1348
Bernardo V. . .
1348
1301
Francisco 1. . .
1301
Bernardo VI .
1363
Francisco 11. .
1363
1371
Pedro VIH. . .
1372
1379
Guillermo VI.
1379
Pedro IX. . . .
1380
Jaime 1. ...
1 382
Pedro X. . . .
1384
1391
Guillermo Vil. .
1392
Pedro XI. . . .
1393
1397
Jaime 11. . . .
1397
1400
Siglo
XU.
Pedro Xll. . .
.
1400
1413
86
NOTICIAS HISTÓRICAS,
Principio.
Eiísteuáii
Fin.
.laiiiK' 111
1415
1419
BonMigiKU* VI
1422
1425
Pedro Xlll. . . .
1425
146:j
Bernardo Vil. . . .
1482
1500
Siglo
XVI.
El mismo
1500
1510
Francisco 111. . . .
1517
1518
Juan 1
1518
1539
Antonio 1
1552
1562
Bernardo VIH. . .
1574
1592
Jerónimo. . . .
. 1592
1600
Siglo
XVII.
El mismo
1600
1606
Felipe
.
1609
1610
Antonio 11. . . .
1617
1619
Francisco IV.. . .
1019
1625
Jaime IV
1027
1628
Pedro XIV. . . .
1630
1640
Francisco V. . . .
1642
José
. 1642
1676
Benito
. 1677
1684
Baltasar 1. . . .
1684
1695
Genadio. . . .
. 1()95
1700
Siglo
XVlil.
El mismo. . . .
. 1700
1706
Galderico. . . .
1710
1735
Francisco VI. . .
. 1736
1743
('KMV\\()\iOS.
K7
Príiiripio. Exislciiria
Kiii.
\\h\\'í> XV..
. . . 174:!
1770
Ignacio..
. . . 1781
1 785
Joaquín.
. . . I78r)
Siglo XIX.
1 800
MI misiiiu. .
. . . 1800
1801
Baltasar 11..
. . . 1802
1805
Andrés. . .
. . . 1805
1800
Francisco Vil
. . . 1807'
1817
Miguel.. .
. . . 1817
1835
^<^& o¿
"^.fcM^t
^ÜS^C^'^'X^^^'^'J
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^O'^
^APÍiPLÍDO III.
Iglesia de Santa María de Camprodón, filial del
monasterio de San Pedro.— Priorato de San Cris-
tóbal de Baget. — Rocabruna.
<?^xí^
W
j^Ji^A posesión más disputada al mo-
i^jl;! iiasterio de San Pedro de Cam-
■wé\ prodón, y'qiie en justicia poseía
^ ! '^^oi^^o^^o^; ^ con más razón y derecho, fué la
r^/imííS-^íi^-^^^^^^ iglesia filial de Santa María,
actualmente parroquia de dicha vi-
jB^'íí''^' "^ lia. Dicho templo, con las continuas
ífS^ modificaciones que ha sufrido, no conserva
"p^X ^^ carácter de su primitiva época, y por
^ consiguiente, artísticamente hablando, es
un conjunto abigarrado que no ofrece interés al
artista ni por su plan, ni por su belleza de líneas.
Lo mandaron edificar los abades del monasterio
í)0 NOTICIAS IUST(')H1(AS.
(le San Pedro ú últimos del si'^-lo X, v dentro la
clausura misma del convento; iglesia que desti-
naron más tarde para desempeñar las veces de
l)arroquia, y (|ue á principios del siglo W'Il
([uiso sacudir la tutela de sus abades y decla-
rarse independiente del monasterio. Principiaron
las disensiones con motivo de la santa visita de
los obispos de Gerona, á la (|ue se oponían los
monjes, diciendo ([ue su monasterio se hallaba
exento de la visita pastoral, no solamente en vir-
tud de bulas y privilegios obtenidos, sino tam-
bién por ser de la congregaciíhi de Cluny, espe-
cialmente exceptuada por el Concilio de Trento;
visita (jue fué absolutamente negada por el abad
Magarola en el año 1(370. Con justa razón alega-
ba el monasterio que desde la cesión hecha por
el obispo de Gerona Godmaro, en el año 904, de
la iglesia de San Pedro, había sido la única au-
toridad reliíí'iosa de la comarca v villa de Cam-
prodón, pues que había sustituido en todos sus
derechos y ])reemineiicias á la antigua parro-
(juia Líuuíarcnse, citando entre otros privile-
gios que el monasterio se había reservado, el de
tener dentro de su iglesia la [)ila bautismal,
donde debían ser Ijautizados todos los nacidos en
Camprodón y Creixenturri durante la octava de
las cinco festividades principales del año; que el
día de .lueves Santo, el Rector de la iglesia de
Santa María debía llevar la Reserva ó Sacramen-
to á la iglesia de San Pedro, donde permanecía
hasta el domingo de Resurrección, saliendo por
consiguiente de esta última iglesia el Viático, si
era necesario; que el Abad presidía todas las pro-
cesiones, las que debían salir sin excepción de la
CAMI'nODÚN. íí'i
iglesia (lo San INmIto, ;i la (|\in volvían dnspiií^s fie
hnhrv visitado las dcinás; ([ik' (m Abad j)r(íS('iital)a
ó (do«4-ia al irctor (h» Santa, María y Creixcntnrri,
sucesor d(d anti^-uo diácono, y al mismo Abad
debían prestar obediimcia caníuiica todos los ob-
tenton^s de al^iín benetií^io de Santa María, y
por ultimo, ([ue el Abad del monasterio percibía
los derechos de parro([UÍa ])rocedentes de bautis-
mos, funerales, etc., etc.
<<'Á esto, dicen los historiadores deCamprodón,
oponía el Rector, á nombre del Obispo de Gerona,
que á su iglesia, heredera de aquella antigua pa-
rroquia, pertenecía por entero la administración
oficial y cuidado de las almas de la villa y térmi-
no; que la cesión hecha por el Conde á favor del
monasterio, entendíase sólo de los bienes tempo-
rales y en manera alguna de los derechos de pa-
rroquialidad de que carecía el donador como per-
sona lega; que la iglesia de San Pedro era ya pa-
rroquia y tal continuó siendo después de la edifi-
cación del monasterio, sólo que por no haber
otra iglesia que aquella, usábanla monjes y pa-
rroquianos indiferentemente; pero que cesaba esta
necesidad con la edificación del templo de Santa
María, cuyo Rector poseía personalmente todo
derecho de parroquialidad que en su representa-
ción había tenido el antiguo diácono, nombrado
antes por los abades; y que en fin, todas las pre-
eminencias alegadas por el monasterio eran sim-
ples servitudes á que venía obligado desde la ce-
sión y (|ue en tal concepto percibía las tempora-
lidades consignadas por el Conde.»
Por lo que dejamos expuesto, se ve bien clara-
mente que no eran nada más que fútiles pretex-
12— VI.
04 NOTICIAS HISTÓRICAS.
tus las razones alegadas por el Héctor de Santa
María; pero como eran apoyadas por el Obispo de
tJerona, no tuvieron más remedio ((ue ceder los
abades del monasterio de San Pedro, después de
más de un siglo de continuos pleitos, firmando
una concordia en Gerona con fecha 9 de Agosto
del año 1759, aprobada por el Rey en o de Marzo
de 1761 y'por el Nuncio de S. S. en 5 Abril del
mismo año. Kn ella se estipula que el rector de
Santa María (juedaba con todos los derechos de
parroquialidad sobre Camprodón y Creixenturri
y el Abad, aparte algunos intereses temporales y
los signos de su antigua representación pública,
con la presidencia en las festividades religiosas
y la completa independencia, como si fuera pa-
rroquia distinta, de su iglesia, lo que se extende-
ría también á todos los que se hallaren en las ca-
sas contiguas (¿ue eran morada de los monjes (1).
Desde esta época ejerció, pues, el Rector de
Santa María la jurisdicción eclesiástica, llegando
en el año 1709 á contar su Comunidad con 20 tí-
tulos de beneficio. Se hicieron varias reformas en
diversas épocas en dicha iglesia sin seguir plan
determinado. En 1677 se hizo la sacristía y fué
rematada la bóveda del presbiterio: en 1710 fué
construido el coro y la capilla del Sacramento,
sufriendo el altar mayor importantes modificacio-
nes en el año 1879. Es digna de especial men-
ción la capilla de la ^'irgen de los Dolores, empe-
zada en el año 1710 y concluida en el año 17'2*2,
no por su parte artística: pero sí por la santa
Imagen (|ue en ella se v(Miera. debida al célebre
(1 ) llislorin (le Camprodón . piíg. i 01
CAMI'1M)I)M\. lió
artista catalán AiiiadiM). K\ «^-i'iijx) (ís iiolaliilísinio,
s()l)ro todo el (.'risto ([uc ticiicí la Víi'^mmi ni sus
brazos. Ms de mayor tamaño (|U0 (d natural y to-
do respira s(Hitimi(Mito y dulzura de lín(;as, sien-
do modelado de un modo \ i;^'oros(j. MI án<4'(d (¿ue
arrodillado llora ;'i los pies do la Vir<^*en, es eomo
todos los d(^ (\ste escultor, (»x[)resivo y realista. La
Vírí>*eu, vestida eou ropa natural, no está á la al-
tura del j^'rupo ni es dif^-na de tan celebrado ar-
tista; pero ofrece un conjunto que admira y en-
ternece.
« Venéranse también en dicho templo las sa-
gradas reli(|uias de nuestro patrón S. Víctor. De
los documentos que poseemos relativos á este
santo, no consta claramente que fuese aquel Víc-
tor de la legión Tebea; solo sí un mártir apelli-
dado tal, y cuyas reliquias, como las de sus com-
pañeros de martirio Cándido y Fortunato, fuerou
halladas en el cementerio Calixto en el pontiñ-
cado de Urbano VIII. El Cardenal Barberini, po-
sesor por donaci()n del Cardenal x\lteriis de aque-
llos sagrados cuerpos, donó el de S. Víctor á su
confesor el P. Juan de la Anunciación, Procurador
General de Descalzos Trinitarios (13 septiembre de
1655), de cuyas manos pasó por medio del doctor
Benito Atxer, canónigo de la Catedral de Barce-
lona, á las de su otro hermano Pedro Juan Atxer,
Penitenciario de la misma iglesia. En 19 enero
de 1636, llegó á Barcelona aquella sagrada dá-
diva; y como quiera que los Atxer estuviesen
facultados para hacer donación de ella á su vo-
luntad, regaláronla á su patria, nuestra villa^
con la condición de que dicha familia Atxer
guardase una de las llaves de la urna que conté-
96 NOTICIAS HISTÜhlCAS.
nía las reliíiuias. Kl (3])isp() do (íerona no sólo
a|)rol)ó aquella distinción, sino que señaló el día
13 de septiembre (1) para la festividad del Santo,
ordenando á más se formase una cofradía que cui-
dase de su culto. Retardóse la translación por
motivo de la guerra, pero en 1697 el párroco, un
beneficiado y dos regidores de la villa, recibido
el cuerpo del santo, salieron de Barcelona, cami-
no de Gerona v llegaron en 18 de julio al Sit/ar,
donde se organizó una procesión de casi todos los
pueblos comarcanos que condujo al santo á la
iglesia de Santa María. Fueron expléndidas las
fiestas que en su honor se hicieron y precioso,
dicen, su altar; que fué solemnemente bendecido
en 17 junio de 1701; pero el incendio del año 98
lo redujo á pavesas y las reliquias del glorioso
mártir, extraídas de la urna que se llevaron sa-
crilegas manos, fueron esparcidas en la Costi-
nyola no lejos de la villa y recogidas luego por
nuestros escandalizados paisanos. También están
aquí las reliciuias del glorioso San Paladio, que
espera un día de bonanza para el monasterio que
fué su morada predilecta ('2),»
Á más de la posesión de la iglesia de Santa
María de Cami)rodón, eran de pertenencia de es-
ta casa los alodios de Pi con su iglesia, en el Con-
ñent, y los prioratos de Sahorra, en el Rosellóny
obispado de Elna, debiendo perder dicha jurisdic-
(1) Dos anos después á lenor de l¡i escrilura de cesión
conlirmada por el Papa en la bula que de 1700 obluvo el
rector C.ánou, lúe trasladada esta tiesta á 22 del mismo mes,
día en que hoy se celebra.
(2) Historiada Caniprodón, págs. 15í y Iod.
BAGET.
Vista de la Iglesia. (Fotografía de César Á. Torras. J
(■ AMI'Unix'iN. í^''
ción (MI üíMiipo (lo, í^ns nbnflos roinniiíhitnrios (')
hion con lílS J^MKMTMS (jllC IiuIm» (MI el Uosclloii «II-
tre ri';iu(íes(»s y (^spiíñolcs, v rl de S:m ('rist<')i)al
do Ha'^vt. Ad([iiiri() el iiioiiashMMo diídio alodio
por cesi()U al mismo d(d levita H(M'(mi<^mi(M-, (mi r\
afio lOlH, (jiio lo [)os(Ma por coiiiijra licclia al con-
de Guillermo de Uesahl, y cuya cesi(Hi fué con-
tinuada por el i)a[)a UiMiedicto \'1I1, seo'úu bula
del ano 1017.
Poco tiempo estuvo sujeta dicha io'lesia al mo-
nasterio de Camprodóu, pues con fecha 10 de
Diciembre del año 1160, Arnaldo de Llers resti-
tuye] á la I*>'lesia de (Jerona las iglesias de Roca-
bruna, San Crist(3bal de Bag'et, San Lorenzo de
la Muga, Llers y Segaré, que estaban en su honor
de Llers, y las de Bordíls, Juyá, San Isidro de
Sapera y San Martín de Sapera del honor de Cer-
viá, según consta en el Llibre Vert de la Cate-
dral de Gerona.
Dicho priorato se halla situado á dos leguas
hacia el E. de Camprod()n y en la misma cordi-
llera pirenaica, en un pequeño valle triste y fra-
goso. En su término municipal están situadas
las antiguas minas de piala, denominadas las
FerrevaSy que datan, según opinión de todos los
que las han visitado, de la época romana, no ba-
jando de tres leguas de extensión su perforación.
No nos cabe duda alguna de que tan pronto co-
mo el monasterio de Camprodón tuvo la posesión
del alodio de Baget, edificaron sus abades la bellí-
sima iglesia románica que aun hoy día admira-
mos, cuya arquitectura es la dominante á primeros
del siglo XI. Es objeto de grandísima veneración
la imagen de un Santo Cristo que hay en dicha
\)H NOTICIAS HISTÓRICAS.
i^'lesia y que es conocida ])()r la Santa Mages-
tad , la (|ue. seg'iíu tradición y expresan sus go-
zos, estuvo anteriormente assentada cu lo piu'g
(cerro) de Bestracá (1).
En la cima de una montaña (|ue domina los pue-
blos de Bag-et y de Rocabruna, se levantan aun
hoy las ruinas de un antiguo castillo feudal, mo-
rada y mansión señorial de la ilustre familia de
Rocabruna, que tanto figura en la historia de Ca-
taluña. Uno de nuestros más antiguos cronistas,
Berenguer de Puigpardines. al ([ue siguen Desclot,
Beuter, Uiago, Pujades, Felíu y otros, dan cuen-
ta, más que de un hecho histórico que ya ha re-
chazado la crítica, de una leyenda caballeresca
que dicen fué realizada por el conde de Barcelo-
na Ramón Berenguer III, y en la que juega un
papel bastante desairado por cierto un individuo
de esta ilustre familia llamado Bertrán de Roca-
bruna. Cuenta la crónica que el mencionado
Conde, deseoso de librar :i la Emperatriz de Ale-
mania de un falso testimonio, elige para que
le acompañe á uno de sus más valientes y leales
servidores, recayendo su elección en Bertrán de
Rocabruna, con el cual se encaminó secretamen-
te á Alemania. Presentóse nuestro Conde al Empe-
rador, diciéndole que dos caballeros, venidos de
Cataluña, deseaban retar en buena lid á los ca-
lumniadores de la Emperatriz, é introduciéndose
disfrazado de fraile en su encierro, única persona
á quien descubre su calidad, recibió en el encie-
rro de ésta en pago de su desprendimiento y en
(I) Kemitimos ,il lector acerca lie estas imágenes ul to-
mo III (le nuestras Xnticias^ i)ág. 15") y siiíuientes.
BAGET.
Ábside de la Iglesia. (Fotografía de César A, Torras.)
%r
L i C
7,
7
CAMI'HODON
testimonio (1(* l:i liir/nña (¡wr ¡1):i ;i (Mnj)i'(Miílri\ un
juiillo (le la caliiiiiiiiada esposa. Mu la \ ísjici'a drl
toi'HiM) R(M'ti*áii (!(» U()cal)i'uii;i se esconde, d(; (Mi-
ra cobarde acciiui si^ íiconi^-ojí) mnclio el í'ond(\
Finalmente desci-ihe el triunfo de Kamiin l^u'en-
g'iici*, la tlesa|)[iricion del lu'roe, la ^'ratitud del
Emperador al saber qne tan ilustre candillo liabía
lavado el honor de su esposa, la embajada í[ue
mandó á Barcelona para cumplimentarle y el via-
je de nnestro Conde á Alemania, en donde fné re-
cibido con todas las demostraciones de regocijo,
y, mostrando el anillo (|ue le diera la Emperatriz,
el Emperador, en testimonio de reconocimiento,
le hizo donación del condado de Provenza.
De vuelta á Cataluña, dice el cronista, « treva-
lla de fer cerquar en bertran de roquabruna si se-
ria amag-at en son castell, o entre los amiclis, e
may se troba, creuse de vergonya, per so falli-
ment que hauia fet a son senyor, hi assi mateix,
e asa honor. (1)»
Varios de sus ilustres miembros sobresalieron
como capitanes en nuestras victoriosas conquis-
tas. N. de Rocabruna fué uno de los que más
se distinguieron en el reinado de Alfonso III de
Aragón; Pedro de Eocabruna. bajo el reinado de
D. Pedro el Cereuionioso, tomó parte en la ex-
pedición á Cerdaña, y Dalmacio de Rocabruna
se inmortaliza también en las célebres expedicio-
nes á Sicilia, durante el gobierno del rey D. Mar-
tín el Humano.
El castillo de Rocabruna pasó más tarde en po-
der de la familia de Besora, pues en el año 1610
(1) Crónica de Berenguer cíe Puigpardines, cap. LII.
102
NOTICIAS HISTÓRICAS.
vrnios en pososión de dicho castillo á Pedro Des-
bach. por compra hecha ;i .laiiin* de Hesora (1).
nidio señor de Kocahruna o])tiiv() licencia del
Ohispo de (ierona ])ara levantar la f.ihrica de su
iglesia, ({ue es un huen modelo de anjuitectnra
románica. Kl r(\v i). Juan I, o\ A)uador de la
í^'cutilc.::a, concedi(') á sus habitantes, en el año
KV.M), el derecho (h* r(uiuion j)ara nombrar sus
síndicos, recal)ando en el ano 13U6 que el poder
real los tomase bajo su protección y amparo, es-
cudo bajo el cual debían estrellarse las ambicio-
nes de sus señores.
(I) C.artas (le AlejaiKlro (le Ceirlella al Or. I). Jerónimo
Piijades.
9 13''^**'^***"^'**^'^^
'^&^.-^^-
^n,x\\\\ lll ilIlh.iN^:
*-* ¡O -— ■3i?'-''^5'^-?J''í*?£0
gp^.^M
(^APrníUDO lY.
Reliquias que se veneraban en el monasterio de
Camprodón.— San Paladio, arzobispo de Embrún.
— Traslación de su cuerpo á Camprodón. — Los
franceses en el saqueo del año 1470 roban el
cuerpo de San Paladio. — Indulgencias concedi-
das por el Obispo de Gerona para la recupera-
ción de tan sagrado depósito. — La condesa de la
Valette devuelve al monasterio las reliquias que
la codicia francesa había usurpado.— Veneración
de la villa y comarca de Camprodón á tan gran
Santo.
¡NTRE las muchas reliquias de que se
hallaba ennoblecido el monasterio
de San Pedro de Camprodón, me-
recen particular mención un pe-
dazo de Ligninn cvíicis, una de
I las espinas de la corona que los
^\ judíos colocaron en la augusta
frente del Hijo de Dios y el cuerpo de San Pala-
dio (1). que milagrosamente posee la villa de
Camprodón.
(1) Tristanv. Corona benedictina, pac. 322.
13— IV. "
101 NOTICIAS HISTÓRICAS.
Casi todos los escritores que se han ocupado de
los santos de Cataluña dedican á dicho santo y á
su milagrosa traslaciíhi una de sus más ])ri liantes
pá<^'inas, y en especial Pujades, Jaime Raimundo
\'ila, Doménech, Ar<4'aiz, Yepes, Tristany y Fray
José de la Canal, cuyas obras son un manantial
copioso de estudio para los que se dedican a la
historia de las casas religiosas, durante el perío-
do de la Edad-media.
San Paladio fué natural de Embrún^ ciudad de
la antigua provincia de Alvernia, en el reino de
Francia. Hijo de padres nobles y católicos, si-
guió en su juventud las huellas y las ense-
ñanzas del Arzobispo de su ciudad natal, el que
encaminó sus pasos para el servicio de Dios y al
que profesó particular afecto y cariño. Cuando
los herejes echaron de Embrún al Arzobispo, el
cual se fué, como desterrado, á Viena, Paladio
no lo abandonó, antes al contrario, le acompañó
en su destierro. Llegados á la dicha ciudad de
Viena, fueron benignamente recibidos por San
Avito, obispo de ella, donde estuvieron muchos
años ejercitándose en obras santas y tocantes al
servicio de Dios.
« Murió, según se entiende, dice el P. Juan
Croisset, el Arzobispo de Embrún, y quedó elegi-
do en su lugar el bienaventurado San Gallicano,
el cual hal)iendo vivido poco en el cargo, fué ele-
gido después con grande aplauso y consentimien-
to de todos, así seglares como eclesiásticos, el
l)ienaventurado San Paladio. Hízose esta elección
ciertamente por inspiración del Espíritu Santo,
porque según contaba él á sus discípulos, todo lo
que había de hacer, tratar ó enseñar, le era revé-
(!AM1M101)ÚN. K^'")
lado por los áiio-eles, (\\w nunc/d s(i ai)artal)an do
su coiiipaíiía.^^
úMra (\st(\ ^'raii siíM'vo (l(í Dios muy fervoroso
011 la ()ra(ñ(')n, y tan diohoso cu ella, (|ih' ciianto
pedía alcanzalía. TiMiía ^Taiido caridad con los
pobres, y sustentaba de sus reutas luuclios huér-
fanos y viudas. Y do tal suerte socorría á los pe-
regrinos, extraños y á otras personas pobres, ([ue
nunca alguno lo pidi(3 limosna que se fuese sin
ella. Fué devotísimo de la pasichi de Cristo nues-
tro bien, y así con la santa señal de la cruz ven-
ció muchas voces al demonio. Tuvo espíritu do
profecía, porc^ue mucho antes de morir dijo el
día de su muerto, y profetizó también la del bie-
naventurado San Segismundo, rey de Borgoña, y
la destrucción de su reino; el cual sin duda le
trató, pues estuvo en casa de San Avito, arzobis-
po de Viena, maestro de San Segismundo.»
«Vivió en el arzobispado por espacio de cinco
años, y en este tiempo hizo fabricar en su iglesia
metropolitana cinco altares para honra y gloria
de Dios. Fué su g-obiorno santíssimo y muy acer-
tado, porque teniendo aviso de las faltas de sus
feligreses por los ángeles, fácilmente acudía á
poner el remedio conveniente. Ofendíase muchí-
simo de cualquier cosa, por mínima que fuese,
como tocase la honra do Dios. Finalmente, ha-
biendo vivido santísimamente, quiso su divina
Majestad premiarle sus trabajos quitándole la vi-
da corporal y dándole por ella la vida eterna. Mu-
rió en el año del Señor 518, reinando en Francia
Childeberto, Clotario y Teodorico^ hijos de Clo-
doveo.»
Hasta aquí es lo que nos dicen los libros reli-
10() NOTICIAS HISTüRlCAfi.
giosos de SU vida. Veamos lo que nos dice la tra-
dición acerca de la traslación de su cuerpo al mo-
nasterio de Camprodón. Ni los Bolandistas, ni el
P. Dionisio de Santa Marta, ni otros escritores
que hemos ojeado, añaden cosa notable á lo (|ue
escribió el P. Antonio \'icente Doménecli, en su
Historia general de ¡os santos y varones
ilustres en santidad del principado de Cata-
liiña, el (jue, reñriéndose á la traslación de las
rdiíjuias del Santo desde Embrún á Camprodón,
solamente dice: « que le trajo un monje de la or-
den de San Benito del monasterio de la Portella
del obispado de Vique, y que se quedó en Cam-
prodón milagrosamente. Porque llegado que hu-
bo allí, no fué posible pasar adelante, y así fué
solemnemente puesto en el monasterio que es de
la misma orden.» La tradición, continuada de pa-
dres á hijos en Camprodón y en varios escritos
que se conservaban en el monasterio, añaden
otras circunstancias dignas de especial mención.
Dícese ([ue el mencionado religioso de la Portella
estuvo muchos años en compañía del Arzobispo
de Embrún y (|ue por su virtud se granjeó su
afecto. Queriendo volverse á su monasterio, su-
plicó al Arzobispo le concediese alguno de los
muchos cuerpos de Santos que poseía su iglesia
para enriquecer la de su monasterio, y condes-
cendiendo con su piadosa súplica, le dijo cuál
quería. El monje pidió á Dios que le manifestase
cuál podría llevarse, y estando en oración vio
una luz sobre el sepulcro de San Paladio, y creyó
que el cielo le designaba á este Santo. Reveló el
misterio al Arzobispo, el cual se resistió á hacer-
le entrega por la gran devoción que le tenía, y
i;amim{()1)(')N. 1<>7
lo (lijo ([lie sortííiisc entre todos, er(»yeii(lo (pie no
siildi'ía el (lesi<4'iKi(l(); pero sali(') por dos veees,
persiuidi('íU(los(* j)()r liii (|ue tal era la voluntad de
Dios. Contento el monje eon su alhaja, sali(') do
Francia eaniino d(^ su monasterio, y lle<^'() á ha-
cer noche en la villa de Camprod()n. llospedíjse
en el Hospital, (|ue estaba cerca del monasterio,
é informado d(d camino ({ue debía tomar para el
suyo, salió muy de mañana y caminando todo el
día, y dando vueltas á las montañas vecinas, lle-
gaba siempre en un mismo punto, del cual salía
para volver de nuevo sin acertar el camino de su
monasterio. Tomó el otro día un práctico del
país, y cuando después de andar todo el día les
pareció que ya tocaban en el monasterio de la
Portella, se encontraron de nuevo en el Hospital
de Camprodón (1).
Ante tan señalado prodigio se dio conocimien-
to al Abad del monasterio de San Pedro, el cual
junto con su cabildo y monje conductor se pusie-
ron en oración y resolvieron hacer una prueba
para ver si era la voluntad de Dios que el cuerpo
del Santo se quedase en Camprodón. Cargaron
(1) Añade también la tradición que la muía que llevaba
el cuerpo de San Paladio dio con sus pies un fuerte golpe
en el suelo y que al momento nacieron tres abundantísimas
fuentes de agua cristalina que inundaron los campos veci-
nos hasta Camprodón. En memoria de este prodigio se eri-
gió en dicho sitio un monumento, el que fué restaurado en
el año 1717. En su interior se colocó una lápida, en la que
hay esculpido tan milagroso suceso y en su exterior se co-
locó otra de mármol en la que se leen las indulgencias que
concedió el obispo de Gerona limo. Sr. D. Baltasar Bastero
y IJadó, en el año 1731, á todos los que rezasen un Padre
nuestro delante de la imagen.
108 NOTICIAS HISTÓRICAS.
sobre un iimlo el sag-raclo cuerpo; vendaron los
ojos al animal y lo dejaron marchar á su volun-
tad; y ¡cuál no sería su asombro y admiraciíhi
cuando vieron que tomaba el camino del monas-
terio, y lleg-ando á la puerta de la iglesia parar-
se allí, doblar las manos y esperar (|ue tomasen
tan sagrado depósito! Con esto conocieron (jue
Dios lo destinaba á aquel templo, donde le colo-
caron y fué venerado i)or todo el pueblo. En vis-
ta de los continuos milagros que obraba, la villa
de Camprodón lo eligió por su patrón. Rézase de
este santo en Camprodón, nombrándole en la co-
lecta de la misa y oficio divino, y se celebra su
fiesta el día 21 de Junio, que es el día en que lle-
gó su cuerpo á la mencionada villa.
En el año 1470 los franceses entraron en (Cam-
prodón después de una tenaz resistencia, ala que
saquearon, llevándose todas las reliquias y con
ellas el cuerpo de San Paladio; y tan añictiva de-
bió ser la situación de dicha villa, que el obispo
de Gerona D. Juan de Margarit concedió en el año
1480 varias indulgencias á los que contribuyesen
con sus limosnas á reparar los daños padecidos y
á recobrar el cuerpo de San Paladio, que habían
robado los franceses y llevado á su país (1).
Llevaron los franceses el cuerpo del Santo á
Perpiñán, luego á Carcasona y después transferi-
do al castillo de Bellcaire, cerca de Montpeller.
Según Doménech, habiendo manifestado el
Santo con reiterados y asombros prodigios que
quería ser restituido á la villa de Camprodón, lo
fué por la condesa de la X'allette, viuda del capi-
(I) Villanueva. Viaje lilcrario, tomo 15. p.'iíí. 109.
CAMl'RonÚN. inil
tan ()l)1(Mit()r, liacia ('1 íiíio 1 18Í, sonMín varios (is-
critorí's; liacieiido (Mili't';_;-a del iiiisiiio, ¡iiuto í'oii
las r(di(iiiias (le l;i santa N'cra Ci'ir/, l:i espinii
(le la corona de .h^siicristo nuestro Señor, eoii
todo lo diMiiás ([lie tenía de dicha villa, á los co-
misionados para este objeto por la villa de (Jani-
prodón, ([ue fueron tros eclesiásticos y nn jura-
do. Ksta es la parte histórica; y añade la tradi-
ción dos í:>"randes maravillas acaecidas durante,
su traslación, llenas de poesía y de fe. Llovió
mucho en el camino hasta llegar á Camprodón;
pero tanto los que llevaban tan sagrado depósi-
to, como el arca, ni los acompañantes, se moja-
ron, ni la luz de las hachas, que ardían ante el
arca, se extinguió; y tan pronto como las reli-
quias entraron en Cataluña, las campanas de
todos los lugares y pueblos que pasaban se te-
ñían por sí mismas, siendo recibido en Campro-
dón con grandes demostraciones de júbilo y en-
tusiasmo.
Durante la invasión francesa del año 1793, los
monjes del monasterio tuvieron el buen acuerdo
de esconder las reliquias, que trasladaron de
incógnito á la parroquia de Bolos. Camprodón
volvió á sufrir los desastres de la guerra, pues
el día 4 de Octubre del mencionado año entró en
dicha villa el ejército francés, en número de cin-
co mil hombres, al mando del general Dagobert,
cuya villa saquearon é incendiaron, robando las
cuatro lámparas de plata que había en la capilla
de San Paladio. Pasados estos tristes aconteci-
mientos fué venerado de nuevo en el monasterio
de San Pedro, hasta que los monjes abandona-
ron el monasterio en el año 1835, siendo trasla-
11(1
NOTICIAS HISTÓRICAS.
dado á la ig-lesia parroquial de Santa María. El
cuerpo de San Paladio se halla encerrado en una
bellísima urna gótica de plata, siendo objeto de
gran devoción por todos los habitantes de la vi-
lla y comarca de Camprodón; pero su morada pre-
dilecta no es la iglesia parroquial de Santa María;
es y debe ser la escogida por la voluntad de Dios,
l)ajo las bóvedas del monasterio de San Pedro,
monumento imperecedero de la religiosidad de
nuestros antepasados, y al que debe Camprodón
los mejores días de su explendor y poderío.
"^^{^ Fin del tomo VI. ^
Adiciones
á los
tomos publicados.
m mm íímmm n m mmmn
'iiijii''''ii¡ii''''MÍii''''MÍii''''M|ii''''iiiii''''ii||i''''iÍiii''^
mOHASTEf^lO
de
Sah Pediro deBesaüü
( Tomo II, capítulo ¥1.)
ABA©IODO©IO.
Pedro III.
(1198)
Habíamos encontrado noticias de este Abad del
año 1203, pero estaba ya en posesión de la aba-
día en el año 1198, como nos lo atestigua una es-
critura de fecha '29 de Septiembre del referido
año. Es la infeudación de una cabana sita en el
lug-ar llamado Estívol, en la parroquia de San
Esteban de Bas, con voluntad y permiso del Abad
de Besalú, Pedro (1).
Así, pues, debe fijarse el gobierno conocido de
este Abad desde el año 1198 al 1210.
Gruillem I.
(1214)
Con fecha 25 de Abril del año 1214, dicho Abad
(1) Pergamino existente en el archivo de Nuestra Seño-
ra del Collell.
114 NOTICIAS IlISTüRICAS.
firiiK) im acta de douaci()ii de una pieza de tierra
hecha por Pedro Carreras del Torn, á favor de
Arnaldo Nog^uer del mismo pueblo (1).
Pedro V.
( 1281 )
En el abaciolog-io que tenemos publicado, fija-
mos el gobierno de dicho Abad desde el año 1270
al 1280; pero una escritura en pergamino exis-
tente en el santuario colegio de Ntra. Sra. del
Collell, nos da noticia de que aun vivía en el año
siguiente, pues con fecha 9 de Enero del año
1281, Bernardo de Masarach y su mujer Garsen-
dis, de la parroquia del Torn, vendieron una pie-
za de tierra á Arnaldo de Noguer y firma, entre
otros, Pedro, abad de San Pedro de Besalú.
Dalmacio de Palol.
(1318)
Con fecha 28 de Febrero del año 1318, se hizo
una concordia entre Pedro de Masaráchs y Barto-
lomé Soler, parroquianos del Torn, sobre varios
réditos, con la salvedad competente en favor del
señorío del abad de San Pedro de Besalú, Dal-
macio de Palol (2).
Bernardo.
(1354)
Dicho Abad con fecha 9 de Enero del año 1354,
concedi(3 en enfiteusis á Bartolomé de Soler de
(1) Perg.° existente en el archivo de Nlra.Sra. del Collell.
(2) id. id. id. id. id.
hksam''. 115
\;ill, (l(* l;i piiroiiuia de S:iii \ii(li'('S del Toni,
cieitii bordii o masía con sus jji'ados, (itc. etc. {[).
Francisco.
( \:U)\))
El prior del Collell, Hernardo (.'asadciinunt, (;oii
fecha 10 de A^^'osto del año l.*]()9, arrendí) las bor-
das de Rodcja de Pon, parro([UÍa de Veutajol,y
firma también la escritura Fr. Francisco, abad
del monasterio de Besalil {'2).
Berenguer de Pararnáu.
(1413)
Fr. Marcos de Socarráts v Fr. Vicente Soler,
comisionados por Berenguer de Pararnáu, su
Abad, ajustan con fecha 20 de Enero de 1413,
ciertas diferencias con Pedro Sacoromina Felíu,
bajo el resguardo de Raimundo Arnáus, procura-
dor y vice-gerente del Prior del Collell (3).
Fr. Sebastián Mir.
( 1552 )
La existencia de dicho Abad había pasado inad-
vertida por todos los que nos habíamos ocupado
del monasterio de San Pedro de Besalil. Hasta el
año 1552 habíamos encontrado noticias del abad
Pedro Andrés, que fué el último comendatario;
mas hasta el año 1555 en que tomó posesión el
(1) Perg." existente en el archivo de Xtra. Sra. del Collell.
(2) id. id. id. id. id.
(3) id. id. id. id. id.
116 NÜTICÍAS HISTÓRICAS.
a])a(l Juan Tormo. lial)ía una la<ji'una (|U0 llena
perfectamente nuestro Abad. Kn efecto, con fe-
cha '2'2 do Julio del año 1552, el Prior y pabordes
del CoUell hicieron una reventa del mas Vidal
con sus tierras, situado en la parroquia del Torn,
y de pertenencia del referido ])riorato, á favor de
los respectivos padre é hijo Bartolomé y Miguel
Falg'ás, de Mieras. Después de las firmas de los
interesados hay también la del mencionado Abad
en esta forma, todo de su puño y letra con dife-
rente tinta: cgo fvatcr scbastianiis miv abhas
mo liaste vi i sancti petri de hisuldiini Jianch
venditionem firmo et laudo (1).
Fr. Bernardo F*ons y de Turell.
(1(304)
Una escritura existente en el seminario del
CoUell nos da noticia de que aun existía dicho
Abad en el año 1604, pues con fecha 20 de Agos-
to del mencionado año firmó una absolución de
todos los censos, foriscapis y otros derechos
á favor de la casa y capilla de Ntra. Sra. del Co-
Uell (2).
Fr. Anselmo Rubio. .
(1771)
Al tratar en el abacioloo-io de este Abad va ma-
nifestamos que había defendido los derechos del
monasterio contra el Obispo de Gerona y el go-
(1) Perg." exislente en el arclii\0(le Nlra. Sra. del Collell.
(2) id. id. id. id. id.
mksam':. 1 17
l)¡(MMi(), \)()\' (|U(M'(M' el pi'iiiKM'o pnrIicipMi' (1<* los
diezmos del i)iiebl() ác, Síin Mi^^-ind de (.'olera y
por iiog'arlc el se^'uudo el doiniíiio temporal. IMi-
blicamos á eoiitiiiuaciiui o\ doeiimento eoii (jue
justiíicó pleiiaiiKMití^ (jue píU-teiuHííaii al irionaste-
rio de San Pedro de Besalii el dominio directo y
jurisdiceional del término de ('olera, por el inte-
rés histórico (|uc encierra para la historia de tan
celebrada casa relig'iosa. Dice así:
«En cumplimiento de la orden de S. Kx. ' 3^
Real x\ud." comunicada por el Sr. Barón de Se-
rralií su Secretario con carta de 9 Febrero del
corriente año al Abad de San Pedro de Besalii,
para que presente los instrumentos, que justifi-
quen pertenecerle el Dominio directo, y jurisdic-
cional en el término de Colera; \y respecto, que
en dicha carta se expressa que ha mandado Su
Magestad que en el Ínterin el Correg.°^ de Gero-
na nombre persona que con intervención del Abad
recoja los diezmos y primicias que produzcan las
tierras que los nuevos colonos han cultivado, y
fueren beneficiando para que de ellos pague el
capellán que en el día ponga el Abad, para que
en la Capilla provisional diga misa y administre
el pasto espiritual á los pobladores, como lo ha
ofrecido y lo restante se entregue después á
quien pertenezca, y se pueda señalar al Cura que
después se nombre, lo que sea bastante para su
congrua sustentación y para gastos de Iglesia, y
su fábrica, presenta el dicho Abad en primer lu-
gar en prueba, y justificación del Dominio direc-
to, y del derecho en los Diezmos y Primicias en
aquel término de Colera, a favor de su Dignidad
Abbacial, una Real Cédula del Sr. Rev D. Fer-
UN NOTICIAS HISTüRIC'AS.
liando VI, dada en San Lorenzo á 24 de Octubre
de 1753, en (|ue se sirvió S. Magestad conñrmar
al Abad y Mong'es del Real Monasterio de San
Pedro de Besalií el diezmo que le pertenece del
pescado que se coge en los cuatro Puertos, ó Ca-
las del Mar nominados Portbóít, las Portas,
Fvcixa^ y Freixanct adjacente en el término
del enunciado lugar de San Quirse.
En esta Real Cédula se halla insertada una es-
critura de donación, que en doze de las kalendas
de Diciembre del año de 931 ( reinando el Rey
Rodulfo ) otorgaron Alberto Vizconde, Polidiga-
rio y Rodulfo, á quienes dexó Gauberto Conde,
])or sus testamentarios, abogados, y limosneros,
y encargando 3^ encomendando hiciessen dona-
ción á la Casa del Monasterio de San Quirze sito
en el Condado de Perelada de su propiedad, ó alo-
dio, en quanto en el auto ó escritura latina dize:
in qiiantuDí ipse Jiabcbat in Cler.aellos, sni in
Valle de Frexano & et in Valle de Collera &
que él tenía en Clerzel, ó en la Valle de Frexen
y la Valle nombrada Collera con la guardia de
sus mares, y los puertos de a(|uellos pertenecien-
tes á los mencionados Valles, y todos sus térmi-
nos, adjacencias, ó conñnes, culto é inculto que
eran casas, caballerizas, huertos, tierras^ viñas,
prados, pastos, selvas, garrigas, aguas, aguaduc-
tos, ó reductos, en cuanto se pudiese decir, y nom-
brar, assi adquirido, como para adcjuirir pertene-
ciente al enunciado Conde (lauberto por drecho
de conquista como de compra, (') sucessión á sus
padres, (') al Conde (laufredo su hermano, confi-
nando todo lo sobredicho, como es de ver de di-
cha escritura y todo lo contenido en dichos confi-
HKSAI.r. 119
ncs, y qnnnto ol dií'lio Cí)nílo (íaubcrto tenía, y
posoliíii allí (MI la (Mimiciada tiíírra y mar <'n su
propio (loininio, lo dieron, y entre^'aroii los no-
minadüs testamentarios, abo^'ados, y limozneros,
por la precitada escritura á la expresada ('asa del
Monasterio de San Quirze con todas las entradas
y salidas pertenecientes á su propiedad.
Kn la expressada Real Cédula se hace mérito
de otro instrumento ([ue se presentó áS. Real Ma-
gestad de una confirmación que en el mes de
Agosto del año 1198, hizo Ponze Hugo Conde de
Ampurias por la qual vino á conceder y confir-
mar perpetuamente á Guillermo Abad de San
Quirze, á su casa y á toda su comunidad la Valle
de Colera que Gauberto Conde le havía dado se-
gún y como se contenia en la citada escritura de
donación de doce de las kalendas de Diziembre
del año de 931, que de su orden le hicieron los
nombrados Alberto Vizconde, Blidigario y Rodul-
fo.
En la enunciada Real Cédula se hace atento de
otra escritura dada en trece de las kalendas de
Diziembre del año 1*258, por la qual consta que
Pedro Obispo de Gerona por sí, y todos sus Suc-
cessores concedió, y aprobó al monasterio de San
Quirze de Colera en mano y poder de Pedro Abad
de el, las donaciones, concessiones, laudaciones
aprobaciones, y confirmaciones de las Posessio-
nes, Diezmos, Primicias, Oblaciones, Drechos, y
donaciones, de qualesquiera partes que fuessen,
que los Condes, ó qualesquiera otras personas
hubiesen dado al enunciado monasterio como
mas latam.te se mostrava en la donación que le
hizo Berengario Obispo de Gerona, que empezaba
15— VI.
120 NOTICIAS HISTÓRICAS.
año de 1123, iiidiccion pn'iiicra vino Beren-
gario Obispo de la seo de Gerona con dos
Obispos, y otros Hombres, assi Clérigos co-
mo Seglares á consagrar la Iglesia que se
hallava en el termino de Perelada en Jionor
de San Qnirse, San Andrés y San Benito,
en el dia de cuya. Consagración el referido
Berenga rio Obispo, d petición y suplica de
los gra)ides^ y otros mncJios hombres confir-
mó todas las cosas que anti giiamente havian
sido concedidas y conferidas d la Iglesia de
San Quir.^e por los Condes y otros, y su pre-
decessor Hugon Obispo (assi como en otra
donación y mandatos Reales constava) y dio
d la precitada Iglesia las decimas, primi-
cias y oblatas de los fieles baxo los términos
cS: (aqui linda y confronta el territorio inclu-
yendo el termino de Colera y prosigue) y los
puertos que eran pertenecientes de los pro-
prios Valles, que todo esto dio Gauberto Con-
de al mencionado Monasterio, cuyos térmi-
nos eran de parte de oriente con su mismo
mar k repite los lindes y confrontaciones en que
está comprehendido el termino de Colera.
También se hallan insertados en la referida
Real Cédula, otros instrumentos que justifican
pertenecer al Abad y Monasterio de San Quirze,
y hoy al de Besalú por la unión, é incorporación,
que á insinuación del Sr. Key de las Españas le
hizo el Papa Clemente Mil, en el año de 159*2,
los alodios, diezmos y primicias del citado termi-
no de Colera cuyos instrumentos y los ante re-
feridos fueron aprobados, confirmados, y ratifica-
dos por el dicho Señor Roy D. Fernando Sexto,
liKSALl'. 1Í¿1
como es (l(* \'cv (MI la (^xpiv^stida Real f^Mlula alli
\' p(ir(f(/if(' 7// /\('(// ri)h(iil(t(l se ciim/'fld Ik'
Icuido por bien cx/nulir la prrsc/i/í', por hi
qiKil npriiCvo, coii/iriiio, y ral i /ico, ¡os refe-
ridos preseiil Kilos inslriímenlos y es mi vo-
litiitdíi que se ni(iiileii^u,(i al Abad y Mofees
de! Dieiieioniido l\eid Moiídsterio de San Pe-
dro de /u'sahí y d sus successorcs en lo po-
scssion y s^'oze del enunciado Diczino del
Pescado de los qualro Puertos, ó Calas del
nuir adjusseide en el ternüno del lugar de
San Quirze nonii nados Portbou, las Portas,
Frexa, y P^rexanet puraque lo obtengan se-
gini y en la forma que se lo concedió á la
Abadia de San Quirze de Colera que se halla
ujuda d él y se declara en la mencionada do-
nación, y demás presentados instrumentos &
esta Heal Cédula se presenta en forma authentica
signada de numero 1. '
En segundo lugar se presenta el establecimien-
to ó concessión enpliitéutica que con auto publi-
co recivido entre el D.^^ Gerónimo MoUet notario
publico de la ciudad de Barcelona a los 13 Abril
lo49, hizo D. Gaspar Paratge Abad y perpetuo
Comendatario del monasterio de ;^an Quirze de
Colera de consentimiento de los monges á favor
de Juan Riusecli en la villa de Garriguella domi-
ciliado del termino de Colera y del drecho de pa-
zer en el confrontado en el dicho auto, todo el te-
rritorio que se le concedía con el cargo y obliga-
ción de pagarle perpetuamente el anuo canon de
40 libras barc^^^ decima, y primicia de todos
frutos de pan y vino, reservándose para sí y sus
successores en la Abadía el Dominio directo j
122 NOTICIAS HISTÓUICAS.
Jurisdiccional que en dicho termino tenia, é
igualmente el Diezmo de pescado ([ue en la re-
ferida orilla del mar rccivia y acostumbrava reci-
vir, y assi mismo se reservó los arboles existen-
tes y futuros en el expresado termino, prohibien-
do al emphiteota, (¿ue pudiesse por si ni por in-
terpuesta persona directe ni indirecte cortarles,
si solo para el uso de la cultura y no otram.^e^
pero le concedió que pudiesse en nombre . del
Abad apoderarse de los animales que en lo veni-
dero irian á pazer en dicho territorio, con la obli-
gación de entregarles en continente al Bayle de
dicho Abad, quien havia de recivir los drechos
del bando en la expresada concession in emphi-
teusim se impuso la obligación y cargo al em-
phiteota de tener incondirecta la Iglesia de San
Miguel en dicho termino construhida, vá signado
de número 2.
Con otro auto recivido en poder del D.^o Anti-
cho Avinyó y Feliu Notario de la villa de Caste-
lló de Ampurias á los 27 de Septiembre de 1553,
el dicho Juan Riusech hizo participe del expresa-
do termino de Colera y del drecho de pazer á
Francisco Ferrer del lugar de Garriguella y dan-
do forma á la dicha participación y para evitar
entre ellos dichos Juan Riusech, y Francisco Fe-
rrer contiendas y disputas, passaron entre si á
hacer división del referido termino y drecho de
pazer en el modo siguiente: esto es, que el dicho
Juan Riusech eligió por su parte, y porción, toda
la mitad de dicho termino, y aquella que lindava
á Oriente con el mar, y rio de las Portas, á medio
dia con el termino de Llan(;á, a Occidente con el
termino de San Silvestre, y á Zierzo con la res-
lllOSALÚ. 123
tanto niitíid (1(* diclio 1(M'iii¡ii(> do (\)liU'a, <jno
(|iiO(hivíi para (d (^xprí^sado l''raii('¡sc() Imti'oi', y
este tomó la diídia restante mitad, ([\\i\ so liallava
ya dividida entren dicdias |)ai't(\s, eou tí'i'iiiinos (>
moxones, lindado á ()i*i(Mito eon el i'il)a(di(í d(d
mar nombrado las ]\)rt(is^ á medio día VAm la
restante mitad do diídio termino escogido por di-
cho Hinsoídi, á Occidente con el termino de San
Martin y á tramontana con los términos de Por-
bon, de San Quirzo y do Bañuls, como todo ])a-
rece de dicho auto qno so presenta de numero .*1
Entre los expresados Juan Riusech y Francisco
Ferrer, fue también convenido (|uo cada uno de
ellos hubiese de pagar y satisfacer al menciona-
do Abad y sus successores la mitad del censo, ó
ánnuo canon cifrado v mencionado en la conces-
sion emphitoutica del año 1549 de que se habla
en el número 6 de este escrito y dixo Juan Riu-
sech que le pertenecía aquel termino ó territorio
por concession in emphiteusim que le otorgó don
Gaspar Paratge Abad comendatario del enuncia-
do Monasterio de San Quirze de Colera.
Haviendo D. Fr. Francisco Bernardo de Pons y
de Turell Abad del Real Monasterio de San Pedro
de Besalú, de San Lorenzo del Mont y de San
Quirze de Colera con authoridad apostólica unidos
é incorporados pleno jure, introducido pleito en
la Real Audiencia de Catalunya á relación del
magnífico Sr. Agustín Piñana en ambos drechos
y de la Real Audiencia D.^ contra Antonio Batlla
y Jasintho Guanter y Trobat labradores del ve-
cindado de Novas parroquia de Garriguella, pre-
tendiendo dicho Abad, cassar, revocar, y anuUar
la expresada concession, ó contrato emphiteutico
124 NOTICIAS IIISTÚUICAS.
cifrado y desig-iiado cu el luíincro G con el luoti-
vo, ((110 seria nocivo, fraudulento, y perjudicial á
la mensa Abacial, ])or liavcr intervenido una le-
sión enorinissima solo vltra diniidium pero aun
vltva vcscni, después de muchos años de litig-ar,
vinieron las partes con intervención de dos abo-
gados á transig'ir y concordar, como en efecto
concordaron, ratiñcando, y confirmando, y en
cuanto fuese necessario de nuevo concediendo
perpetuamente á dichos Antonio Batlla y Jasin-
tho Guanter y á sus successores, con los mismos
pactos, y condiciones, en que se liallava concebi-
do el susodicho establecimiento, ó concessión in
emphiteusim del año 1549, con la salvedad em-
pero y bien entendido que los dichos Batlla y
Guanter, y sus successores, hubiesen de dar y pa-
gar al Abad y sus successores anualmente de
censo, ó canon 25 doblones de oro en especie, es-
to es, cada uno de ellos doce y medio con dos
iguales soluciones, la mitad por el dia de Navi-
dad y la otra mitad por el dia de San Juan, ces-
sando el antiguo censo de 40 libras que pagavan
en virtud de la referida concessión emphitéutica
del año de 1549.
Se salvó y reservó también el mencionado Abad
en esta transacción, concordia v nueva concesión
IsLS JiíFÍsdiccíones, Declinas, y Primicias de
dichas montañas, y términos, quedando aquellas
siempre suyas y de sus successores en la digni-
dad Abbacial y assi mismo se reservó todo quan-
to le era favorable en el precitado establecimien-
to y contrato emphiteutico otorgado en el año
1549.
Igualmente fué estipulado, que se rescrvava
niíSALÚ. 125
|):ii'a sí y sus siKrc.essoi'íís m la Abadía, la Dircc-
1(1 \ Alodial Scñorid ('w todos tfírcios, laiidr-
iiiius, foriscapios, y domas (Iimm'Iios pcrtciKM'iíüi-
tes al directo, y olodial doiuiíiio, y con todos es-
tos pactos, reservas, y condiciones aceptaron los
antedichos Antonio Batlla y .lacintlio (¡nantíu* y
Trobat la diclia confirniacion, ratilicacion, á nuc-
ya concession, como por extenso es de ver del
auto, ó instrumento recivido en poder del 1).''^ Ja-
cintlio Salers Notario de la villa de Besalú á los
3 de Septiembre de 1664 que se presenta de nií-
mero 4.
La parte y porción de Jacintlio Uuanter y Tro-
bat ([ue es la que escogió y reservó para sí Juan
Riusecli como queda dicho en el numero 7. lla-
mada Fvexa y Fvcxanet la tiene, y posehe hoy
en día y de muchos años á esta parte M.^ Cre-
madells vecino del lugar de San Lorenzo de Cer-
das en el Rosellon Reyno de Francia por venta
que le hizieron los successores de dicho Guanter
y actualmente está pendiente pleito en la Real
Audiencia de Catalun^'a entre el Heredero de
Guanter de una y el referido Mj Cremadells de
parte otra, pretendiendo aquel, que seria nulla la
enagenacion respecto que estarla la expressada
parte y porción sujeta á fideicomisso.
El referido M.^' Cremadells como á posessor de
dicho terreno, y drecho de pacer, ha siempre, é
igualmente que antes sus predecessores herede-
ros de dicho Jacintho Guanter pagado la mitad
del censo, ó canon de les 25 doblones, como en el
dia lo paga al Abad de Besalú en fuerza de la
mencionada concordia y nueva concession del
año de 1664.
]'26 NOTICIAS HISTÓRICAS.
La otra parte y porción iioin1)rada la montaña
de Colera sita en la Parroquia de San Quirze de
Colera y su termino que se dio y de que hizo
participe Juan Riusecli á Francisco Ferrer del lu-
gar de (Jarriguella y que en tiempo de la men-
cionada concordia tenía y poseliía Antonio Batlla
labrador del Vecindad de Novas parroquia de
Garriguella, la tienen y poselien hoy en dia Isi-
dro Forran, y Antonio Ferran Ferrer y Batlla pa-
dre, é hijo en nombre de usufructuario y herede-
ro universal respectivamente de Cathalina Ferran
Ferrer y Batlla consorte y madre respectivamen-
te de los dichos Isidro y Antonio Ferran y des-
condiente y heredera de los antedichos Francisco
Ferrer y Antonio Batlla; y esta porción y parte
es el termino llamado de Colera, donde propo-
nen formar la población Isidro Ferran y los dos
hermanos D. Ventura y D. Joseph de San Genis,
y donde ahun se hallan los edificios de la iglesia
antigua de San Miguel de Colera que se men-
ciona en el establecimiento, ó contrato emphiteu-
tico de 1549.
En reconocimiento del dominio directo reser-
vado en los referidos instrumentos de 1549 y 1664
han siempre percivido y actualmente recivenhoy
en el dia los Abades del Real monasterio de San
Pedro de Bcsahi el aiiniio canon ó censo del mis-
mo Isidro Ferran, como es bien público y notorio
y constante por dos cartas de pago que en su pre-
sencia otorgó á su favor el l)r. Fr. Ramón Sans
en nombre del Sr. 1). Fr. Antonio de Ameller
Abad de Besalií á los 28 de Enero y 8 de Marzo
de 1746 en autos de !).'•' Miguel Berga Notario
de Besalií cuyas cartas de ])ago se presentan de
numero 5 y 6.
mis A I. i' 1v7
í^*iialni(Mit(^- (MI i'wvv'/M (le la i'csorva, (jue se hi-
zo el Abad del doininio lleno de los árboles naci-
dos, y naeíHlores en todo el tíM-reno de (pie boy
tienen, y ])oseen el dreelio de \)n'/A'v los diclios
MJ Cremadells, (S Isidro Ferran, han siempre los
Abades mantenido, y conservado la pocessiíjn, do-
minio absoluto de dicdios árboles, y leña, conce-
diendo licencias para cortarles siempre ([wc, les
ha parecido, y vendiendo leña en las ocasiones,
que se les han presentado; de manera que havien-
do acudido al tribunal de la Intendencia del pre-
sente Principado el susodicho Isidro Ferran, en
nombre de usufructuario constante el matrimonio
con su consorte Cathalina Ferran Ferrer y Batlla
con el pretexto que seria dueño de una grande te-
nida de tierra nombrada la montaña de Colera
sita en el termino de San Quirze de Colera, y que
de aquella los vecinos le romperían diferentes ar-
boles, y se le llevarían diferentes frutos, como be-
llotas, olivos, y otros, pidiendo se mandase des-
pachar y publicar bando y pregón en dicho ter-
mino de San Quirze de Colera, y otros paraque
baxo la pena en dicha petición expressada nin-
guna persona pudiesse cortar árboles, ni llevar
especie ninguna de frutos ni apacentar ganados
en dicha tenida de tierra; y en efecto en conse-
quencia de la referida petición, fueron despacha-
das las letras mandatorias penales y pregones á
los 25 de Octubre de 1754, haciendo C(5mmission
el Sr. Intendente al Bayle del lugar de Delfiá,
paraque recibieze las sumarias informaciones de
las contravenciones que se hiciessen, y hallándo-
se las sumarias en estado de sentencia, las remi-
tiessen en manos de dicho Sr. Intendente: cuyas
16— IV.
128 NOTICIAS III.SKHIICAS.
letras se publicaron y ñrinaron, á los 16 Noviem-
bre del citado año 1754, en la plaza del citado lu-
(i-ar de San Quirzc de Colera; y visto por el Abad
de Bcsalü, que el referido bando y pregón era
perjudicial y nocivo á su Dignidad Abbacial por
ser su obtentor, Señor, y Barón del dicho lugar y
termino de San Quirzc de Colera, exerciendo co-
mo exerce la Jurisdicción civil y criminal, mero
y mixto imperio, y assimismo por ser Dueño y
Processor de los árboles en dicha montaña de Co-
lera radicados, le fué indispensable intentar el
juicio posessorio sumarissimo de ser mantenido y
amparado en la quieta y paciñca posession seu
quasi de exercer la omnímoda Jurisdicción en el
lugar y termino de San Quirzc de Colera, y en la
posession seu quasi de los árboles, que se hallan
plantados en la montaña nombrada de Colera, é
igualmente de la leña que alli se encuentra, &
como en efecto lo intentó, despachándose á su
instancia del citado tribunal letras citatorias, é
inibitorias, y un cartel al fiscal de la Intendencia;
c^ y vistos los autos por el Sr. D. Juan Phelipe de
Castaños del Consejo de S. Magestad é Intenden-
te General de este Exercito y Principado de Cata-
lunya de acuerdo y parecer del Sr. I). Tilomas
Ma.i de Trebijano y Samaniego del Consejo de
Su Majestad, su Fiscal en lo Civil en la Real Au-
diencia de Catalunya y Juez comissionado en es-
ta instancia, á los 22 Dicienil)re 1704 fue declara-
do que devia proveer y mandar, como proveyó, y
mand('), (jue dicho Abad y Real Monasterio fuesse
mantenido y amparado en la quieta y paciñca po-
session, seu ([uasi del exercicio de la omnímoda
Jurisdicción del dicho lugar de San Quirze de
HKSAi.r. 120
Colí^ni y asi mismo n la ])()SOssi()n snu (pinsi (U\
todo <^'(Wi(M*() (!(» nrhoUis sin (listiintion ([wo se ha-
llan en dicha moiilanya ár. Colera y de su Iríia,
niaiidando al (wprossado Isidro K(M*raii, í\\\í\ so
absten^'a de inolrstarlc por pi'clívxtc al^anio ^,
como ((ulo parece (\{' la sentencia ([ue so i)resenta
de nnin(M'o 7.
Kl mismo Sr. 1). Juan Pholipe do (.'astarios& de
acuerdo y ])arec(U' (hd Sr. I). Jacintho de 'YwiV)
del Consejo de su ^Magostad en la Real Audiencia
c^ en causa de suplicación á los 80 de Junio de
17()(), sent.'' declaró, y pronunció que fué ])ien y
jurídicamente pro vellido y declarado con dicha
provisión á qna de 'i2 Diciembre de 1764 y que
fue malam.'e sup.'i'>por parte del mencionado Isi-
dro Ferran, al (jual condenó a costas, como todo
parece de la sentencia que se presenta de nume-
ro 8.
A los 8 de Noviembre de 1766 en virtud de es-
tos Juzgados por el comissionado del Sr. Inten-
dente el Abad de Besalú por medio de su procu-
rador fue puesto en pocession de toda la especie
de árboles y leña sin distinción de la montaña de
Colera sita en el termino de San Quirze de Cole-
ra, como por extenso consta del auto pocessorio
dado por Vicente Simón escrivano público Real
de Barcelona y mayor de la Intendencia que es
signado de número 9.
De los Juzgados referidos en los números 16 y
17 en quanto á los árboles y leña no solo apelló
al Real Supremo Consejo de Hacienda, si que
también rehusó pagar al Abad el ánnuo canon de
los do.-^e doblones y medio, por lo que fue preciso
al Abad convenirlo en el tribunal ordinario de
130 NOTICIAS HISTÓRICAS.
Castellón de Ampurias y i)eiidientes estos pley-
tos, concordó el mencionado Abad en unión y
consentimiento del Cabildo de Mong-es con Isidro
y Antonio Ferran padre é hijo, como á dueños
patrimoniales del dominio útil de la montaña de
Colera, otorgando escritura de concordia en la
\illa de Besalii á los 10 de Febrero de 1768 por
ante Manuel Antentas Notario Heal y público c\:
de dicha villa y Francisco Xualart, Notario pú-
blico y Real del CoUegio de la villa de Castelló
de Ampurias simul stipulantes, en cuya concordia
intervinieron después las solemnidades y diligen-
cias prevenidas por el Real Consejo de la Cámara
en carta orden de 25 de Mayo año 1768, y vistas
dichas diligencias y concordia, y examinada en
el Real Consejo de la Cámara con lo expuesto por
el Fiscal, se digno S. M. como á protector y Pa-
trono c|un es del dicho Real Monasterio de San
Pedro de Besalú, aprobar y confirmar la referida
transacción y concordia expressando: y es mí
vohuitad que la expresada transacción y con-
cordia sea firme ^ validera en todo, y por
todo segim y como en ella se contiene^ y man-
do d mi Gobernador Capitán general Re-
gente y Audiencia de dicho mi Principado
de Cataluña & como todo largamente consta en
la Real cédula de aprobación fecha en San Ilde-
fonso a 18 de Agosto de 1768, que se presenta de
número 10.
En esta transacción y concordia, que está in-
sertada en la Real cédula de aprobación se reser-
varon el Abad y Cabildo de Monges el dominio
jurisdiccional y directo con todos los derechos
pertenecientes á la Directa Señoría. Se reserva-
IIHSALr. l-'H
ron i;4iialiiu'ii(r, (jiic le liiil)irs('ii de i);i;j;ii' liicii y
liclincntcí al Ahad (üc/iiios, y [iriiiiicias (1(; lodos
^•ranos, aceite, uvas, cera, miel, y de- todos los
demás frutos ijue s(» co«^'i(»r(Mi eu dicha montaña
de ( 'oh'ra i'i ra/on o ;i la cuola de doc(i uno, ñ
lina ([uedaiido ouze frauítas para (d (lu(;ño á íiu
de promovíM' la cultura. Asimismo se reserv(') (d
Abad que se le continuase á paf^-ir (d anuo (^ánon
de las 10 libras seg'un la concordia de 1004, ce-
diendo el dominio útil de los árboles á los enun-
ciados Isidro y Antonio Ferran padre é hijo y á
aquellos que obtendrían subem])liiteuticaci(3n de
dichos padre é hijo Fcrran, (¿uienes se obligaron
á reducir á cultivo y construir casas por sí, y por
otras personas subemphiteuticando y vendiendo
porciones de tierra á este tin, todo el referido tér-
mino ó montaña de Colera, que fuese reducible; a
cuyo efecto concedió el dicho Abad como señor
directo la gracia de los laudemios ó tercios, á ra-
zón de un sueldo barcelonés por libra barcelone-
sa en la primera transportación, ó enagenacion.
Quedó también convenido y acordado entre di-
chas partes que poblándose dicho territorio, se-
ria necesario recomponerse la antigua Iglesia de
San Miguel, ó bien edificar otra y en considera-
ción de haber sido y ser el dicho Abad y sus pre-
decessores indubitados parroquianos de dicha pa-
rroquia de San Quirze de Colera, de cuya com-
prehencion es el citado territorio ó montaña de
Colera haya de quedar á la dirección y disposi-
ción la recomposición, ó nueva fábrica de dicho
Abad y sus successores, no entendiéndose por es-
ta precissa obligación del susodicho Abad y de
sus successores hacer dicha recomposición, ó
132 NOTICIAS HLSTÓUICAS.
nueva fabricci á sus costas, si solo contribuyendo
con lo que le dictare la charidad: si em])cro se
oblig'í) el Abad cuydar del oportuno pasto Espiri-
tual y poner en la nueva Ig-lesia uno ó mas Vica-
rios seg-un la concurrencia de felig-ref^ses, sin pe-
dir otra cosa que los diezmos y primicias y los
derechos parroquiales estilados en las parroquias
de San Quirze de Colera, como todo lo referido y
demás pactos y obligaciones son de ver en la di-
cha concordia que es en la Real cédula de apro-
vacion.
En cumplimiento de esta concordia los referi-
dos padre é hijo Ferran han subemphiteuticado
algunas tierras por casas, viñas, olivares, cam-
pos, c^ á diferentes personas y van cada dia su-
bemphiteuticando otras, salvando en todo la se-
ñoría directa para el Abad de Besalü, en todos
tercios, laudemios, y foriscapios y demás dere-
reclios pertenecientes al directo, y alodial domi-
nio y que le pagan diezmos y primicias de todos
frutos á la quota convenida en la precitada con-
cordia, como es de ver de la concession subem-
phiteutica que hicieron á fivor de don Buenaven-
tura Sangenís ii los 19 de Abril de 1769, ante el
D.^'^ Francisco Xualart, Notario de Castelló de
Ampurias, que va de número 11.
Por fin, en prueva y justificación del dominio
directo á favor del Abad, se presenta una provi-
sión y declaración del Real Senado de Cataluña
dada á los 13 de Julio 1699, con la que fue prove-
hido y declarado que el venerable don Francisco
Antonio de Planella Abad de Besalü de vía ser
mantenido y conservado en la posession sen qua-
si de conceder inemphíteusim qualesquier tie-
m;s\M'i. \'V'l
rnis, mansos (hMTuidos y propiíMlndcs situados
dentro los (M)nlin(ís del {('rinino dr San í)\i\v'/a'.
de ('ol(U*a vacantes, (') no (ístal)l(Mñdos, ó con-
eedidos inenij)hiteusini por sus príidecessoríís
Abades, é i<^'ualinent(í de dar faeultad de pazer (')
arrendar las hiervas no solo á los partic^ulares de
aquel termino, sino también á los estrangeros &
como en efecto se mand(') (|ue fuesse assi mante-
nido y conservado; y haviendo suplicado de di-
cha provission y declaración el síndico de la
Universidad de dicho lug-ar y término y sus i)ar-
ticulares, fue conñrmada dicha provisión á qtta
y declarado: Que los referidos síndicos y particu-
lares havian malamente suplicado, como parece
de los autos que se presentan de número 12.
Los títulos de pertenencia que tiene el susodi-
cho x\bad del dominio jurisdiccional en el expre-
sado término de Colera, á mas de los que incidin-
tamente se han mencionado en los números 6,
10, 16, 17 y 20 de este escrito, son, en primer lu-
gar el auto de venta que á los quatro de los Idus
de Enero 1255, otorgó Poncio Hugo conde de
Ampurias á favor del Abad y Monges del Monas-
terio de San Quirze de Colera de todos los man-
sos, tierras, censos, y demás derechos que tenía
en la valle y parroquia de San Quirze de Colera
sin otra reserva, que las justicias de sangre, co-
mo es de ver del instrumento que va signado de
número 13.
En segundo lugar el instrumento de aprova-
cion, ratificación y confirmación que á los 2 de
los Idus de Enero de 1264, hizo Hugo hijo del ex-
presado Poncio Hugo pro franco alodio de todo
lo mencionado en el inmediato número que ante-
li>4 NOTICIAS 111ST()UK*AS.
cede, y en (juanto menester fuese se dio al Abad
y monasterio las acciones que pudiesen pertene-
cerle en el dicho término y parroquia de San
Quirzt^ de Colera, como consta del auto de núme-
ro 14.
En tercero lug-ar; otra escritura otorg-ada á las
kalendas de Diciembre de l*i70, por el mismo
Hug-o conde de Ampurias con lo qual decían')
que el conde de Ampurias no tenia jurisdicción
alg-una en la Valle y parrroquia de San Quirze de
Colera y sus términos, si solo en los casos de de-
lito de muerte (3 mutilación y ([uo la demás juris-
dicción era propia y peculiar del Abad y Mong-es
de San (x)uirze, y en quanto necesario fuesse ha-
zla donación de ella con toda plenitud de dere-
chos á los expressados Abad y Monges prome-
tiendo no contravenir á ello baxo la pena conte-
nida en dicha escritura de declaración, y dona-
ción que va de número 15.
En quarto lugar; otro instrumento dado á los
(|uatro de los Idus de Octubre de 1303, por el
qual Poncio Hugo conde de Ampurias sabiendo,
atendiendo, y confessando que el Abad de San
Quirze y sus antecessores Abades exercían la ju-
risdicción civil y criminal en la valle de Colera y
en todo el término y parroquia de San Quirze de
Coh'u'a en fuerza de venta y donaciones otorga-
das por sus predecessores, vino en confirmar y
ratificar dicha venta y donaciones, declarando é
individuando los casos en que })ertenecía la juris-
dicción criminal y punición de delitos á los refe-
ridos Abad y míjnastcrio y assimismo (jue para el
exercicio de dicha jurisdicción podia el Abad te-
ner castillo en el referido término y i)arroquia de
HUSALlí. 135
San (vhiir/c, rnnn) todo es coiistMiilc dnl (;iimi-
(íiíulo iiistriiinouto ([uc s<'- i)r(»scnta ái\ miriKi-
ro 1().
Mil (|u¡üto Iw^wv \\c\u) el Al)a(l do Besiilii <'l tí-
tulo (le la inmediata pocessioii sen ([uasi de cxer-
cer la jurisdicción civil y criminal, mero y mixto
imperio en la montaña y valle de ('olera, y en to-
do el lu^-ar y término de San Quirze noml)rando
bayle, haciéndose los pre^-ones, peñorios, ])andos,
estionas y mandatos de orden y parte de los Aba-
des, conu) parece de los registros de la curia de
dicho lugar de San Quirze y en prueva y justifi-
cación de lo referido se presentan los pregones,
(j[ue en la plaza pública del lugar de San Quirze
de Colera se hicieron de parte y orden del Sr. don
Fr. Antonio de Planella Abad de Besalii por Pe-
dro ^lartin Serra pregonero público & preleyendo
el substituto del D. Eliseo Oliva notario público y
escribano de la curia de los lugares de San Quir-
ze de Colera, y Mollet á los 16 Agosto 1701, y
estos pregones no solo pruevan la posession seu
quasi del exercicio de la jurisdicción que tiene el
mencionado Abad en la montaña de Colera y en
todo el lugar y termino de San Quirze, sino tam-
bién la pocession del derecho de la lenya y árbor-
les, que en la concession emphitéutica referida
en el número 6 se reservó para sí y sus successo-
res, porque en dichos pregones se halla el ítem
siguiente. ítem que ninguna persona gose, ni
presumesca fer llenya en las montanyas de Port-
bou, las Portas, Colera, Frexa, Frexanety Grabet
sots pena y ban de tres Iliuras barcelonesas apii-
cadora dita pena, com dalt está dit, sens expressa
Ilicencia de dit Sr. Abad 6 de son Pror: Como
17— VI.
V.]ñ NOTICIAS IIISTÓUICAS.
larg'amcnte consta de dichos pregones que van
si<i'iiados de número 17.
I<4'ualinente se presenta el cei-tiñcado de nom-
bramiento d«} Bayle hecho por el Abad de Besalii
como Sr. Jurisdiccional del lugar y término de
San Quirze de Colera en persona de Paulino Xou-
vilas aprovado por Su Excelencia y Real Audien-
cia para el uso y exercicio de dicho otíicio de
Bayle del referido lugar y término en los años de
1751 y 1752, que va dicha certiñcacion signada
de número 18.
Por fin corrobora y esfuerza la sobredicha po-
cession seu quasi la provisión y declaración de la
omnímoda Jurisdicción á favor de dicho Abad,
dada por el tribunal de la Intendencia de este
principado á los '22 de diciembre 1764, á cuya
provicion y declaración no se contradi xo por par-
te de Isidro Ferran, ni por el Fiscal si bien que
suplicó aquel sobre el dominio i'itil de cierta es-
pecie de árboles y fue en la instancia de suplica-
ción confirmada la provisión d qtia y declarada
la pocession seu ([uasi de todo género de árboles
sin distinción (|ue se hallen en dicha montaña de
Colera á favor del Abad, como es de ver de las
citadas provisiones y declaraciones ])resentadas y
signadas de número 7 y 8 y mencionadas en los
números IG y 17 marginales de este escrito. Da-
do en el real Monasterio de San Pedro de la villa
de Besalú á los 10 del mes de Abril del presente
año 1771. — Por mí 1). Fr. Anselmo Rubio, Abad
del predicho Monasterio.»
^
íaa[HÍaQ(yíaa[HÍa[D[yíaacliaD[HiascííaQ(HÍaDiH
iMÍiJi¡!MÍij¡¡i:'i;ii¡iiiMÍJi¡ii;-iiijjii-iiij¡iii'iiiii¡i''M;jj¡i;.M;ii¡i;;. '|||ím';i|íjj;:';í|||im';i¡|||;:'<i¡|ji>"mí|p;>mií¡ííí>'mjjp;..;,,||,,.
(Adición al lomo 11^ ri\[i ML)
PI^IORES
de Santa fTlanía de Bésala.
Salvador Olmi.
(1:30:))
Hemos venido en conocimiento de este Prior de
Santa María de Besalii por una escritura de reco-
nocimiento hecha por dicho Prior á Pedro de San-
ta María, y que copiada á la letra dice así:
«Auno a Nati vítate Domini 1355
Decima octava die inensis febrítarii
Salvator Oliuii Decretonim Doctor Prior
nionasterii Be ate Mari a de infra castriim
hisnldiini ex certa scientia confite mus et
veritate fó volúntate y) recocnoscimits vobis
Petro de Santa María filio et heredi iini-
versali venerabilis Petví de Santa María
qiiondam de BisiUdiino qiiod per vos nobís
plene et integre satisfactiun íisqiie ad hac
presentí die de omní censí qiieni nobís ra-
tione dícti prior atns facitis per quibiisciun-
qne bonis vestris. Et ideo renuntiando ex-
ceptioní dicte satísfactionís non habítate et
\:\H NOTICIAS HIST(')UI( AS,
non recepte et dolí. De onuiibns et siiigiilis
ceiisibns díctis qiiod iiobis et dicto prior atiis
facitis et qitod nobis debitiset so tus iisque ad
liac presenti die vos et onuiia bonavestraab-
sotviíJins^ salvo Jure iiostro iii ceusibiis fa-
ciendis. Actiini bisiilduni test i bus Beniardus
Ptontii Pbr. Bisiddiini et P. de Plontii.»
Fr. Jaime Pons.
(1020)
Era natural de Vilasar, obispado de Barcelona,
y monje del convento de Ntra. Sra. del Pilar de
la ciudad de Gerona, cuando fué electo por Prior
del monasterio de Santa María de Besalü. Murió
en el año 1020 (1).
Francisco Avinyó.
(1030)
Hemos encontrado noticia de dicho Prior en una
escritura autorizada por el notario de Besalü don
Miguel Subirás, de fecha O de Mayo de 1030, que
es una prestaci(3n de juramento y homenaje he-
cha por Miguel Casellas por varias tierras (¿ue
poseía, según ])revenía la sentencia arbitral dada
por el rey D. Fernando el Católico, en 21 de
Abril del año 1480, entre señores y i)ayeses de
remensa, en su capítulo 7.° Consta en la misma
escritura que él hizo dicha prestación al mencio-
nado Prior y dentro el priorato de Santa María,
(1) Fr. José Massot. Compendio hislorial de la Oulcn de
nuestro padre San Agustín, plantado en el Principado de Cata-
luña, páii. ISI .
situado (le])njo dol rastillo, y á ruya i^'lcsia la.
llama scM'-ular y rolcí^'iatii />. Alaria' [\).
Dr. Baltasar Descatllar y Bonaselva.
(17:33)
Nos da noticia dr diclio Prior ol doriiiiiento ([ue
insertaiuos ú contiiiuaciíin, encoiitrado debajo de
la tarima y asiento del org'anista, al reeom|)oner
el (h'gano de la parroquial igdesia de San Vicente
de Besali'i, antiguamente dependiente de la de
Santa María. Dicho documento se encontró arro-
llado con un pedazo de perg-amino, el cual so co-
locó de nuevo en el mismo lug'ar; pero tomó co-
pia mi distinguido é ilustrado amigo 1). Joat^iín
Matas^ notario de dicha villa, á cuya galantería
debo el poder publicarlo. Dice así el documento,
notable por los datos de interés local que de su
lectura se desprenden:
« Vuy que comptam ais xíj del mes de Agost
del any de la Nativitat del Sor lesuchrist de
mil set cents trenta y tres trovantse Ohrers
déla Obra de la present Iglesia de Sant Vi-
cents de la present Vita de Besalú Lo Rve-
rent Josep Puginra y Massid Pvre y Canon-
ge de la Iglesia de Sta Alaria baix castell
de dita present vita de Besalú y Beneficiat
de dita Iglesia de St Vicents , lo D. Miqnel
Berga Notari piihlich de dita vita y Cebrid
Guell pages de la mateixa vil a se ha comen-
sal a posar la present orga en dita Iglesia
de Sant Vicens. La manifainria del qiial ha
(1) Archivo (le casa Caulas de Besalú.
140 NOTICIAS HISTÓRICAS.
costat sis ceiitas tventa set Uinvas den soiis ,
moneda barcelonesa , ademes de las cuals se
ha donat la d espíala del orga bell á Anión
Bnscd , fado y de orgas de la cíutat de Bar-
celona qui lia trevallat y posat aqnell. Y se
Jia acabat de posar lo die vnyl de octubre de
dit any 1733 , ademes de las qnals 637 íí
10 *} ha costat mías cent seixanta llinras mes
per los jomáis de fiister, mestres de casas y
ferramenta que no anava compres ab la ma-
nifaturia del dit orga. No obstan de haberse
ahorrat lo gasto de la vida de Francisco
Saguí fadrí fuster de dita ciutat de Barcelo-
na qid ha treballat la fusta del dit orga en
la present vila , per haber anal aquell á men-
jar en differents casas de dita present vila.
En la manifaturia del qual orga los magni-
fichs Sors Regidors de dita present vila no
han volgut donar cosa alguna y de fornm
que es estat precis d dits obrers per poder
pagar y satisfer la manifaturia del dit
orga vendré r y cedir differents censáis es-
pectants d dita obra; si sois la Rnt Conmjii-
tat de Prever es de dita Iglesia de Sant Vi-
cens y per ella lo Ilustre y Molt R}it Sor D"
Balthezar Descatllar y de Bonaselva, Q. D.
D'' Preveré y Prior de dita Iglesia de Sta
Mari a y Capellá Major de dita Iglesia de
St Vicens^ los Pnts Benet Vila, Sebastid
Ciará Domers, Pe re Feliu sachrista, Joan
Oliveda di acá, Joseph Pujol ar, lo dit Jo-
sephPiigiuray Massid, Isidro CasarramoíUí,
Francisco Blandí, Esteve Brugada, Fran-
cisco Ca sel I as, Jaume Pujol, Joseph Cullell^
iti:sAi,(i
II
Joan Bnptísta Jiffycu y Joan Pu jalar , fots
J^rci'rrcs, y /u'nr/ic/aís de ilila iglesia, ijiti
¡lan donat per ajudar á pairar la DKaiiJdln-
n'a del dit oví^a Ircnla Iliuras )nojicda bar-
ccloucsa. lol per lacnioria.
Se íioía com lo aiiy 17 ^V2 se fea lo 0}\^d
del Monestir de Sant Fere de la presen vi la.
Costa de la )Jiaia'feturia del aiateix Antón
Busea unas 850 ii. barcelonesas.
Ita est — Micluel Berga not arias Regias el
pnblicus do ni i ñas id i lis et propietarias No-
tarice publicce hujusccc Monasterii Sti Petri
villa Bisaldnni et operarlas de presentí dic-
tce o pene.»
mmmmmmmmímmm
■"iji iJM""MÍi MJi i|ii""MÍi iii""ii|i iiiP'"iiiiii"'MJi¡i¡¡'M¡jJM.M|Ji|,iM;ijj¡i;;;;i¡jj¡;;;;ijj¡¡i..;¡¡i¡¡;;;ii¡j¡¡;;
Adiciones al tomo IlL
Barones de Santa Paa.
Berenguer I.
(1380)
Heredó Berciiguei' la señoría de la Clusa allá
por los años 1380, seg'iíii dice uno de sus descen-
dientes, como á legítimo sucesor de Blanca, hija
V heredera de Poncio de la Clusa. Con fecha 18
de Septiemhre del año 1381, el Infante 1). Juan,
hijo y lugarteniente del rey D. Pedro de Aragón,
vendió á Berenguer en franco alodio el mero y
mixto imperio, con la jurisdicción alta y haja y
con todos los demás derechos que el Rey pudiese
tener en el lugar y territorio de la Clusa, que le
pertenecía, con excepción del castillo situado en
dicho lugar: In loco et terniinis de la Cltisa
quod cst vcstri , dciiipio castro sen fortiUidi-
ne in dicto loco de la Clusa si tí tato (1).
Con fecha 14 I)icieml)re del año 1400, el rey de
Aragón D. Martín concedió á Berenguer el dere-
cho de portazgo en la Clusa. « Considerando, di-
(I) Archivos (Jcparlumeiilulos de Püipifuiii. B. I \i. I."3i.
SAiSiTA 1»AI . W^
ce el Key, <|in' |>;ir:i «'\ itar los <_;r;ni<l<'s danos (• iii
coinodidadcs ;i las jxírsouas ((iic pasan poi* el co-
Ihido d(d Portiis, á cansa del mal estado de los
eaniiiios, y j)ara facilitar la ida y vuelta de los
([uc atraviesan el territorio dr la ('lusa, el caba-
llero l^ereiig"U(n' de Onis lia t(ínido ((ue Inu^er
í^'raudes ^-astos. tanto j)ara construir y entrete-
ner un puente (|ue facilitase el |)asa¡e á los viaje-
rus, le autorizamos para (jue pueda })ercibir un
derecho de barra sobre todos los (|ue ])asen por
dicho camino del castilllo y lugar de la (.'lu-
sa» (1).
El rey D. Alfonso de Arag-ón, en carta techada
en el cam])o de Augliólio (Ñapóles), con fecha 16
Mayo del año 1440, teniendo en cuenta los gran-
des gastos que para la construcción de los puen-
tes de la carretera que pasa por el lugar y casti-
llo de la Clusa había hecho su consejero Beren-
guer de Oms, gobernador del reino de Mallorca y
señor de la Clusa, le autorizaba para que pudiese
cobrar un derecho de portazgo sobre todos los pa-
sajeros que pasasen por dicha carretera, consis-
tente en un dinero por cada hombre á caballo, ó
conduciendo un animal carn'ado ó no. v un óbolo
por cada pasajero.
Gruillermo de Oms.
(1510)
Al escribir las Noticias Jiistóricas de Santa
Pan, no encontramos datos de dicho Barón más
que hasta el año 1503: pero Mr. Alart. ensusA^í?-
(I) Procuración real. Registro XXXI. páu. U'l.
18— VI.
144 NOTICIAS HISTÓRICAS.
tices ¡listó n'giícs sur les comimuies del Roitssi-
llojí, nos da á conocei* que aun vivía Guillermo
en el año 1510, puesto que, con fecha 20 de Ju-
nio del mencionado año, el rey 1). Fernando el
Católico le concedií) privile<4'io de poder vedar,
para defender la caza y pesca, todo el territorio
de la Clusa y baronía de Montesquíu.
Berenguer IV.
(1640)
Dicho Barón existía aún en el año 1G4(), pues
con fecha 23 de Junio del mencionado año, es-
cribió desde Barcelona á S. M. el Rey la siguien-
te carta acerca de los alborotos de Perpiñán:
«Señor. — El l)u(|ue de Cardona a ya dado cuen-
ta á y. M.'^ cómo se yua a componer los alborotos
de Perpiñán, que son tales que acá a passado la
palabra que la artillería del Castillo abria assola-
do aquella villa, y del Ampurdan y de la villa de
Ceret a anido cartas de quán apretadas estañan
las cosas por allá y cómo los desta ciudad tienen
tanto interés en la conseruacion de aquella villa
y ser grande seruicio de V. Mag.^^conserualla, a
parecido deuia el Duque acudir con su persona
adonde se hallaua el mayor peligro, y aunque
con mucha falta de salud se puso en una litera
ayer por la mañana, siguiéndole después el Con-
seller en Cap y á la tarde el Diputado militar, y
oy se van tras el Duque los Obispos de Vi({ue y
Urgel, ({ue en esta ocasión son muy á propósito
para valerse de su autoridad y su consejo; á (|ue-
rido el Duque que yo quedasse en en este lugar
por su Teniente a tiem])o ([ue pensaua irme con
SANTA PAL. 145
mi Clisa 11 Sania Pan, dcsdií adonde, no hnnicran
íaltiido ociisioiM's de scrnii* ;i \ . M. (|ni(''i con más
(jiiiotnd (|nc |)oi' ac;'i: en (inal(iniri- parle sal)i*(''
a\'(Mitui*ai* mi persona y mi casa en scnaiicio de
V. Ma<j;-.'l como d(nu), pues en (dio esti'ihii mi ma-
vor interés. I í nardo Dios ;i \ . Ma<»"/' (M)mo la
Cliristiandad a menester y yo dezeo. Barcelona y
Junio :¿l] de 1()Í0. --Don l^ereng'uer de Oms y de
Santa Pan (1).
María Teresa de Oms.
(l()4-2)
Decíamos ya, al ocuparnos del barón de Santa
Pan Antonio II, esposo de D.'' María Teresa de
Oms, que debió fallecer antes del año 1G47, en
virtud de la concordia celebrada por su esposa y
la Universidad de Santa Fau; pero debía haber
fallecido ya en el año 1642, pues á 2 de Noviem-
bre de dicho año, Jaime Frexa, procurador de di-
cha señora, tomó posesión de la señoría de la Clu-
sa en su nombre. Mas como el Rosellón fué ocu-
pado por los ejércitos franceses y como la familia
de Oms, patriotas como siempre, se habían decla-
rado en favor de España, les fueron confiscados
todos los bienes que poseían en el Rosellón, en
la insurrección del año 1652. Los señoríos de
Montesquíu y de la Clusa, pertenecientes á dicha
familia, fueron cedidos a Inés Dulach, viuda de
Pedro La Cavallería, la que tomó posesión de la
Clusa en 30 de Septiembre del año 1654.
(I) Archivo ííeneral de Simancas, ycgociado de Guerra^
legajo núm, 1 .336.
146
NOTÍCIAS HISTÓRICAS,
Kii virtud del tratado do 1(js Pirineos, en el año
1 ()()(). la familia do Oins volvit) á rooobrar sus
bienes.
Manuel de Oms.
,1070)
Sogn'in acta firmada ou el lugar do Portús, pa-
rroquia do San Juan do Al])era, de fecha 8 de
Septiembre del año 1670, 1). ^lanuel de Oras y de
Santa Pau vendió el castillo y lugar de Santa
María de la Clusa á Francisco Puig' y Terráts,
doctor en derecho.
I □ Qj ij] □ Ci L£] □ [vJ LT] n Ci LQ □ QiHl D ÍHHI □
numntmmrmmnmmnm
:¡ij¡j¡iÍMÍjjjii^;ijjjiin:iiiJ¡i: ij¡i¡¡;;:;;¡¡¡¡i;:;;jiJ¡.MÍiiiJiiÍMÍii¡¡M.¡i¡j¡¡M:¡ii|iii;:ii¡iJiii^iíjj¡iÍMÍJi¡iiÍM
Adición al tomo III. cíip. Xlll.
Pmopzs de pinestras,
Bernardo Esteva.
(12()())
El prior más antiguo de Kinestras de que había-
mos encontrado noticias era Arnaldo, cuya exis-
tencia atestig'uálmmos en el año 1203; pero el do-
cumento ([ue copiamos a continuación nos da á
conocer un nuevo Prior llamado Bernardo Esteva
en el año l'iOO. Dice así el mencionado docu-
mento, que debemos á la ama])ilidad del erudito
sacerdote y amante de nuestra historia Rdo. don
Francisco Terricabris:
Sü notw)i ciuictís. Qiiod cgo Petriis Ste-
phani et Gtiillellmiis de Roqueta convenimos
tibí Johanni de Lauro et filio ttio Raiinundo
et vestris, honafide, qiiod si aliqno tempore
veniret vovis aliqnod dapninn pro illa car-
ta qna fuit facta inter te janí dictiini H. Jo-
lianneni de Lauro et nxoreni tuaní Erntesen-
deni, qiianí nos etianí tenebaimis in coman-
da, totíim conveninms vobis restitnere per
nostrnm (planitnm)? verbum sancto sacra-
mento. Et siinititer promitti/nns vobis^ bo-
148 NOTICIAS HISTÓRICAS.
)i(i Ji(Ií\ qitod si (iliqíio Icuipovc {iii fuliintuí)?
carta invcnivctuv. quod ycddaaiits vobis ad
vestniíJi voliuitatc ct de ¡ion (feceriíiins) et
pvoptcv Jioc danipmiiii vcl quaiditiii fcceritis,
toiiDii douaiíuis vobis ct assignaiiiiis in oui-
nibus nostris rcbíis in ave re (sic) et honore
(ubique)? et de Jwc tenere apud vos in niorte
et invita quisque nostrwn prototo. Et ego
Petriis StepJiani predictus in persona et in
anima mea et dictas Guillellmus de RocJw-
to juro supra sancta quatuor Dei evangelia
nostris propriis ¡nanibus Jacta Jioc totuní
vovis fidetiter atendere et cojnplere ad ves-
tram voluntatem. Actum est Jioc XII kalen-
das aprilis auno Dominii M.CCVI Sig\'num
Petri Stephani. Sig';num G. de Rocheto,
qui Jwc firniamus et laudamus. Sig'\num Pe-
tri de FoscJiis. Sig'\num provincialis et aba-
cialis.
Petriis de Sabiana qui Jioc scripsit die et
anuo quo supra.
Bernardus StepJiani levita et prior beate
(M) de Fenestris signo f.
Fr. Pedro.
(124())
De la misma época, y anterior también á Ar-
naldo, liemos encontrado noticia de nn Prior lla-
mado Pedro, el que intervino en concordar el ma-
trimonio entre Bernardo Torrents, feligrés suyo,
y María Llor, de San Mi^-uel d(* Torn, con fecha
'27 Septiembre del año ]*J4().
iDDJHiD[HH]niHH]n[HH]n[HtaD[H"incyH]m[yy]ni
''i|pi'''''Í|1i'"''i¡¡i'''''¡jii''"¡i¡¡i'''''Íj¡i'"''ÍÍ¡'''" '¡1'"
Adición al tomo Y. cíi]). IX.
Al tratar en rl tomo \' de la (tasa reli<^'iosa dn
Santa María tk' IMii<^'parcliiias, monasterio so^^-lar
(le Agustinos on el siglo XIÍ, decíamos (|ue más
tarde perdió su independencia por haberse incor-
porado al priorato de Manlléu, junto con las iglc^-
sias anexas a la misma, v nos confirma en núes-
tra opini<')n la siguiente escritura existente en el
archiv(j parroquial de Manllcu:
« Die vcnevis III inensis marciano douiini
MCCCCXL VII
Jo en pere guillem, de parroquia de s. privat
del bisbat de gerone, confes mi deure á vos reve-
rent mossent gebriel perets, prior de manleu
LXIIII sous barcelonesos per raho de blat. lo
quall de vos é agut, le quall quantitat vos pro-
met de peguar, so es, la meytat en la feste de
pas([ua prop vinent, é tot lo restant en lo mes
de juy seguent sots pena del ters á requesta de
X dias. Es ab obligado de toto moblens é renon-
ciant á mon prop.i ffor. em somet á tfor. Enquara
mes si despenses ne son fetes, item si trebelar ne
conven, ab salari de V sous. ítem jur toto les co-
ses fer é teñir.
Testes mossen bartomeu preveré de manleu, mos-
sen guillem seget, regent la vicaria de manleu.»
PENDICE DE
\w
OCUNIENTOS
I.
Acta de consagración de la iglesia de San Pedro de
Camprodón por el obispo de Gerona Servs Dei,
en el año 904.
isí uomine Düiiiiiii Dei eteriii sub auno lucaruatio-
nis Domiiii uostri Jhesu Christi DCCCC.IIII. indiccio-
ne VIL ipsa die V. kalendas decembris, auno Y. reg'-
iiante Karulo Reg*e, ñlio Leudevici veniens vir reve-
rentissimus Servus Dei, Sedis Gerundeiisis g-ratia
Dei Episcopus ad consecrandam ecclesiam qUcP est
sita in pag'o Bisuldimense in liouore Saiicti Petri iii
locum que dicitur Camporotundo. Donamus ad ean-
dem ecclesiam in die dedicationissua? Suniarius vir
relig'iosus laicus necnon et Bonesindus presbiter
campos dúos: unum ad Pinosam, et alterum in Ti-
llare Placiti qui sunt modiatas IIII. et dimidia. Do-
namus nos supra dicti istos campos prenominatos
ad ipsam ecclesiam Sancti Petri pro remedium ani-
VI. — APÉNDICES. — 1
AIMÍNÜICK,
iiiai-U!ii iKj^Iraru'ii al) O li i-iio dic (*t t'inpo'c: ])('r
haiic scrí[,'tiirain tlüiiationis iio.^tra' prcilicia ecclesia
tradiimis et coiicediinus ab omni integ'ritate, ita ut
incoi)s ibidom subjaceat mancipata iit nullus iim-
qiiam temporibiis, iiec Comes, iiec Vicos Comes,
nec Yicarius nec certa ulla secularis potestas cliris-
tiana obseqiiiuin vel reg-ule obtinere pleriter Deo au-
xiliante in ómnibus defenderé luturis temporibus.
Et eg"© Domnus Servus Dei Episcopus dono ad do-
mum Santi Petri Apóstol i parrocliia villa qutr vo-
cant Tabulato et villa Pu^-nam Francorum, e¿ villa
Mag-riano, et villa Frexa-ieto, et Porrarias et Seg-o-
rilias et Graxanturri et Paratella. Dono eg'o jam dic-
tus Servus Dei Episcopus de istas villas superius no
niinatas a domum Sancti Petri x\postoli decimas et
primitias, sicut cannones docent. Et de ipsa ecclesia
domum Sancti Petri Apostoli per sing-ulos annos
censu exinde exeat a domum Sancta' Maria\ Maíris
Domini nostri Jliesu Cliristi qua' est fundata infra
muros Jerunde civitatis vel ad eius Episcoi)um, si-
cut cannones d.cent. Siquidem nos suprascripti aut
uUus homo quod contra hanc donationem a nobis
factam ad inrumpendum venerit aut nos venerimus
aut ullus Episcopus aut posteritas nostra imferant
sen imferam aut partibus eiusdem ecclesiíTe Sancti
Petri Apostoli auri libras lili, componere fatiat. et
insuper ista donaíio in ómnibus obtineat roborem.
Pacta donatio ipsa die VI. kaleudas decembras anuo
V. reg-nante Karulo Reg-e fílio Leudevici.=Eg'o l-Bo-
nesindus })resbiter qui hanc donacione feci.:=Sií^v
num Sunia.iuó qui hanc donationem .=vSer-
vus Dei humilis Episcoi)us ss.--Modicus Georg-ius
sacerdos iudig-nus et Abba exiguus presens assis-
tents.^-Windisclus presbiter ss.=-^Ingilbertus ss.—
Servus Dei Archilevita ss.— l'ndila presbiter ss.--^. .
presbiter ss.^-Sig'lnum Undilus.-- Sig'vuum
Genesius.--Sigvnum Odeg-arius.^Sigvnum Justinia-
(■ AMI'UOlMtN.
:í
n'i'5.^-Sio'¡-n'im t^II lo =^i^''!-nnrn Wisti'iini-
• i í " > »-r m II 'til! >'Lr|!iii n } i (if n his.
.>i/»^'i lii< AM'liin Vii^iilf'i^ -i-í —•'*!! I'IVímI US
|)r<»sl)ir(M' ({iii liaiic (loiialioiK* scripsi ct subscripsi
siib dú' ('í auno i[\i()d siipra.
II.
Privilegio otorgado por el rey de Francia Luis el
Ultramarino á favor del monasterio de San Pe-
dro de Gamprodón, con fecha 3 de Febrero del
año 953.
N nomine sanctfe et individua^ Trinitatis: Leudo-
vicus divina miserante clemencia Francorum Rex.
Si loéis Sanctorum divino cultui mancipatis, servo-
rumque (Dei) necessitatibus opem conferimus, re-
g-imen pro certo exercemusse molumentum adque ad
eternai beatitudinis gdoriam facilius pervenire con-
fidimus. Ig'itur omnium sanctiB Dei Ecclesiíe fide-
lium tam presencium quam et fiiturorum ag-noscat
sollercia quoniam nostram audiens presentiam Wi-
fredus Comes retulit nobis qualiter quendam loce-
Uum in honore Sancti Petri situm in pag'o Bisu Rú-
ñense, ob Dei eiusdemque Principis Apostolorum
amorem sua^ hereditatis rebus aput Gothmarum,
Gei'undensis ecclesia' Presulem cum consensu tam
clericorum quam laicorum predictjií Sedis reg'ulari-
ter firraiterque comutaverat ut moris est, rea scilicet
ratione ut inibi regula Beati Benedicti cum Abbate
proprio exerceretur. ünde nostnv altitudinis muni-
ñcentiam satis reverenter expetiit, (juatinus priedic-
tum ccenoblum nostr* ditioni omnino vendicantes
(AMI'UUDON.
ciiiii oiiiiiilms jiislc sil)i |)(>rl¡n(Mitíbiis iiosirMí rc^-a-
liíalis praícopto coiiíirinarc (Ü^'iiaromur. Ciiíus ])ra'-
(licti Coinitis WiíVcdi pcíiÜDiiihiis libcntor siisci-
})iont(\s pi'a'dicüiin inonastcriiiiii ciiiii Abhatc Laii-
íVcdo ci monat'liis ac ()iiin¡l)iis rcljiís sími \ ¡llarihiis,
\ i(l('l¡('(M, (H'(',I(*s¡;uii iii hoiiorc Sancli Clirislolori iii
\illa ((ua' (liciliii- ('rosccntiiri, el silvaiii (|iia* cidoin
moiíastorio adiacaM cum Iímtís. uiolciidiiüs et pratis:
et in alio loco villain (iiio vocatur Pii^*na Francho-
i'iim cum ñiübus ac terminis sivc aulodes (iuos pre-
dictus Comes WiíVcdus oidem monasterio per carta
contulit, scilicet iii comitatibus BisuUunense, et iii
Valle asperi. aulodes quoque quos g*enitrix prefati
Comitis prelibato monasterio in pa^-is scilicet Bisu-
Uunense liac in valle confluente dedit: aulodes
etiam omnes quos prenominatus Abbas Laufredus
ad predictum locum tradidit cum pace; omnia supra-
dicta cum omnium rerum integTitate sub nostra de-
ífensione sicut dictum est integerrime contra om-
nium inquietudines liominum reg'ia auctoritate prse-
cipimus atque jubemus. ut nullus judex publicus
vel qujplibet judicialia potestas in ecclesias aut loca
sepe dicti monasterii, aut causas judiciario more
audiendas vel freda exigenda vel paratas faciendas,
aut ullas redliibitiones aut fideiiussores toUendos
vel illorum distring-endos homines aut illicitas oc-
casiones requirendas ing-redi audeat, sed ñeque via-
ticum, ñeque portaticum. ñeque silvaticum, ñeque
pascuarium, ñeque theloneum aut ullum illicitum
debitum exigere pr?essumat: sed cum supra memo-
ratis rebus ómnibus prediccto monasterio pertinen-
tibus in quibus quoque consistant locis quod lias ju-
ste ad presens possidere videtur, simul cum bis
quas divina pietas eidem loco per suos quoque fide-
les aug-ere voluerit, liceat memorato Abbate suisque
successoribus regulariter viventibus et monachis
inibi sccuudum reg-ulam Sancti Benedicti deo-enti-
APMNDICK.
])us qui(»t(^ viv(M'(\ (^asdíMnciUO res ruin oinni soniri-
tate et niiiioi-.-irioiK^ ])()ssi(l('i'o: (^t pro iiobis prohM^uí^
nostra sen stal)i!¡tate totius r('^"ni nostri socnr(' divi-
iiaiii valcant exorare miscricordiam: et quaiulo iiie-
iiioratiis Abba de ae luce mií^-raverit, licentiaiu ha-
beant ex semetipsis, si dif^-nus inveniri })oterit, om-
ui tenipore Abbatein eli<¿-ere. l^t ni lave auctoriíati.s
conñrinacio i)erpetiiü firiiiilatis obtineat vi<^'()rein
manus nostra eaiii su])ter fírinaiites, anulo nostro
insio-nili decrevimus. Aktum Reme civitate III. no-
nas februarii, inditione VI. anno XVI regniante Lu-
dovieo gdorioso Reg*e.
00 ®^.
III.
Acta de elección del abad del monasterio de San
Pedro de Camprodón, Teodorico, de fecha 29 Ju-
nio del año 962.
osT Dümini nostri losii Christi ascentionom
saiicta mater Ecclesia per quadriflua climata cosmi
per prne licationem beatoriim Apostoloriim sea cete-
rorum sancturiim dilatata fiüt ac decorata. Iinpc-
dientibus veru deliinc peccatis fidelium, procella
perseciitionis in eadem Ecclesia sa?viente, nutu divi'
no beati martyres adepti Piint coronam martyrii.
Denique per specus et latibula latitantes. vix con-
ventuales vel conciliabula pag-anorum insistente
perseeutione celebrare audebant. Ob id vero coepe-
runt destrui Ecclesue Christi, et in ipsis specubus á
Christi cu!toribüs celebrari Christianitatis m^-steria.
Cessante denique Christo fabente persecutionis pro-
ceUa, a quibusdain Ueg-ibus sen Principibus, qui
jam eífecti fuerant membra ejusdem EcclesiíP, pas-
sim ubique, veluti qusedam raniuscula, iedificia Ec-
clesiarum coeperunt exurg-ere ac pelluhire. mona-
steria vero ad serviendum Christo Domino devo-
tissimé construi ab ipsis proceribus vel ab ipsis
pra^sulibus. Denique exempla eoruní sequntus no-
8 APÉNDICE
sti'is temporibus inclitu.s Comes Viiifredus expeti-
vit á Domino Cluotmaro (íeruiulensis P^cclesia' Epis-
ro])ü iit commutaret vi Krclesiam beati Petri ])riii-
cipi.s Apostoloruiii (|iia' sita est iii territorio líi.suldu-
iieiLsi iii locum ciii olim a prioribu.s vocabulum iii-
ditum fiiit Campus-rotundus. quatenus illic mo-
iiasterium deberet ac posset construcre, sicuti et fe-
cit, daiis videlicet pro ipsa Ecclesia 'alodes proprios
fjuos habebat idcm Comes in ])ag*aiio Bisulduiieiisi
In Mauiculo et in Fig'arias et solidos mille, ea vi-
delicet conditione ut ipsi alodes perenniter pro jam
supradicta Ecclesia in Gerundensi Ecclesia firmi-
ter permanerent. Et commutatione vern cnm om-
nium clericorum assensu per acta atqne firmata, nna
cum consilio fratrnm snorum scilicet domni Senio-
fredi et domni Olibani Comitibus, necnon et dom-
ni Mironi itidem fratri suo Levita^, perrexit ídem
Comes Yuifredus Francia? ante domnum Ludovi-
cum Imperatorem. et ipsam Ecclesiam beati Petri
Arcliiclavig-eri contulit regias dig-nitati. Post luec
vero per pra^ceptum imperiale accepta potestatis
limina licenter enndem C(eno])inm a^difícavit sine
ullius interdictione, ac conventiculam monaclio-
rum Cliristo Domino ibidem servientium ag-g*reg'a-
vit, et cum sug-g-essione illorum Abbatem nomine
laufredum ibidem eleg'it, et domno (luotmaro su-
pradicto Episcopo expetiit ordinanduni. Ordinatus
autem, pauco ibidem t(ímpore moratus. eleg'it prop-
ter vitje a^tern^B prannium pereg-rinationis subiré
exilium. Pra'terea dum ejus a monacliis priiesto-
labatur reditus, contig-it ut isdem inclitus Comes
Yuifredus mig-raretur a seculo. Accipiente vero
dominatum illius Iratre suo domno Seniofredo, ve-
nerunt ipsi monaclii ante ejus i)ra\sentiam poscen-
tis sibi ordinari Abbatem, cíim jam septeni et eo
ampliús anuos pnx'stolassent adventum suprataxati
Abl)atis. Ad ille una cum consilio domni Arnulfi
CAMI'UODO.N.
Ki)is('oi)¡ Geruiuloiisis Kcnlesijr ct ciim volu rítate
üniniíiiii niüiiHclioruui atciuo {iccljiínjitiono fidcliiim
rcli^-iosormn tam clericorum íjuain laícorum coiis-
tiiiit ibi Al)l)at(Mii iioniiiin TíMidericiun cum ordina-
tione supradicti Poiitilicis. Qiii vidclicet isdein T(mi-
doricus al) ipsis ciuiabulis sacris littoris cst oruditus
et iii disciplina monástica eniitritus, üei timore rc-
pletiis, atqiic a niortalibus vitiis omnimodis extra-
neiis. Ordinatus aiitcm favcntibus atqne conscn-
ticntibiis cunctis pariterque orantibus ut simul
pastor cuín ^'ref^'c et ^tcx cum pastorc ad superuje.
vocationis Christo auxiliante valeant pervenire. Exa-
rata est autem liíec scheda III. Kal. lulii, imperan-
te Lotario Re<»-e anno VIII. principatus ejusdem.
V Arnulfus sanct^e sedis Gerundensis Ecclesiíe
Episcopus. Y Andreas sacerdos et monaclius. v Fe-
rossictus sacerdos et monaclius. i Adericus sacerdos
et monachus. i Anclus Presbyter et monachus.
-r Undilbus Levita et monaclius. -;- Frovidus Levita
et monaclius. i Adrovario Levita et monachus.
S. Bulg-aravi nionaclii. f Adalbertus Subdiaconus
et monaclius, v Rag-no monachus. t Amelius mona-
chus. i Arg-emirus monachus. S. Gualulonii mona-
chi. i Seniofredus monachus. i Suniarius sacer-
dos et monachus. f Taug-radus Levita et monachus.
i Amalricus monachus. I Oliba Comes, f Aayro Le-
vita, f Seniofredus Comes.
S. Leopudus. S. Fairo. S. Armomirus. Ludovicus,
qui hanc electionem vel adclamationem scripsi et
subscripsi die anno que pra^fixo.
oO=
VI— APÉXDICES. — 2
lY.
Acta de elección del abad del monasterio de San
Pedro de Camprodón, Dodo I, de fecha 24 de Fe-
brero del año 976.
videbantur exiiendi. ()b id eg-o prelibatus presul
(Miro) divino ut hoctumo spiratus ñamine more de-
cessorum meoriim protinus abnui, ct in Imic sacra-
to loco monachis undecumque collectis locavi ut
omnipotenti Deo et prelibati martiris sub reg-ula al-
mi Patris Bonedicti militarent et ])ro statu totius
jvclesia' eiiLs cleinentiam jug'iter implorarent. Proin-
de ig'itur nos licet exig-ua cong'reg'atiuncula tamen
lioc scientes, quia equonomi greg'i dominicis solerti
convenit cura insistere, et truculentum idrum a cor-
dibus fidelium propulsare, quia quantum extremum
diem novit pro})inquare, tanto sevius caulas domi-
nicas nititur inciirsare: et ideo clementiam prívscrip-
ti Episcopi suique fratri Domni Olibani Comitis liu-
metenus deposcimus ut pro amore divino nobis con-
sulere studeamini et Abbatem Deo dig'num nobis
prfevidere dig-nemini, scientes pro hoc mercedem
bonam a Domino recompensari, si illud caste et ze-
lo Dei fecerint: siente contra peccatum, si negdexe-
rint. Idcirco eg-o prrelibatus Episcopus unacum con-
silio supra dicti fratris mei, necnon et cum assensu
C.VMrHüDÚN. 11
iiK'ormii catorvc clcriconiin prn-diotn' kjitcrs iilc f.'is
trihiionics iit secundiiin rc^'iihiiii ulrny Patris Hciic-
(licti Al)])atein sibi ol¡í4*criiit ciüiis iiiorií^cris fainii-
loiitiir ol)S(Miiiiis. Nos or^'o li(*(ít exi^'iia coiif^Tí^í^'-ntio
solortor illmii iiivostií^'antos ot din ([ua'situní diviiii-
tus iiobis delatum iioiniíio DodoiUMn, (jui cuín ()j)i-
tiilatioiie divina sccundiun nostri arbiti'ii looo Pa-
tris congTuesat potcst constitiii. Qui con iJcatus Ho-
ncdictus odocet, duplici doctrina snis pra^esse valot
discii)nlis, non a nostro ordine videlicet oxtornnni,
sed snb monástica disciplina din clo<4*antissime cdo-
catum, quem bonis novimus moribns adornatum,
sapientia sale conditum, karitate rutilum, castitate
notidnm, humilitate prfecipuum, prndentia astu-
tum, misericordia et pietate eg^r'^ginm et reg-ulari
norma ad plennm istructum. His et alus virtutibus
opido contum. dig'uum, talem ac tnntiim per omn'a
Deo virnm eli<i*itnns atqne adclamnmns, ac fieri no-
bis Abbatem poposcimus, quo patrocinante suave
Christi portare qneamus jug-um et patris jure super
nos teneat principatum. Eg'o igitur praescriptus
Episcopus una cum fratri meo Domni Olibani Comi-
tis peticioni istorum fratrum faventes CcPdimus pra^s-
criptum cenobiolum cum rebus ómnibus sibi perti-
nentibus tuaí ditioni, ut amodo cum tibi subditis re-
gulariter Deo militare studeas, et rebus ómnibus re-
g'ulariter fruearis, tuearisque et deífendas. Et ut
hgec huius adclamationisscedula plenam et incon-
vulsibilem omni tempore obtineat roborem, manu
propria subter firmavimus, stadmis et bonis homi-
nibus roborare curavimus subscriptionibus et si-
gnis. Exarata est igitur hsec adclamationis scedula
elapsis Dominicas humanationis annis ter senis
quinquag-enis, ebdeque denis ter binisque, índicio-
ne tetra, die bisterna kalendarum martiarum, anno
tetra pento dipondio Leuthario Francorum Reo-e ob-
tinente reg'no.^Miro g-ratia Dei Episcopus ss.=01i-
12
APKN DICES.
ba gratia Dei Comes ss.^PonciusTSS.=Odo levita
ss.=Teiidericus Abba ss.=-Hacfre(liis Archilevita ss.
=W'ig*ila presbiter ss.=Rodestag*nus subdiaconus
ss.--^Eiulalecus monacus ss.— Eldericus inonacus ss.
=Barone levita ss.=Ferrucio monacus ss.=Gultere-
dus monacuS ss. =Durandus monacus ss.=Radulfus
monacus ss.=Truitarius monacus ss.-=01iba levita
ss.=Servus Dei levita ss.=Seniofi'edus levita ss.=
Modeg-arius levita ss.=\Vilelmus subdiaconus ss.=
Petrus subdiaconus ss.=Morg-adus presbiter ss.=
Déla levita ss
V.
Sentencia dada por el conde de Besalú Oliva Ca-
breta con sus jueces, en el pleito entre Dodo II,
abad del monasterio de San Pedro de Campro-
dón, y Durando, monje del monasterio de San
Lorenzo de Bagá, en el año 988.
üTiTiA per Adortanem judicum facta ante
Dumno prefalg-idoque Olíbano Comité, a cuius pre-
sentía residebant sacerdotes, id est Balderico et Ba-
lasco, et judíces id est Aurutio et Seníuldo et Marco
presbíteroque et judice, maioresque natu id est
Guandalgaudís Yíces Comitís et Auriolus et Bone-
filius et Tetbertus et Wilabertus et Raudegarius et
Tassio etFredoio et Araalrig-o et xA.rnallus etErvig-ius
et alíorum multorum bonorum liominum qui ibi-
dem aderant, ubi venerunt Abbates coenobíis illis,
id est Dodo Abba coenobii Sancti Petri Campo rotun-
do et Durando moñaco qui et mandatarium Abbatís
Seniofredi monasterii Sancti Laurentii de Bag-a-
zano altercantes in alterutrum de ipsa densicula
quod et rustice nuncupatur bosco, qui sistitur infra
termines de ipsa oliva atque de Bestracano: ex utra-
que parte proferentes testes vel scriptis quod con-
dam Domnus Bonefilius Comes qui et Episcopus
instituit sing-ulis ob remedium animpe suse unus-
14 APKN'DICK."=5,
quisque eorum adsereiites ecclesia' matris meae ces-
sit similiter et mei ecclesia» matris cessit, de fines ac
terminio Oiiv;e est, et alius non ita sed de Bestreca-
no. Kt ideo superflue excusantes lex pro petra corri-
pit ut omnis improbitas facillime coerceatur. Aeter-
no et enim Deo arcanoque consilio liumaníe frag-ili-
tatis consulis concreto limo hominera formavit, cu-
ius ex , costa adjutricem parem definxit, scilicet ut
quem decora similitudo extollebat dierum ac tempo-
rum solitudo long-e protensa non terreret. Nam
quamdam ex bine causa exig'.entc quog-ente taliter
coelitus sententia per eosdem jam térra incolita esse
videtur: ac denique adveniente in orbe Spiritu Sanc-
to fabricatoris Noe plasme sujb ag-nito verbistantuní
modo adorato, ast facultatibus diversis sanctis suis
baselisci diutius lionorato. et utique cong-ruum quia
ipse qui larg'itus maiora non est in abolitionc eorum
peccata resistendo minora. Idcirco mag-num est
titulus donationis quod nemo potest inrumpere ac-
tum larg'itatis quod promisit condam supra scripti
Antistis animo et expontanea sua, nullus quog-entis
imperio, nec suadentis ing-enio, sed quod fecit li-
benter debet amplecti, sed liac de re crebrius arbi-
trati sumus et nullo modo arbitrari quivimus, cuius
propricT sit causíe quia densis lato non definivit pro-
priíi? cuius fieret densa. Ig-itur et nos ac denique li-
cet statuta nascendi tempus et ñnem quam unus-
quisque transeat ig'uoramus sed ut sors nobis pmes-
tat et ut {Xítiam aput liominibus laus larg'iatur, con-
g-ruit nobis terminum consultissimum poneré secu-
turis, ut deincebs vel amodum quieta maneat eorum
altercatio, et tune unusquisque quod nunc hic de-
creverimus suo debet vindicari dominio. Ordinamus
denique medietatem ipsius densas uni ecclesia^ et
medietatem alteri perpetim utrisque habitura. Quis-
quís autem suprastitiosus amodo vel ad futurum
extiterit, non valeat eius fabella quamvis pulcra,
(WMI'UODON.
I.-)
S(mI illMIlis Ci M])S(jn(' |)!'()r('('l II pcrill.'IIK'Mt, ct ¡IISlIpí'l'
í'oiiiponat iii vinculo ;i ]);irt¡(|U(' nostr.'i' anri lil)r;is II
el iii ;int(^«i luuic sanctionibiis nostni; (jiniK* per
cviuii valitura stal)il¡(in(' saiixiinus. Facta notitia
cautioiüs Mil kaloiidas (l('c('nil)r(\s anuo I rc^'iiantí;
Ug'one Ueg'o. Oliba Comes {^'ratia Dei ss.- Si^-¡ iiiiiu
Guandalí^-adis Viccs Cümcs.--^SÍTniiin Ariolus. --Mi-
ro ss.=Sig'vniim BüncfiIio.=Sig*vniiin Aniallus.=
Si^--;iiiuu Ato.- -Sií4'vninn Fruila.=:Si^-vnum Oliba
ino(liciiri.--8i^''viiiim Ansulfiis.-=-vAurii(úo ss.=:Kroi-
g-ius presbitcr qiiodnomeiito Marco, qui et judex qui
hfiec scripsi et subj-scripsi die et anno quod supra.
VI.
Venta de una pieza de tierra situada en Villa Godo-
re ó Malloles, en el Rosellón, otorgada por Stefa-
nus á Delane, abad del monasterio de San Pedro
de Camprodón, en el año 1006.
N nomine dñi eg'o Stefanus uinditor siim vobis
Delane abate et congreg-atione Sci Petri apóstol!
Campo rotundo emptore per liaii»- scriptura uindi-
cionis mee uindo uobis térra mea propria qui milii
adnenit per parentorurn. Et est ipsa térra in comi-
tatu Rossilionense in terminio de uilla Godore uel
in uilla que dicunt Malliolas. Et ipsa térra liabet in
long-itudine dextros .xi. et in latitudine dextros .n.
Et afrontat de una parte in térra Sea María de Ma-
lliolas . et de alia parte in térra de A\'illielmo abba-
te' . et de .iii. parte in térra de Teudeuiio (sic) leui-
ta . et de .iiii. parte in térra de Wiscliafredo. Quan-
tum infra istas iiiior afrontationes includunt cum
ipsos dextros sic uindo uobis ipsa térra ab omni in-
tcgTietate cum exiis et re^-ressiis earum propter pre-
cium diñarlos .iin. in rem ualentem quod manibus
meis recepi et est manifestum. Quem uero ista térra
quod superius resonat de meo uire in uestro trado
' Abl)ó, fio (juollc iíbbayc?
CAMíMtoDON.
17
(loininio j)ot(\st?ito racicndi (piod iidIuítíüs übcnnii
¡n (lei noMiiiH' }il)('!itis potcstatciii. i)\i<n[ si c^'o uiii-
(litor Jiut ulliis((ii(' homo (jiii contra liaiic ista cliar-
ta iKMHM'it ad ¡iinmipcnduin non hoc nalcad uindi-
. care (|n()(l i'cíniirit sctcoiiiponat ista torra ¡n duplo
ciun onini ininídiorationo . vA ¡ii antea ista cliarta
firniis et stabilis i)oiMnaneat oniniípie tornpore. Fac-
ía ista cliarta ninditionis .iiii. idus rc])rnari¡ . anno
X. rc^Miantc líodhcrto vv^'(\ ^-\-l^'\\ Steíanns (|ni is-
ta charta uinditione íVcit ct fírinare ro<^-anit. íS-j-i^-ñ
Bonefí lilis. S-|-igñ Lopardus. S-|-i¿^'ñ Seiüoí'rcdus.
S-f-ijJi'fi Bonospars.
ARdKMlKVS Sacer qui ista cliarta uinditione
scripsit et-|-sub die et anno (|Uüd supra.
VI— APÉNDICES — 3.
vil.
Donación de varias piezas de tierra y una viña si-
tuadas en Villa Godore ó Malicies, en el Resellen,
per Arnaldc y su espesa Ele, al menasterie de
S. Pedre de Campredón, en el añe 1006.
N nomine dfii eg-o Arnaldiis et uxor mea Elo do-
natores sumus . domum Sel Petri cenobii Camporo-
tundo per hanc scriptura donationis nostre sic do-
namus . atque tradimus . petliias .11. de térra et
pethia .1. de uinea et aduenit nobis hec omnia per
parentorum . et siint ipsas pethias .11. de térra et
ipsa uinea in comitatu Rossilionense in uilla Godo-
re id est in Malliolas. Et est ipsa una pethia de térra
in ipso Puiolo . et afrontat de .1. latus . in térra de
Ostenne . et de alio latus . interra de Seg-ouino uel
eredes suos . et de .111. parte in térra de Stefano uel
eredes suos . et de mi. parte in térra de Bonospars.
Etalia pethia de térra est in Fuio lenesto . et afron-
tat de .1. parte in uinea Sci Petri cenobii Comporo-
tundo . et de alia parte in térra de Willaberto comi-
té' . et de III parte in uinea de Stefano Juliano . et
de mi. parte in térra de (iothmare qui fuit condam
uel de filios suos. Et est ipsa pethia de uinea in ip-
Comle de Roussillon.
CAMIMIODON.
10
SO Plano . ct afrontat de ii. jímiMcs iii ¡jjsas iiiiicjis (l(;
Odcsinda roiniíia iicl de lilios siios . ct de .111. ¡);ii-t«í
in uinoa de Donato ind de fratrcs snos . ct dv. .1111.
l)arte in uinoa do Olh^^-ario uol er(!d(;s suos. Quan-
tum infra ¡stas totas aíVontationos inoludunt sic do-
nanius . et tradinuis . nos ipsas torras ot ipsa uinoa
quod suporius rosonat ad donium Sci Potri j)roptor
denni et animas nostras ut boatus Petrus ai)ostolus
intercedat pro i)ec('atis nostris ad dominum fime^i.
Quod si nos donatores aut ullusque homo qui contra
lianc ista cliarta donatliiono uenorit pro inrumpen-
dum non hoc ualoat uindicare quod requirit sot in-
primis iram dei incurrat . et cum luda Scliariot par-
ticipationem abeat . et inantea ista charta donathio-
ne fírmas et stabilis permaneat omnique tempore.
Facta ista charta donathionis .vi. idus februarii .
anno .x. reg*nante Rodberto reg-e. S-[-m Arnaldus.
S-j-m Elo qui ista charta donatione fecimus et fir-
mare rog*auimus. S-\-m Oldebrandus. S-|-m Lan-
g'uardus. S+m Falchucius.
ARGEMIRVS Sacer vel Monachus qui ista charta
donatione scripsit et s. -j- sub die et anno
quod supra —
Yin.
Bula del papa Benedicto VIII á favor del monaste-
rio de San Pedro de Gamprodón, del año 1017.
'enedictts Episcopus servus servorum Del di-
lecto in Domino Bonifilio relig'ioso Abbati Venerabi-
lis monasterii sancti Petri Campirotundi, quod est
situm in comitatn Bisuldunense, in valle Landaren-
se, Ínter dúo flumina, tibi tecumque manentibus,
et per te tuis illorumque successoribus, salas et pax
et apostólica benedictio, quoad mundus permanet.
Amen. Cüm constet Dominum Deum nostrum hono-
rem sanct?e universalis Ecclesire incessanter á pro-
pag*atOribus beatíe fidei aug"mentare, necesse est ac-
cipientibus ab illo totius jura reg-iminis ei concede-
re censura justi moderaminis firman liberalitatem
malorumque procul ab ea pellere pervasionem.
Quocirca quoniam convenit apostolicíepietati benig*-
na petentibus succurrere compassione, ideo nos tuis
justis, etenim sic sunt á nobis adjudicata^, nam jus-
te fiunt, annuentes precibus omnes proprietates si-
ve possessiones ipsius loci, fines vel limites, cum
adjacentiis príBcipuorum prípdiorum, cum ómnibus
Ecclesiis, parrochiis, villis, fundís, casalibus, casis,
terris, vineis, campis, pratis, i)ascuis, silvis, g-arri-
cis, aréis, torculariis, aquis. aquarum ductibus.
CA.Ml'UüÜüN. 21
\¡¡s, iiiolciidiins cimi siiis (•.•ipiitjHjiiis ct siiis pisca-
lorüs, (Miltuin el ¡iiciill mu, el (jiim'ciiii(| iic bcatus
Ai)üst()lns l*('1i'iis ('\ ('olhilionihiis lidcliiiiii iii ímimio-
bk) Campi rotiindi retiñere \ ¡detiir, nostro apostóli-
co conñrmaimis ])ri\ ile^^-io. CoiKtediinus itaíjiio ])ne-
dicta iiionastei'io alodein ({iiod iii circuitu ejiís lia-
betiir v(d habeiM* dinoseitnr, ])iseation(\s (juoíjiie
aqiianiin Tezer de septein casas usque ad ipsos Kal-
kers, et iu Hivotorto de MuUioiie usíjue iii Tezer.
Parrocliiam autem de ípsa valle, Ecclesiain sancta»
María* cuín decimis atqiie ])rimitii.s et oblationibus
fidelium absque tributo. Parrocliiam autem sancti
Christophori Crescentari cuín ipso alode et cum ip-
so cimiterio cum decimis et primitiis et oblationes
ñdelium abáque tributo. Alodem quod dicitur Milan-
dars, et alodem de Frescanet, et alodem de Parade-
11a et de Rescat, et in Villa Long-a, et iu Castellars,
cum terminis et adjacentiis. Alodem quem dicunt
Pugna Francorum, et alodem quem dicunt Grado,
et alodem qui est in Bolosso , et alodem qui est in
Arza , cum terminis et adjacentiis suis , et alodem
quem dicunt Beg-et cum ipsa Massana , et alodem
quem dicunt Vallestir , et alodem quem dicunt Al-
bet cum ipsa aqua et cum ipso bosclio, et alodem
quem dicunt Oliba et Malo pertuso cum terminis et
adjacentiis illorum. Et alodem quem dicunt Gene-
brel. et Aqua bella , et Prunarias , et Xabinarios ,
et alodem quem dicunt Carrera , cum terminis et
adjacentiis illorum. Et alodem qui est in parrochia
de Tortelliano , et in parrochia de Arg-elag-er , cum
terminis et adjacentiis suis. Et alodem qui est in
parrochia de Monteacuto, id est Palatio , cum ipso
bosco et molino Beteret. Et alodem quem dicunt
Artisces cum ipso bosco. Et in Capriol et iu Mauro
et in Palatio ipsos molendinos , et in molino vetere,
et in Vuado malo , cum suo caputaquis , et suo de-
curso , et suos superpositos. Et in ipso maso
22 Al'ílNDICES.
cuín termiiiis et adjacentiis suis. Et iii Boscols ip-
sum alotlem ciim terminis , et adjacentiis suis. Et
iii parrocliia sancti Felicis iii Liituno ipsa villa ,
cuín ii)so alode de Luders et de Selvatella , cum i})-
so hosco , et cum ipsos olibarios , cum terminis et
adjacentiis illorum. Et in i)arrochia sancti Matluei
alodem qui est in villa Damires et in Stella , cum
terminis et adjacentiis illorum. Et ipsa villa de Ro-
maniano cum ejus alode et cum ipsa Ecclesia , cum
decimis et primitiis et oblationes fídelium cum ter-
minis et adjacentiis illorum absque tributo. Et in
Pontons ipsum alodem cum terminis et adjacentiis
illorum. Et in Parietes ipsum alodem cum terminis
et adjacentiis illorum. Et in sancta Eularia ipsos
masos cum ejus alodes cun terminis et adjacentiis
illorum. Et in valle Biania ipsos solarlos cum ejus
Ecclesia , et cum decimis et primitiis , et cum ejus
cimiterio , et oblationes fídelium absque tributo. Et
in Cubilisico vel in valle Biania ipsos masos cum
ejus alodem cum terminis et adjacentiis illorum. YA
in Ba^'o vel in Serra ipsos masos cum ejus alode et
cum ejus decimis. Et in comitatu Rosolionense vel
in Valle Asperi vel in Palaldano ipsos masos cum
ejus alode cum terminis et adjacentiis illorum. Et in
Miralias ipsa villa cum ejus alode . et cum ipsos
boscos , cum terminis et adjacentiis illorum , et ip-
sa villa de Avellanetello cum ejus alode , et cum
ejus decimis. Et in comitatu Rosolionense vel in vi-
lla Malleolas ipsos masos cum ejus alode cum ter-
minis et adjacentiis illorum. Et in villa Torrilias
ipsas salinas cum ipsas vincas et cum ejus alode,
cum terminis et adjacentiis illorum. Et in comitatu
Petralatensi ipsos masos de villa Sacar , et in Olibes
ipsos masos cum eorum alodes , et in Terrers ipsas
vincas . cum terminis et adjacentiis illorum. P]t in
comitatu Gerundense ipsos masos de Flassano cum
ejus alode , cnm terminis ot adjacentiis illorum. l^t
f',\MIM{()l>('t\. 2.M
iii comitatii l^orí»'n(laiions¡ ippos m;i. o. ()iios dcílit
VüÜVímIiis ('onics , ot jUiíiiii (|ii('iii dedil Olihji ('o-
iiH'S , o\ alimii (|ii(Mii dcílil |{(<iiilil¡iis (|iii liiit (|iion-
(lam. ll(Mii iii Cospc el ¡II Ai'dni'i/ ct ¡ii (íardihins,
ciim eoriun alodcs , cmii tíM'iiiiiiis el adjaccntiis ¡IIo-
riiin. l*]t ¡11 conulatii (^erdaiua \(d ¡ii vühi Alone vcl
in Volpolla^-í^ v(d ¡n M/er ¡j)S()s iiiasos vAiin alodos ,
et cuín (\jiis fuñios , cuín teriiiinis et adja(!(íntüs illo-
riim. VA ¡n comitatu Hosolionense vel iu vallo Con-
fluente ii)sa villa de Pino cuní ipsa Ecclesia , et cuín
ejiís alude , et cuní ejus ciniiferio , et cuní decimis
et priniitüs , et oblationes fidelium, cuín terminis et
adjacentiis illorum. Et in villa Saorra , et in villa
Trollauü , et in villa Vernet , et in villa Vliitesano ,
et in Ascliaione , et in Parcinianos , et in Evulo , et
in Marig'nanos , et in Campestres , ipsos mases cuín
eorum alodes , et cum eorum vineas , cum terminis
et adjacentiis illorum. Et in Massaneto ipsa villa de
Novorios , et ipsa villa de Mala conj uñeta , et cum
ipsas casas de Lavaiol , et in villare Bellone , et ip-
sa villa de Olibeta cum ejus Ecclesia cum decimis
et primitiis, et oblationes fidelium , cum eorum alo-
des. Et in Tapies cum ipsos boscos cum terminis et
adjacentiis illorum. Hjiec igútur queecunque diximus
vel quve non diximus príBdia adquisita vel adqui-
renda ad sancti Petri Apostoli ccenobium Campi re-
tundí situm pertinentia auctoritate illi firmantur á
nobis apostólica. Statuimus autem ut quando Abbas
ipsius monasterii obierit , ñeque á Regibus , ñeque
á Comitibus , ñeque á qualicunque persona pro cu-
piditatis pecuniíe causa ñeque pro qualicunque fa-
voris inanis g-loria ibidem constituantur Abbates ,
sed a cunctis ibi deg-entibus servís Del secundúm
Deum juxta Benedicti patris regulam alig-antur Ab-
bates. Damus queque licentiam ipsius loci Abbati
ublcunque vel á qualicunque veluerit Episcope suos
clericos ordinandi , á qualicunque sede ei })lacuerit
24 APÉNUICE.
clirismam accipiendi, et ut a millo Episcopo. noc ab
illo iii cujus situn ost monasterliun opiscoi)io . nec
ab alio i)ossit excommunicari aliqíia ad eundem mo-
nasterium pertinens tlcclesia. Statuimus etiam ut
qiiis poenitens a liminibus exclusus Ecclesiaí , quan-
(liu ibi steterit, habeat licentiam iiitroeundi etomne
divinum olíicium audicndi. Concediinus ({uoque Ab-
bati vel monacliis et oiniiibus clericis ad monaste-
riuiii pertiiientibus licentiam , nisi voluerint spon-
taneé vel rog-ati . ad synodiim non eundi. Confir-
mamus ig-itur et stabilimus amodo ut nullus Rex ,
nuUus Princeps , nullus Mavchio , nullus Comes ,
nullus judex , nullus Episcopus , ñeque uUamag-na
parvaque persona aliquam vim vel invasionem in
eodem Cíenobio aut insuis pertinentiis faceré i)ne-
sumat. Pro quo et sub divini judicii obtestatione et
anathematis interdictione promulg-antes decernimus
ut nullus unquam nostrorum successorum Pontiñ-
cum ñeque aliena mag-na , sicut diximus , parvaque
persona audeat , vel pnesumat contra hoc nostrum
apostolicum privileg'ium in aliquibus ag-ere injusté,
ñeque quis illum frangiere tentet. Si quis autem ,
quod non credimus, ñeque timens Deum, et nos-
trum parvi pendens privilegúum quod concedimus ,
verbo factove disrumpere tentaverit . hunc , quis-
quís ille fuerit , de parte Dei omipotentis sanctique
ejus Apostoli Petri et nostra , qui ejus fung'imur
vice , perpetui , nisi resipuerit, anathematis vincu-
lis oblig-amus ; sitque portio ejus infernus , lieredi-
tas illius diabolus , pars et consolatio ejus ul)i nun-
quam brtitia sed semper est fletus , veniatque , ni-
si , ut diximus . poenituerit , super illum quicquid
maledictionis excog'itari vel dici potest. Si quis au-
tem hujus sancti coenobii adjutor existens illum in
quo potuerit eleg*erit et amaverit , liic Dei omnipo-
tentis intervontu apostólica repletus benedictione
crescere se g-audeat in viríutem {\v virtute . sit(|ue
CKMIM!!) |H»\.
^.»
portio ojns paradisiis , hcrcdüas ¡Ilius Domimis
('hristus , j)iirs ('( coiisolatio cjus ubi scimixt ^"lu-
(liiini ot dolor (\st milliis. Iiitordiciinus ctiam nni\er
si ^'encris potostatihus iil iiiilli lií^oat ex jaiii dicto
monasterio accijx're j)as('iiarios vel cxi^orc tra^'inas
aut distr¡nf»'(M'o plácitos ullius hominis ad moiíaste-
rium pcrtiiuMitis , cnjiisciiiKiuc sit culpa' , si sui)ra-
dictis iiialcdictionihus non vnlt subjaccre, ({iias Dous
omnipotens et ab adjutoribus hujus nostri privilog-ii
scniper avíM'tat , ct super disrumpere cnpientes se-
verus indiicat. Scriptum per manns Benedicti Nota-
rii reí^'ionarii et scriniarii sancta^ Romana*- Ecclesiíií
in mense 1 anuario , Indictione quinta decima.
VI. — APÉNDICES. — 4
IX.
Consagración de la iglesia de Pi, en Conflent, en el
año 1022.
,NNO dominicíie incarnationis xxii. super mille-
simnm era millesima lx. indictione mi. pridie' ve-
nit Yuifredus^ nutu divino arcliiepiscopus Narbo-
nensis filius Vuifredi'* comitis, et Oliva pontifex Au-
sonensis frater prefati comitis, et Ydalcherus' archi-
diachonus Elnensis, simul cum jamdicto comité et
in numeris fidelium clericorum et laicorum turniis,
ad dedicationem ecclesiie Sanct. Pauli apostoli et
confessoris Pauli in vale Confien te sitíie in villa Pi-
no, consentiente sibi Bereng-ario Elnensi episcopo
tune temporis peregre' profecto. Ig-itur nos prefati
episcopi, consentiente prefato comité, confirmamus
predictíB eclesiíB suam parrocliiam ab oriente termi-
natara in terminibus Yerneti, a meridie in fonte de
Tec, ab occidente in eolio de Mented, a parte vero
circi venit in Grunno et descendit perScalam usque
ad (aquam'' de Saorrig et síatim liinc hule per serraní
' Villniíueva ocVuubrü.
■■' et ^ Vülan. (iuifrcdus et (¡iñfredi.
'* Villan. [ilalc/ierus.
■* II a existo en eíl'et une tradition diin pólerinaiíe a Jéru-
salem t'ait par Rórenguer , alors óvrque d'EIne.
•' Les mots entre crochets ne soiit pas dans le texte de \\-
Hanue\a.
CAMI'UODON'.
27
ante stantcm) (Mmkmmii ^ ascendí ( iist/iw m /erm'inibns
l^erne/'P. infni i)r('S('ripl.()s torniiiios coníirinamiis ci
décimas ct i)riiniti;is ct íidclimii ohlacioncs ('tciiiic-
ta qua^ divino cultiii (el hmnano) i)ertinent, eo Iciio-
ro ut canónica (*t a])()st()lica auctoritatc .su])dita sit
sua» maíri sancta' I^IHkmisí occlo.sia'. Si (|uis antorn,
quod non ()l)tanuis, linins nostri docreti prosnin|j-
tuosus tonicrator extiterit, tandiu noverit se scpara-
tum ab oinni c(Rtu fidelium Xpianorum doñee resi-
piscat et ad plenam satisfactionem veniat: pro tern-
porali tamen vinculo quicquid ablatum fuerit rcd-
datur in quadruphim. Donata vero a nobis est pre-
fata occlesia liuius dotis titulo anno xx.vr. re^'^ni re-
g'is Rodberti.
Guifredua sanctííí prima* Narbonensis ecclesi^ie
(arcbi)episcopus ss ^. Oliba episcopus quod jus-
turo est confirmo ^ ss. Ydalg-erius' archidiaconus
-|-. Wiífredus- dei g*ratia comes >í<.
Salomón sacer. et judex et -|- die et anno prefixo.
• Yillan. Udalgarius archipresbiter .
* Yillanueva ne donne pas cette signature.
X.
Escritura de sujeción del monasterio de San Pedro
de Camprodón, al de Moyssach y á su abad Hu-
go, por el conde de Besalú Bernardo II, en el año
1078.
MNiBus in jíiternum manifestum sit quud ego
Bernardus Comes Bisuldiinensis videns quídam mo-
nasteria qu?i^ mihi succedebant et propinquitate an-
tecessorum etparentum meorum a monástico or-
dine et reg"ulari vitapenitüs deviasse , pro remissio-
ne peccatorum meorum atque remedio animarum
patris mei et matris meae in meliüs ordinare dispo-
sui. Hoc igitur salubri consilio accepto , auctoritate
meorum hominum dono sub legall descripto orani-
potenti Deo sanctisque ejus Apostolis Petro et Pau-
lo , loco Cluniaco , atque Abbati venerando domno
Hug-oni et ómnibus ejus successoribus , quandiu lo-
cus Cluniacus in ordine perstiterit , electionem et
dominationem monasterii sancti Petri Campi-rotun-
di , atque monasterii Sanctíe Mariji? quod dicitur
Arulas , simulque monasterii sancti Pauli Valiosa^ ,
ut teneant et ordinent predicta monasteria secun-
düm reg-ulam sancti Benedicti in perpetuum. I't au-
tem haec mea cessio stabilis i)ermaneat , abbatiam
sanct.'i' >ü\ria» de Arulis ab illis ([ui in foudum ad
(■\MPK()nÓN. 29
(|iiis¡orant redimí , soilicot á íiifrodo \arbí)npnsi
Arcliicpiscopo cciitinii inicias aiiri , ac ab Amallo
Arnalli ('(Mitiiin uncías aiirí , vi iii vita sua diiiiisí ,
(H de ípso honoro capcllaiüam iii i^lcclesia san(;ti Po-
tri de Albaiiiaiio , at({ue omnes H^vos inilitiini quos
in Hisiildiuiensí cüiiñiüo sancta María liabebaí ,
abs(iu(» í'evü Ijernardi Adalberti et (iiiillelnii Se^-arü.
Síiiiiliter etiaiii abbatianí saiicti Paiili á Petro \'i<'e-
comite Feuülensíiiin , quí íu fevo ad(iiiísierat , rede-
mi centiim uncías aiiri , et diim vixerit , dimisi, et
de ipso honore sancti Pauli víllam qiiaí dicitiir Mau-
ri. Insuper omnes malas consuetudines , boaticos ,
alberg-as , atqiie trag-mas , et omnes torturas quas
eg*o bactenus vel omnes antecessores mei in ipsis
lionoribus prjpdictorum monasterium requirere ví-
debamur , funditus dímitto. Istam síquidem meam
donationem , sicut jam dixi , ita jure perpetuo te-
nendam esse voló. Etsi quiseam, quod absit , violare
tentaverit , sub judicio Romani Pontificis exami-
nandam esse relinquo. Factum est autem hujus
meaí cessionis testamentum in manibus carissimi
nostri consobrini domni Hunaldi Abbatis Moyssia-
censis anno dominicas incarnationis mlxxviii. aera
Mcxvi. Greg-orio vii. Pontífice pontificatum Romae
tenente , Philippo Reg-e Francorum reg-nante.
iiL.. ^ ^.,||
^ ^
l/'.íi—
^;^^^^ ^ ^*^^
$O0^vN^'>^^^ • ^ ■'"■''^"^ -^•'•^•- '^*'>or>^^^^^^g§
XI.
Privilegio otorgado por el conde de Barcelona Ra-
món Berenguer, á petición de Gregorio, abad del
monasterio de S. Pedro, concediendo á la villa de
Camprodón el poder celebrar mercado el lunes de
cada semana, de fecha 8 Diciembre del año 1118.
^M OTUM sit ómnibus hominibus tam príiesentibus
quam futuris quod eg*o Raimundus Bereng-ariiis Co-
mes Barchinonensis considerans pondus et f>Tava-
men meorum peccatorum. qua.svis vías unde pos-
sem relevare sarcinam i)eccatorum meorum. ideir-
co fació donationem et traditionem monasterio Sanc-
ti Petri de Camporotundo et domino Greg-orio Abba-
ti et liabitatoribus ejusdem loci tam príesentibus
quam futuris, ut deinde liabeant et possideant mer-
catum circa idem monasterium in perpetuum per
omnes hebdómadas, in secunda feria; etaliter modo
lianc donationem. et traditionem pra^fato monaste-
rio fació, quod á eolio Arearum usque ad coUum de
Portules,, et á eolio Pendedicii usque ad Campum-
mag-rum nulla potestas infra jam dictes términos
alium ulterius valeat stabilire mercatum, et omnes
ad lioc vinientes et redeuntes infra pr.*efatos térmi-
nos sint salvi et securi et sub mea defensione suc-
cesorumque meorun. Dono etiam pnpfato loco Sane-
CAMPIIODÓN. 'H
ti Pí^tri sal\;ili()ii(Mii sccnrit.'itis ct j)!icis ¡ii pci'pc-
limm ()iiinil)iis (li('l)iis iiilVn lliiiiicn Tcccris ct Jíivi-
(;l)li(|iii: (|n()(l si iiliíjiüs iiioliiiiaiii aücni iiitVa lios
términos ix'i'jx'ti-avcrit (Inppliciter fomijonat, ct iii-
supor lil)rain aurcaní curia' nostrc rcstitiiat. Mst ai¡-
tein ipsuin inonastíM'imii ¡ii siil) urbeo íioniiidciisi
et iii c'oinitatii MisuldiiiKMisi sitiim iii valle Landa-
ronsi Ínter (huí ñniiiinaToceris ot Wivi-()hli(pi¡. \'A
si (piis contra lianc nunun donationcní de loro vidc-
licet vcl o<^"oniet vol ñlins, vel ñopos v(4 alia (jnadi-
bet persona vohierit adversari, vel contradieere,
pars ejus sit iní'ernus, participacio ejiís euní dainna-
tis iii abisso Hanc tamen meaní
doiiationem fori fació siib tali convenientia, ut mi-
lla persona ñeque Comes ñeque Yice Comes, ñeque
Clerkus, ñeque Laicus possit ibi reg'irc justiciam
vel Leudam vel aliquid omnino. Sed ipsi monaclii
teneant et jure divino possideant integrum ipsum
mercatum et omnia que ad ipsum mercatum perti-
nent. Facta est hoc scriptura donationis octavo Idus
Decembris anno ab incarnatione Domino Millessimo
centessimo décimo octavo, reg"nante Ludovico Reg-e
Francorum anno undécimo. Sig'vnum Raimundo Co-
mes.— Sigvnum Raimundi Bereng-arii Comitis qui
hanc chartam donationis fieri jussit et manu pro-
pria firmavit et ut á testibus firmaretur rog'avit. —
Sig'fnum Dulcife Comitissít. — Sig-vnum Dorca.— Sig*-
ynum Perela. — Sig'vnum Bernardi Guillermi de Lú-
ea.— Sig'vuum Petri Gullermi Clerici. — Sig'ynum Du-
randi Sacerdotis de Perpiniano. — Sigyuum Arnaldi
fratris ejus. — Petrus Sacerdos et monaclius recepi
hanc chartam donationis rog-atus scripsi. Subf die
annoque príefixo.
XII.
Acta de consagración de la iglesia de San Valentín
de Salarsa, en el condado de Besalú y parroquia
de San Cristóbal de Baget, de fecha XV de las
calendas de Diciembre del año 1168.
NNo Dominicse Incarnationis M.C.LXVIII. veg-
iiique reg'is Ledovici Jiinioris XXXII. XV. calendas
Decembris venit dompnus Ponciiis, Del dig-natione
Dertusensis episcopus, et abbas Sancti Joliaiiiiis,
jiissii et praecibiis venerabilis Gullermi Gerundensis
episcopi ad consecrandam ecclesiam in honore Sanc-
ti Valentini martyris et presbyteri, qiia? sita est in
comitatu Bisuldunensi in parrochia Sancti Christo-
l)liori de Beg-et, in Villare de Arca, qiianí íncola^ lo-
ci illius STiis eleemosyniset laboribus íedificaverunt.
Constitiiit vero praMÜctus ei)iscopiis, et sub vinculo
anathematis posuit, nt nuUa persona magrna vcl
])arva andeat pra;dictam ecclesiam violare, nec ali-
qiiem ed eam confug'ienteni. vel aliquaní rem inde
violenter al)straliere. Et qiiisquis aliíiuit de suis fa-
cultatibus divino instinctu ad luminaria concinan-
da. vel ad necesaria ejus ecclesiie donare voluerit,
ei de inj uñeta sibi pcenitentia XV. dies misericordi-
t(T relaxat. Prípdictus vero episcopus, abbas Sancti
Johannis, et abbas Campi rotundi dederunt Deo. et
l'AMI'UODOX.
SA
Jioato ViilíMitino (|ii;iiitmii iiifi-Ji pariotcs coiitiiiclin-
(H'clesia\=
Poncius , T)oi (lií^MiatioiH* DcpIosímísís ('i)isropiis
Si<^"^mnii Pcti'i, abbatis ('ainj)i i'()luii(li.=
HisiilliuHMisis proba t....at({uo saronlo.s.=:
!S¡<^*>í<nuni Yicontii diachoiii. <|iii Iim-c scripsit dic
et anuo (nio su])ra.=
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VI. — APÉNDICES. — 5
iy^v^v^^v*^'v^yvv<^^^f*y>vy^'v^v*^^v'v^íy^
XIII.
Acta de consagración de la nueva iglesia del mo-
nasterio de San Pedro de Camprodón por los
obispos de Tortosa y Gerona, en el año 1169,
í
N nomine sanchp et individuíE trinitatis. Anno
M c L X V I I I I , ab incarnatione Domini, Idibus No-
vembris, reg'ni Lndovici jiinioris Reg*is Francorura
anno x x x i i. venerabilis Dominas Guillelmus Ge-
rundensis sedis Dei g-ratia Episcopus et Dominus
Pontius Dertosensis sedis Episcopus venerunt ad
consecrandum in lionore sancti Petri monasterium
in loco qui dicitur Campus rotundus. Est autem
prfedictum monasterium in comitatu Bisuldunensi
in pntfato loco antiquitus fundatum. In die vero
consecratíonis concessit pra?dictus Pr^esul pnrfato
monasterio Ecclesiam sanctae Maride qua? juxta ip-
sum monasterium fundata est cum ómnibus suis te-
rris, et Ecclesiam sancti Christophori de Grexeturrio
cum decimis et primitiis et oblationibus et terris
suis, et Ecclesiam sancti Martini de Solamal simili-
ter , et Ecclesiam sancti Nazarii cum suo alodio , et
Ecclesiam sancti lacobi de Polig-er cum suo alodio ,
et Ecclesiam Sancti Emeterii cum suis decimis et
primitiis et oblationibus fidelium, et Ecclesiam sanc-
ti Andrenp de Oliveda cum decimis et primitiis et
CA.Ml'UUUUN.
:r)
()])lat¡()MÍI)us siiis. Pni'torca concossit dicto inonaste-
i'io oinnes rc^-iides vel ípiulcscmKiuc (loiiationcs si-
ve |)()SS(\^si()iios vol acíjuisilioiHvs (¡lias pra^fatum mo-
nasteriuiu halx^t scmi hahcrc (híbct vel deiiiccps jus-
te ad(iiüsierit. Praíratuiu etiaiii iiioiiasteriiiiii euiu
oinni villa sua suh tali deíensioiio ot seeiiritatc pra'-
dicti J^li)iscoj)i ciim ómnibus illis (|iii dedicationi iu-
tereraut constituerunt ut aliquis liomo cujuscun([ue
sexuft , ordinis , (li<;*uitatis , vel a;tatis ibi aHíjuam
violentiam (pioquiu^ue tempore non inferat , sed ob
honoreni et reverentiam Dei et Ecclesi;e salvo et in-
violabili munimine consistat. Príefatam vero dona-
tionem et concessionem prjtdictus Gerundensis
Episcopus facit salva in ómnibus et per omnia obe-
dientia et reverentia (íerundensis sedis in ómnibus
prielibatis Ecclesiis.
^ÍM
XIY.
Cesión hecha por el rey de Aragón D. Alfonso I al
monasterio de San Pedro de Gamprodón, de las
fraguas y baldios que el dominio real poseía en el
pueblo de Pi, en el mes de Octubre del año 1183.
N dei Ilumine cuiictis sit maiiifestum quod ego 11-
defonsus dei ^'racia rex Arag'onum comes Barchino-
iie et marchio proviiicie, pro remedio anime mee et
parentum meorum dono domino deo et monasterio
Sancti Petri de Campo Rotundo illas manticas meas
quas eg'o liabeo in villa de Pinu, cum omni adem-
pramento quod pertinet ad illas manticas sicut con-
tinetur ab istis afrontationibus, scilicet, de Collo de
Menteto usque ab Fontem de Teg*, et usque ad Clier
de Archa, et usque ad crucem de Pinu, et usque ad
Grun. Sicut ab istis afrontationibus includitur et
terminatur, sic dono ipsas manticas cum suo adem-
pramento domino deo et jamdicto monasterio, et lia-
beat et possideat in perpetuum ad suum proprium
alodium sine omni inquietatione mea et meorum
bajulorum vel cujuslibet alterius persone. Preterea
voló et mando quod nuUus bajulus sit ausus vende-
re ipsa adempramenta de ipsis bosclis, vel ullum sta-
])ilimentum faceré, sine consilio et volúntate abba-
tis de Campo Rotundo, salvo tamen ipso adempra-
CAMlUtüÜUN.
:r
iiHMito iiKMjriini ])r()j)r¡()niiii lioiiiimim: iiiilliis(jiie
lionio possit ibi inittcrc iiuiiiticas, iiisi illas (iiias otro
doiiavi iiiansis de ipsa Plana, (jik! habcant aílcinpra-
iiKMitiim et operaiii tantimi \i\ illis lioiiiinibus de ij)-
sa Plana. Actiini ost hoít apiid Pnidcs niense octoljr.
auno domini m". c." iaw". tercio.
Si^i^nmn -|- íldefünsi r('<»'is Ara^^-oniim coinitis Par-
chiñ et marchiünis Provincie.
-j- Poi'uardi de ipsa Portoylla. -|- Paiimindi de S(v
rrallon¿j;*a. -f- (!'. de Famiuna. -|- Uaiiniiiidi de Kip-
pis. -|- Perelc. -|- Bereng-arii Terraconensis archie-
piscopi.
Eg'o Bernardus de Calidis scriba regáis scrijisi hanc
cartam et feci hoc -}-•
-®ág^ó2^',^^.4^á^^<Sí^..^^f$S^<^^^ég^éSí'í*^'í*^.^í^
XY.
Decreto del rey D. Alfonso de Aragón, para evitar
la insolencia y codicia de los que acudían al mo-
nasterio de San Pedro de Camprodón.
Ildefonsi Regís Aragomim decretum super hospitihis
monas terii Camjñrotundi.
Ex arch. monast. S. Peíri CamjñTotiindi.
ovERiXT presentes et futuri quod eg-o Ildefon-
sus, Rex Araf^-oiiensium et Comes Barchinonensium
pariterque Bisuldunensium in reg-no meo quos-
dam liomines sine mensura et sine ratione causa os-
pitalitatis oprimere et vexare ecclesiam Dei et má-
xime monasterium Campirotundi quod nostri anti-
quitus in montaniset in infructuosis ticaverunt,
statuimus atque i)necipimus in perpetuum observa-
ri, ut in supra dicto monasterio nulla persona qufv-
cunque sit, ibi g-ratis ab ospitandum suscepta au-
deat ab abitato carnes requirere. nisi in domi-
nica die et in feria III. et in feria V. nec cog*antur
emere carnes, sed suficiant ospitibus tales carnes
quales de reditibus suis annuatim piunt. Alus
vero diebus dentur ospitibus tales cibi, quales et
monaclii in suo refectorio comedunt, scilicet, ca-
seus, ova, leg*umina. De annona autem dentur
duabus equitaturis eorum I. eminale contines in se
XXX. libras, cum (¡uo pistor monasterii suscipit
CAMPUODÓN. iií>
aniiüiiMín al) paiKMii raciíMuImn. Pií^-iiora ctiaiii iic-
mini cxtraaiitur. Si autciii alifjiiis lioc (|iim' siipra-
(lixiinus karitatis ^-ratia lai"<4-n¡r¡ ])('r violciitiam
vcl por tirannidciii al¡(|iii(l rcíjucsicrit, oi oinnino
oiiinia (l(Mi('^'(Mitur. VA si proptcr lioc aliíiuain Im'sío-
lUMn vol invasionein inonastíM'io vol robus vol lioini-
iü))us monastoi'ü IVccrit, sicut de sacrilo^-io Abbati
et Senioribus loci reus tonoatur, et ¡n ciiriam nos-
traiii ad nostraní voluiitatem facieiidam veuiat. Po-
iiimus etiaiii sul) dofonsione et securitate iiostra
üiiiiios qiii ad forum oiusdoiu loci vonerint a do-
minica (lie iisiiue ad plannin Jocatorium, a)) occi-
dente asque ad pontem novum Securiarum, a sep-
tentrione usque ad córtale quod vocatur Coma ar-
mata et in circuitu secundum términos quos po-
suimus. Alus vero diebiis quando forum non cele-
bratur erunt termini monasterii a monte Landrici
usque ad montem Paradele. et a monte Clariane
usque ad mansum qui vocatur Coma et in circui-
tu. Quicumqne infra supradictos términos homini-
bus vel rebus monasterii aliquam lesionem, vel in-
vasionem vel pigmorationem sine consilio Abbatis
vel Seniorum fecerit sive in die fori sive in alus die-
bus, si miles fuerit, centum solidos Abbati persol-
vat, et reus notrfe curiae teneatur: si pedes fuerit,
quinquag-inta persolvat et reus nostrse curiee tenea-
tur. Preterea in terris, in possessionibus, in homi-
nibus et in rebus monasterii ubicumque sint vel
qualescumque sint quicumque in eis lesionem. in-
vasionem, pig-norationem vel aliquod malum fece-
rit, si miles fuerit Abbati centum solidos restituat:
si pedes quinquag-inta, et reus nostrfi? curiee te-
neatur.
XYI.
Acta con la cual el Abad del monasterio de Moys-
sach enumera las demasías y conflictos creados
por el Abad del monasterio de San Pedro de Cam'
prodón, para sacudir su tutela.
OBis Domino G. Dei g-ratia Abbati Moysiacensi
nos P. Prior Campirotundi et conventus ejusdem lo-
ci, scilicet B. de sancto Martino, A. de Fornellis,
Matthfeus Cellerarius, et P. de Valle Abrica, et lo-
hannes de Valle Abeica, et de B. Pinu, et A. de Va-
llispiranis, et B. de Cerritania. et R. de Viverio.
conquerendo ostendimus gravamina qiia* Dominus
P. condam Abbas noster post sententiam depositio-
nis á vobis latam fecit Ecclesi;^^ nostrfí^ en vestrpe in
prfpjudicio EcclesijTB Moysiach, et ordine Cluniacen-
se. In primis impetravit cartam á Domino Comité
Impuriarum tenenti locum Reg-is in partibus nos-
tris, qui pra^cepit liominibus Campirotundi sub pce-
na corporum et omnium bonorum suorum ut defen-
derent ipsum contravos et Ecclesiam Moysiacensem.
dicens et affirman (jund injuste proceditis contra
eum. ítem rog-avit Vioarinm Domini Reg-is et fecit
eum venire apud Campumrotnndnm: et etiam, si-
cut dictum est nobis ab his qui certissime noverunt,
conducit eum mercede. Qui Vicarius vocavit popu-
CAMIM!(i1m')Í<í. 41
lililí cjistrí, el i)i';rc('|)¡t cis siih |)<i'iin |)!':r(li('1}i ex
l);irl(' Ifc^'is vi siiii iil (IcIriKlcrciit ¡|)Siiiii d. ndjiílo-
rcs silos contra \()S el (M-clcsiaiii Moysiaí^on.Sí'in. VA
cuín Domiinis V. l*i'ior iioslcr (liccrct corain Vicario
ct omiii i)()])ul() ([iind (loimis ('aiii]»iro1iiinl¡ (*t cas-
tnim iniíiKMliatc i)orl¡ncl)at lOcclcsia* MoysiaíMMisi. ij)-
S(* (HcJus P. ii(^í4*a\¡1 coram ómnibus, ot adirniavit ct
(lixil ((uñd iiioiiaslci'iiiiii omiiiiio ci'ai suhjííctiiiii IJo-
^'i. It(Mn n(\i4-a\ il (pind non oral ncc ('iiit ncc csso vo-
lcl)at do oon^TOj^-atioiK^ vcl ordinc ncc de societate
('luniacensi ct (jiiod tantuní facerot pro Ab])atc Clu-
niaconsi (luantnni pro Abl)atc Balnoolis. YA dixit
contnmoliüsc et etianí spcrnendo quod ])ene esset
paccatus si omnes trutaniios ordinis Cluniacensis re-
ciperet in dóminos vcl in socios. ítem tradidit claves
ct bona monasterii intus et extra Vicario Domini
Reg'is, et fecit sigmari sig-no Kcg'is j anuas infra
claustra monasterii. Qui Vicarius de mandato ipsius
misit ibi dispensatorem auctoritate sua; et lioc fecit
scribi in libro curia^ Kcg'is, Priore et conventu ex
parte Domini Papa' et vestra coiitradicentibus. YA
ipse P. retinuit secum quosdam scutiferos dicti Vi-
carii, ut vilipendant, conventum, et cotidie vilipen-
duiít, bona monasterii dissipando. ítem fecit depra^-
dari proprios liomines domus curiíie Domini Reg*is.
ítem fecit venire Vicarium supradictum cnm manu
armata in monasterio Campirotundi, et volebat ei
tradere potestatem villa^ in detrimentum castri et
monasterii. Et nos contradiximus ei ex parte Domi-
ni Papít^ et vestra. Et tune oportuit nos firmare ....
. . . per centum annos in posse curien memoratíe.
ítem ipse cum P. Caminarii et G. de Curtibus et A.
Den, qui in ómnibus contradicunt sententife et pr?e-
ceptis vestris, et propter hoc sanit a vobis excomuni-
cati, perturbant conventum cum vult in Ecclesia ce-
lebrare divinum officium. ítem indebité, cíim ipse
sit á vobis justé depositus, tulit contra nos senten-
VI. — APÉNDICES. — 6
42 APÍINDICE.
tiam excomunicatiüiiis. ítem veiididit et oblig'avit
oxi)lccta de Romayaco et de Palacio cuidam burg^en-
si de nisilduno ad ({iiinque anuos pro qiiatuor ini-
llibus solidoruin a])sqiie consilio conventus. ítem
socii ejiís pnvdicti invaserunt Ecclesiam perturban-
do seras ipsius ut non possint aperiri ñeque claudi.
Vnde Ecclesia máximum posset incurrere detrimen-
tum. ítem conducit et ro^-at milites et raptores et
malefactores terne utsint cum ipso contra nos et
Ecclesiam vestram et nostram, tradendo eis omnia
bona monasterii. ítem cüm Dominus P. Prior noster
defenderet jura monasterii Moysiacensis et diceret
sibi quod ipse tenebatur Abbati et monasterio jura-
mento et obedientia, dixit coram conventu et omni
populo quod ipse mentiebatur. et ctiam minatus est
eum dicendo quod satis erat locutus per omnia sé-
cula seculorum.
f//*\v''/7*A\'';(iv'''/^v' 'í^x 'rSv* 'r\v' « >< \'-.
^^(r•VV^V'*vl'>^^■"vl'l'W'■'V^^V^ f/\%'" </\(\/r \ÁV\/'' ^/■' v'^
V.- -. . <^
XYIL
Escritura de cesión de la villa de Caniprodón he-
cha por el abad Guido al rey D. Jaime I, en cam-
bio de varias posesiones y derechos sobre dicha
villa, con fecha 22 de Septiembre del año 1249.
ciANT cancti: Quod nos conventus Sancti Petri
de Camporotundo por nos et omnes succesores nos-
tros donamus et difinimus et in presentí tradimus
vobis domino Jacobo Dei Gracia Reg'i Arag'onum et
ómnibus vestris succesoribus in perpetuum et no-
mine vestro Raimundo de Pompiano Vicario inmon-
taniis de Camporotundo et Bernardo de Vicco Judici
ordinario Domini Reg-is totam villam sive castrum
nostrum de Camporotundo quod quondan solebat
vocari Podium Reliquiarum in quo vos jam liabeba-
tis potestatem sicut habetur et continetur ab aqua
sive Rivo de rivo corto usque ad carreriam publi-
cam qua transit inter honorem nostrum et liortos
qui tenetur per Raimundum de Melanno et sicnt
terminatur á flumine ticeris usque ad Campum Be-
reng-arii de Prato et Ferrari Guillelme et Petri Ar-
mafiag"; Quid infrjB predictos términos includitur et
nos habemus et possidemus aliqua ratione locum
donamus et diíñnimus et tradimus domino Regi et
vovis nomine suo accipientibus cum exitibus et in-
11 aiȒ;ndict:
frroísibns cuín porüiKMiciis ot toiK^lonihus ot liomi-
nibiis vt IVininis. ceiisibus. a^^'rarii.s et Jure mercati
et cum ipso mercato ct cu ni i'urno (jucni nos lia-
híMiiiis cxlra tcrniinos pnMlictos. Ita tamen (|Uü(l
pañis Monastei'ii decocantur in dicto turno sive
l)uja ct aliquo furnatio et cum omni jure Scriba-
nie. Ita tanicn ({uod de vita íiuillehni de Forncdlis
iiotarii publici ejusdeni loci d(jnet nobis dominus
Rex quinqnag'inta solidos barcliinonenses siní,'-u-
lis annis et post mortem ipsiiis donet nobis in es-
mendaní redditum scribania» centum solidos barclii-
nonenses annuatim predicta omnia sicut superius
continetur, et qui quid aliud infra predictus térmi-
nos liabemus vel nobis pertinet vel pertinere debet
totum donamus domino Keg'i et vobis pro ipso acci-
pientibus et mitimus vos nomine ipsius in corpora-
lem et possesionem liabendum possidendum ad om-
nes suas voluntates faciendas. Etin presenti nomine
ipsius tradimus vobis (lambertimus bajulum dicte
ville mandando ei quod respondad vobis de ómni-
bus de quibus nobit responderé et faceré tenebatur
mandando etiam liominibus ipsius ville quod domi-
num Reg-em et vos nomine ipsius in dóminos admi-
tant et absolvimus eos ab omni dominio et potestate
quod in eis liabemus. Hoc autem facimus vobis ta-
li condición! quod dominus Kex vel sui sucesores in
perpetuuin non possint daré, venderé, infeudare,
permutare vel ali(|uo alio modo alienare de ali-
quibus supradictis Petri comiti Barcliinone. Et quod
dominus Rex det nobis in esmendam in valle de
Pratis vol de Ripis tantuin in redditibus cum liomini-
bus et feminis et decimis si essent in dictis locis
quantum valent predicta que ei donamus. Ab hoc
autem donatione qua ei donamus esccipimus omnia
molendina et moduaria que suut vel fieri possunt in-
JVa ])redictos términos et omnia jura que ratione ca-
pelle sante Marie et santi Nicolay vel ratione juris
CAMPUODON.
45
McIcsÍMst ¡cii l»i ;i('(*¡j)iiims el jiccipcrc cííusiicv iiiiiis.
I'll (jiiod (loiiiiiiiis l>('\ el siii succcsoi'cs tciicaiil iii" <!<'-
l"(Mi(l(M'(' nos ct moiiMstci'imii noslriiiii ct oiimiíi Ixhüi
cjiísdcm iitriciuc. Aittmii cst lioc VIII KíiIímuIjis Octo-
hris jinno ('hrisli M('('.\í, nono. Síí^miuiii Hcriiaríli
I*]l(Mnos(!¡níir¡=S¡^Mnnn PíMi'i de N'aHc ahrica^^Sií;-
nnni V. N'alle ahrica^Sií^Miinn Maltci Ohloari^Sií^-
niini Kratris H. de (yei'iUuuo=A. ('amorari^Si^'mim
fratris Bernardi de Pinia^Si^'nuin íí. J^ornardi de
Pinia=Sií^"niun Jiernardi de Saiicto Hoinano=S¡^'-
iiiini P. de (íiiarvallo— Si^-niun P. de Fonteclaro de
Jeriinda Testium = Si^*nuin Bernardi de Olivera
qui lioc scripsit=(iuillelinu.s de Fornellis i)iiljlicu.s
scriptor Sancti Petri de Camporotundo suscri])ü.
( Arclu Coron. Ara^,^. núm. 174, Per¿»-amino suelto
de Jaime I.)
^-^^í*^
XYIII.
Carta dirigida por la Diputación general de Catalu-
ña al Abad del monasterio de San Pedro de Cam'
prodón, rogándole interpusiese su influencia pa-
ra apaciguar la sublevación de los payeses de
remensa, con fecha 2 Julio del año 1462.
,L reverend mossen abbat del monastir de la vi-
la de Campredon.
Reverend mossen. Entes havem que algnins occu-
pants se ofici diabolicli torben per llur poder que
certs paí»'esos dits de remenea no fermen en la con-
cordia novament apuntada e concordada entre los
dits pag-esos de una part e llurs senyors de la part
altra mentent lus al devant la promesa del^ CM flo-
rins qui foren oferts al Senyor Rey don Alfonso de
eterna recordado e cominant de exequuciodeaquells
e axi fan aturar aquells en no fermar. Stam en alg'u-
na admirado de vos com nols donan entejidre la ve-
ritat la qual facilment pot esser per ells compresa e
es aquesta que fermants los dits pag'esos la concordia
dessus dita es vist exir de la oblig^acio del sindicat
que fermat havien lo qual nols lia dat cumpliment
a res daro perqué fon fermat e axi es nulla la esser-
ta promesa e fermant la dita concordia es cosa qui
dona perfeta curacio a llur questio majorment que
CAMPUOUON.
47
(MI la lliir causa ó ¡¡leí no se lia dada sciitoncia car
lo ((lie mes es stat aiiaiilal fon la siispeiisio deis
luals usos e tot (Contra justictia e encara (|U(; al^am
jut^-e vol^-iKvs temtar (vv los IVanchs de les coses (jue
los dits j)a^'es()s (l(Mnanav(Mi alio seria de fot e no de
drct ans contra tota justicia. V] lo (pie are os concor-
dat (Mitre los dits senyors e ells es \alid e íei-in e fa
se s(Mis dospeses al<^Mincs en gran utilitat deis dits
])a^-(^sos niajorinent considerada la r(Mnení;a ([ui ¡ler
lo Priiicii)at a son carrocli es stada presa. K si los
dits pa^'csos lio ferinaven e a la conservacio de les
libertáis de la térra no se adherien no solament i)a-
g-arien co (jue reste deis dits CM florins ans encara
inolt mes com aciuells (|ui sens libertat staven e per
deg'uns ralionats e defesos no serien e per conse-
g'uent no solament restarien en remenea mas en
molt pns streta servitut recaurien car de una injus-
ticia moltes sen deuen sperar. Per totes aqüestes ra-
hons e altres pot esser dat facilment entendre ais
dits pag-esos que lo fermar es gran utilitat lur fa-
lient los certs que lo Principat tota hora los empara-
ra els defendra e no permetra ells sien mal tractats
en alguna manera. E dac;o podeu star be fíants. A-
questes coses pregam e encarregam vullau be dar
entendre ais dits pagesos e abracar scalfar e confor-
tar los en nom nostre per manera que sien induits
fer lo degut. E sia Jhesus ab tots. Data en Barcliino-
na a II de juliol del any Mil CCCCLXII.— Manuel de
Monsuar deg-a de Leyda. — Los diputats del General
e concell llur representants en lo Principat de Ca-
thalunya aparellats á vostra honor.
ijMDlCE.
DodirMloria,
Páijiíias
CAPITULO I.
El monasterio. — Su ruina. — Inlorme de la Acade-
mia de Helias Artes de liaicelona para su eon-
scrvación. — Su estado actual M
CAPITULO II.
Acia de consagración de la iglesia de San Pedro tie
Camprodon.— (lede dicha iglesia el Obispo de
Gerona al conde Wií'redo de Besalii para fundar
un monasterio bajo la regla de San Benito. — El
conde W'il'redo y su madre Ü." Ava lo dotan con
pingües bienes. — El rey de Francia Luís el Ul-
tramarino lo pone bajo su protección y amparo.
— Abaciologio ^-^
Catíálogo de los abades del monasterio de San Pe-
dro de Camprodón. . 83
CAPITULO III.
Iglesia (le Santa María de (^>amprodón, lilial del mo-
nasterio de San Pedro. — Priorato de San Cristó-
bal de Baget.— Uocabruna 89
CAPÍTULO IV.
Reliquias que se veneraban en el monasterio de
Camprodón. — San Paladio, arzobispo de Em-
brún. — Traslación de su cuerpo á Camprodón. —
Los franceses en el saqueo del año 1470 roban
el cuerpo de San Paladio. — Indulgencias conce-
Páfjinaa.
Jidas por el Dbispo ile Gerona para la recupera-
e¡(')n (le tan sagrado depósito. — I.a eondesa de la
AalíMIc (l(nii('l\e al mona>l(MÍ() la^ r('li(|ui¡is (|iie
la codicia Irancesa liahia usurpado. — Veneración
de la \illa y couiaica tie (lau)prodón á tan i;ran
Santo 103
BESALÚ.
ADICIÓN AL TOMO 11. CAIMTILO \ 1.
Ahacioloiiio 1 1 .i
ADICIÓN AL TOMO II, CAIMTILO VIL
l*riores de Santa María de Mcsalú 137
SANTA PAU.
ADICIÓN AL TOMO III.
Harones de Santa l'au 142
ADICIÓN AL TOMO III. CAIMTCLO XIII.
Priores de Fineslras 1 i7
ADICIÓN AL TOMO V. CAPITCLO IX 149
APÉNDICE DL DOCLMKNTOS loi
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